Fallo Completo STJ

OrganismoUNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 1 - BARILOCHE
Sentencia447 - 03/11/2023 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteBA-02383-JP-0000 - HOURCLE, GUSTAVO ADOLFO C/ ARGEL PAREDES, YENNY MARISEL Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (JP)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
San Carlos de Bariloche, 3 de noviembre de 2023.-
VISTOS: Los autos caratulados: "HOURCLE, GUSTAVO ADOLFO C/ ARGEL PAREDES, YENNY MARISEL Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (JP)", BA-02383-JP-0000
CONSIDERANDO: Que en fecha 04/08/2020 (Seon 3153) se presenta GUSTAVO ADOLFO HOURCLE con su apoderado Dr. JUAN JOSE WILBERGER, y letrados patrocinantes Dres. JORGE LUIS OLGUIN y HORACIO FABIÁN BRUCELLARIA, solicitando se le conceda "Beneficio de litigar sin Gastos", a los fines de tramitar demanda por Daños y Perjuicios contra: ARGEL PAREDES YENNY MARISEL, ; ALVEAR MARCELO DANIEL, GIGENA EVELIN GABRIELA, HUENELAF IRIS VIVIANA, KUMMEL MARIA CRISTINA ; MAYORGA GRISELDA CAROLINA, MAYORGA PEDRO NICOLAS ; MAYORGA SANTIAGO IGNACIO ; MEYER TEBER LEANDRO; OLIVARES VELDEBENITO LILIANA ISABEL ; ORTEGA DIAZ PALOMA; PAREDES REYES MARIA LUISA ; PEFAURE HORACIO ALEJANDRO ; ROCHA MAXIMILIANO EZEQUIEL ; RODRIGUEZ GABRIEL ALEJANDRO; RODRIGUEZ LORENA VANESA; RODRIGUEZ LUCAS MAXIMILIANO y ROSALES RAUL ALBERTO.-
Que en Seon Nro.3153 obran declaraciones de los testigos propuestos.-
Que a se ordena correr vista a la A.R.T., no contestándose la misma.-
Corrido traslado a tenor de lo normado por el art. 81 del CPCC, al primero contesta 28/02/2023 y al segundo no es contestado.-
La jurisprudencia ha establecido que la procedencia del beneficio de litigar sin gastos debe juzgarse en relación directa con la importancia económica del juicio en el que intervendrá el peticionante puesto que este instituto está destinado a asegurar la defensa en juicio, la que se vería frustrada si no se contara con los medios necesarios para afrontar los gastos que ello implica. Es así que se ha delegado en el prudente arbitrio judicial la apreciación de la prueba, pudiendo el juez acordar el beneficio total o parcialmente o, en su caso denegarlo, según la cuantía de los ingresos, si los hay, y en función de la importancia económica del juicio. (CNCiv., sala E, mayo 30-1996). ED. 172-54; (ídem, id., marzo 12-1997). ED, 173-187.-
Sabido es que poseer los bienes indispensables para vivir (una casa, un auto etc) no pueden en modo obstar la concesión del beneficio (art. 78, 3do. párr del CPCC).
La ley no exige un estado de absoluta indigencia para acceder al mismo, sino que deberá evaluarse la incidencia que el pago de los tributos, gastos y costos pueda producir en la manutención del peticionante y su grupo familiar, debiendo asimismo considerarse la especificidad del beneficio, es decir la importancia económica del proceso con respecto al cual se solicita.
En orden a los principios antes enunciados corresponde evaluar la prueba aportada en autos.-
Que en Seon Nro. 3153 obran las declaraciones testimoniales de los testigos propuestos, quienes son contestes en afirmar que no tiene vivienda propia y a las demás preguntas las desconocen.-
Que del Puma en fecha 29/12/2022 y 17/08/2023 se acompañan informes del Registro de la Propiedad Inmueble (RN y Tucumán) donde se hace saber que no constan bienes inscriptos a su nombre.-
Que en Puma 16/11/2022 obra informe del Registro Nacional de la Propiedad Automotor donde surge la titularidad respecto de un Automotor Dominio LRM618 (AMAROK Año Modelo: 2012 y Dominio C1351500 Tipo: ACOPLADO CASA RODANT Año Modelo: 1987)
Por todo lo expuesto, luego del análisis de la probanzas arrimadas en autos, considerando el monto del juicio principal $ 4.000.000.- con más intereses desde que cada suma es debida y costas de juicio, concluyo que corresponde conceder beneficio de litigar al actor.-
Por ello y lo dispuesto en el art. 81 del CPCC, RESUELVO: I) Otorgar el "Beneficio de Litigar sin Gastos" a GUSTAVO ADOLFO HOURCLE a los fines de tramitar demanda por Daños y Perjuicios contra ARGEL PAREDES YENNY MARISEL, ; ALVEAR MARCELO DANIEL, GIGENA EVELIN GABRIELA, HUENELAF IRIS VIVIANA, KUMMEL MARIA CRISTINA ; MAYORGA GRISELDA CAROLINA, MAYORGA PEDRO NICOLAS ; MAYORGA SANTIAGO IGNACIO ; MEYER TEBER LEANDRO; OLIVARES VELDEBENITO LILIANA ISABEL ; ORTEGA DIAZ PALOMA; PAREDES REYES MARIA LUISA ; PEFAURE HORACIO ALEJANDRO ; ROCHA MAXIMILIANO EZEQUIEL ; RODRIGUEZ GABRIEL ALEJANDRO; RODRIGUEZ LORENA VANESA; RODRIGUEZ LUCAS MAXIMILIANO y ROSALES RAUL ALBERTO, hasta que mejore su fortuna.- (art. 84 C.P.C.C.).- II) Hágase saber que el beneficio concedido no alcanza las sumas que el Tribunal pudiera fijar en concepto de "anticipo de gastos", referidos a pruebas periciales a producir en el juicio principal (en la proporción que correspondiere al actor).- III) Regístrese, protocolícese y notifíquese a las partes y a la A.R.T. (Acord. 36/22 STJ).-



Mariano A. Castro
Juez

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