Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°3 - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 11 - 06/02/2018 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | F-2RO-1163-C3-1 - RIQUELME OLGA AIDA S/ SUCESION AB INTESTATO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | General Roca, 06 de febrero de 2018.-w AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "RIQUELME OLGA AIDA S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. Nro. F-2RO-1163-C3-16; F-2RO-1163-C2016), del registro de este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería nº 3, y:.- CONSIDERANDO:- Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Olga Aida Riquelme, ocurrido el día 14/9/2015 en General Roca (Provincia de Río Negro), y conforme certificado de defunción de fs. 10.- La causante se encontraba unida en matrimonio con Luciano De Angelis, por acto celebrado el día 23/8/1968 (según certificado de fs. 4). El mismo falleció el 13/1/2017 (certificado de fs. 21). De dicha unión nacieron sus hijos: Graciela De Angelis, nacida el 25/12/1966 en General Roca (Provincia de Río Negro) (fs. 4 y 26), Miriam Inés De Angelis, nacida el 25/5/1968 en General Roca (Provincia de Río Negro) (fs. 22), Marcelo José De Angelis, nacido el 15/5/1969 en General Roca (Provincia de Río Negro) (fs. 23 ), Mónica Silvina De Angelis, nacida el 11/2/1971 en General Roca (Provincia de Río Negro) (fs. 24) y Gabriela Beatriz De Angelis, nacida el 19/11/1974 en General Güemes (Provincia de Salta) (fs. 25).- A fs. 12 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.- A fs. 14 y 33 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento -respectivamente-, lo cual logra acreditar que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.- A fs. 16/17 se acreditan las publicaciones edictuales y sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.- Por lo expuesto y dispuesto por el art. 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 699 y 700 del CPCC, RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de Olga Aida Riquelme, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos Graciela, Miriam Inés, Marcelo José, Mónica Silvina y Gabriela Beatriz, todos de apellido De Angelis. REGISTRESE Y HÁGASE SABER.- Dra. Andrea V. de la Iglesia Jueza |
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