San Carlos de Bariloche, 12 de agosto de 2025
VISTOS: Los autos MAGGI, ALBERTO MANUEL S/ SUCESION AB INTESTATOBA-00684-C-2025
Y CONSIDERANDO:
1º) Que se acreditó la defunción de Alberto Manuel Maggi ocurrida el 17/11/2018 (acreditado en fecha 8/5/2025), cónyuge de Nora Elena Guzmán (acreditada en fecha 29/5/2025) y padre Juan Manuel Maggi Guzmán; Carlos Alberto Maggi Guzmán; Jorge Alejandro Maggi Guzmán y María Victoria Maggi Guzmán (acreditado en fecha 8/5/2025 y 29/5/2025 respectivamente), quienes gozan de vocación hereditaria (artículos 2424, 2426, 2433 y concordantes del CCyC) y se han presentado pidiendo declaratoria favorable.
2º) Que se citó por edictos a los demás herederos que pudiera haber sin que nadie se presentara, tal como la secretaria de OTICCA lo certifica (fecha de certificación: 13/6/2025).
3º) Que se inscribió este proceso en el Registro de Juicios Universales donde no consta la inscripción de otro similar (ley 788: fecha de inscripción en el Registro de Juicios Universales: 30/5/2025).
4º) Que el Registro de la Propiedad Inmueble no registra disposiciones testamentarias (artículo 6 de la ley 133: fecha del certificado del Registro de Disposiciones Testamentarias: 8/6/2025).
5º) Que el Ministerio Público Fiscal no tiene objeciones (fecha 6/8/2025).
En consecuencia,
RESUELVO: I) Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Alberto Manuel Maggi le heredan sus hijos Juan Manuel Maggi Guzmán; Carlos Alberto Maggi Guzmán; Jorge Alejandro Maggi Guzmán y María Victoria Maggi Guzmán y cónyuge supérstite Nora Elena Guzmán, ésta en cuanto a los bienes propios -si los hubiere- y sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales. II) Disponer que cese la intervención del Ministerio Público Fiscal. III) Protocolizar y registrar lo resuelto.
Santiago V. Moran
Juez