Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 33 - 16/09/2025 - HOMOLOGADA |
Expediente | RO-00327-C-0001 - RIPANI SEBASTIAN S/ SUCESION (P/C 458-08) DATOS DE ARCHIVO: LEG. 12 ORDEN 77 REMESA 2012 |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
REGULACIÓN DE HONORARIOS General Roca, 16 de septiembre de 2025.- MA.- Vuelven a despacho a los fines de proveer la regulación de honorarios solicitada en fecha 02/09/2025 16:18:30 y el escrito presentado por el Dr. Cuomo de fecha 15/09/2025 18:19:33 hs. -hora inhábil- se entiende ingresado el día 16/09/2025.
PROCESO: Atento el estado de éstos autos RIPANI SEBASTIAN S/ SUCESION (P/C 458-08) DATOS DE ARCHIVO: LEG. 12 ORDEN 77 REMESA 2012RO-00327-C-0001, corresponde regular los honorarios de la Dra. María Mirtha Orellano, en su carácter de patrocinante, por la primera etapa a en la suma de $583.128,13 y por la segunda etapa en la suma de $291.564,06.-a cargo de los/as herederos/as.
Asimismo regulo al Dr Carlos Ernesto Cuomo, patrocinante por la segunda etapa, en la suma de $291.564,06.- a cargo de los/as herederos/as (se regula 5% por cada etapa sobre el MB: -$11.662.562,67.- a cargo de los herederos/as).
Se deja constancia que en la m0erituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (arts. 6, 7, 8, 9, 10, 25 y 44 ley G 2212).-Cúmplase con la ley 869.-
A la regulación por la tercera etapa oportunamente, atento lo resuelto por Cámara de Apelaciones en autos "LUCERO CIRILO s/Sucesión" (Expte. 21217-CA-12) y "MEHDI DAVID ROBERTO s/SUCESION TESTAMENTARIA" (Expte. Nro. 21235-CA-12).-TODO LO QUE ASÌ RESUELVO.-
Notifíquese conf. art. 120 del CPCC.
Se vincula a la Dra. Orellano.-
Agustina Naffa
Jueza
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