Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 4° CJ - CIPOLLETTI |
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Sentencia | 348 - 04/08/2023 - SOBRESEIMIENTO |
Expediente | MPF-CI-00346-2022 - HERRERA LUCAS JACOBO S/ TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | CIPOLLETTI, 4 de agosto de 2023. AUTOS Y VISTOS: La audiencia llevada a cabo el día de la fecha en el Legajo Nº MPF-CI-346-2022; DE LOS QUE RESULTA: Oportunamente se formularon cargos por el siguiente hecho: En fecha 15 de julio de 2021, a las 14:00 horas aproximadamente, por orden de la Jueza de Garantías Dra. Sonia Martín, ante la rogatoria registrada bajo N° OJU-CI00055-2021 de la Oficina Judicial de Cipolletti, formulada por el Dr. Guillermo Adarvez, Juez de feria de la Ciudad de San Juan, personal del Cuerpo de Investigación Judicial de Cipolletti, en colaboración con personal de la Policía de San Juan, llevaron a cabo allanamiento en el establecimiento comercial ... de esta ciudad de Cipolletti, propiedad del Sr. LUCAS JACOBO HERRERA, y en esas circunstancias el nombrado tenía en su poder, sin contar con la debida autorización legal, un arma de fuego, portátil de hombro, tipo carabina, calibre 22 LR, marca MAHELY, modelo M-11, de fabricación nacional, numeración serial 11877 y cartuchería, apta para efectuar disparos, calificada como de uso civil. Y CONSIDERANDO: Cedida la palabra, el Sr. Defensor, Dr. Mario Sebastian Nolivo, solicitó el sobreseimiento de su asistido en función del art. 154 inc 3º) y 155 inc. 5º) del C.P.P. Leyó el hecho por el que se formularon cargos y agregó que el 21 de abril de 2022 se concedió la suspensión de juicio a prueba por el plazo de un año. Abonó la multa el 24 de mayo del mismo año. Al día de la fecha transcurrió el plazo y ha cumplido en general con las pautas de conducta por lo que corresponde el sobreseimiento. Citó el fallo “Painel” e hizo otras consideraciones al respecto. Otorgada la palabra, la Sra Fiscala Adjunta, Dra. Vanina Bravo, no planteó ninguna objeción por entender que el sobreseimiento correspondía. Sostuvo que Herrera dio cumplimiento a la multa y a la reparación económica, transcurrió el plazo y no cometió nuevos delitos conforme al informe de antecedentes actualizado. Solicitó que se decomise el arma de fuego secuestrada en el legajo y se disponga su destrucción al igual que los proyectiles de la planilla NIR 203/22, en tanto peticionó que los cartuchos de la planilla NIR 1712/21 sean remitidos al Gabinete de Criminalística para su reutilización. Habiéndose informado en la fecha que se ha vencido el plazo de la suspensión de juicio a prueba, de conformidad al fallo “Painel...” del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, seguidamente RESUELVO: I) SOBRESEER A LUCAS JACOBO HERRERA, ya filiado, EN ORDEN AL HECHO POR EL QUE SE OTORGARA EL BENEFICIO DE SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA, EL QUE FUERA LEIDO EN LA AUDIENCIA DEL DIA DE LA FECHA Y TRANSCRIPTO EN LA RESULTA, POR APLICACIÓN DEL ART. 155 INC. 5º DEL C.P.P en función del ART. 76, 4to párrafo, del C.P. II) DECLARAR QUE LA INICIACIÓN DEL PRESENTE PROCESO NO AFECTA EL BUEN NOMBRE Y HONOR DEL QUE HUBIERE GOZADO EL IMPUTADO. III) DECOMISAR el arma secuestrada y los elementos de las planillas NIR Nº203/22 y disponer la destrucción de los dos primeros, debiendo remitirse los cartuchos de la planilla NIR Nº1712/21. REGISTRESE, ofíciese y comuníquese adonde corresponda a través de la Oficina Judicial, quedando a cargo de la Defensoría la notificación de su asistido.
Firmado digitalmente por MARTIN Sonia Mariel Fecha: 2023.08.04 09:28:01 -03'00' |
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