Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA DEL TRABAJO 1RA CIRC. - VIEDMA
Sentencia538 - 23/10/2025 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteVI-00214-L-2023 - CARRASCO, RAMIRO RICARDO C/PROVINCIA DE RÍO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
VIEDMA,23 de octubre de 2025.
VISTOS: En acuerdo los presentes autos caratulados: "CARRASCO, RAMIRO RICARDO C/PROVINCIA DE RÍO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ", Expte. VI-00214-L-2023, para resolver, y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces Carlos Marcelo Valverde y Rolando Gaitán dijeron:
I.- Vienen estos al acuerdo con el fin de regular los honorarios profesionales del letrado de los actores.
II.- Mediante sentencia definitiva del 29.04.24, este Tribunal hizo lugar a la demanda y difirió la regulación de honorarios para el momento en que existieran bases para su determinación. Asimismo, el 09.10.25 se aprobó la liquidación practicada en conjunto por las partes en la suma de ocho millones dieciocho mil trescientos cuarenta pesos con 30/100 ($8.018.340,30) al 30.09.25 en concepto de capital e intereses a los fines de regulación de honorarios. A esa suma, deberá adicionarse los aportes previsionales a cargo del trabajador que ascienden a la suma de trescientos sesenta y cuatro mil trescientos noventa y cuatro pesos con 70/100 ($364.394,70).
III.- A tenor de lo resuelto corresponde determinar los honorarios del profesional interviniente en la causa, conforme las normas arancelarias vigentes la actividad efectivamente cumplida y el resultado obtenido en orden a lo dispuesto en los arts. 6, 7, 8, 9, 10, 15, 34 y cctes. de la Ley G N° 2.212. NUESTRO VOTO.
El señor Juez Ariel Alberto Gallinger dijo:
Atento la coincidencia entre los señores jueces preopinantes, me abstengo de emitir opinión (Art. 55 inc. 6 de la ley 5631). ASI VOTO
Por ello,
LA CAMARA DEL TRABAJO DE VIEDMA
R E S U E L V E:
Primero: Regular los honorarios profesionales del Dr. Favio Igoldi, por la parte actora, en la suma de $1.290.941,19 al 30.09.25 (11% + 40% MB $8.382.735), importe al que deberá agregarse IVA en caso de corresponder. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.
Segundo: Regular los honorarios profesionales del Dr. Favio Igoldi, por la excepción incoada por la demandada en las presentes actuaciones y en el expediente VI-00216-L-2023, en la suma de $285.579 al 30.09.25 (3 jus + 40%), importe al que deberá agregarse IVA en caso de corresponder. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.
Tercero: Regular los honorarios profesionales del Dr. Favio Igoldi, por el recurso extraordinario incoado por la demandada en las presentes actuaciones y en el expediente VI-00216-L-2023, en la suma de $85.673,70 al 30.09.25 (30% de 3 jus + 40%), importe al que deberá agregarse IVA en caso de corresponder. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.
Cuarto: Hacer saber a las partes que la presente quedará notificada en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley n° 5631. 
 
Se informa que la presente se encuentra firmada digitalmente por los señores Jueces Carlos Marcelo Valverde, Ariel Alberto Gallinger y Rolando Gaitán, y que a través de la lectura del código QR existente en la parte superior puede comprobarse su validez.
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil