| Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL |
|---|---|
| Sentencia | 20 - 14/08/2023 - HOMOLOGADA |
| Expediente | CH-60299-C-0000 - CENTENO SILVANA ELIZABETH C/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. S/ SUMARISIMO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | CAUSA N° CH-60299-C-0000
Choele Choel, 14 de agosto de 2023. RESULTANDO Y CONSIDERANDO: Que en fecha 11/08/2023 que los Drs. Santiago PARROU, Ezequiel H. ZUAIN, y Hernán A. ZUAIN, en representación de VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINESDETERMINADOS y VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A , con el patrocinio letrado del Dr. Iván WEIHMULLER, en representación de BAHIAUT S.A. y DIETRICH S.A, por una parte, y por la otra el Dr. Pablo A. Squadroni, en representación de la Sra. Silvana Elizabeth Centeno arribaron al siguiente Acuerdo: 1.-Se dispone un saldo acreedor para la actora Silvana Elizabeth Centeno suma total de PESOS DIEZ MILLONES($ 10.000.000,00) en un pago a realizarse en fecha 3 de septiembre de 2023 en la cuenta judicial de autos y la entrega de un vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo NIVUS CONFORTLINE AUTOMATICO, modelo año 2023, 0 km., designado con el chasis número 9BWCH6CHXPP025487, en el plazo de 30 días hábiles de suscripta la documentación necesaria, transferido a nombre de la actora, que se encuentran actualmente en la sede del concesionario, resultando requisito indispensable la firma de la documentación necesaria a tal efecto por parte de la Sra. Centeno así como la aceptación de la unidad en el sistema web de VW, en la fecha que el concesionario disponga a tal efecto, en el período de 10 días hábiles desde la cancelación del plan. Volkswagen S.A de Ahorro para Fines Determinados se compromete a cancelar el plan de titularidad de la Sra. Centeno identificado bajo el Grupo 6140 Orden 107 dentro de los 10 días de homologado el acuerdo y a notificar a Bahiaut S.A. de dicha situación. La totalidad de los gastos, incluidos aranceles y tributos, necesarios para la transferencia del rodado a favor de la Sra. Centeno serán asumidos por las demandadas, conforme acuerdo suscripto por ellas a efectos de determinar la proporción que asume cada una. Acuerdan que el plan perteneciente a la actora (6149/107) queda cancelado, tantos las cuotas vencidas como a vencer, no quedando ningún tipo de deuda por ningún concepto a cargo de la Sra. Centeno. Exponen que en atención a la entrega de la unidad sin ningún tipo de deuda por ningún concepto -plan cancelado-, y la suma convenida la actora queda absolutamente desinteresada, y nada más podrá reclamar a las demandadas por ningún concepto derivado de los hechos debatidos en autos, de las astreintes fijadas, y de cualquier daño actual y/o futuro que la actora pudiera haber padecido con causa en los hechos de autos como asimismo las astreintes fijadas oportunamente. 2.-VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINESDETERMINADOS asume las costas del presente proceso y en este sentido acuerdan los honorarios del Dr. Squadroni en convenio por separado que en la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILTRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($ 3.952.333,20) más IVA y aporte de Caja Forense (5%) que serán abonados en la cuenta de autos, en la misma fecha que la convenida para el capital a favor de la Sra. Centeno. 3.-LA ACTORA solicita el levantamiento del embargo oportunamente decretado en autos, trabado sobre las cuentas de VOLKSWAGEN S.A DE AHORRO PARA FINES DETEREMINADOS, BAHIAUT S.A. y/o DIETRICH S.A Que en relación a la suma de $487.500 (Pesos Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos) que se encuentran depositadas en la cuenta de autos en concepto de astreintes, solicita que la misma sea restituida a Bahiaut S.A. En tal sentido, LA ACTORA desiste de reclamar cualquier tipo de astreinte fijada al día de la fecha o con anterioridad. 4.-LAS PARTES acuerdan que en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por “VOLKSWAGEN S.A DE AHORRO PARA FINESDETERMINADOS”, “VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A.”, “DIETRICH S.A” y BAHIAUT S.A”, dará derecho a la parte ACTORA previo formal emplazamiento de cumplimiento del presente acuerdo por el plazo de 10 (diez) días hábiles, a reclamar únicamente a la parte que hubiera incumplido con las obligaciones asumidas, el cumplimiento del presente acuerdo, por la vía legal que se considere con derecho. 5.- Declaran que el presente acuerdo se suscribe sólo a título transaccional, aplicable exclusivamente al caso, sin que pueda ser extendido y/o aplicado a casos similares y/o análogos. 6.- Se comprometen a mantener absoluta confidencialidad respecto de los hechos aquí debatidos. Considerando que el acuerdo al que han arribado las partes importa una justa composición de los intereses en juego, teniendo en cuenta que no se encuentra comprometido el orden público y no advirtiéndose la convergencia de razones que obsten a la homologación ambos acuerdos,
RESUELVO: 1.- Homologar con fuerza de sentencia los acuerdos presentados en fecha 11/08/2023. 2.- Tener presente la entrega de PESOS DIEZ MILLONES($ 10.000.000,00) y la entrega del vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo NIVUS CONFORTLINE AUTOMATICO, modelo año 2023, 0 km., designado con el chasis número 9BWCH6CHXPP025487, en favor de la actora. 3.- Téngase presente que los compromisos asumidos por las partes. 4.- Atribuir las costas del presente proceso a la parte demandada VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINESDETERMINADOS de conformidad con lo acordado en el punto II del Convenio que aquí se homologa. 5.- Determinar los distintos conceptos a oblarse, en atención a la vigencia de las acordadas Nº 10/2003 (Art. 2), N° 50/2003, del STJ, y su modificatoria, Ac. Nº 17/2014, observando las prescripciones de los arts. 37 - inc. a- y Art. 38 - inc. c- de la Ley Nº 5548; tomando como base imponible la suma de $ 10.000.000,00 acordado en el punto I - del acuerdo en cuestión, a saber: Tasa de Justicia: $ 250.000 Sellado de Actuación: $ 4.990 Colegio de Abogados: $ 20.000 Sitrajur: $ 20.000 6.- Fecho, Líbrese oficio a los fines del levantamiento del embargo oportunamente decretado en autos y transfiérase de la cuenta de autos N° 124365363 a la cuenta de a Bahiaut S.A la suma de $487.500 (Pesos Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos), en concepto de restitución de saldo. 7.- Tener presente lo pactado en el convenio de honorarios siendo VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A quien abonará al Dr. Squadroni en concepto de honorarios el 20% del monto del acuerdo y el 20% del monto de las astreintes devengadas conforme autos: “CENTENO SILVANA ELIZABETH C/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. YOTROS S/ EJECUCIÓN DE MULTA" (Expte Nº CH-00030-C-2023), totalizándola suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($ 3.952.333,20) más IVA y aporte de Caja Forense (5%) a depositarse en autos antes de la fecha 4 de septiembre del corriente. Notificar de conformidad a las adecuaciones procesales dispuestas por el Anexo I de la Ac. N° 36/2022 del STJ (9-a) -que implementa el Sistema de Gestión de Exptes. Judiciales "PUMA"-. pnt PAOLA SANTARELLI Jueza Subrogante |
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