| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 4° CJ - CIPOLLETTI |
|---|---|
| Sentencia | 471 - 22/09/2022 - DEFINITIVA |
| Expediente | MPF-CI-01400-2022 - GUTIERREZ VILLALOBOS VICTOR DANIEL Y ARANEDA VELOSO JHON PAUL S/ ROBO AGRAVADO POR ESCALAMIENTO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | SENTENCIA: Cipolletti, 22 de Septiembre de 2022.- VISTO: El presente legajo Número: MPF-CI-01400/2022, caratulado “GUTIÉRREZ VILLALOBOS VÍCTOR DANIEL S/ ROBO AGRAVADO POR ESCALAMIENTO”, y habiéndose desarrollado la correspondiente audiencia, las partes propugnaron un acuerdo respecto de la situación del imputado VÍCTOR DANIEL GUTIÉRREZ VILLALOBOS, alojado actualmente en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de Gral. Roca (R.N.).- La Fiscalía interviniente con representación de la Dra. Alejandra Altamira, dijo que: en el presente legajo se le atribuyen al nombrado los siguientes hechos: PRIMERO: Ocurrido en la ciudad de Cipolletti, en horario sin precisar pero ubicable entre las 21:00 hs del día 19 de marzo de 2022 y las 01:10 hs del día 20 de marzo de 2022, oportunidad en que VICTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS junto a otra persona, escalando una altura de 2,60 metros ingresaron por el techo al local "NALDO" ubicado en calle San Martin 336, realizando un corte en las chapas de Zinc acanaladas (boquete) de 93 cm de longitud por 30 cm de ancho aproximadamente descendiendo por una escalera hasta el sector del depósito. Una vez en su interior, quedaron registrados por las cámaras de seguridad, posteriormente cortaron los cables de la sirena de alarma como así los cables de las cámaras de seguridad y se apoderaron ilegítimamente de los siguientes elementos identificados como CKU 405616 - ALCATEL 5H BLACK 4/128GB 6.52" POR 2 UNIDAD. CKU 405378 - GALAXY S21+ BLACK 8/128GB 6.7" POR 4 UNIDAD. CKU 405639 - GALAXY A52S BLACK 6/128GB 6.5" POR 5 UNIDADES, CKU 405505 - MOTO G20 AZUL CIELO 4/64GB 6.5" POR 2 UNIDAD CKU 405683 - GALAXY S21FE 5G GRAPHITE 6/128GB 6.4" POR 3 UNIDAD , CKU 405581 - MOTO G60s AZUL 6/128GB 6.8" POR 2 UNIDADES, CKU 405513 - GALAXY M12 BLACK 4/128GB 6.5" DUAL SIM POR 3 UNIDADES, CKU 405729 - MOTO G51 AZUL TORNASOL 4/128GB 6.78" POR 2 UNIDADES, CKU701400 - SMARTWATCH S2 BLACK 1.4" POR 4 UNIDAD. CKU 405013 - FORERUNNER245 MUSIC SMARTW GPS FREC/CARD POR 3 UNIDADES, CKU 701300 –SMARTWATCH GARMIN FENIX 6 SAPPHIRE GRAY/BLACK GPS POR 2 UNIDADES, CKU 701291 - VIVOACTIVE 4S SMARTWATCH BLACK/SLATE GPS POR 4 UNID, CKU 701417 - INSTINCT TACTICAL BLACK SMARTW. GPS X 3 UNID, CKU 701303 - SMARTWATCH NDL019 + PULSERA PINK. POR 5 UNIDADES, CKU 405585 - LG K52 BLUE 4/64GB 6.6" POR 1 UNIDAD. CKU 405724 - MOTO G71 5G VERDE JADE 6/128GB 6.43". POR 1 UNIDAD. CKU 405443 - GALAXY A52 WHITE 6/128GB 6.5". POR 2 UNIDAD. CKU 504875 - AURICULAR CLASH DW-CL1127B BT TWS BLACK. POR 1 UNIDAD. CKU 504667 -AURICULAR LG FN6 BT IPX4X 4 UNIDADES, CKU405595 - NOTE 240G8 CEL.N4020 14” 4/500GB 2Q9S5LT x 1, CKU 405543 -NOTE S3-S67 I3-10110U 14" 8GB 1TB x 1, CKU 405454 - NOTE MAX L4 I5 14" 8GB 240GB SSD x 2405454 - NOTE MAX L4 I5 14" 8GB 240GB SSD x 1. (01) PC DE POSTVENTA. SOLO CPU, (01) MOCHILA REFORZADA DE TRABAJO PERSONAL 50L. MARCA KOSSOK COLOR AZUL (propiedad del empleado Fabian Venegas) para luego darse a la fuga, en razón de que se hizo presente el gerente de la sucursal Darío Lillo.- SEGUNDO HECHO: Ocurrido en la ciudad de Cipolletti, el día 21 de marzo de 2022, a las 02:50 hs. aproximadamente, oportunidad en que VICTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS, junto a otra persona no identifica al día de la fecha, se hicieron presentes en el local comercial denominado "JOYERIA SCORPIO" ubicado en calle Yrigoyen 261. Una vez allí y con fines furtivos, se subió al techo (altura 3,34 metros aproximadamente) y dañó las chapas de zinc, separándolas y dejando una abertura de 57 cm de largo por 55 cm de ancho en forma triangular, no pudiendo ingresar al lugar por causas ajenas a su voluntad, dado que se activó el sistema de alarma, para posteriormente darse a la fuga por calle Belgrano, dejando en el techo una mochila color azul con bolsillo frontal color blanco, con inscripción "KOSSOC", propiedad de Fabian Venegas.- El Ministerio Público Fiscal, expreso sobre la CALIFICACIÓN LEGAL: Que los eventos enunciados constituyen los siguientes delitos, respecto del primer hecho imputado el de ROBO AGRAVADO POR ESCALAMIENTO, siendo VICTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS, responsable a título de COAUTOR, de conformidad con los arts. 167 inciso 4 en función de lo dispuesto por el art. 163 inciso 4 y 45 del Código Penal. Respecto del segundo hecho imputado constituye el delito de ROBO AGRAVADO POR ESCALAMIENTO EN GRADO DE TENTATIVA, siendo VICTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS responsable a título de AUTOR, de conformidad con los arts. 167 inciso 4 en función de lo dispuesto por el art. 163 inciso 4, 42 y 45 del Código Penal.- Además, la Dra. Altamira, precisó que para el caso que tanto el imputado como su Defensor Técnico aceptaran proponía un acuerdo de juicio abreviado (en los términos de los arts. 212, 213, 214 y sig. del CPP), manteniendo idéntica plataforma fáctica y calificación jurídica. Como también teniendo en cuenta los antecedentes penales del imputado (penas agotadas), proponía se le fije una pena de CUATRO AÑOS Y TRES MESES DE PENA EFECTIVA, con declaración de reincidencia. Precisando que en Sentencia anterior de fecha 18/12/2015 fue condenado en la ciudad de Puerto Madryn (Chubut) a la pena de dos años y seis meses de prisión efectiva con declaración de reincidencia.- Asimismo la Fiscal actuante, dijo que la evidencia que acredita la existencia de ambos hechos y la autoría del imputado, se ubia en las siguientes declaraciones testimoniales: DARIO FERNANDO LILLO, Gerente de Sucursal Naldo, quien se hizo presente en el lugar donde se perpetuó el primer hecho en varias oportunidades durante la noche, siendo que en la última alrededor de las 01:00 horas pudo escuchar como los ejecutores huían por los techos. Además explicó el funcionamiento del lugar, hizo entrega de las cámara de seguridad.- MARTIN ALEJANDRO PRIETO, propietario de la Joyería Scorpio, quien depondrá sobre la secuencia del segundo hecho imputado.- FABIAN VENEGAS, Jefe de Stock del local comercial Naldo, quien dejó su mochila personal marca KOSSOK en el mencionado comercio, quien reconoció la mochila hallada en el hecho de Scorpio y denunciada como propia.- OFICIAL AYUDANTE FERNANDO RAIL, empleado policial dependiente de la Comisaria 4° de esta ciudad, quien estuvo a cargo del procedimiento policial realizado en la Sucursal Naldo, en la ocurrencia del primer hecho imputado.- OFICIAL INSPECTOR EMANUEL ZAPATA, empleado policial del Cuerpo de Investigaciones Judicial de esta ciudad, quien estuvo a cargo de la investigación policial de los hechos delictivos imputados y realizo Informe del Cuerpo de Investigaciones Judiciales de esta ciudad bajo oficio N° 49 “DG3-JUD” de fecha 09/04/22.- SARGENTO PRIMERO FRANCISCO VILLAR y CABO RUBEN BARRIA, empleados policiales del Cuerpo de Investigaciones Judicial de esta ciudad, quienes depondrán sobre el análisis realizados en las Cámaras de Seguridad secuestradas en el presente legajo penal.- SARGENTO AYUDANTE JORGE ALBERTO MASSONE empleado policial del Departamento de Investigaciones de la Comisaria Tercera de la ciudad de Neuquén Capital quien mediante la exhibición de videos e imágenes logró identificar al imputado Villalobos Gutiérrez.- SARGENTO PRIMERO SEBASTIAN FUENTEALBA, empleado policial del Cuerpo de Investigaciones Judicial de esta ciudad quien realizo patrullaje virtual mediante la red social Facebook en el perfil del imputado "VICTOR GUTIERREZ VILLALOBOS" en donde observo que el mismo tenia vestimenta similar a las que se observan en las cámaras de seguridad de los locales comerciales NALDO y SCORPIO.- OFICIAL AYTE. SIMON MENDOZA, SUBOFICIAL ROJAS, OFICIAL AYTE. GONZALEZ, CABO PRIMERO VENEGAS y SGTO PRIMERO PAREDES, empelados policiales que intervinieron en el allanamiento efectuado en ... esta ciudad.- A su turno el enjuiciado dijo que aceptaba la propuesta, toda vez que había cometido los hechos, que estaba de acuerdo con calificación, monto y modalidad de pena.- La Defensa técnica acargo del Dr. Federico Batagelj, dijo que aceptaba el acuerdo por resultar probado los hechos como la participación de su asistido. También estaba de acuerdo con la calificación y monto de pena.- Se deja constancia que las partes acuerdan renuncia a los plazos procesales sobre vía recursiva.- Respecto de la cuestión a resolver, el Tribunal compuesto por los Dres. Julio C. Sueldo, Guillermo Baquero Lascano y Marcelo Gómez, POR UNANIMIDAD, DIJERON QUE: CONSIDERANDO: I.- Que las partes, en los términos de los artículos 212 y 213 (ley 5020), han arribado a un acuerdo y que más allá de la confesión del imputado sobre los hechos endilgados, la prueba descripta por la Fiscalía y no objetada por la defensa los acreditan integralmente.- Debemos considerar además, que la pena propuesta por el Acusador y aceptada, amén de encontrar sustento legal por encontrarse dentro de los mínimos y máximos para las figuras atribuídas, resulta a nuestro entender justa conforme las circunstancias objetivas y personales del imputado (arts. 40 y 41 del CP). Por ello corresponde homologarlo en su integridad.- Atento a ello y conforme lo establecen los arts., 212, 213 del C.P.P.- RESOLVEMOS: a) Admitir y homologar el acuerdo parcial al que llegaron las partes. Y en consecuencia TENER POR ACREDITADO LA EXISTENCIA DE LOS SIGUIENTES HECHOS PRIMERO: Ocurrido en la ciudad de Cipolletti, en horario sin precisar pero ubicable entre las 21:00 hs del día 19 de marzo de 2022 y las 01:10 hs del día 20 de marzo de 2022, oportunidad en que VICTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS junto a otra persona, escalando una altura de 2,60 metros ingresaron por el techo al local "NALDO" ubicado en calle San Martin 336, realizando un corte en las chapas de Zinc acanaladas (boquete) de 93 cm de longitud por 30 cm de ancho aproximadamente descendiendo por una escalera hasta el sector del depósito. Una vez en su interior, quedaron registrados por las cámaras de seguridad, posteriormente cortaron los cables de la sirena de alarma como así los cables de las cámaras de seguridad y se apoderaron ilegítimamente de los siguientes elementos identificados como CKU 405616 - ALCATEL 5H BLACK 4/128GB 6.52" POR 2 UNIDAD. CKU 405378 - GALAXY S21+ BLACK 8/128GB 6.7" POR 4 UNIDAD. CKU 405639 - GALAXY A52S BLACK 6/128GB 6.5" POR 5 UNIDADES, CKU 405505 - MOTO G20 AZUL CIELO 4/64GB 6.5" POR 2 UNIDAD CKU 405683 - GALAXY S21FE 5G GRAPHITE 6/128GB 6.4" POR 3 UNIDAD , CKU 405581 - MOTO G60s AZUL 6/128GB 6.8" POR 2 UNIDADES, CKU 405513 - GALAXY M12 BLACK 4/128GB 6.5" DUAL SIM POR 3 UNIDADES, CKU 405729 - MOTO G51 AZUL TORNASOL 4/128GB 6.78" POR 2 UNIDADES, CKU701400 - SMARTWATCH S2 BLACK 1.4" POR 4 UNIDAD. CKU 405013 - FORERUNNER245 MUSIC SMARTW GPS FREC/CARD POR 3 UNIDADES, CKU 701300 –SMARTWATCH GARMIN FENIX 6 SAPPHIRE GRAY/BLACK GPS POR 2 UNIDADES, CKU 701291 - VIVOACTIVE 4S SMARTWATCH BLACK/SLATE GPS POR 4 UNID, CKU 701417 - INSTINCT TACTICAL BLACK SMARTW. GPS X 3 UNID, CKU 701303 - SMARTWATCH NDL019 + PULSERA PINK. POR 5 UNIDADES, CKU 405585 - LG K52 BLUE 4/64GB 6.6" POR 1 UNIDAD. CKU 405724 - MOTO G71 5G VERDE JADE 6/128GB 6.43". POR 1 UNIDAD. CKU 405443 - GALAXY A52 WHITE 6/128GB 6.5". POR 2 UNIDAD. CKU 504875 - AURICULAR CLASH DW-CL1127B BT TWS BLACK. POR 1 UNIDAD. CKU 504667 -AURICULAR LG FN6 BT IPX4X 4 UNIDADES, CKU405595 - NOTE 240G8 CEL.N4020 14” 4/500GB 2Q9S5LT x 1, CKU 405543 -NOTE S3-S67 I3-10110U 14" 8GB 1TB Foro de Jueces y Juezas IV Circunscripción Judicial España 742 Cipolletti x 1, CKU 405454 - NOTE MAX L4 I5 14" 8GB 240GB SSD x 2405454 - NOTE MAX L4 I5 14" 8GB 240GB SSD x 1. (01) PC DE POSTVENTA. SOLO CPU, (01) MOCHILA REFORZADA DE TRABAJO PERSONAL 50L. MARCA KOSSOK COLOR AZUL (propiedad del empleado Fabian Venegas) para luego darse a la fuga, en razón de que se hizo presente el gerente de la sucursal Darío Lillo.- SEGUNDO HECHO: Ocurrido en la ciudad de Cipolletti, el día 21 de marzo de 2022, a las 02:50 hs. aproximadamente, oportunidad en que VICTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS, junto a otra persona no identifica al día de la fecha, se hicieron presentes en el local comercial denominado "JOYERIA SCORPIO" ubicado en calle Yrigoyen 261. Una vez allí y con fines furtivos, se subió al techo (altura 3,34 metros aproximadamente) y dañó las chapas de zinc, separándolas y dejando una abertura de 57 cm de largo por 55 cm de ancho en forma triangular, no pudiendo ingresar al lugar por causas ajenas a su voluntad, dado que se activó el sistema de alarma, para posteriormente darse a la fuga por calle Belgrano, dejando en el techo una mochila color azul con bolsillo frontal color blanco, con inscripción "KOSSOC", propiedad de Fabian Venegas.- b) Imponer al imputado VÍCTOR DANIEL GUTIERREZ VILLALOBOS, ya filiado la pena de CUATRO AÑOS Y TRES MESES DE PRISIÓN EFECTIVA, como co-autor del delito de robo agravado por escalamiento (primer hecho), y autor responsable del delito de robo agravado por escalamiento en grado de tentativa (segundo hecho), y conforme a los arts. 26 a contrario sensu 167 inciso 4 en función de lo dispuesto por el art. 163 inciso 4, 42 y 45 del Código Penal.- Con declaración de Reincidencia e imposición de costas conforme principio objetivo de la derrota procesal (arts. 12, 29 y 50 del CP).- Téngase presente lo indicado por las partes respecto de la renuncia a términos procesales. Líbrese oficio correspondientes para las comunicaciones respectivas y oportunamente remítase Legajo a Juzgado de Ejecución.-
Firmado digitalmente por SUELDO Julio Cesar
Fecha: 2022.09.21 17:50:03 -03'00'
Firmado digitalmente por
GÓMEZ Marcelo Alcides
Fecha: 2022.09.21 23:12:42 -03'00'
Firmado digitalmente por BAQUERO LAZCANO Guillermo Javier Fecha: 2022.09.22 11:09:27 -03'00' |
| Dictamen | Buscar Dictamen |
| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
| Ver en el móvil |