Organismo | JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL Nº10 - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 113 - 03/04/2025 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | RO-00075-P-2023 - YUCRA JESUS RUBÉN S/ ART. 27 BIS(AVERIGUACION DE PARADERO - OR) |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
General Roca, 3 de abril de 2025.
AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones RO-00075-P-2023 () caratuladas <.J.R.S.A.2.B.D.P.-.O.<.; CONSIDERANDO: I- Que el condenado JESUS RUBÉN YUCRA se encuentra cumpliendo pena de prisión en suspenso, dictada por el Tribunal Unipersonal integrado por el Dr. Maximiliano Camarda, quien en fecha 2/10/2023 lo condenó a 1 (UN) MES DE PRISION DE EJECUCIÓN CONDICIONAL mas el cumplimiento de las reglas de conducta dispuestas en el art. 27 bis del C.P. por el término de DOS AÑOS. II- Que atento las continuas incomparecencias del condenado JESUS RUBÉN YUCRA, en fecha 30 de julio de 2024 se libró la averiguación de paradero del mismo. Que en 6 de diciembre pasado, el SIFCOP informa que el nombrado fue habido y fijo domicilio en calle Colombia 469 de Centenario, Pvcia. de Neuquén, dándose inmediata intervención a la Defensa para que tome contacto con su asistido a fin de que éste comience con las presentaciones ordenadas en la sentencia de autos, poniéndose a derecho. III- Que en fecha 30/3/2025 el Ministerio Público Fiscal dictaminó "(...) Visto el estado de autos, así cómo lo informado por Sifcop en fecha 18/10/2024 en relación al paradero del condenado JESÚS RUBÉN YUCRA; habiéndose dado intervención a la Defensa sin obtener ningún resultado, solicito se haga efectivo el apercibimiento dispuesto por S.S. en fecha 30/07/2024 y se su rebeldía y captura, a fin que se ponga a derecho en los presentes.(...)" Que por lo tanto, atento el estado de autos, y lo dictaminado por la Dra. Susana Carrasco corresponde declarar la Rebeldía y ordenar la inmediata captura de JESUS RUBEN YUCRA, como así también dejar sin efecto la averiguación de Paradero respecto del nombrado Que en razón de lo expuesto, en mi carácter de Juez de Ejecución Penal; RESUELVO: I) DECLARAR la REBELDÍA de JESUS RUBÉN YUCRA, DNI nro 45883586, nacido en SAN ANTONIO OESTE el 01/01/2003, y ordenar su inmediata captura, quién habido que sea deberá permanecer detenido en la Unidad Policial, quedando el mismo a disposición de éste Tribunal en carácter de comunicado. II) Dejar SIN EFECTO la Averiguación de Paradero dispuesta en 30/7/2025. Registrar, notificar y reservar las actuaciones en Secretaría hasta tanto el causante se presente o sea habido.
Dr. Fernando Romera Juez de Ejecución Penal
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