Organismo | UNIDAD JURISDICCIONAL 3 - EX CIVIL 3 |
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Sentencia | 129 - 27/08/2021 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | F-1VI-1513-C2018 - URIZ EDGAR ORLANDO S/ SUCESION AB INTESTATO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | UNIDAD JURISDICCIONAL Nº 3 I CIRCUNSCRIPCION INTERLOCUTORIA Nº 129 Viedma, 27 de Agosto de 2021.- Y VISTOS: Los autos caratulados: ?URIZ EDGAR ORLANDO S/ SUCESION AB INTESTATO?, Nº de Receptoría F-1VI-1513-C2018; y CONSIDERANDO: Que con el certificado de defunción obrante a fs. 5 se acredita el fallecimiento de Edgar Orlando Uriz, DNI Nº 14.601.217, que acaeciera el día 11 de Febrero del año 2016 en Viedma, capital de la Provincia de Río Negro; Que con el acta de matrimonio obrante a fs. 6 se acredita el matrimonio contraído entre el causante y Carlota María Panetta, DNI N° 16.440.321, celebrado en la ciudad de Sierra Colorada, provincia de Río Negro, el día 14 de diciembre del año 1991; Que con las partidas de nacimientos obrantes a fs. 7 y 8 se acredita que el causante y su cónyuge supérstite tuvieron dos hijos: Anabella Belén Uriz, DNI N° 37.662.613, nacida el día 4 de Septiembre de 1993 en la ciudad de Viedma, Río Negro y Marcos Fabrizio Uriz, DNI N° 41.092.615, nacido el día 21 de Julio de 1998; Que a fs. 14 se agrega constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales que determina el Art. 3 de la Ley Nº 788; Que consta informe del Registro de la Propiedad Inmueble en los términos del Art. 6 de la Ley Nº 133, mediante el cual se informó que el causante no dejó disposición testamentaria; Que lucen agregadas las publicaciones de edictos en la página web del Poder Judicial y en el Boletín Oficial de la Provincia, certificando el Actuario el vencimiento del término y el resultado de dichas publicaciones; Por ello, teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal y lo dispuesto por los Arts. 2433 y 2426 del Código Civil y Comercial.- R E S U E L V O : 1.- Declarar en cuanto ha lugar, por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de Don Edgar Orlando Uriz, DNI Nº 14.601.217, le suceden en el carácter de herederos sus hijos Srta. Anabella Belén Uriz, DNI N° 37.662.613 y Sr. Marcos Fabrizio Uriz, DNI N° 41.092.615 y su cónyuge supérstite Doña Carlota María Panetta, DNI N° 16.440.321.- 2.- Cese la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.- 3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Leandro Javier Oyola Juez |
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