Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL
Sentencia57 - 07/09/2022 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCH-56541-C-0000 - CUELLO JULIO HUGO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

Choele Choel, 07 de Septiembre de 2022

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: CUELLO JULIO HUGO S/ SUCESION AB INTESTATO, Expediente N° CH-56541-C-0000) y;
CONSIDERANDO: Que con el acta de defunción presentada en fecha 22 de abril de 2022 se acredita el fallecimiento de JULIO HUGO CUELLO, D.N.I Nº 11979722, ocurrido en Choele Choel, el día 17/04/2022, provincia de Río Negro.
El causante era de estado civil casado con MARIA DEL CARMEN DIAZ, (D.N.I Nº 12815616) en acto celebrado en Santa Rosa del Conlara, provincia de San Luis, el día 11/08/1978, conforme surge del ACTA de matrimonio presentada en fecha 05/05/2022.
Que se presentan a hacer valer sus derechos, su cónyuge supérstite y sus hijos:
LUCAS MATIAS CUELLO (D.N.I Nº 33.943.002), nacido en CHOELE CHOEL - RIO NEGRO, el día 22/03/1989, conforme surge del ACTA de nacimiento presentada en fecha 22/04/2022.
CRISTIAN DAMIAN CUELLO (D.N.I Nº 32.196.903), nacido en CHOELE CHOEL - RIO NEGRO, el día 17/04/1986, conforme surge del ACTA de nacimiento presentada en fecha 22/04/2022.
SORAYA BETIANA MICAELA CUELLO (D.N.I Nº 27.883.739), nacida en CHOELE CHOEL - RIO NEGRO, el día 03/08/1980, conforme surge del ACTA de nacimiento presentada en fecha 22/04/2022.

Que el día 05 de mayo de 2022 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo.
En fecha 04 de mayo de 2022 se inscribió el presente juicio sucesorio bajo el Nro. 47418 en el Registro Publico de Juicios Universales.

En fecha 23 de agosto de 2022 se agrega informe del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares.
En fecha 19 de mayo de 2022 se publicó edicto en el Boletín Oficial con el que se acredita la correspondiente publicación -acompañado el 20/05/2022- y sobre cuyo vencimiento certifica en estos autos la Actuaria, informando que no se han presentado más herederos, ni interesados que los ya indicados precedentemente.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.433 del Código Civil y Comercial y 700 del CPCyC,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de JULIO HUGO CUELLO, le suceden en su carácter de universales herederos sus hijos LUCAS MATIAS, CRISTIAN DAMIAN y SORAYA BETIANA MICAELA, todos de apellido CUELLO, sin perjuicio de los derechos que le corresponden a la cónyuge supérstite sobre los bienes propios si los hubiere, y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los bienes gananciales.
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE de conformidad a las adecuaciones procesales dispuestas por el Anexo I de la Ac. N° 09/2022 del STJ -que implementa el Sistema de Gestión de Exptes. Judiciales "PUMA"-, en virtud de lo cuál, la presente quedará notificada el martes o viernes posterior al día de su publicación en el sistema, o el siguiente hábil, si fuere feriado o inhábil.
edg.




Dra. Natalia Costanzo
Jueza

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