Texto Sentencia |
San Carlos de Bariloche, 30 de Agosto de 2022.- M.P.- VISTOS: Los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO (FISCALIA DE ESTADO) C/ DISSER SAS S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN, EXPTE. N° BA-00209-C-2022".- CONSIDERANDO: 1°) Que en virtud de lo solicitado y lo establecido en los art. 36 inc. 3 y 166 inc 2 del CPCC habiéndose advertido que se ha cometido un error material involuntario al consignar en el punto "IV" de la sentencia monitoria dictada en fecha 26 de Julio de 2022, corresponde su rectificación. En consecuencia deberá leerse "...estimándose provisionalmente por intereses y costas la suma de $5.900.000.-" en lugar de "...estimándose provisionalmente por intereses y costas la suma de $3.600.000.-".- Por todo ello, RESUELVO: I) RECTIFICAR el punto "IV" de la sentencia dictada en fecha 26/07/2022 en el sentido de que donde dice: "...estimándose provisionalmente por intereses y costas la suma de $3.600.000.-", debe leerse: "...estimándose provisionalmente por intereses y costas la suma de $5.900.000.-".- II) Ordenar la protocolización de la presente y su notificación conjuntamente con las dictadas en fecha 26/07/2022 y 24/08/2022.-
Mariano A. Castro Juez
|