Organismo | CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 79 - 20/03/2019 - DEFINITIVA |
Expediente | H-2RO-2801-L2-1 - MARIVIL CARMEN C/ ASOCIART ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (l) |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | "MARIVIL CARMEN C/ ASOCIART ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (l)"(Expte.Nº H-2RO-2801-L2017 / H-2RO-2801-L2-17). En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro a los 20 días del mes de marzo de 2019 y siendo las 09 horas comparece ante los SRES. JUECES de ésta CAMARA SEGUNDA DEL TRABAJO y Secretaria autorizante, el Dra. LAURA ÁVILA CORONADO, PATROCINANTE de la actora: MARIVIL, CARMEN presente en el acto y el Dr. GUILLERMO AZCONA, en el caracter de gestor procesal , ratificando en el acto la gestión por el APODERADO de la demandada: ASOCIART ART S.A..- Abierto el acto la magistrada interviniente ilustra a las partes sobre el alcance del procedimiento conciliatorio y propone una forma de solución al presente pleito.- A continuación la parte actora desiste del presente reclamo atento el resultado de la pericia médica de autos, solicitando que las costas se impongan por su orden. Corrido traslado el letrado de la demandada manifiesta que presta conformidad con el desistimiento formulado así como que las las costas se impongan por su orden.- Oído lo cual el TRIBUNAL RESUELVE: téngase presente lo manifestado y HOMOLÓGASE el desistimiento del proceso y del derecho formulado por la parte actora. Costas por su orden, a cuyo fin se regulan los honorarios de los Dres. Marcelo López Alaniz, Fabiana Laura Arroyo y Laura Ávila Coronado en la suma conjunta de $ 96.995 y los del Dres. Alejandro Diez, Pablo Javier Spiecer Riquelme y Guillermo Azcona en la suma conjunta de $ 96.995.- (MB: $1.154.696,50 x12% x 40% div 2 etapas).- Regúlanse los honorarios profesionales del perito interviniente, Dr. Ariel Santorio en la suma de $ 28.867,41 (MB x 5%), todo conforme lo dispuesto por los arts. 5,18,19 y 20 Ley 5069).- Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso,importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos y etapas cumplidas. Junto a la presente practique Secretaría planilla de liquidación de impuestos y contribuciones la que deberá ser abonada por la condenada en costas mediante boleta de depósito bancario en el término de Quince días (15 días) de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 18 de la Ley 2716- Cúmplase con la ley 869, notifíquese,firmando los comparecientes previa lectura y ratificación, después de los SRES. JUECES y por ante mí Secretaria Autorizante que certifico.- DRA. MARÍA DEL CARMEN VICENTE -Presidente- DRA.GABRIELA GADANO DR.EDGDARDO JUAN ALBRIEU -Juez- -Juez- Ante mí: DRA.DANIELA A.C. PERRAMÓN -Secretaria- |
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