Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COM, MIN Y FAM SAO NRO 9
Sentencia608 - 25/08/2023 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteSA-00043-C-2023 - AGNOLI, MIRYAM ADRIANA S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
San Antonio Oeste, 25 de agosto de 2023.-
Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado de estos autos caratulados "AGNOLI, MIRYAM ADRIANA S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expediente número SA-00043-C-2023;
Y CONSIDERANDO:
I.- Que, según la partida de defunción, se acredita que la causante Miryam Adriana AGNOLI, DNI 13.097.067, falleció en la Ciudad de San Antonio Oeste, el día 22 de julio de 2021.-
II.- Que, con los certificados obrantes, se acredita el nacimiento de sus hijos Adriana Celeste Hidalgo DNI. 31.796.031, nacida el 08 de enero de 1986, en la ciudad de San Antonio Oeste Provincia de Rio Negro; Andrea Celina Hidalgo DNI: 36.926.507, nacida el 13 de abril de 1992, en la ciudad de San Antonio Oeste Provincia de Rio Negro, y Rodolfo Andrés Hidalgo DNI: 34.403.771, nacido el 04 de noviembre de 1989, en la ciudad de San Antonio Oeste Provincia de Rio Negro. -
III.- Que obra la inscripción de la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales que determina el artículo 3 de la Ley K 788, con los requisitos de la Acordada del Superior Tribunal de Justicia. -
IV.- Que se encuentra agregado el informe del Registro de la Propiedad Inmueble que determina el artículo 6 de la ley A 133, mediante el cual se informa que la causante no dejo disposición testamentaria. -
V.- Que corren agregados los ejemplares y recibos del Boletín Oficial, donde consta la publicación de los edictos ordenados, habiendo certificado el Actuario sobre el vencimiento del término y resultado de dichas publicaciones. -
Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal; y lo dispuesto por el art. 2426 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
RESUELVO:
1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Miryam Adriana AGNOLI DNI 13.097.067, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos, Adriana Celeste HIDALGO DNI: 31.796.031; Andrea Celina HIDALGO DNI: 36.926.507 y Rodolfo Andres HIDALGO, DNI: 34.403.771.-
2.- Cese la intervención del Ministerio Público Fiscal.-
3.- Regístrese y notifíquese.-
K. Vanessa kozaczuk
Jueza
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil