Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 3° CJ - BARILOCHE
Sentencia44 - 27/02/2024 - SOBRESEIMIENTO
ExpedienteMPF-BA-06163-2023 - MESA GUSTAVO S/ ROBO EN GRADO DE TENTATIVA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
/// Bariloche 27 de febrero de 2024

VISTO:



El legajo N° MPFBA-06163-2023, caratulado MESA GUSTAVO S/ ROBO EN

GRADO DE TENTATIVA , y la solicitud presentada por el Agente Fiscal, para que se resuelva la

situación Procesal de GUSTAVO ARIEL MESA (DNI xxx, 34 AÑOS DE EDAD,

ARGENTINO, SOLTERO, DESOCUPADO, xxx, NACIDO EL xxx

RESUELTA:

Que se le imputa al nombrado supra el hecho ocurrido en un horario próximo a la

hora 00:04 del 18 de noviembre de 2023 en calle xxx de esta ciudad Gustavo Ariel Mesa

se dirigió a la Pollería "El Pato" donde logró abrir la puerta de ingreso, tras dañarla mediante golpes

de puño y patadas en su estructura y vidrio, luego ello pudo entrar y allí se dirigió hasta el sector del

kiosko "Tercer Tiempo" que comparte local comercial, con el fin de sustraer los elementos que

pudiese encontrar en su interior. Personal de la Unidad 28 dio con el imputado en el interior del

local en el momento en el que estaba revisándolo, logrando detenerlo y así frustrando el

apoderamiento que pretendía Mesa sobre los elementos allí presentes.

El Fiscal refiere que, en razón de la investigación abierta por el plazo de 4

meses, cuyo vencimiento operaría el 19/04/2024, se logró determinar que el Cuerpo de

Investigación Forense ha periciado al Gustavo Ariel Mesa en numerosas ocasiones, de ese modo se

ha logrado dar con el informe del 7/3/2023 (inf. 61) en el que se mencionado pericias desde el año

2019 y particularmente en la ocasión la psiquiatra forense, Verónica Gloria Martínez a los puntos de

pericia encomendados "realizar amplio informe respecto estado de salud psicofísico del ciudadano

Gustavo Ariel Mesa., determinar si el mismo comprende la criminalidad de sus actos puede dirigir

sus acciones y es capaz de comparecer en juicio" señaló que de acuerdo a la lectura de la historia

clínica el nombrado seria una persona xxx

Al momento exhibió un déficit en la regulación de su conducta no pudiendo diferenciar cabalmente

entre lo bueno y lo malo comprometiendo negativamente su aptitud para esta en juicio. Sin

embargo, Martínez señaló que su estado es dinámico y puede modificarse siempre y cuando revierta

su sintomatología psicótica y se rehabilite del trastorno por abuso de sustancias.

Agrega que del legajo MPFBA-01070-2023 se obtuvo el informe B-3BA-651-

CIF-2023 DEL 29/11/2023 en el que la psiquiatra concluyo que Mesa se encontraba cursando un

episodio de descompensación psicótica de su cuadro de base trastorno psicótico asociado al abuso

de sustancias por lo que su aptitud para el correcto gobierno conductual y la comprensión de la

criminalidad de sus actos se encuentra menoscabada, luego el 18/12/2023 (inf. 697) señaló que el

delirio en si mismo irreductible que se constata a pesar de estar recibiendo medicación antidelirante

no es posible pensar que el riesgo resulte reductible. Del informe confeccionado por la psicóloga

Rodriguez y el psiquiatra Fassi señalaron "Al momento de la evaluación, el paciente se encuentra

lúcido, globalmente orientado, con consciencia parcial de situación y enfermedad. No se evidencia

alteraciones sensoperceptivos ni despliega ideación delirante en forma espontánea. Niega ideación

auto o heteroagresivo ni se evidencian signos de impulsividad. Eutímico. Sueño y apetito

conservado. Juicio desviado.

Que de los informes confeccionados por la psiquiatra forense no se vislumbra una

evolución favorable, la falta de contención del aquí imputado lo han tornado en una persona que no

siempre puede comprender la criminalidad de sus actos aun recibiendo la medicación adecuada. En

este estado es importante señalar que en el legajo MPF-BA-01070-2023 el día 12/12/2023 la Sra.

Jueza Romina Martini dispuso el SOBRESEIMIENTO y la DECLARACION DE
INIMPUTABILIDAD CON MEDIDA DE SEGURIDAD consistente en INTERNACION

INVOLUNTARIA EN SALUD MENTAL DEL H.Z.B. de GUSTAVO ARIEL MESA todo en el

legajo de referencia y basado en los informes confeccionados por el área de Salud Mental del HZB

y del CIF los que también se adjuntan al presente escrito.

En razon de ello, y en concordancia con lo ya dispuesto por la Dra. Romina Lia

Martini y la probada condición de inimputabilidad de Gustavo Ariel Mesa conforme a lo normado

en el 34 inc. 1 del C.P. requiere el sobreseimiento por escrito de GUSTAVO ARIEL MESA, DNI.

xxx a tenor del artículo art. 155 inc. 4 del C.P.P, postura que es acompañada por la defensa

del imputado.-

Ahora bien, teniendo en cuenta los fundamentos esgrimidos por laFiscalia y

consentidos por la defensa, los cuales resultan atendibles y no controvertidos entre las partes es que.

RESUELVO:

Dictar el sobreseimiento total de GUSTAVO ARIEL MESA, ya filiado al comienzo de

la presente resolución, en el marco del presente legajo, dejando expresa mención de que la

formación de las actuaciones de referencia no afectaron el buen nombre y honor del que gozare.

(art. 155 inc. 4to y 157 del C.P.P y 34 inc. 1ro. Del C.P ).-

Sergio Pichetto

Juez




Firmado digitalmente por:
PICHETTO Sergio Damian
Fecha y hora: 27.02.2024 09:14:06
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