Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 3° CJ - BARILOCHE
Sentencia559 - 07/09/2023 - DEFINITIVA
ExpedienteMPF-BA-00630-2022 - UFT 1 S/ INVESTIGACIÓN FEMICIDIO (VTMA. E.S.)
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaSan Carlos de Bariloche, 7 de septiembre de 2023


Juan Martín Arroyo, integrante del Foro de Jueces Penales de la IIIra.
Circunscripción Judicial, en mi carácter de Juez Técnico del Tribunal de Juicio, integrado
por Jurados, dicto sentencia en relación al legajo N°: MPF-BA-0 630-2022 caratulado
“UFT 1 S/ INVESTIGACIÓN FEMICIDIO (VTMA. S.E.)”
seguido contra “xxx” (F.) F.A., DNI xxx, nacido en San
Pablo, Brasil, con último domicilio en xxx de esta ciudad, quien se encuentra detenido con prisión preventiva en el
establecimiento de Ejecución Penal III de esta ciudad.
Los días 26, 27, 28, 29 y 30 de junio del corriente año se realizó la
audiencia del juicio de responsabilidad, relativa a la existencia de los hechos, la
calificación legal y la responsabilidad penal de la persona acusada.
En tanto, el 7 del corriente mes, ante el veredicto de culpabilidad al que
arribó el jurado popular, se realizó la audiencia para determinar las consecuencias de
dicho veredicto, todo ello de conformidad al artículo 197 sgtes. y cctes. del C. P. P.
Del juicio participaron los representantes del Ministerio Público Fiscal,
el Fiscal Jefe Dr. Martín Lozada, el Fiscal Dr. Gerardo Miranda y los Defensores Dres.
Nelson Vigueras y Mónica Goye. Esta última no intervino en el juicio de cesura.


JUICIO DE RESPONSABILIDAD:


I.- Instrucciones iniciales:
Declarado abierto el Juicio, se le trasmitieron al Jurado las instrucciones
iniciales que fueron convenidas con las partes, las que se transcriben a continuación:
“SEÑORAS Y SEÑORES INTEGRANTES DEL JURADO:
Acaban de prestar juramento para ser el jurado que juzgue en el legajo
N° MPF-BA-00630-2022 caratulado “UFT 1 S/INVESTIGACIÓN FEMICIDIO
(VTMA. S.E.)”, en el cual intervienen dos partes, por un lado la
Fiscalía representada por los Dres. Martín Lozada y Gerardo Miranda y por la otra, la
acusada A. (F.) A.F. junto a su Defensa Oficial
representada por el Dr. Nelsón Vigueras y la Dra. Mónica Goye.
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Su responsabilidad como Jurado será determinar, al momento de
deliberar, una vez finalizado el juicio, si la acusación se ha probado más allá de toda
duda razonable.
A continuación les daré algunas instrucciones sobre lo que sucederá en
el juicio y su labor específica en el mismo. Todas revisten la misma importancia y su
finalidad es brindarles una ayuda para que puedan tomar la decisión; pero en ningún
caso decirles qué decisión deben tomar.
1.- El juicio tendrá cinco momentos:
a) En primer lugar, cada parte se dirigirá a ustedes y hará una presentación inicial, y les
relatará cuál es su versión de los hechos que se discutirán en el juicio.
b) Luego, la Fiscalía presentará la prueba que ha propuesto para demostrar su versión
de los hechos. Vendrán a declarar testigos, peritos y también es posible que le muestren
distintos documentos que han sido obtenidos a lo largo de la investigación. La Fiscalía
es quien tienen la obligación de probarles a ustedes el caso que ha traído a juicio, es
decir su acusación. La defensa tiene el derecho de interrogar a los testigos propuestos
por la Fiscalía y contradecir la acusación. Luego será la defensa quien presentará su
prueba.
c) Una vez que finalice la producción de la prueba, la Fiscalía y la Defensa tendrán
nuevamente la palabra para hacer sus alegatos de clausura. En ese momento cada quien
les propondrá una valoración posible de toda la prueba que han visto a lo largo del juicio
y les pedirán un veredicto concreto. El veredicto es la decisión final que ustedes tomarán
con relación a la acusada.
d) Cuando finalicen los alegatos, yo les daré las instrucciones finales para que pasen a
la sala de deliberación a discutir el caso. En ese momento les explicaré en concreto las
exigencias legales de los delitos que están involucrados en este caso y de algunos otros
conceptos que deben tener en cuenta a la hora de deliberar. Es importante que no inicien
por su cuenta ninguna deliberación hasta que yo les anuncie que ha llegado el
momento de hacerlo.
e) Iniciarán la deliberación y una vez que lleguen a una decisión, volverán a la sala, la
comunicarán y habrá terminado su servicio como jurado popular. Es importante que
sepan que su responsabilidad es juzgar los hechos y determinar si la acusada es o no
responsable exclusivamente en función a la prueba que se les presente en el juicio. Mi
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obligación es dirigir la audiencia.
2.- En todo juicio penal se da una discusión en tres planos: los hechos, la prueba y el
derecho, . Cuando la Fiscalía decide llevar un caso a juicio, tiene que vincular esos tres
planos:
Los hechos: la Fiscalía debe traer un relato de los hechos y cuando hace su alegato de
apertura, debe presentar hechos concretos que considera delitos.
La prueba: en un juicio para que una persona sea declarada culpable, no basta con el
anuncio de hechos realizado por la acusación. Esos hechos deben ser probados en el
juicio a través de las distintas pruebas (testigos, peritos, objetos) que la acusación traerá
para intentar demostrar que lo que ha anunciado sucedió tal como lo dijo.
El derecho: los delitos están regulados en el Código Penal, establecen una serie de
requisitos que deben cumplirse sí o sí para poder decir que una persona es responsable
de haber cometido un delito en particular. Esos requisitos son los que les explicaré en
concreto, a través de las instrucciones finales, antes de que pasen a deliberar.
Entonces: es deber de la Fiscalía vincular los hechos, la prueba y el derecho, de modo
tal que la prueba acredite los hechos que la Fiscalía afirma que ocurrieron.
¿Cuál es la tarea de la defensa? Controlar la prueba presentada por la acusación y/o
presentar prueba propia que permita mostrar dudas sobre la acusación. La defensa como
les dije puede presentar prueba o no presentarla y utilizar sólo la prueba presentada por
la Fiscalía para demostrar que las afirmaciones de la Fiscalía no han podido ser
suficientemente probadas.
¿Cuál es la tarea del jurado? Una vez que hayan recibido la explicación concreta sobre
el contenido de los delitos involucrados en el juicio, la tarea central del jurado consiste
en decidir:
a. Si se han presentado pruebas que permitan afirmar la existencia de los hechos que la
Fiscalía ha presentado.
b. Si esas pruebas presentadas tienen credibilidad para tener por probados los hechos.
c. Qué delitos están involucrados de acuerdo a los hechos que encuentren probados.
Desde ahora y hasta la finalización del juicio ustedes deben tener en cuenta:
Que son las partes las encargadas de mostrarles la prueba. Ello quiere decir que sólo la
fiscalía y la defensa están autorizados a formular preguntas a las personas que vengan
a declarar. Como ustedes y yo debemos ser imparciales, no tenemos permitido hacer
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preguntas ni mantener ningún tipo de comunicación con la prueba.
Parte de mi trabajo, como Juez Técnico en esta audiencia, es conducir el debate. Por ello,
puede suceder que tenga que resolver discusiones entre las partes. Si surge alguna
cuestión en particular y yo resuelvo a favor de una u otra, ustedes no deben interpretar
que quiero un resultado en favor de la parte a quien le dé la razón.
Puede suceder también que tenga que pedirles que dejen la sala por unos momentos si la
cuestión a tratar con las partes requiere mayor discusión; esto en general ocurre cuando
deben discutirse cuestiones legales.
Derechos de la acusada: Es muy importante que veamos este juicio recordando las
obligaciones que establece la Constitución Nacional, la Provincial y las leyes. Un
mandato constitucional que ustedes deben tener presente es el principio de inocencia.
Toda persona acusada de un delito es inocente hasta que la acusación pruebe su
responsabilidad penal más allá de toda duda razonable. Este es un estado que la
Constitución Nacional y Provincial establecen y significa varias cosas:
1. Que ustedes deben partir de la base de que la acusada es inocente. Por eso no está
obligada a presentar prueba ni probar nada.
2. Que la acusada no tiene obligación de declarar en el juicio y que si declara no lo hace
bajo juramento de decir verdad. Para la acusada, declarar es un derecho no una
obligación. Por ello ustedes no pueden considerar que si no declara es culpable. Y en
ningún caso pueden basar su decisión en esa circunstancia, es decir, porque no declare.
3. La Fiscalía tiene la carga de probarles durante el juicio y convencerlos, más allá de
toda duda razonable, que el delito se cometió y que la acusada es la responsable.
La prueba
Para tomar la decisión ustedes sólo deben considerar la prueba que vean y escuchen
en el juicio. Esto significa que ustedes no pueden:
Especular sobre alguna prueba que debería haberse presentado.
Suponer o elaborar teorías sin que exista prueba para sustentarlas.
Hacer una valoración utilizando estereotipos (entendiendo por estereotipo una imagen o
idea aceptada comúnmente por un grupo o sociedad con carácter inmutable. Los
estereotipos son el conjunto de creencias sobre los atributos asignados a un
determinado grupo social. En tanto se presume que el grupo específico posee tales
atributos o características o cumple con esos roles, se cree que una persona, por el solo
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hecho de pertenecer a él, actuará de conformidad con la visión generalizada o
preconcepción existente acerca del mismo).
Hacer una valoración desde el prejuicio (entendiendo por prejuicio a cualquier opinión
previa sobre una situación o una persona, que no esté basada en la prueba que vean).
Hacer una valoración sesgada (entendiendo por sesgo el otorgar un peso
desproporcionado a favor o en contra de una cosa, persona o grupo en comparación con
otra, sin tener base en la prueba producida en el juicio).
La prueba no es lo que dicen las partes, sino exclusivamente la que se produce durante
el juicio: lo que digan los testigos y peritos y los elementos materiales que ustedes puedan
ver en las audiencias.
Además, en los casos que involucren a una mujer como víctima o acusada tampoco
pueden utilizar estereotipos de género para observar la prueba. Un estereotipo de género
es una opinión o prejuicio generalizado acerca de atributos o características que
hombres y mujeres poseen o deberían poseer o de las funciones sociales que ambos
desempeñan o deberían desempeñar.
Al juzgar un caso que involucra relaciones entre varones y mujeres tenemos la obligación
de observar la prueba con perspectiva de género.
La perspectiva de género es una variable de análisis que permite ver a las personas en
su diversidad de contextos, necesidades y autonomía, superando los estereotipos que
provocan discriminación y desigualdad entre hombres y mujeres. Implica asumir que en
nuestra organización social, las mujeres se encuentran en una condición de desigualdad
estructural con relación a los hombres.
La utilización de esta variable es obligatoria para valorar la prueba y llama a evitar
conclusiones basadas en estereotipos, prejuicios o miradas sesgadas hacia las mujeres.
¿Qué cosas no son prueba?
Información externa. Deben ignorar por completo cualquier información radial,
televisiva, de diarios, celulares o de Internet, que surja o que hayan escuchado, leído o
visto sobre este caso o sobre cualquiera de las personas o lugares involucrados o
mencionados en la audiencia.
Opiniones externas. Deben ignorar por completo lo que puedan decir terceros ajenos al
jurado o cualquier otra fuente externa. Ni abogados, ni integrantes de la Oficina Judicial,
ni yo como juez ni ninguna otra persona puede darles un parecer sobre el caso. Las
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discusiones que se den durante el juicio y las resoluciones que yo tome no son prueba ni
deben influir en ustedes a la hora de discutir el caso. Los alegatos de las partes no
constituyen prueba, sino una valoración que cada parte realiza sobre esa prueba. Ustedes
no están obligados a valorar la prueba de la forma en que lo hacen las partes en sus
alegatos, sino que pueden efectuar sus propias valoraciones. Ustedes son quienes deben
decidir el caso discutiendo la prueba entre ustedes.
El prejuicio o la lástima. Ustedes deben considerar la prueba y decidir el caso sin dejarse
influenciar por sentimientos de prejuicio, miedo o lástima. No se les ha llamado como
jurado para juzgar la forma de ser o vivir de las personas involucradas en el caso (ni de
la víctima, ni de la acusada), sino hechos concretos. Deberán concentrar su discusión en
los hechos y la prueba.
La posible pena. La pena no tiene que ver con su tarea, que consiste en determinar si la
acusación ha probado la culpabilidad de la acusada. La pena no debe tener lugar en sus
deliberaciones o en su decisión. Si ustedes encuentran culpable a la acusada, será mi
tarea y responsabilidad exclusiva en una audiencia posterior a este juicio decidir sobre
la pena.
Como ya les dije, tampoco son prueba las anotaciones que cada uno de ustedes puedan
realizar durante el juicio.
Convenciones probatorias: Las convenciones o estipulaciones probatorias son hechos
que las partes asumen sin discusión, sobre los que no tienen que producir prueba. Por
ello, jueces y jurados deben tenerlos como comprobados y a partir de allí basar sus
razonamientos.
Las partes las presentarán al momento de hacer sus intervenciones y yo se las recordaré
en las instrucciones finales.
¿Cómo valorar la prueba?
DUDA RAZONABLE. La discusión sobre la prueba que ustedes deben tener es acerca de
si están convencidos o no “más allá de toda duda razonable”, que el hecho por el que se
acusa existió y si la acusada es responsable de haber cometido ese hecho.
¿Qué es una duda razonable? Es la que se basa en la razón y en el sentido común, cuando
surge de una consideración imparcial de toda la prueba presentada en el juicio. Es la
duda que de manera lógica puede surgir por contradicción entre las pruebas o por falta
de pruebas en apoyo de la acusación.
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¿Qué no es una duda razonable? No es razonable una duda inverosímil, forzada,
especulativa, imaginaria, prejuiciosa o sesgada, basada en la lástima o la piedad.
No es suficiente con que ustedes crean que la acusada PODRÍA ser culpable. En esas
circunstancias, ustedes deben declararla no culpable, ya que la acusación no les ha
convencido de su culpabilidad más allá de duda razonable. Ustedes deben arribar a una
CERTEZA, más allá de toda duda razonable, para poder condenar. Eso implica un grado
de convencimiento superior a la probabilidad.
Deben considerar también que resulta casi imposible probar un hecho con certeza
absoluta o matemática. No se exige que la acusación así lo haga. La certeza absoluta es
imposible de alcanzar. Sin embargo, la obligación de convencer más allá de toda duda
razonable es, legalmente hablando, lo más cercano que existe a la certeza absoluta. Es
mucho más que un simple balance de probabilidades.
No existe una fórmula mágica para decidir qué tanto o qué tan poco creerle a la prueba,
o la medida en la que confiarán en determinada prueba para decidir este caso. Por ello
es importante la deliberación final entre ustedes para valorar conjuntamente toda la
prueba que se les presente.
¿Qué es la prueba testimonial?
Son las afirmaciones que realizarán las personas que vengan a declarar al juicio, sobre
circunstancias que han conocido a través de sus sentidos y están vinculadas con el caso.
En términos generales consideren que dar testimonio en un juicio no es una experiencia
común: las personas reaccionan y se muestran de maneras diferentes, provienen de
distintos ámbitos, tienen diferentes capacidades, valores y experiencias de vida. Existen
demasiadas variables para hacer que la actitud de la persona al declarar sea el único o
más importante factor en la decisión sobre si le creen o no.
Pueden considerar tres cuestiones para evaluar la credibilidad de cada prueba
testimonial:
•Veracidad. Una afirmación es veraz cuando quien la realiza cree en la verdad de lo que
dice. Pierde veracidad cuando quien la realiza sabe que está diciendo algo que no es
cierto y de todas maneras lo dice.
•Objetividad. Una afirmación es objetiva cuando quien la realiza cree en la verdad de lo
que dice y no tiene ningún compromiso con el relato. La afirmación pierde objetividad
cuando quien la realiza se basa más en lo que espera o quiere que ocurra, que en la
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información real con que cuenta para hacer la afirmación.
•Sensibilidad sensorial. Al evaluar la credibilidad de las afirmaciones de quien declara,
deben considerar la posibilidad que tuvo esa persona de percibir los eventos relatados a
través de sus sentidos. Una afirmación pierde en sensibilidad sensorial cuando quien la
realiza no tenía posibilidad interna (a través de sus sentidos: vista, oído, gusto, tacto,
olfato) o externa (condiciones de visibilidad, posibilidad de escuchar, etc.) de acceder al
conocimiento como lo presenta en su declaración.
Otras cuestiones a considerar:
Tengan presente que su tarea es considerar cuidadosamente cada testimonio en forma
particular y en el contexto general del caso. Decidan qué tanto o qué tan poco van a creer
acerca de lo que diga cada persona. No decidan contando la cantidad de testigos.
¿Qué es la prueba pericial?
Durante el juicio, escucharán el testimonio de personas con conocimiento específico en
algún área. A diferencia de los testimonios comunes, a estas personas la ley les permite
sacar conclusiones.
Una persona testifica como experta si tiene los conocimientos específicos para declarar
en la materia a la que se refiere su testimonio.
Al igual que con los testigos, deben evaluar la credibilidad de estas personas. Sumado a
los factores que les mencioné como posibilidades para evaluar a los testimonios comunes,
en este caso ustedes también pueden considerar:
El entrenamiento/ formación de la persona;
Su experiencia y sus títulos, o la falta de ambos;
Las razones para cada opinión;
Si es consistente con el resto de la prueba creíble del caso.
No se les exige que acepten la opinión de un experto o experta al costo de excluir los
hechos y circunstancias revelados por otros testimonios o pruebas. Pueden descartar una
opinión, si llegaran a la conclusión de que la misma no es razonable ni convincente.
CREDIBILIDAD DE LOS PERITOS Y TESTIGOS
Como miembros del Jurado, ustedes decidirán cuáles hechos quedaron probados. Para
ello tienen que evaluar la credibilidad de las personas que aquí declaren -sean peritos o
testigos- y decidir qué importancia o peso le darán a sus dichos. Ustedes decidirán si
creen todo lo que un testigo dice, si creen parte de lo que dice o si no le creen nada. Los
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testigos son personas que declaran en relación a hechos que han percibido a través de
sus sentidos, los peritos son personas que como ya dije, tienen especiales conocimientos
en algún arte, ciencia o profesión, y por ello se les solicita su opinión.
Al decidir sobre la credibilidad de un testigo, además de lo que ya les dije, ustedes deben
examinar todo el testimonio y pueden considerar, entre otros, los siguientes factores: 1)
la edad del testigo; 2) la capacidad del testigo; 3) la oportunidad y habilidad que tuvo el
testigo para ver, escuchar o conocer los asuntos sobre los cuáles está testificando; 4) la
forma y manera en la que el testigo declara; 5) si el testigo tiene algún interés en el
resultado del caso; 6) si hay alguna evidencia que contradice los dichos del testigo; 7)
cuán razonable son los dichos del testigo al considerarse con otra evidencia.
Para examinar el testimonio de los peritos debe tener en cuenta los siguientes factores:
1) entrenamiento, experiencia y títulos del perito; 2) si su opinión es razonable; 3) si es
consistente con el resto de la prueba creíble del caso. Es importante que también
conozcan que el peso de la evidencia no depende del número de testigos y/o peritos que
testifica en distinto sentido sobre un mismo hecho. En caso de que el acusado decida
declarar, les recuerdo que no está obligado a hacerlo, ustedes deben saber, que a
diferencia de los testigos, el acusado no declara bajo juramento, por lo que podrá decir
en su defensa cosas verdaderas o falsas, sin que ello implique la comisión de delito
alguno.
¿Qué es la prueba material?
En el transcurso del Juicio también puede que se les exhiba pruebas materiales. Ellas
también deben ser valoradas por ustedes como prueba de los hechos que ilustran o
muestran. Las pruebas materiales entrarán con ustedes a la sala del jurado.
Considérenlas junto con el resto de la prueba, y exactamente del mismo modo.
A lo largo de la audiencia, ustedes pueden tomar apuntes. No es obligación que lo hagan
si no desean hacerlo. En caso que tomen apuntes, tengan en cuenta que los mismos
permanecerán en la sala y solo los podrán llevar consigo cuando pasen a deliberar. Les
indico que esas notas que tomen no son prueba. Una vez terminada la deliberación, esos
apuntes serán destruidos.
Les informo además que la la Dra. Carolina Abramson es la Oficial de Sala titular, ella
nos acompañará en esta audiencia y estará atenta a todo lo que suceda. Si pasa alguna
cosa o si alguien tuviera un inconveniente me lo harán saber a mi o a ella de inmediato,
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para, si es necesario, pausar la audiencia.
PROHIBICIONES AL JURADO. El caso debe ser juzgado por ustedes, y para ello sólo
pueden considerar la prueba presentada durante el juicio, ante ustedes y en presencia de
la acusada, de los abogados y del Juez. Los Jurados no deben conducir ninguna
investigación por cuenta propia. Esto incluye leer diarios, mirar televisión, o usar una
computadora, teléfono celular, internet, cualquier dispositivo electrónico, o cualquier
otro medio, a fin de obtener información relacionada con este caso, o con las personas y
lugares descriptos en este caso. Esto vale a partir de ahora, y para todo momento hasta
el final de la deliberación y la entrega del veredicto: tanto cuando estén en el Tribunal,
en sus hogares o en el lugar que sea. Ustedes no deben visitar ninguno de los lugares
discutidos en el juicio o usar Internet para ubicar mapas, o fotos para ver los lugares
mencionados en el juicio. Los jurados no deben mantener discusiones de ninguna clase
con amigos o familiares acerca del caso, o de las personas y lugares involucrados. No
permitan que ni aun los más íntimos familiares les hagan comentarios o preguntas sobre
el juicio. No miren ni acepten mensajes relacionados con este caso o con vuestra tarea
como jurados. No discutan este caso ni soliciten consejo de nadie por ningún medio. No
deliberen entre ustedes hasta que yo les diga que ha llegado el momento de hacerlo.
Hacer algo así violaría el Juramento que realizan. Su deber como jurados de ser
imparciales.
LIBERTAD DE CONCIENCIA DEL JURADO: Ustedes deben saber, finalmente, que
el jurado es independiente, soberano e indiscutiblemente responsable por su veredicto,
libre de cualquier interferencia o presiones mias como juez técnico, de las partes o de
cualquier otra persona por sus decisiones. Cualquier interferencia o presión que ustedes
sientan en el desarrollo de sus funciones de Jurados deben comunicarlas a la Oficial de
Sala, y ella me la comunicará inmediatamente. A fin de preservar la libertad de
conciencia que deben mantener para resolver de forma imparcial el caso, y para que sea
posible controlar que nadie afecta esa imparcialidad, hasta que termine el Juicio yo me
dirigiré hacia ustedes únicamente en presencia de las partes. Ninguno de ustedes, jurados,
podrá ser jamás sujeto a penalidad alguna por los veredictos que rindan, a menos que
aparezca que lo decidieron en contra de su conciencia, o de que fueron corrompidos por
vía de soborno.
INMUNIDAD DEL JURADO: A partir de su incorporación al debate, ninguno de
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ustedes, miembros del jurado sean titulares o suplentes, podrán ser molestados en el
desempeño de su función, ni privados de su libertad, salvo el caso de flagrante delito”.


II.- Alegatos de apertura:
Tras la lectura de las instrucciones iniciales, se otorgó la palabra a las
partes para que presentaran su caso al jurado. En primer lugar lo hizo el Fiscal Jefe Dr.
Lozada, quien lo hizo en los siguientes términos:
Venimos a sostener y dar fundamento a la acusación que llevamos
adelante respecto a A.F., que le quito la vida a A.E.S.
mujer brasilera, madre de 6 hijos, el más chico de dos meses de edad.
A.F. asesinó a E. aquí en Bariloche el 16 de febrero de
2022, entre las 0:50 y las 2:30 hs de la madrugada, en la zona conocida como circuito
chico, es la ruta 77, donde conecta con el Lago Escondido a través de un sendero peatonal,
no asfaltado. Afirmamos y venimos a probar más allá de cualquier duda razonable, que le
quita la vida a través de un arma de fuego de guerra calibre 357 magnum con gran poder
de fuego, con la que apunta y efectúa al menos 6 disparos a una distancia no mayor a 1,2
mts. Al menos seis disparos, y vamos a escuchar más tarde a la médica forense que va a
contar que fueron nueve disparos. Respecto del arma, A. carecía de cualquier tipo de
autorización para su uso.
Vamos a probar que tras ejecutarla, a través de todos estos disparos
efectuados a un metro veinte de distancia, la deja tirada, se sube al auto y vuelve
conduciendo al domicilio que compartía con E., cerca de allí XXX.
Venimos a probar también, que este asesinato se llevó adelante en dos
contextos muy particulares y precisos que le importan al derecho penal. En primer
término, la alevosía. Mata con alevosía quien le quita la vida a otra persona cuando esa
persona carece de cualquier posibilidad de defenderse, que se encuentra a su merced, a su
plena disponibilidad, cuando quien mata no incurre en ningún peligro para su persona.
Así mató A.F. a E..
Vamos a probar que la llevó en horas de la madrugada a un sitio oscuro,
alejado de cualquier casa y de cualquier persona, absolutamente despoblado, que la hizo
bajar del vehículo, y cuando la tenía efectivamente a su merced, a su plena disponibilidad,
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la ejecutó del modo que venimos narrando. Vaya si E. no tuvo posibilidad alguna
de defenderse, vaya si E. no puso en riesgo de manera alguna a la persona que la
estaba ejecutando.
La segunda circunstancia es aquella atinente a la violencia de género,
A. le quita la vida a E. en un contexto de violencia de genero. Esto no es
necesariamente pegarle a la víctima mujer, no implica necesariamente un castigo físico,
sino que existen otras formas en que se manifiesta la violencia. A.F. se
aprovechó de la gran diferencia que había entre sus posibilidades y la de E. Entre
sus posibilidades económicas respecto de una joven, extranjera, sin familia y amigos en
Argentina, a la que había contratado para que le sirva y para que le dé justamente lo que
en su condición de varón no puede tener, hijos.
A. se aprovecha y la usa a E. y le imprime un carácter
instrumental para lograr sus fines, el fin de hacerse de dos criaturas que nacen el
11/11/2019, y de apoderarse de la niña llamada G., que E. trae embarazada
de Brasil, la más pequeña que nació en diciembre del año 2021.
Hay asimetría fáctica, hay un aprovechamiento a su juventud a su
vulnerabilidad, dependencia económica y para sus fines, que nunca hubiera podido
realizar de acuerdo a su sexo e identidad de varón, dos hijos y hacerse una tercera criatura.
Un testigo nos contará cómo era A. , cuando vino a la Argentina, la
situación de E., la precariedad de ella en este acuerdo.
Vamos a observar con el Ingeniero Baffoni el carácter utilitario e
instrumental que le imprimió a la víctima. El desprecio que sentía respecto de la víctima.
Vamos a poder darnos cuenta a través de la explotación forense de un
dispositivo, vamos a reconstruir cuáles fueron las comunicaciones que tenía vía
WhatsApp con distintos interlocutores, en los días previos al hecho, cómo el día 13/02/22,
tres días antes de ejecutar a E., ya le estaba avisando a una interlocutora que tuvo
un sueño, en el cual encontraba un arma y proyectiles, era una señal del destino para
terminar con los problemas con E.
A esa interlocutora identificada como C.V, A. le
manifiesta el 13/02/22 vía WhatsApp, que si E. no le firmaba los papeles de
G., es decir, si se sigue interponiendo entre él y las criaturas, el día martes 16 la iría
a matar. Y el día 16 le quita la vida.
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Tres días antes anunció que la iba a matar, que lo soñó y que si no le
firmaba los papeles la iría a matar el día martes. Lo cual efectivamente mató el día martes.
Se convirtió en una molestia E. para A., cuando empieza a
ponerle límites y obstáculos a la libre disposición de las criaturas de dos años y dos meses.
Cuando E. le manifiesta que no le dará la niña, que se la dará a
una amiga, que no le va a firmar los papeles para que pueda volver a Brasil, ahí se
convierte en una molestia. Ahí A., manipulador, frío, decide quitarle la vida, de hecho
lo anuncio tres días antes.
Demostraremos que el día del hecho, A. hizo subir a su vehículo
Chevrolet Joy a E. con posterioridad a la 00:30 hs. Y que con ese vehículo la llevó
al lago Escondido y que luego con el arma que luego estaba escondida en la casa de A.,
en unas plantas, efectúo al menos 6 disparos, la médica forense dirá que son 9 disparos.
Efectivamente la ejecuto en el lugar, luego se retiró con clara conciencia y deliberación a
su propio domicilio.
Como a partir del momento que la dejó tirada alrededor a las 2 am ya
empieza a manipular el celular, para que quede grabado que está preocupado por E..
Sabe A. a esa altura, como persona inteligente, que la investigación lo tendrá como
sospechoso porque vivía con él.
Empieza a manipular su teléfono inmediatamente después de darle
muerte a E., para demostrar estaba mandando mensajes preocupado, se comunica
2,30 AM de la madrugada, se comunica diciendo que estaba preocupado que no había
vuelto, porque estaba siempre enamorando y lo cierto es que no aparecía.
Vamos a corroborar cómo, a partir de las 9 de la mañana se comunica
con el hermano de E., frialdad, cálculo, cinismo y premeditación. Se comunica con
el hermano de E., ya asesinada, para decirle que la estaba buscando si sabía algo de
ella. Se comunica con un tal E, alguien que le había vendido el auto. Y le pone de
manifiesto que está buscando a E., y sigue dibujando la realidad para zafar.
En la mañana se comunica con la Comisaria Segunda, luego con la 27°
y más tarde con la Subcomisaria 55. La Cabo Aranda contará que habló con una persona
que manifestaba que no sabía dónde estaba E. , que estaba muy preocupado, que la
había llevado a un puente y después se desdijo.
Quiero recordar que la primer audiencia de formulación de cargos, dos
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días después de ser detenido en la sala de audiencias A. reconoció haberle quitado la
vida.
Segunda aclaración: la figura de femicidio que usa fiscalía, requiere que
sea perpetrada por un varón. Van a escuchar que A. manifiesta auto identificarse como
una mujer. Dice la ley que es un sentir interno.
Mas allá de lo que se pueda sentir acerca de sí mismo, lo que importa
al derecho penal es la externalización de las conductas. Cómo interactúo con el resto del
mundo, cómo lo hago.
Como digo que me llamo, como me presento, que ropa uso, que factores
identificatorios poseo, es lo que se llama una expresión de género, desde donde me
comunico, esto es porque A. desde el 2010 tenía la posibilidad de cambiar su identidad
en Brasil, le permitía un cambio de sexo inclusive en Hospitales Públicos. A. cuando
llega Argentina en 2018, hay una ley que posibilita auto identificarse y pedir el cambio
de sexo, nunca lo hizo tampoco.
Tampoco lo hizo cuando contrajo matrimonio igualitario con M.
R. , tampoco dijo allí llamarse A. Dijo llamarse F.F.A.
Vamos a tener testigos que siempre se expresó como hombre.
A la hora de su detención A. tenía bigote y barba, y al ser interrogado
sostuvo que se llamaba F.
En una segunda audiencia de formulación de cargos, de hecho fue
incorporado en el pabellón de varones y 10 meses después de esa audiencia, con fines
nuevamente utilitarios e instrumentales, la que nos viene a contar es que se auto
identificaba como mujer y que ahora pide que la llamemos A.
Apelo al sentido común, aquél que no debería nunca abandonarnos. La
duda razonable es asimilable al sentido común.
Al momento del hecho era A. o F., apelen a su sentido
común y no se dejen engañar por artificios.
Cada uno de estos juicios trae consigo una gran paradoja, que la persona
asesinada no está en la sala y no lo puede contar. La violencia del perpetrador se perpetúa
hasta el día de hoy, ya que no puede contar la victima cómo fue.
Quien asesina a una mujer en su condición de varón, luego de 10 meses
después de ser acusado quiere presentarse como mujer. Vamos a comprobar que asesinó,
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con un arma de fuego de guerra, con alevosía y violencia de género y del delito de
portación de un arma de fuego sin autorización legal.


Seguidamente el defensor Dr. Vigueras presentó su alegato de
apertura en los siguientes términos:
Las cosas son como son, no como uno quiere que sean. Nosotros con el
equipo somos defensores públicos y sólo nos basamos en el interés de la ley y no como
se presentaron.
Se hizo un alegato con información, no me opuse, la acusación no puede
probar la autoría en este hecho. No saben quién condujo el auto, quién manejaba, dónde
se dejó a alguien, quien estacionó, no saben nada.
Traen a A. con todos estos epítetos que escucharon y este es el
duro trabajo de esta defensa. No se dejen engañar, lo importante es la prueba que se
producirá acá.
Ni siquiera pueden probar la autoría. No es femicidio y alevosía, tiene
un sentido y descripto en el Código Penal qué significa cada conducta. El femicidio
requiere que un hombre mate a una mujer. Estamos en presencia de una mujer, es y era
antes del 2016. Van a escuchar a su hermana, amigos de Brasil, en la escuela en su
juventud y luego en Bariloche, ya se expresaba como una mujer. Manifestaba que lo era.
Esto es muy sensible, se habla de bigote y barba porque parece ser que
una mujer no puede tener pelo, esto estaría mal a criterio de la acusación. Sigue siendo
una mujer.
La ley habla de la vivencia personal del cuerpo. No necesariamente una
mujer, ella dice que es mujer porque se identifica esas circunstancias que ella atribuye a
una mujer. Eso probaremos. No estamos en presencia de un hombre, por eso no hay
femicidio.
A. en Brasil expreso su deseo de ser mujer. Será escuchado con
los testigos para que escuchen las cosas como son, no como se las presentan. Esto de
cambiar el nombre son facultades, lo puede hacer como no. Es como la persona siente la
vivencia no se necesita la exteriorización que será probada.
La sociedad le asignó culturalmente a lo femenino y adoptó para sí
A., bótox, brillo, su forma de caminar, su tono de voz. En septiembre de 2020
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acomodó su cintura para una figura más femenina. Lo van a escuchar a los testigos que
lo conocen del trabajo, cuando era moza, que se sentía mujer.
Hay gente, con la que uno comparte cosas y otras con las que se tiene
más intimidad. No desconocemos que hay gente que conoce a A. como F. Que si
lo conocen como más afeminado. Pero hay personas de más confianza con quienes nos
abrimos y contamos nuestro sentir que saben que antes del 16 de febrero del 2022 era una
mujer.
Es la evidencia y cómo se exterioriza. Con el matrimonio ejercía el rol
de mujer, A. conocía a E.. Ella sabía que el esposo y ella querían ser padres.
Ella se ofreció a gestar por subrogación voluntariamente. Acá se dijo otra cosa.
E. estuvo una semana en el hospital y A. se encargó que no
le falte nada de lo que necesitaba y quería, después E. se fue a Brasil, M.
siguió trabajando en xxx y A. se quedó al cuidado exclusivo de sus hijos,
como una madre.
Con todo lo que significa, día a día, cuidando los niños, no hay
cosificación de E., de ninguna manera.
Desde Agosto de 2021 se queda sola con sus hijos. Luego se dice que
E. era extranjera, también lo es A., y eso le da un valor agregado, podía
trabajar pero vivía de sus propios ingresos, cuidando yates en Brasil, no necesitaba nada
de M. y A.
Si pedía plata para cirugía. En septiembre del 2021 cuando viene
E. a Brasil, para en la casa de M., era él quien pagaba el alquiler y todos los
gastos, es más el celular de A. estaba a nombre de M.
Paraba en la casa y tenía su novio E., D. También tenía otro
novio y entraba y salía de la casa. No convivía con A. Tenía plena libertad. Como
corresponde.
No hay relación desigual de poder. Eran amigas, no hay subordinación.
Eran dos mujeres. En una relación de igualdad.
¿Por qué no es femicidio? Una, porque estamos en presencia de una
mujer y no hay violencia de genero. La muerte de una mujer es por el hecho, por el odio,
no se dan los requisitos.
Las cosas son como son. El zapato tiene calzar perfecto sino queda
Pág. -16-grande y está mal. La fiscalía a subsumido la conducta a lo que no corresponde. No hay
femicidio.
Van a escuchar a los testigos cómo era A., cómo se sentía mujer,
madre. Esto lo van a escuchar aquí, con psicólogos y psiquiatras, no odia a las mujeres,
es una, siempre lo quiso. Se mata por el hecho de ser mujer, aquí esto no es así.
Luego E. sí tenía posibilidades de defenderse, esto también queda
grande, aunque sea mínima la posibilidad de defenderse excluye la posibilidad de alevosía.
Hay que aprovecharse del estado de indefensión y debe ser probado.
Por lo cual nosotros hemos trabajado para tratar de entender qué paso,
porque las cosas tienen explicación. Se hizo una pericia psicológica profunda de A.
que determino que al 16 de febrero del 2022, A. fue víctima de un trastorno de ideas
persecutorias. Una realidad que existía en su cabeza, y que era tan real. Ese trastorno
mental transitorio creó una realidad distorsionada que su conciencia funcionara a nivel
distorsionada y no pudo comprender sus actos ni dirigir sus acciones. Esto lo escucharán
de un psicólogo. No es patología sino trastorno mental transitorio. Estamos frente una
persona inimputable, no hay femicidio ni alevosía.
Tras los alegatos iniciales, se advirtió a A.F. que estuviera
atenta al desarrollo de las audiencias, a la par que se le hizo saber que podía declarar en
cada ocasión que lo deseara.
III.- Etapa de prueba:
De seguido se procedió a la recepción de la prueba testimonial. Además,
con el objeto de servir de soporte para el Jurado al momento de la deliberación, se
incorporó, previa acreditación, la prueba documental ofrecida.
Sin perjuicio de que toda la audiencia de debate obra registrada en
soporte audiovisual, con el objeto que esta sentencia sea autosuficiente y permita por sí
misma conocer acabadamente los elementos de prueba con los que el jurado resolvió la
situación procesal del acusado, habré de transcribir los aspectos más importantes de cada
uno de los testimonios recibidos en debate.
1. El primer testigo en declarar fue S.O.W. (fiscalía).
Comenzó interrogándolo el Fiscal. Es hermano de la víctima. Tiene tener 32 años,
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actualmente es psicólogo y se desempeña en la fiscalía de Brasil, ahora se mudó de ciudad
y vino a buscar a su sobrina, hija de E., vive con su mamá y padrastro.
Se recibió en XXX. Trabaja en
el ministerio Público, elabora estudios técnicos en casos de niños en custodia.
Su familia se compone de su madre, padrastro y ahora G., todos
viven en la misma casa. E. es su hermana, se criaron juntos.
Su mamá se separó de su padre biológico cuando tenía 2 años y conoció
a la madre del papá de la hermana, que lo crió a él. Cuando tenía 5 años nació su hermana,
a esta edad vivieron juntos. Ellos se mudaron de ciudad cuando el tenía 10 años y E.
6. Después se veían sábados y domingos hasta la primera vez que vino a Argentina.
Tenían confianza de mejores amigos, conversábamos, nos ayudábamos.
Soñábamos juntos. Su hermana soñaba con tener una buena vida, en Brasil no es fácil.
Primero estudió historia y después psicología, creo un universo de
posibilidades en su hermana para poder estudiar y hacer algo diferente. No pudo hacer la
facultad porque cambio por el estudio de marinera y trabajar en el mar. Para el turismo de
pesca.
Su hermana fue madre cuando tenía 15 años nació su primer hija. La
familia le dio apoyo de la familia a esa edad no estaba preparada. Él fue el primero en
saber que estaba embarazada.
Con sus hijos, maduró siendo madre, se fue adaptando y creciendo con
la maternidad. Mientras evolucionaba como madre, trabajaba era muy difícil equilibrar
trabajo y cría de sus hijos.
El fue la primera persona en saber que se venía, en año nuevo decidió
venir a Argentina.
Los motivos para venir fueron para hacer un curso de marinero que era
muy caro en Brasil, vino acá con una posibilidad de conseguir estudios y criar a sus hijos.
Al principio era una invitación de un amigo, ahí no se imaginaron lo
que hubiese pasado.
Cuando ella llega se comunicaba por video llamada, con una frecuencia
de todas las semanas, en varios horarios, de madrugada cuando podían.
Cuando viajó por primera vez en 2018, cree. Le manifestó que tenía un
amigo que le hizo una invitación que no podía decir que no, por eso le daba la posibilidad
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de costear sus estudios universitarios en Brasil.
Se exhiben imágenes de E.
Ellos -A.F. y S.E.- son de la misma ciudad y se
conocían de Brasil, se sintieron seguros porque lo conocía. Estaba feliz en Bariloche,
estaba muy bien.
Ella mandó una foto cuando encontró en el vapor del baño la palabra
muerte. Estaba F. en la casa y mando la foto y eso fue muy raro.
¿Tu hermana te comento si conoció alguna persona en particular? La
invitación era de F. porque eso se quedaron tranquilos.
Si lo conoce a F., está en esta sala. S.A es el apellido.
La relación con F., contaba, que estaba todo bien hasta el día de
esa foto, cuando sucede ese episodio que se está bañando y encuentra en el espejo escrito
muerte, ella sintió que no hablaba de su amigo. Para ese entonces ya tenía a los mellizos.
¿En algún momento E. te hablo de la posibilidad de tener hijos
acá en Argentina?
Ella hablo de la invitación de M. y F. y vio la posibilidad
de pagar los estudios y dar mejor vida a sus hijos.
Al momento de recibir la invitación no estaba trabajando, y tenía gastos
pero no quería pedir ayuda. En esa invitación le dijo a su hermana que tenía miedo porque
no lo conocía, pero como hablaba de su amigo confiaron.
Cuando ella hablaba de su amigo hablaba de F. Lo conocía por
video llamada, personalmente no lo conoció.
La última vez fue en la semana que aconteció el hecho, dijo que iban a
volver con E. para Brasil para un concurso público en una escuela para conseguirle
trabajo, y la última vez que hablaron esa semana que paso lo que paso.
Con F. habló por video llamada, era como estaban las cosas acá
que estaban felices, y preguntaba cómo era acá, cómo era Bariloche, y le contaban.
¿En esta comunicaciones tenías en frente un hombre o mujer?
Sería la primera persona, soy psicólogo y partidario de cualquier lucha,
le creería si fuera mujer, pero se presentó como F. y toda la familia lo conoce así.
¿Alguna vez te dio impresión estar con una mujer? Manifiesta que no.


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En relación a la contraprestación, por tener esos niños ¿iba a recibir una
suma de dinero?
Ella tiene la habilitación náutica y después quería hacer la facultad de
derecho y la iba ayudar para eso.
Si necesitaba dinero para criar a sus hijos. Estaba sin trabajo y no quería
pedir ayuda, quería trabajar. Los meses de embarazo estaba bien acompañada, hizo el
prenatal todo bien. Estaba recibiendo asistencia necesaria.
R.M. es la pareja de F. Lo conoció por video
llamada. No le llamo la atención nada, era más maduro, más grande, la hermana hablaba
bien de el porque le daba consejos.
Si sabía que eran pareja, no formal, eso no lo sabía. Su hermana tuvo
sus hijos en Argentina. Si, que estuvo todo bien y feliz.
¿Te comentó si F. quería cambiar de identidad? Manifiesta que
no. Nunca dijo ser A. en ningún momento, siempre se presentó como F.
Luego de tener los mellizos vuelve a Brasil, la encontró muy bien y
feliz, y que podía tener la vida que estaba buscando.
Extrañaba a los chicos, pero estaba bien, tenía sus otros hijos allá en
Brasil. En esa oportunidad fue un periodo que no se vieron tan seguido, tal vez un año o
meses.
¿Te enteraste si E. habría quedado embarazada? Tenía miedo del
que dirán, que la juzguen y que no sabía que hacer. El padre no sabe quien era.
Se dijeron que cuando volviera a Brasil le contaría quien era el padre
de su embarazo. Luego de los mellizos. Ella vino al final del embarazo y con el
fallecimiento de M tenía que venir a firmar unos papeles.
Había hablado con F. del embarazo y él le manifestó que la iba
a ayudar. Ella estaba sin trabajo, tenía deudas. Vuelve a la Argentina embarazada, no
puede precisar, del medio al final del embarazo. En el año 2021. En octubre o noviembre
volvió a Argentina con lo acordado con F. No sabe si hubo acuerdo económico,
sí que la iba a ayudar a criar a mantener a la bebé.
Cuando E. llega la última vez a Argentina, embarazada, estaba
acompañada y estaba con una gestación segura y acompañada.
Algo le llamo la atención, ella decía que la relación no estaba muy bien
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pero no decía por qué, no quería dejarlos preocupados. Ellos habían combinado cuando
volviera a Brasil iban hablar qué estaba sucediendo pero no tuvieron tiempo.
La relación era con F. Estaba preocupado por lo que estaba
sucediendo, y le manifestó sino hablas voy de sorpresa y nos vamos. El comportamiento
de F. estaba como agresivo con las palabras. Tenían un comportamiento más
distante y agresivo con las palabras.
Hay algo anterior a eso, hubo un conflicto iniciado entre ella y M.
supuestamente, celos de F. y ahí empezó a cambiar la relación.
F. empezó a estar distante hacia ella, un comportamiento de
M había cambiado, no sabía a qué se debía, y luego descubrió que tenía que ver con
algún comentario con F.
Él no se iba a quedar en Brasil, iba a venir y llevarla a la fuerza. Fueron
dos episodios, ella estaba bañándose y cuando sale del baño con el vapor, ve escrito
“muerte” en el espejo y la puerta abierta. Al principio, la primera vez, hicieron chistes
con eso, como fantasmas. Esto fue la primera vez en Argentina.
La segunda vez, otro episodio fue un mes después que ella llegó en
noviembre o diciembre, cree para ese entonces como estaba la relación entre E. y
F. estaba conflictuada y empezó a sospechar pero no de lo que sucedió.
Ellos le mostraron fotos para alquilar una casa de un tío de F. y
toda las semanas tenían una excusa que demoraban el regreso y ahí sospechó.
Mandó la foto de la palabra y el espejo, hicieron bromas, le mando a él
y a su madre. La segunda vez ya no, ya no era un fantasma, era una persona.
El estado de ánimo de E. con respecto a esas fotos, la primera vez
no tanto porque pensaron era una broma, la segunda vez ya tenía mucho miedo.
Su percepción en esta segunda ocasión, fue muy característica en
determinada forma que las personas que comenten un crimen y es construir una historia
antes del crimen, como hacer historias que no tengan secuencia anterior, como creando
una ficción. Es psicólogo y respeta creencias, pero la segunda vez quedo preocupado.
No imaginó lo que sucedió, pensó que podría ser una broma pesada para
amedrentarla. Esto es clásico para generarle miedo, para dejarla vulnerable. En el espejo
estaba escrita la palabra muerte del domicilio que vivían juntos con E. , M. ,
F. y los niños.
En cuanto a la demora de regreso de E. y la pequeña a Brasil, fue
por una cuestión de la pandemia se quedaban en la casa y que F. salía a hacer los
papeles.
La idea era que todos volvieran a Brasil. Ellos tenían alquilada una casa
grande, esa era la idea.
Esto contaba E. y F., fue el mismo día que mando papeles
al concurso y en esa semana última de vida, si se comunicaron. Un día antes de que ella
muriese, le mandó un mensaje que no pudo responder porque estaba trabajando.
Ella le había dicho que había sucedido algo y tenía que hablar urgente,
y el no pudo una noche antes, no pudo.
De acuerdo el contexto de la relación y lo complicada de la situación de
urgencia ¿que te hizo pensar? En ese momento no, pero después piensa que habían tenido
una pelea que necesitaba salir de ahí, fue tarde.
Se enteró de la muerte de E. el día 17, estaba casado con R.
su ex mujer, en su casa descansando y recibió un mensaje con un link de Facebook y leyó
la noticia y se puso muy mal porque tenía que comunicárselo a su familia y no lo podía
creer.
Era algo impensado en el diario saliese su hermana muerta. Habrán sido
a las 10 de la noche.
¿El día 16 recibiste algún mensaje de la Argentina? Recibió un mensaje
de F. que decía que E. había desaparecido y él estaba de guardia y otra vez
no pudo responder. Decía el mensaje, buen día necesito hablar con vos urgente tu hermana
desapareció o esta desaparecida. F. ue solo ese mensaje y lo vio después de enterarse que
E. estaba muerta.
Él estaba de guardia, no revisa el celular, recién vio el mensaje cuando
regresó a su casa. Ya sabía que E. estaba muerta.
No sabía que F. estaba detenido, se enteró al día siguiente que
lo habían detenido y él había confesado. Todo por el diario porque no tenía comunicación
con nadie. No le contestó el mensaje, ya estaba preso.
¿Como era E. ? Una persona con cualidades y defectos, una
soñadora, quería probarse a ella misma que podía hacerlo sola, cuidar a sus hijos.
Era muy cariñosa y eran muy abiertos. Una mujer soñadora que no
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sueña más.
¿Cuando te enteras de la muerte de M.? No se acuerda el mes, ella
estaba viviendo acá, volvió a Brasil para hacer la prueba final del curso de marinero, y
ahí F. la llamo por teléfono y le avisó que había fallecido M.
Cuando E. viene la ultima vez, estaba embarazada de G,
no estaba vivo M., esa invitación para cuidar de G. y firmar papeles por la
muerte de M.
Cuando vino paró con F. , O y M. de 4 o 5 años de edad.
El episodio del espejo, el segundo cuando llegó la última vez. En ese
momento estaba F. porque M ya había muerto.
G ella fue recibida en proyecto infanto juvenil de la justicia,
vivió un año y 3 meses con familia solidaria.
Él solicitó la guarda de G. cuando vino a Argentina a buscar el
cuerpo de su hermana y para llevarse la niña.
Ahora hace tres meses la jueza le concedió la custodia por un año para
llevarla a Brasil y tener la custodia definitiva. Legalmente es el papá de G. y esta
con él.
O. y M. están con G., hermana de M..
Conoció de la muerte de su hermana en el diario y vio el video de esa
audiencia en internet.


Preguntas de la defensa:
¿Conoció a F.? Manifiesta que no lo conoce. Dice que no
comprende la pregunta. Recibió un mensaje anónimo de este chico diciendo que tenía
algo que ver. Como recién había llegado, dio toda esa información a la fiscalía.
No lo conoce, pero se acuerda recibir con el perfil de esta persona que
tenía algo que ver algo con el crimen.
No sabía que F. era novio y se quedaba en la casa. No sabe, su
hermana nunca le comentó.
¿Sabia que D. era novio de E. ? No, no sabía.
¿La auto percepción de genero que es? Responde que el no está acá para
dar una exposición de genero para que lo usen contra él, si quiere que contrate sus
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servicios.
¿Por que los mellizos quedaron en Argentina? Porque ya tienen 3 o 4
años de vivir aquí y la política de protección se busca los vínculos más próximos, entonces
como M. había fallecido y la situación de F., G., hermana de M.,
es la relación más próxima que ellos tienen.
Los otros hijos están en Brasil, S.A.A. de 11 años, S.A.M. de 7, G.S.A.y apellido padre de 5 y, A no sabe
G 1 año y 5 meses. Viven con nuestra abuela y su madre, y el padre de E.
En la misma casa que vivía E. antes.
Los padres no querían criar los hijos y su hermana se hizo cargo sola.
La tiene agendada en dos números, como hermana, con otras líneas,
también por Instagram o Facebook. Al menos dos líneas telefónicas tenía E.
¿Le comento algo de un círculo afectivo acá? Dice que empezaron
amigos en común de F. No recuerda el nombre a nadie.
¿Qué referencias te mencionaron de un numero anónimo, qué datos te
dieron de esta persona, por F.? ¿Esa información se la dio a la fiscalía? El recibió un
mensaje anónimo por WhatsApp, que decía un link de perfil de Facebook, mira este chico
tiene algo que ver con eso.
Y cuando vino a Argentina a buscar el cuerpo, menciona esto en la
entrevista.
Respecto de la fotografía que aparece la leyenda ¿no la aportó a la
fiscalía? El no se dio cuenta después de llevar el cuerpo de su hermana comenzó a atar
cabos, antes no le había dado importancia.
2. Testimonial de R.A.N. (fiscalía).
Se encuentra en Alemania, hace 15 años que vive allí. Es reflexóloga de
terapias alternativas, casada con F.C. Tiene una propiedad en xxx desde hace 25 años aproximadamente. La ocupa esporádicamente
para mejorarla y alquilarla. Es una casa pequeña, a lo sumo 80 m2, una casa principal,
con garaje que está ocupado con sus cosas.
La vivienda tiene dos habitaciones chicas, una cocina un baño, un
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entrepiso. Las habitaciones están en planta baja. El garaje esta aproximadamente a un
metro de la casa, pegada no está, pero muy cercano. Tiene dos entretechos el garaje, de
madera. En la casa principal arriba hay una baulera que tiene cosas de ellos bajo llave.
En el garaje esta atiborrada de cosas, el auto, y muebles de los cuales
han sido robados, libros, juegos de los chicos, recuerdos, cosas protegidas y guardadas.
¿Alguna vez hubo un arma ahí? Sí. A lo sumo dos armas. De su marido.
La casa estos últimos diez años, siempre la alquilo, si hubo un par de
inquilinos, hasta el último nunca habían tenido problemas.
Los últimos inquilinos fueron R.M. que falleció en extrañas
circunstancias y su pareja F.A..
Conoció primero a M., por teléfono, pero del hotel XXX, lo
conoció en enero del 2019, que vino a poner en orden para alquilarla. Antes en diciembre
lo había conocido por teléfono.
En marzo de 2019 alquila la casa a R.M. y le cayó muy bien,
había tenido muy buena impresión. Le gustó tanto que llego a la amistad. M. estaba
en pareja con A.F.. Si lo conoció a F. , charlo con él.
Primero conoció a M. y poco después a F. Después del
primer encuentro hubo varios más. Dedujo que M. y F. eran pareja, no lo
dijo explícitamente, pero lo entendió. A F cuando lo conoció, como un varón.
Básicamente su trato fue con M, conversaba con cierta
periodicidad. Se iba enterando después de la tragedia, se enteró de la muerte de M.,
aparentemente había una mujer que vivía allí y nadie le dijo nada.
M. le comento que había decidido casarse, si se casaron después
que se fueran, en marzo después de que ella se fuera del país. El 15/03/2019 fue.
En una ocasión se reunió con M., antes del 15 de marzo un par de
veces. Estaba F. también. Recuerda haberlo llamado F. hasta último
minuto. Era un varón.
En Marzo del 19 y hasta la fecha del hecho, tuvo interacción con
M., hasta poco antes que muriera, tres días antes de que muriera habló. Presumía
que una serie de acontecimientos económicas le habían afectado mucho, casi 6 meses le
perdonó el alquiler, después tuvo covid, estaba deprimido, caído. Pero no comento nada.
Me llaman entre el 31 o 1 de agosto del 2021 y le dicen, F. me
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hablo, Ana falleció, un relato poco normal a su gusto y listo, muy autómata. Finalmente
cuando insiste, dijo R.M. falleció, de forma autómata. Como sin sentimiento
como una suerte de máquina, es su pareja despojado de sentimientos. Se quedo pensando
dios mío que es esto, le sorprendió eso.
Esto fue un mensaje de WhatsApp, que cree haberlo llamado
preguntando quien falleció por dios preguntando. Tres días antes había hablado con
M. En este intercambio telefónico que percibió el estado frio del mensaje.
Respecto del alquiler hablaron después, lo que le dijo también le abrí
los brazos a F. y lo ayudó y era importante apoyarlo con los niños, no dejaba de
ser una persona con dos chicos a cargo y se hizo eco y ayudarlo en honor a la amistad con
M.
M. y F. le comunicaron como fueron padres, si le llamo la
atención y le pregunto y le explico que alquilaban un vientre de un amiga. Lo dijo M.
Al principio dijo que era una amiga, la cual los iba ayudar. A posteriori
se enteró que se llamada E. o D.
Supo del nacimiento y que eran dos. Una vez la vio, que la enfocó
F. Le resulto una chica huidiza, hola, hola, nerviosa y no quiso mantenerse en la
cámara.
Muere M. y el lugar se encuentra a disposición de F.
Obviamente con los chiquitos manifestó su interés en quedarse. Jamás lo presiono,
siempre tuvo paciencia que decidiera qué hacer. En su fuero interior estaba preocupada
en cualquiera de los casos lo hubiera ayudado.
Estaban pagando el alquiler, en los primeros meses después del
fallecimiento no, en diciembre pagó varios meses en conjunto.
Lo supo por los vecinos que vivía otra gente, que se le ocultaron,
evidentemente fue F., no sabe de M. , eso fue enterándose después, por
ejemplo, los chiquitos gritaban terriblemente como si los estuvieran torturando, eso por
un vecino se enteró.
Enterarme que una vez en el lugar para ver el desastre habían puesto
una madera chiquita y casi habían destruido la casa, los enchufes rotos, lámparas, todo
muy extraño. En el predio había escombros, desorden.
Había conexiones eléctricas extrañas, cuando hablaban con ella le
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daban otra versión, se refiere a F.
En el galpón sacaron juegos de los chicos, las armas las tomaron de allí,
se tomaron el trabajo de buscar, estaban muy envueltas con papel de embalaje y cintas, se
tomaron el trabajo de buscar. Desaparecieron muebles también.
Tanto M. y F. tenían autorización para el garaje, porque
tenían sus propios muebles, y le dio la llave para que les guarde los muebles.
La llave del garaje estaba en poder de M. Originalmente.
Cuando llega a Bariloche luego del asesinato, se deprimió porque nada
era como estaba, era un caos, encima del auto a los pequeños entrepisos para buscar las
cosas. Allí confirmaron que habían encontrado las armas.
Jamás les habían dicho que estaban las armas ahí. Estaban muy bien
guardadas. No les dicen que estaban las armas, no había necesidad de decirle. Era para
guardar sus muebles, no había necesidad de decirlo.
Para las armas tiene que haber habido intención de búsqueda. Estaban
descargadas. Había municiones también. ¿Cuando las adquirió su esposo? No lo recuerda.


Preguntas de la defensa:
¿Quien pagaba el alquiler de la casa? Desde el 15 de marzo hasta que
falleció, fue R.M.. Los gastos los pagaba M. Lo acreditaba a través del
Banco Santander. Había desorden cuando llego a su casa. Llego después de los
allanamientos.


3. Testimonial v.k.f.c.c. (fiscalía) DNI
xxx
Preguntas fiscalía
Es profesor de colegio secundario de alemán, español y religión. Hace
15 años viven en Alemania. Respecto de la vivienda de Bariloche, se encuentra en calle
xxx.
Respecto del garaje, es un edificio aparte de la casa, independiente,
tiene el auto, muebles y esquíes. En el entretecho arriba tienen innumerables cajas con
cosas.
Las armas estaban allí. Un arma revolver grande recordó Smith y
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Wesson calibre .357 y otra pequeña no recuerda el modelo, de puño, más bien revolver.
Estaban en el entretecho del garaje, en el fondo del entretecho si bien
estuvo claro que nunca seria parte del alquiler el garaje, lo que uno esconde al fondo es
el arma. Estaba con innumerables cajas adelante todas embaladas, con capas de diario y
cintas, las municiones separadas, todo.
Los proyectiles estaban separados embalados y escondidos.
Correspondían a la Magnun seguro y la otra no recuerda. Jamás tuvo contacto con las
armas. Era una caja de proyectiles, no la guardo junto con el arma sino por separado.
Cuantos proyectiles no recuerda cuantos tendría. Sabe que nunca uso ninguno por lo que
cree que la caja estaba completa.
Vivía en Buenos aires en un momento difícil con circunstancias que lo
habían sensibilizado mucho y que le hicieron llegar al punto de tomar medida de auto
protección de ser necesario. Se hizo todo prolijamente, el examen y la autorización, hizo
escuela de tiro. Todo como corresponde.
¿Conociste a M.? No personalmente, ni a F.. Todos los
temas con la casa los manejaba A. Lo que si a nivel comunicación iba contando
algunas cosas pero nunca tuvo contacto directo. La otra persona que era pareja de M.
era F. Ese revolver lo compro en Buenos aires y está inscripto. No recuerda de la
pequeña si la compro el o su madre, es un arma pequeña cree que calibre 22.
Respecto del arma ¿le comentaste algo a los inquilinos? Jamás les dijo
o hubiera dicho, es parte de la privacidad, no menciona lo del garaje ya que está
restringido a los inquilinos.
La defensa no le formuló preguntas.


4. Testimonial Ingeniero David Andrés Baffoni (común) DNI
XXX
Preguntas fiscalía
Es Ingeniero en sistemas de computación, se desempeña a cargo de la
OITEl desde el año 2013. Llevan más de 3500 dispositivos examinados.
¿Cuales fueron las tareas encomendadas en este legajo?
Recibieron dos tipos de pedidos por parte fiscalía. La extracción de
datos forense a varios dispositivos móviles y gestionar frente a la ANMAC si una persona
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poseía registro de arma o algo registrado del arma.
Respecto de los celulares, la exposición de la extracción tiene 30 gigas
de información, más de 30 mil páginas, es un recorte por una cuestión de orden.
Se realizó el informe N° 66/22, se recibieron 7 elementos para analizar,
todos con la debida cadena de custodia. Los objetos de análisis, en general eran videos,
mensajes, llamadas en un periodo de tiempo entre el 01/01/22 al 16/02/2022.
El elemento número 7, un celular Samsung Negro Galaxy J7 prime con
dos chip (NIB1741) pertenecientes a A.F.M.
Todos los teléfonos tienen IMEI, un número que tiene de fábrica y el
número de telefonía, SIM card.
Era un aparato que tenía dos chips, con dos números de teléfono.
Cuando se hace una llamada, cada empresa deja asentado en su base de
datos estos dos números. Una línea estaba asociada a R.M., y la otra a nombre
de A.F.F..
Se logro hacer extracción física, o sea todo lo que tenía en su memoria
interna. Se proceso con la herramienta y se sacan los mensajes, fotos y videos, todo eso
circunscripto al 01/01/22 al 16/02/22.
Tratan de sacar la información y se hace un análisis de acuerdo a los
puntos de pericia. En este caso en particular se observó que el WhatsApp estaba asociado
a la línea de R.M.
El Anexo 71 tiene 43 mil páginas, y el resto 29 gybytes (cuentas
usuarios, imagines, contactos etc).
Respecto a las conversaciones vía WhatsApp del teléfono que dice
R.M., que utilizaba A.F. que mantiene con M.D. (M.M. ).
El 24/01/22 comienza la conversación a las 2:07 hs.
A: Hoy llevo aviso de DNI de G así pronto llegara, ella dijo a su
familia que se casó, ahora todos pensando que me casé con ella
M., responde con una imagen, jaja en este caso D. es satanás,
en qué momento te hiciste hetero. Amigo, jaja
Dispositivo: imaginate
-ni vos te enteraste
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-la cura gay es anónima
-Que hija de la chingada imaginate una mujer así de loca ya te hubieras
separado.
– yo esperando los papeles y arranco el lio por la nena jaja
– y/o infartado
– o matado
– más fácil
– jaja


Le manda un imagen, y M. responde, y si amigo D. vive en una
nube de pedos.
2:16 hs madrugada,
-no tendrás moto ni muchos tatuajes y seras hetero pero tenés buen
corazón
Peor, mala sos
-Yo voy a escribir un libro boluda
-Las aventuras de duputa y su nube de pedos,
-Me muero
- Varias páginas va a tener jaja
-Vos la hiciste bien quedaste viudo y enseguida pegaste mujer con 7
hijos
- Te imaginas
-Más material para el libro


El 10/02/22 19:55 siguiente conversación también con D.M.
- Los extraño estoy un poco cansado pero bien
- nosotros también.
- D. me consume las energías pero ya en la semana se arregla todo.


Siguiente anexo 7 es un correo electrónico entrante en página 5118, es
del 30/12/2021 12:48 30/12/2021 Asunto: respuesta acta nacimiento consulta.
Buenos día a falta que adjunten a este mail de ambos progenitores y las
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fotos del DNI, con esa declaración jurada que firmaron podremos hacer el nacimiento de
su bebé saludos.


Otro datos de interés, asociado a la línea de característica de Brasil con
V.
09/02/22 17:29
Dispositivo -Demasiado, estamos bien todo súper tengo que viajar en
las próximas semanas
V. -En nombre de Jesús


13/02/22 14:37
C.V.-y uds amor como están?
Dispositivo -Bien, en la correría arreglando las cosas, manda video
Dispositivo -La chica no quiere darme la guarda del bebe, quiere que la
cuide una amiga .
No hay otra forma, ayer tuve un sueño, arreglando acá encontré un arma
con bala y todo. (14:37)
Entendí el recado del universo no hay otra opción ( 14:39)
Yo voy a llevar a mis hijos para Brasil ni que tenga que arrancarle la
cabeza a ella (13/02/22 14:40)
C.V.– Hasta parece, quiere decir que vos cuidas pagas el
pasaje para ir ahí y le da a una amiga
V.C. - No haga eso con sus manos deje eso a otras personas,
ya habla con ellos y da la señal para agarrarla (14:57)
Dispositivo - amiga estoy en un nivel de estrés enorme ahí hable con
mi hermana ayer si el martes ella no firma, yo la mato (14:58)
Dispositivo -el papá de ella hablo muy mal de ella para una amiga
nuestra en común ya hable con ellos ayer
V.C. - Vos ya guarda pruebas que estaba envuelta con el
pueblo de boca y esta gente la agarro a ella porque estaba debiendo, para que después no
vayan por vos, entendés
(13/02/22 15:00)
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Dispositivo -con seguridad
Dispositivo -si si. Tengo varios testigos de que ella esta en algo acá.
C.V. - Entonces bien ya manda esa gente a actuar hacer el
trabajo después
Dispositivo - mañana mismo
C.V. (15:09) eso ahí me vas avisando, las ganas que da jajja
Dispositivo -(15:10) de mas, un odio
C.V. -Ella misma cabo su propia tumba. Ella firma mañana?
(15:11)
Dispositivo -yo no tengo un pingo de dolor, yo hice todo para ayudarla
ahora ella que se vaya para allá. Ya esta firmado.
C.V.- Entonces optimo. Eso viene después.


Otra conversación con una línea de Brasil contacto M.N. del
14/02/22 12:15
Dispositivo: Mejor solo boberias, la loca no quiere firmar los papeles y
para empeorar le quiere dar el bebe a la amiga y quien banca todo, el idiota aquí. Voy a
necesitar que vengas, porque esta semana ella va a viajar para visitar a satanás, después
yo la veo allá con Dios.


Otra conversación con línea de Brasil contacto L. del 15/02/22
Dispositivo - Amiga me podes indicar uber que haga Rio por Angra
L. - tengo mi ex suegro
Dispositivo - yo necesito un auto grande o dos autos,
L. - Esta bien solo avisame antes
Dispositivo -Tengo tres niños, un carrito de bebé bien confortable y dos
valijas.
L. esta bien voy hablar con mi esposo y que en caso no entre todo
vemos otro. 15/02/22 16:55


Otra conversación con V.E. de WhatsApp con línea de argentina.
16/02/22
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V.E: F. como estas? buen día
Dispositivo: amigo muy bien, sigo en casa E. no volvió a casa así
que te pedí el auto para nada, avisame que te llevo el auto. (10:21 hs)
V.E: Audio
Dispositivo: ni idea seguro un chongo (11:06)
V.E. Seguro la llamaste?
Dispositivo: Dispositivo: No me atiende pero lo hace siempre jaja
(11:22)


Otra conversación con C.L. con linea de Argentina
16/02/22 02:17 a.m. Audio a L. (traducido)
Dispositivo: Amiga todo bien, buena madrugada. Estoy buscando a
D, salió con un chico, fue a comprar marihuana con seguridad, ella le tiene que pagar
al chico allá, esta como de bandida con el chico. Como que no le quiere pagar. Hasta
ahora no me atendió los llamados a duda, llevo el día entero y no la puedo encontrar.
Segundo audio: Si vos podes llamarla para ver no me atiende, ella salió
bien la deje allá en el puente y se iba a encontrar en la cervecería Patagonia, estoy acá
cerca de casa de los km no tengo gasolina y donde estamos no hay estación de servicio y
mañana cargo combustible y hacer el pasaporte de g.
C.L. - si puedo mi dios voy a llamar ahora (02:28)
C.L.- No me atendió pero esta llamando. (02:31)
C.L.- dame noticias. 16/02/22 02:32
Dispositivo: Audio: amiga estoy en casa con el celular descargado no la
encontré, no la vi, no me atendió, ahora hace así cada vez que se va no atiende. Estoy acá
con los bebes esperando y ella no apareció más. (02:34 am a C.L.)
C.L. - disculpe perdón la demora estaba terminando arreglar
algunas cosas y ahora estoy preocupada 16/02/22 02:34
Dispositivo: y yo también
dispositivo: todo bien, debe estar con algún novio 02:35
C.L. -jaja
Dispositivo: debe estar disfrutando un poco
todavía voy a bañarme y me voy a quedar mas tiempo por aca ahí nos
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hablamos
C.L. Si ella me da noticias te hablo.
Dispositivo: Ah gracias no vi tu mensaje estaba manejando 02:45 ama.


Finalizado el interrogatorio por parte de la Fiscalía, la defensa solicitó
interrogar al testigo más adelante, a lo que se hizo lugar. Sin perjuicio de ello, se deja
constancia que la parte no convocó nuevamente al testigo y desistió de contra examinarlo.


4. Cabo Aranda Marlena Abigail (fiscalía) DNI xxx
Preguntas fiscalía
Pertenece a la policía hace 8 años. Egresó en octubre de 2015.
Se encuentra prestando servicios en la Subcomisaria n° 55, es oficial de
guardia. Su tarea es recepcionar llamados y es la cara visible que recibe a la gente. Recibe
llamados de forma radial y telefónicos.
Durante el año 2022 trabajo de oficial de guardia en la Subcomisaria
N.º 55 tel 4461006. Le tocó intervenir el día 16/02/22, que estuvo de guardia, desde las 7
de la mañana hasta 19:00 hs.
Recibió un llamado radial del Cabo Flores, que había encontrado un
cuerpo sin signos vitales con mucha sangre y pide la asistencia médica y el oficial de
servicio. No sabe donde trabaja era cabo de servicio. El llamado fue vía radial y el lugar
era en circuito chico en lago escondido.
El manifestó que un turista estaba paseando en el lugar y le dice que
una persona estaba tirada en el camino de circuito chico. El llego al lugar y pidió la
asistencia médica a las 9,30 de la mañana.
En ese momento llamó al personal médico, junto con el Hospital Zonal
y bomberos, y notifica al oficial de servicio, el encargado para ir al lugar. Notificamos al
fiscal de turno, el Subcomisario Millahuan se acercó en el móvil 88.
El personal que se trasladó al lugar a cargo de Neculpan, Ortiz y Jefe
de la Unidad Millahuan.
¿Recibió alguna información de estas personas en relación al cuerpo?
Le dijeron era sexo femenino que vestía jean y pantuflas blancas con
negro y brillitos.
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Posterior a ello notifica al personal de criminalística, convoca al médico
policial el Dr. Chilo y convoca a el Área de Investigaciones Judiciales. Esto fue
inmediatamente de que le informaron. Siempre permaneció en la unidad.
¿Recibió alguna noticia respecto al cadáver?
Si se comunicó una persona a las 11 de la mañana, se llamaba A.F. diciendo que su amiga E.S. estaba desaparecida y le describió que tenía
un jean, con pantuflas blancas y que tenía un bebé y que era raro que tarde tanto.
El menciona que vive en xxx. Estaba nervioso en
la llamada, desesperado, era otro acento no era argentino. Le dijo que era brasilero, y le
pregunto que su amiga era brasilera.
Estaba nervioso y le brindo las características de la chica de 26 años y
nombre. Mencionó que la fue a dejar a circuito chico a las 2 a.m. en un puente y después
dijo al lado de un Hotel. Le preguntó si se acordaba del lugar para mandar personal. Dijo
en un puente blanco, al lado de un hotel y que estaba muy oscuro.
Ya sabía de la existencia del cadáver a ese momento.
Después de cortar se comunica al oficial de servicio y Millahuan le
comenta la llamada y ellos le dicen que te paso con la Dra. Cendón y le relata lo mismo.
En el llamado ¿te llamo la atención que indicase dos lugares? Si porque
no se olvidaría donde dejó una persona. Y la hora, dijo la hora y en pantuflas no es común
en circuito chico no es normal.
No hay luces en el lugar. Hay viviendas muy alejadas de la ruta.
Paso el domicilio de la persona y se acercaron a xxx, fue
personal de Gabinete, M. y personal de Investigaciones.
No volvió hablar con A.F
En el llamado le dijo que la había dejado en el puente blanco en un
vehículo particular de él. Hay un hotel en puente blanco, podría ser puente angostura y el
hotel el Hotel Llao Llao, son lugares alejados entre sí.


Preguntas de la defensa:
No se acordaba del lugar en el llamado porque manifestó que estaba
muy oscuro.


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5. Testimonial M.M.F. (vía zoom, fiscalía), DNI
xxx
Preguntas Fiscalía
Manifiesta que ingresó en la policía en el año 98. Del 2004 al 2022
prestó servicio en el Centro de Comunicaciones de Bariloche 911.
El día 16 de febrero de 2022 estaba como responsable del sistema
emergencia Bariloche 911.
Recuerda alguna llamada ese día, los casos son numerosos, el caso
particular lo recuerda por lo que se lee en lo diarios.
¿Se elaboró la carta de llamada en relación a un crimen ese día?
Si mal no recuerda, hubieron llamados de circuito chico, habrían
encontrado una persona. Fueron en esa mañana los llamados.
Al estar encargado, de las tareas en la elaboración de las cartas de
llamadas lo hacen los operadores. ¿Recuerda el contenido de estas llamadas?
Nosotros una vez que la fiscalía solicita la carta de llamada, se pide a
Viedma en los servidores y los envían a la fiscalía interviniente. Ahí se lee el contenido y
si mal no recuerda una llamada, una o varias personas informando que había una persona
tendida en circuito chico. Solamente ofician de intermediario con la comisión que está en
el lugar. Puntualmente no recuerda.
En el momento no decían de un cadáver, era un cuerpo tendido, y
tampoco se hablaba del género del mismo. No recuerda si fue una o varias llamadas.
Los llamados que ingresan al 911 estén identificados con un número,
con la sigla RN y el audio es grabado junto con la carta. Esos audios fueron remitidos a
la fiscalía.
La defensa formula reserva por la introducción de los audios del 911
Primer audio: Se escucha llamada voz masculina sin identificar genero
avisando del cuerpo
Segundo audio: Se da aviso persona tirada en circuito chico.
Tercer audio: Hay un chico tirado en la entrada de circuito chico entrada
de lago escondido. Voz masculina.
Estos audios fueron recepcionados por el 911 y son los remitidos a
fiscalía y corresponden a la causa. Reconoce oficio firmado por él. Se muestran cartas de
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llamada testigo y los horarios de los mismos
Se recuerda la convención probatoria n° 6 respecto a quienes realizaron
llamados al 911.
La defensa no formula preguntas.
6. Testimonial R.M.G. (por zoom. Testigo común)
DNI XXX
Preguntas Fiscalía
Manifiesta que vive en Buenos Aires, Villa Crespo trabaja en bio
tecnología hace 7 años. Hasta hace un año y medio vivía sola, desde de febrero de 2022
vive con su sobrinos, O y M. Es la hermana menor de R.M.
Su hermano hace 8 años que vivía en Bariloche, fue por un proyecto de
un negocio en un shopping y consiguió trabajo en xxx en el año 2014.
En 2015 viajó a conocer su casa y negocio. Antes le había ayudado en
Mar de la Pampas. Era un negocio de bijouterie de diseño en el Shopping Patagonia, ahí
se instaló en Bariloche con ese proyecto.
Siempre trabajó en liquidaciones de haberes y consiguió trabajo en el
xxx. No recuerda si fue en el 2015 o 2016 que ingreso ahí. No lo visitaba con
frecuencia y solo un par de veces viajó y cuando nacieron los chicos. Trabaja en una
empresa francesa y viaja mucho. Su comunicación con él era muy fluida, eran muy
cercanos, ninguno hacia algo sin consultar al otro, tenían contacto diario.
En este periodo en Bariloche, llega con una pareja de muchos años,
estuvieron en Mar de las Pampas antes. Se trasladan juntos a Bariloche a fines de 2017,
se separa de esa pareja, y ella no conoció nadie más hasta F.
Esa pareja era hombre.
De la relación con F., se conocieron en el 2018 por una
aplicación, desconoce como F. llega a Bariloche, al poco tiempo de conocerse ya
vivían juntos. Su hermano no hablaba mucho de eso, empezó a tener más información
cuando deciden casarse y tener los chicos.
Siempre supo que F. era varón. ¿Cuando te lo presento lo
pudiste ver? No. Sabía que era brasilero, que era más joven que su hermano, cuando es
alguien importante le contás a tu familia para incorporarlo.
Vivían juntos en xxx, la casa que tenía su hermano y al
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poco tiempo se liberó la casa xxx y se mudaron allí. Su hermano se daba maña
para todo y F. también y pusieron la casa en orden.
Le quedaba muy cerca para ir a trabajar era muy funcional.
La evolución de la vida de su hermano en pareja no sabe mucho,
siempre que hay alguien nuevo se abre y se le da la bienvenida.
Tuvo más detalle cuando deciden tener los nenes, ahí empezó a tener
más relación con F., que le escribiera y todo tenían un grupo para las novedades
del embarazo y F. iba avisando de los controles.
¿Te enteraste si formalizaron la relación?
Si, su hermano lo llama para comentarle que estaba pensando en tener
hijos y él estaba organizando que tenía una amiga que se había ofrecido.
Se casaron, pero a partir de este deseo de tener hijos tomaron la decisión
de casarse para darle un marco a la familia.
No pudo asistir a la ceremonia, casi se enteraron el mismo día, fue como
un shok para ellos. Ella no estaba de acuerdo, pero lo acompañaba. Lo cuestionó que era
tan poco que salían y que se casaba para proteger a los chicos y si no estoy están
protegidos.
¿Pudiste ver alguna foto del casamiento? Si vio una después de casarse
almorzando. En la fotografía que vio F. era un varón.
La propuesta de F. a su hermano le cerró, siempre quiso ser
padre y viene alguien decidido y arreglado para serlo y siguió adelante. F. le había
comentado a M. que quería ser padre y tenía una amiga que le dijo que cuando quería
ser padre, ella lo iba ayudar.
Respecto de esta decisión lo charló con su hermano, para ella fue una
locura. Se enojó con él, es una responsabilidad, después al otro día le pidió perdón, que
lo iba acompañar. El siempre buscaba doble chequear con ella, porque le dice lo que
piensa y después decidió acompañar.
Siempre a distancia fue, estamos en Buenos Aires, ellos allá. Le
mandábamos regalos para los chicos. Tenían un grupo de WhatsApp y F. nos
contaba como iban los bebes. Ahí estábamos en contacto semanal.
¿Te comento que F. se identificaba con el sexo femenino? No.
Si lo conoció personalmente al mes de nacer los chicos que viajó.
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También sus padres. Estaba F. obviamente. La impresión fue correcta y bien de él.
Siempre se denominó F.
Su hermano fallece, había estado trabajando el sábado en el Llao Llao,
cerraba el mes y estaba con mucho trabajo, estuvo hasta las 9 de la noche, todos los días
hacia video llamada para mostrarle los chicos a su mamá. Y al otro día me llama una
amiga a las 4 o 5 de la mañana que su hermano había muerto.
Nosotros ese mismo día el 01/08/21 viajamos a Bariloche con sus papás,
esto fue un domingo, estuvo tiempo con F. y con los chicos en la casa de
xxx. No había nadie, venia una chica, la niñera a dar una mano. Se recibieron
visitas por las condolencias. Vivían solos.
¿Conociste a E.S. ? Si, la conoció cuando nacieron los chicos,
estaba viviendo en la casa.
Cuando M. fallece, la testigo se quedó una semana en Bariloche,
le llamo la atención la sorpresiva muerte de su hermano, se murió en el domicilio y no le
hicieron autopsia, fue un shock, el acta de defunción dice que murió el 01/08, ya no cree
que haya muerto de muerte natural, no lo cree.
Estábamos shockeados y pensando qué pudo haber pasado, estaba
excedido de peso, pero sin problemas de salud, trabajaba de lunes a lunes. En esa semana
de convivencia después del fallecimiento, estábamos en una situación de mucho shock y
conteniendo a los nenes.
Fue muy inesperado. Hasta que estuvieron sus papás fue correcto. Ella
no llego a entenderse con F., no estaba cómoda no se quedó tranquila con la
respuesta del deceso de su hermano. Tratar de recorrer las horas antes el día que paso. De
domingo a domingo convivió con F., nunca le pidió que la llame A.
¿Comentó su auto identificación con lo femenino? No
¿Alguna vez te enteraste de un asesinato el 16/02/22?
Estaba trabajando y la llamo una amiga de su hermano que F. lo
había llamado le cuide a los nenes. F. le pide que me llame y viaje a Bariloche el
16/02 y desde entonces está a cargo de los nenes.
M., amiga de su hermano, otra madrina, y ese día era el
cumpleaños de ella, le había regalado una merienda en el Llao Llao y estaba yendo allí y
recibe el llamado de F. para que fuera a la casa. Es amiga de su hermano y de
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F.
Ese día le mandó un mensaje a la mañana para recordarle el cumple de
M para que le mande mensaje de los bebes. No nos hablábamos mucho con
F. Periódicamente le escribe para preguntarle por los chicos y es lo único. Solo
hablamos de eso y le contesta.
¿Tenes conocimiento de la existencia de un seguro de vida de M?
Los seguros que cobró y la liquidación fue la obligada por el trabajo.
Hubo dos seguros, uno cobro ella, porque siempre nos poníamos mutuamente en los
papeles.
Después estaba otro el beneficiario, era F. porque era el esposo
y eso lo cobro. Desconoce el monto, sería un millón de pesos, pero no lo sabe.
Ella lo cobró a fines de septiembre. Se enteró que F. cobró
porque fuimos juntos al Llao Llao cuando había que hacer los papeles esa semana después
del fallecimiento. ¿Se acerca 5 millones? Manifiesta no tener ni idea.
Preguntas de la defensa
¿Nos puede contar cual fue la conclusión médica del fallecimiento de
M.? Un paro cardíaco. Esto ocurrió el 01/08/2021 según el acta de defunción.
¿Cuanto tiempo conoció a F. y E.? ¿Coincidieron? La
primera vez en diciembre de 2019 cuando viajó a conocer los nenes.
En octubre del 2021, seguido que fallece su hermano y ella llega fines
de octubre de ese año. La primera vez estuvo una semana, en el año 2019. Después desde
octubre a diciembre se fue a Bariloche para ver cómo hacíamos con los chicos. No tenían
el apellido de su hermano, como podían seguir en contacto con los chicos. Trato de ver
como iniciarían la filiación o algún acuerdo con F. para tener contacto con ellos y
eso.
Y de paso empezó a buscar donde podía alquilar para trabajar acá, se
instaló del 16/10/21 hasta diciembre del 2021. E. llego a fines de octubre se
cruzaron. Cuando ella estaba en la casa estaba F.
F. con E. era normal el trato. E. siempre estaba
acostada mirando el celular. Pocas veces estaba participando.
¿Podría describir que sería trato normal?. De gente que convive sin
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discusiones ni gritos. Ella no se sentía cercana, pero sino hablaban normal no vio
situaciones raras.
Su hermano le dijo que F. tenía una amiga que se había ofrecido.
Nunca hablo con E. ni F. de eso, es un tema delicado.
Si la vio, no tenía vínculo con los nenes, no los tomaba como si fueran
sus hijos, no hay fotos de ella embarazada.
Ella estaba claro que los bebes no eran de ella. No tenía vínculo con los
bebes, ella siempre en la cama con su celular, ella no los atendía, ni era cariñosa, como si
fueron hijos de otro. F. se ocupaba y su hermano, pero trabajaba un montón.
Mientras transcurre el embarazo, F. se ocupaba de llevar a
E. al médico. Después cuando nacieron, su hermano trataba de pedirse el día e ir a
los controles. Pero F. se ocupaba de E. durante el embarazo.
Después del nacimiento, E. se va del país en febrero del 2020 y
ya eran ellos dos con los nenes.
Respecto del monto del seguro de vida, no sabe exactamente cuando es
el monto. Preguntó en el Llao Llao cuanto era y es un estimativo, un millón. Es el que
tienen todos los empleados.
En el periodo que compartió en el trato diario y compartía ¿cómo era el
trato de F. respecto de los niños?
En el 2019 ahí vivía su hermano. Después cuando fallece su hermano,
el trato de F. a los chicos era bueno los cuidaba. Estaba al pendiente del pañal,
leche, los bañaba, les hacía video llamada con su madre para mostrarle los chicos, su rol
de padre bien.
¿Tenes idea el acuerdo con E. ? No sabe, desconoce
¿Que opinión tenés de E. y la falta de motivación para
relacionarse?
Tenía claro por lo que le dijo su hermano que E. era la persona
que los ayudó a tener los nenes y trataba de no relacionarse y no era muy simpática. No
había feeling. Entendía la generosidad, pero por prejuicio no sabe, no le parecía tener
hijos y darlos, pero no le parecía. Por ser conservadora.
La homosexualidad de su hermano fue aceptada siempre.
Ante los fiscales mencionó que E. era de tal manera, dio otra
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información respecto de ella. ¿Hace algún tipo de expresión respecto de E. ?
A lo mejor por su forma de pensar o como se hubiera planteado una
familia no hubiera contado con esta posibilidad de subrogar un vientre cuando conoces a
la persona. Su percepción de E., es que no le parece una persona cariñosa, no hacía
nada en la casa, ni embarazada, estaba siempre acostada. Era una persona que estaba ahí
pero no sabe qué hace.
Si le había comentado E. cuando fue en octubre a diciembre, no
la vio muy seguido. En algún momento le pidió si podía cuidar los nenes, que no los deje
solos con E. porque ella les pega. Ella nunca la vio. Eso le comento F. y
cuando fue a la casa y estaba en la casa, golpeo la puerta a E. y no le abrió la puerta
y le aviso a F. que no pudo entrar. El evitaba dejarlos con ella.
Mientras transcurre el embarazo y va a Brasil a buscar una hija en
diciembre. Ella vio en ese trato, la nena era un amor, era muy linda, seguía a F. y
a su hermano. Ella no estaba cerca no era cariñosa con su hija.
Su hermano pago los pasajes para ese viaje.
¿Sabes si tu hermano solvento otros gastos en esa relación? A los tres
meses de tener los nenes ella quiso hacerse una cirugía estética y esa la pago su hermano.
No sabe cuánto salió. Los gastos de la casa, servicios y gatos pagaba su hermano.
¿Sabes si F. trabajaba? En algún momento el hacia algún trabajo
eventual en el Llao Llao y en temporada lo llamaban.
¿Sabes cual eran las actividad que hiciera E.S.? No tiene idea.
¿Tenes idea si tu padre tuvo que solventar algún gasto de esta familia?
Más de una vez su padre, cuando empieza la pandemia en el 2020 con
un contrato hotelero perdió las horas extras, se le redujo el ingreso y lo ayudaban
económicamente.


7. Testimonial E.P.G.R. (fiscalía) DNI
xxx
Trabaja como Oficial Inspector, en el Cuerpo de Investigación Judicial.
La brigada es una unidad especial que desarrollan distintas tareas y son auxiliares del
Ministerio Fiscal.
Pág. -42-
La diferencia es que están de civil y se enfocan en el análisis de cámaras,
tomar entrevistas, confeccionar informes de comparación, encontrar autores y victimas
de hechos delictivos.
Trabajo en este homicidio, estaba a cargo de la Unidad, porque su jefe
estaba de licencia. El 16/02/22 se entera por la frecuencia policial modularon a las 9:30
hs al 911, de una persona que estaba sin vida en el ingreso a Lago Escondido. Personal se
apersonó e informan que realmente estaba la persona sin vida.
Era femenina y pedía que nos acerquemos. Arribamos al lugar a las 10
horas, estaba los fiscales Cendon y Miranda, personal de la Subcomisaria 55 y ahí les
comento que era una femenina con muerte violenta, comenzaron a buscar testigos de
inmediaciones. La persona que la había encontrado y a recabar datos.
En el ingreso del Lago Escondido estaba el cuerpo. Si había cámaras en
inmediaciones a 3 o 4 km. Es un lugar despoblado sin viviendas, sin alumbrado público.
En ese momento se recibe llamado de la Unidad 55 informando que un
masculino había llamado siendo, a. preocupado porque su amiga E., que la
había llevado al hotel de luz y fuerza, la había dejado y no había regresado, que tenía una
beba de un mes y le parecía raro que no había llegado.
Se enteran de la comunicación cuando estaban en el lugar, lo comunicó
la Dra. Cendon porque tenía relación con la persona sin vida. Dijo que vivía en xxx
Nos dividimos en dos grupos en el lugar y el otro grupo fue con el
oficial Santana y Miranda a entrevistarnos con el ciudadano. Era alrededor de las 11 de
la mañana. Llegamos, llamaron a la vivienda desde la vereda. No ingresamos, el llamado
fue desde la vía pública.
La vivienda estaba en el fondo del terreno y sale una persona con dos
menores, mellizos, se identificó como A.F. de 28 años, brasilero y que vivía
hace 3 años allí. Ese día tení unas trenzas como rastas, pelo largo con bigote, tres trigueña,
delgado y estaba con ojotas, short y remera. ¿La ve en la sala? Señala al acusado.
Manifestó que dejó a su amiga E. en inmediaciones de Puerto
Pañuelo. Se presento como F.F.A.
Manifestó que había dejado a E. por requerimiento de ella en la
subida que agarra circuito chico, donde está la primera casa, como a las 11 de la noche
Pág. -43-
anterior.
El hotel Luz y Fuerza manifestó el, cuando llamo por teléfono a la
Subcomisaria 55. Hay aproximadamente 5 km entre el Hotel y el lugar del cuerpo.
La diferencia de tiempo entre el aviso de la Dra Cendon y la entrevista
con el, no fue más de una hora.
Manifestó que E. era su amiga, y que le subrogo el vientre de los
niños y la beba de un mes. Manifestó eran amigos y no tenían relación.
Desde afuera se veía la casa, un garaje separado y un auto Chevrolet
Joy color negro, entre unos árboles. El auto no estaba en la entrada de la casa, pero si
dentro del terreno. En ese momento estaba solo, con los hijos menores de edad.
Le consultaron las características de su amiga, a lo que describe como
persona robusta cabello tenido y con tatuajes. Le pregunto uno en particular y manifestó
que tenía uno del equipo flamenco. Se le exhibió el tatuaje, se le mostró para ser
identificado.
Reacciono angustiado, que era el tatuaje de su amiga. Ahí se mostró
llorando, que no entendía como paso eso. A las preguntas, manifestaba que no recordaba
que tenga inconveniente con terceros. En ese momento no se hizo ningún allanamiento.
Se hizo el pedido telefónicamente. El Juez autorizo a las 12 hs.
El vehículo era un Chevrolet Joy color negro dominio XXX, lo
recuerda porque tiene el mismo vehículo.
Se hizo el allanamiento con el Dr, Miranda y Santana. En ese momento
indicó la habitación de E., nos dio un reloj que estaba vinculado al WhatsApp.
Después procedieron al secuestro del teléfono del F.A.. Era un Samsung J7
color negro con dos chips. En esa oportunidad se secuestró y resguardó el vehículo.
En ese momento no había nada más de relevancia como a las 14 hs. Y
ya se había constatado que la víctima tenía heridas de arma de fuego, por lo que estaban
buscando las armas y municiones. Ahí llego más personal del Gabinete y registramos
nuevamente la vivienda y en ese momento se le pidió A. hacer el GSR (la prueba en
la palma de pólvora) a las 2 o 3 de la tarde.
Comenzaron a registrar la vivienda y fueron al garaje, el señor indicó
donde estaba la llave, que estaba en la vivienda. La puerta del garaje la abrieron, les llamó
la atención porque A. dijo que no tenían acceso porque los dueños de la vivienda
Pág. -44-
guardaban sus cosas.
Estaba un vehículo impecable, había mucho polvo y muchas cajas.
Comenzaron a registrar todo, tenía un entrepiso con difícil acceso y ahí es donde
encontraron más cajas y en una había dos armas de fuego y municiones.
Las armas estaban en una caja en ese altillo. Adentro un rifle de bolsillo
calibre 22 y después un arma Bersa calibre 22 y cuatro cajas de municiones, 3 de cal. 22
y una más de cal. 375 no recuerda bien y le faltaban municiones. Faltaba el arma de ese
calibre. No es perito armero.
Se le exhibe el acta de allanamiento del garaje con el secuestro y detalla
un arma calibre 22 rifle North América, 34360, una caja marca versa cal 22, un arma
Ramos Mejia Arg. modelo 224 cal 22 y en esta caja una cedula de autorización de tenencia
de arma uso a nombre del propietario Von Kreitmayr.
Se encontraron 31 municiones con inscripción .357 Mac Winchester,
esa era la que habría descripto. Era una caja de 50 y había 31, faltaban 19 municiones. A
ninguna de las otras armas le faltaba municiones. El arma .357 no estaba.
Del análisis de las cámaras de seguridad se conoce a M.M., es
la persona que estuvo con A. el día anterior al hecho.
A esta persona, M. le tomó una entrevista grabada el Dr. Miranda,
la cual nos las reenvió y se le encomendó que se acerque a Modo Bar y Dagda a buscar
las cámaras. Ya que previo al hecho estuvieron juntos en Modo Bar y Dagda, F.A. con M.
La versión de M dijo que se habían juntado en la tarde del día 15
de febrero con F. , como se iban a Brasil le iba a regalar una ropa para la feria.
Después se fueron a Modo Bar, del km 1 de Avda. Pioneros y después fueron a Dagda a
buscar una pizza, en el km8 y después acompañó a F. a buscar la ropa a su
domicilio en xxx y que no estuvo más de 15 minutos, lo saludó y se retiró del
domicilio.
Ella manifestó que fueron en dos autos. El de ella era un gol gris. El
otro auto era el de F. de color negro. Coincide con el vehículo de la vivienda.
Se confirmo lo que manifestó M. La descarga de registro fílmico
de los restaurant, estuvieron en Modo Bar a las 22:45 y hasta las 23:35 del 15/02/22.
Allí estuvieron F con ,M., se lo puede ver en las cámaras.
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Luego fueron a Dagda y la empleada lo reconoció a F., siempre era un cliente
habitual. Se los ve a los dos comprando incluso se ve el rodado cuando llegan. Se ve el
Chevrolet.
A Dagda llegaron 23:48 hs y se retiraron 15 minutos después 00:05 del
16/02/22, salieron de Dagda.
Después se descargaron los registros del domicilio particular que estaba
al lado de la casa de F. En ellos se puede ver a las 00:26 hs llegan dos vehículos,
no había luz solar, no se ve bien los vehículos, sólo las luces.
Se ve uno de color oscuro que ingresa, pocos minutos después llega otro
por la vereda, y por los relatos de M., ella dejó el auto afuera, entró 15 minutos y se
retiró. Dice que ve a E. que estaba ahí, la saluda y se va.
A las 00:41 hs se ve que el rodado se retira. El de M., el que estaba
en la vereda. El otro auto no sale.
A las 00:51 hs se ve el vehículo que se retira del terreno y toma con
dirección a la calle J. San Bach. De ahí no se ve movimiento hasta las 02:22 hs que ingresa
el vehículo al terreno y no vuelve a salir más.
Después no llega nadie ni hay movimiento hasta la mañana.
Entre las 02:22 y las 11:00 hs que se apersono personal policial, ese
auto no se volvió a mover.
Las cámaras de Dagda tenían un desfasaje de 39 minutos, normal en
estos casos. Figura a las 00:48 hs pero es las 00:29 hs. se la ve en las cámaras afuera de
Dagda. Muestra videos de las cámaras y exhibe municiones.


Preguntas de la defensa:
Hay un auto que sale a las 00:51 y un auto que llega a las 2:22. Es lo
que se ve en las cámaras del vecino. No se ve quien conduce el auto. Tampoco si hay
acompañantes.
¿Cual es la patente del auto que sale y regresa? Tampoco se ve en las
cámaras. El auto que sale a las 00:51 y a las 2:22 regresa, no se sabe quién conduce, quien
regresa. ¿Donde va ese auto?. Tampoco se sabe dónde va, no hay más cámaras.
Hicieron relevamiento en la zona y no hay cámaras donde muestren
donde va. Esa calle sale a la ruta 77 circuito chico. Con dirección al centro también se
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puede salir.
Refirió que estaban A. y M., entraron juntos a los bares.
Estaban en vehículos separados. No habían otras personas.
La entrevista en el domicilio XXX¿qué referencia hizo si
E. tenía una relación con alguien? Manifestó que él no sabía, que ella tenía sus
relaciones privadas, que algo con un tal D. Dijo que sabía que tenía algo con un tal
D. De su estado civil refirió que era viudo. No refirió nombre y que falleció por covid.
Era hombre, el manifestó que era gay. Cuando le consultaron por el
tema de la inseminación artificial y dijo que era gay y que no tenía relación amorosa con
E. Hasta que él no lo manifestó, no lo sabían.
¿La primera entrevista que tuviste con F. fue grabada o algo? en
principio si, pero cuando notamos algo extraño, el Dr. decidió que no lo entrevistaran más
porque podría ser acusado.
Cuando fuiste a los dos locales comerciales por una referencia de la
testigo M, entrevistada por el Dr. Miranda y necesitaba para verificar los dichos de
ella.
¿M. describió como era ella? Robusta. Por los datos que aportaron,
ella manifestó como estaba vestida. Era la persona al lado de F. y se dedujo que
era M.
Ingresaron al garage con personal y testigos de actuación. Era un garaje
que no había entrado nadie por mucho tiempo. El cobertor estaba con mucho polvo se
notaba que no había sido movido en bastante tiempo. El ambiente estaba ordenado, había
muchas cajas. Ahí procedieron a revisar todo.
Al visualizar en las imagines se veía un vehículo, no pudo aseverar que
vehículo era. Solo se ven las luces, los vehículos oscuros se ven negros la mayoría.
Asevera es un Onix porque tiene luces angulares, el color. Hacemos
comparaciones de vehículos como de personas. De este auto sí. La patente no.
Adentro del domicilio había un auto en el garaje. En el garaje estaba
ordenado y ahí se hizo el secuestro.


Re pregunta el fiscal:
¿En que horario regreso el auto? A las 02:22 a m, después no se ve nada
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más. Llegaron con personal policial a las 11:00 hs. No estuvo en el allanamiento dos días
después, no.


8. Testimonial D.R. (fiscalía) DNI xxx
Preguntas fiscal
Pertenece a la Policía de Río Negro, es Oficial Principal en el Gabinete
de Criminalística. Para febrero del año 2022 estaba en la ciudad, como Jefe de
Criminalística.
Concurren a los hechos delictivos que se requiera su participación. Ello
para encontrar indicios, realizar inspecciones, fotografías, secuestros elementos,
allanamientos o cualquier otra que se le solicite. Su tarea es muy amplia.
Se desempeña de perito armero y balístico. Hasta la fecha realizo
muchas pericias, más de 100 seguro. Para febrero del año 2022 el día 16 estaba en el
Gabinete de Bche. sede centro.
Al lugar fue con Franco Pirola y el cabo Garrido y Navarro. El área
estaba precintada con doble perímetro. El primero estaba resguardado en doble sentido
de circulación. La ruta 77 estaba cortada en ambos sentidos en 70 mts del lugar del hecho,
con otro precinto. Eran pasadas las 10 hs. Había luz. Era soleado. Una vez que llego al
lugar hizo una presentación con orden cronológico de las pericias que realizo.
Primero en el lugar del hecho, desde la calzada al ripio hay una distancia
de más de 20 mts. En la pendiente hay rastro vehicular y calzado, refiere distintos puntos.
Los indicios 7 y 8 es hundimiento circular cerca del cuerpo, a su
entender se hubiera apoyado dos rodillas próximas al cuerpo a 40 cm.
Se constata que era una mujer, tenía pantuflas blanca y negra, un jean,
cerca del cuerpo encontraron proyectil encamisado deformado (NIT registrado) un
fragmento y de plomo. No hay duda que los disparos fueron en el lugar, por las manchas
hemáticas.
Se detectaron varias huellas de calzado por lo menos más de 10
diferentes, esto guarda relación con el transito normal del sendero.
Terminado el rastreo, después se hace la constatación del cuerpo con
los Dres Chilo y Lacuadri.
Siempre se coordina con el médico forense para recolectar las muestras
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antes de darle el espacio a los profesionales médicos.
Se ven las heridas en la espalda, estaba boca abajo, el primer examen
respeta la posición del cuerpo.
Se van marcando las lesiones en el cuerpo y tomando las fotografías.
Después la giran. Tiene excoriaciones y los orificios de proyectil de
arma de fuego. El médico informó 8 orificios se constató de arma de fuego.
Al mover el cuerpo encontraron otros elementos. Un teléfono fuera de
la ropa y un fragmento de proyectil (NIT 18 y 19)
Por último, las muestras de manchas hemáticas. Se resguarda en caso
de ser necesario si corresponde al cuerpo o no. Le pusieron una cofia y un sobre papel
madera en la cabeza para resguardar para el análisis de cuerpo forense.
Las manos se preservan porque la victima por defensa puede haber
estado en contacto con el autor.
La diligencia en xxx, arribó pasadas las 17 horas. Se hicieron
fotografías del vehículo y elementos. El vehículo estaba en el domicilio estacionado sobre
la derecha. No tenía patente atrás.
Elementos secuestrados: revolver cal 22 y pistola marca bersa cal 22 y
artillería, 3 cajas cal 22 y una .357. Esto había sido encontrado previamente por el
personal policial. En el mismo lugar se labra la cadena de custodia.
La toma de muestras GCR es residuo de disparo de fuego, lo toma el
Jefe de Gabinete criminalística mediante cinta de carbono. El objetivo es con un estudio
posterior si presenta rastros de residuos de disparo. Cada disparo arroja partículas.
La pericia balística que se realizó el 17/02/22 se determinó el calibre
del proyectil encontrado en el lugar del hecho y si la cartuchería secuestrada en el
domicilio tiene similitud con la encontrada en el lugar del hecho. (NIT 17 y 21)
proyectiles; (NIT 132) caja municiones.
Explica cómo se realiza la pericia.
Se analizo el proyectil hallado en el lugar del hecho, se estableció un
calibre probable, el 17 es .357 por el peso y diámetro de base, con el otro proyectil el
análisis arrojo que era un calibre punto 357. Se usa en arma de fuego tipo revolver.
En el segundo punto, se analizó la cartuchería del domicilio con el
proyectil del lugar del hecho, se separó un cartucho completo, se separó en dos, se mide
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peso diámetro y se compara con el del cuerpo, y los datos arrojaron punto 357. Hay
correspondencia similitud en el calibre.
El 18/02/2022 nuevamente en el domicilio xxx
Establecieron un punto de partida y barrido lineales y observaron todo lo que había a su
paso buscando armas y vainas. Hasta ese momento el arma 357 no se había hallado.
En esa inspección en un arbusto encuentra el arma de fuego, va
moviendo las ramas y ve la empuñadura del arma de fuego. Estuvieron más de 30 minutos
haciendo el barrido del área. Ese arbusto está adentro del domicilio, cercano a la casa
principal, justo al lado del auto, más de dos metros no eran. El arbusto estaba enfrente del
auto. No estaba a simple vista. Lo fue girando hasta que encontró el arma.
Cuando hace apertura tambor el mismo estaba vacío. En ese momento
se hizo el rastro de origen papilar en el arma. Es un revolver, entran 6 proyectiles. (NIT
140)
En la inspección dentro de la casa se encontró sobre la barra, en el
domicilio un proyectil Winchester 357. En el sitio del cuerpo no se encontró ninguna
vaina, tampoco en el domicilio.
La Pericia balística n° 5, con el proyectil calibre extraído del cuerpo y
esquirlas. (NIT 1160) también da resultado proyectil punto 357.
Otro punto fue determinar si fueron disparados por la misma arma de
fuego. Dubitado A (lugar del hecho) dubitado B) extraído de la víctima. Se busca micro
características y se corresponden entre ellas, hablamos de la misma arma de fuego, hay
similitud en cuanto estrías, presentan mismas características se observa en la continuidad
de ambas muestras. Como resultado los proyectiles presentan similitud categórica, (no
hay dudas) de haber sido disparado por la misma arma de fuego.
Hasta acá se ve que los proyectiles en el arma y lugar del hecho salieron
del mismo arma.
Pericia armera n° 6, estaba en buen estado ninguna falencia o faltante
en su funcionamiento o mecanismo.
Otra pericia fue el circuito nocturno, alrededor de las 2 de la mañana,
desde calle xxx hasta el lugar del hecho, una velocidad de 40 y otra a 60 km/h.
Tardaron entre 10 a 15 minutos en hacer el recorrido. La iluminación
no hay. Cercano al lago escondido no hay viviendas próximas. Se cruzaron un estimativo
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de 6 autos.
Una vez que se efectúan los disparos ¿como queda el arma? Lo que
queda son las vainas la ojiva que quedan alojados en el tambor. Si los quiero extraer esos
proyectiles debo retirar las vainas.


Preguntas de la defensa:
No se encontraron las vainas servidas.
Había impronta del calzado, no coincidían con ningún calzado de A.,
manifiesta que se relevaron 4 calzados y dio resultado negativo. No sabe si le pertenecen
al señor A. Se le muestra informe. De la inspección realizada se encuentran calzados
y no tienen coincidencia con lo relevado en el lugar del hecho. No coincide
morfológicamente con las secuestradas.
Respecto de los neumáticos, se revelaron neumáticos del lugar del
hecho.
El 16/02 no se encontró el arma y el auto estaba. El 17/02 no se había
encontrado el arma. El 18/02 se encontró el arma que estaba a dos metros del auto en el
arbusto. El 18/02 no estaba el auto.
Previo a encontrar el arma se pasó el detector de metales, lo llevaba la
lic. Uribe ¿paso antes de uds.? No, trabajamos en conjunto.
Al presentar el jurado la forma que quedan las vainas te pusiste guantes.
Si hubiéramos hecho un hisopado de mis manos no. Sino tuviera guantes probablemente,
depende del arma. Es probable tener partículas de GCR.
¿En que horario sabes se llevaron a A. del domicilio? No recuerda
haberlo visto, así que piensa que ya no estaba.
El arma en el arbusto podría haber sido arrojada sí. Cuando llegó
participó en la recolección de armas. El allanamiento antes estaba gente de la 55 y de
Gabinete, Of Zapata, Franco Pirola.
Las armas se encontraron en el garaje antes de que llegue. Eso fue el 18.
La munición estaba arriba en la mesada de la casa. Es secuestrado ese día.
Respecto de la ubicación del cuerpo los proyectiles algunos estaban
próximos, uno a un metro, a tres otro a 6 mts. Del cuerpo hacia atrás.
Los disparos como pudieron haber sido, es difícil establecer o deducir
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una posición, si se puede decir desde la calzada hacia al sendero. En sectores abiertos es
difícil encontrar fragmentos dispersos. Desconoce si se hizo una planimetría.
Si le hizo los hisopados al arma. Recolecto las muestras solo. En la cola
del disparador desconoce. Había evidencia física de pólvora en el arma, manifiesta que
no. Las muestras de GCR se orienta a corroborar si tiene partículas de disparo.


9. Testimonial Alfredo Armando Negri (fiscalia) DNI XXX


Preguntas Fiscalía:
Médico cirujano de policía, Crio Inspector hace 30 años. El día
18/02/22 estaba trabajando. No conoce a A.
Pasaron muchos meses y es mucha la gente que uno ve. Si lo recuerda
no está seguro, paso mucho tiempo. Se le exhibe certificado médico que expidió, a la
unidad 55. Fue hecho en la división Sanidad, el examinado no presenta signos físico de
violencia reciente, firmado el 18/02/22. Reconoce la letra como de su puño y letra.
Recuerda haber realizado este acto, muy vagamente. Se le suministro el
nombre por la persona que examino. Era un varón de sexo masculino.


Preguntas de la defensa
¿Le consulto respecto de la percepción de genero? Manifiesta que no.


10. Testimonial Vanina Paola Lacuadri (fiscalía) DNI xxx


Preguntas del Fiscal:
Manifiesta ser médica forense, pertenece al Poder Judicial. Hace 18
años que es médica. Estudio en la Universidad de Rosario, se recibió en 2006.
El día 17/02/22 estaba en funciones, de guardia, el día 16 la llama la
Dra Cendon a las 11,30 hs. que habían hallado un cuerpo en circuito chico.
Cuando estuvo en el lugar, a las 12:30 o 13:00. Hasta las 14 hs. que
pudo acercarse. A las 16 hs realizaron la autopsia en la morgue del Hospital zonal. Cuando
llegaron estaba con el Dr. Chilo, entramos los dos, dimos vuelta el cuerpo y sacaron
fotografías del mismo.
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El Dr. Chilo, la revisó, manifestó que tiene orificios de proyectiles y
consideraba la realización de autopsia. Luego a las 16 hs. llegó el cuerpo y realizaron la
autopsia.
Recibieron el cuerpo que llega vestido, tenía puesta su ropa un jean, una
camiseta roja, ropa interior con protector, corpiño, pantuflas, medias, venia con las manos
ensobradas y la cabeza.
Antes de sacarle la ropa, se la lleva a la sala de imagen en el Hospital,
se le hizo una tomografía completa del cuerpo y una reconstrucción en 3D y se ve las
lesiones internas. Luego volvieron a la morgue. Todos los procesos llevan muchas
fotografías. Se las desviste se le saca los sobres de la manos y cabeza. Se la mide y pesa
85,700 y media 1,65.
Describe el procedimiento.
Antes de ver las lesiones, se ven características del cuerpo que tiene la
data de la muerte, que es estimativa, en su caso tenía una rigidez completa, esto ocurre en
las primeras dos horas esta flexible después empieza una contractura generalizada en todo
el cuerpo que va desde la cabeza hasta los pies y dura hasta 24 hs.
Aproximadamente a las 12:00 hs estaba rígido todo el cuerpo y era
imposible doblarle un brazo. Eso ocurre entre las 12 y 24 hs. Eran las cuatro de la tarde.
Después de las 24 hs, esa rigidez empieza a aflojar. En el caso de ella
estaba completamente rígida.
Las livideces tiene que ver con la posición que tiene un cuerpo después
de muerto. Ella las tenía adelante, o sea que murió estando abajo y estaban fijas por lo
que permaneció que estuvo en esa posición después de muerta.
Cuando la desvistieron se procede a ver las lesiones, tenía una en el
rostro, que le faltaba casi toda la nariz, la mitad no estaba, era una lesión que le saco las
partes blandas de la nariz. Miró debajo del cuerpo a ver si cuando cayó con la cara, si
había una piedra algo y no había nada. No pudo determinar que paso ahí. Si eso fue herida
de arma o no, no se sabe.
Podría haber sido un proyectil. No tuvo explicación.
En el caso de ella directamente no la tenía. Luego vieron orificios
circulares que se van enumerando para tener un esquema, no quiere decir que sea el orden
en que fueron realizados.
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El primer orificio se encontraba a nivel de la cadera derecha. Un orificio
circular, con el mismo se puede determinar si es de entrada o salida, de acuerdo a sus
características. Ese orificio era circular y tenía características que hacían pensar que era
un orificio de entrada.
Cuando entra un proyectil atraviesa la piel viene con una fuerza que la
golpea y penetra. Primero causa una contusión (golpe), hace una excoriación (atraviesa
la piel y lastima) y además como golpea, lesiona los vasos sanguíneos capilares. Se llama
lesión contusa perforativa, excoriativa y equimótica porque lo pone rojo. El orifico n º 1
tenía esas características que hace pensar que es de entrada.
Son diferentes a los de orificios de salida. En general los de entradas
son más pequeños y más circulares. Los de salida la piel estalla para fuera. El de entrada
el orificio la piel se va para adentro y los bordes son bien netos. El de salida suele ser del
tamaño de proyectil o más grande y aparece tejido subcutáneo como grasa que no sucede
con el de entrada.
En el orificio n° 1 entra a la cavidad abdominal, le lesiona el intestino
grueso, el colon ascendente, impacta en la cadera y se rompe, sin salida tenía solo de
entrada. Se fraccionó, no se recuperó el proyectil, tenía mucha grasa abdominal, tenía
puerperio y era muy difícil, se fraccionó.
El orificio n° 2, lo tenía hipocondría izquierdo, también que el anterior
de entrada, allí se rescató un proyectil, deformado. Ingresa cavidad del abdomen y lesiona
otra parte del intestino grueso, colon. No tenía orifico de salida.
El orificio n° 3 de la espalda lo tenía en la parte derecha, un orifico
circular, contuso, ese proyectil atraviesa de atrás hacia adelante, ingresa a la cavidad del
tórax, lesiona el pulmón derecho y sale debajo de la mama derecha. Ese orificio de salida
estaba desgarrado. Tenía contenido graso y no se rescata proyectil. Entro y salió. Causo
una hemorragia en tórax derecho y una contusión pulmonar. Se lleno de sangre. Para
seguir el trayecto del proyectil se mete una sonda que sigue las cavidades que se van
formando por el pasaje y se determina el trayecto.
En el tórax más abajo, estaba el orifico n° 4, estaba a nivel de la fosa
lumbar derecha, ese proyectil ingresa circular con los bordes adentro, atraviesa la piel
impacta en la cadera y se fracciona tampoco se rescató.
En la espalda el orificio n° 5 ingresa del lado izquierdo, era circular
Pág. -54-
también, con borde hacia adentro atraviesa piel perfora colon descendente y sale por la
parte anterior del abdomen izquierdo sale. Era un orifico desgarrado. No se rescata
proyectil ese entro y salió.
En la espalda el orifico n° 6, ese afecto el hemitorax izquierdo, de
entrada era circular excoriativo y equimótico, ese proyectil ingresa atraviesa la piel, el
celular, ingresa a la cavidad torácica, perfora pulmón izquierdo rompe la costilla y sale
debajo la mama izquierda, no se recupera. Entro y salió. Ese causa una hemorragia en el
tórax izquierdo, ambas lesiones de los pulmones, con el orificio 3 son la que la llevaron
a la muerte, el 3 y 6.
El orifico n° 7, de salida, lo tenía en el antebrazo derecho con entrada y
salida y le rompe ambos huesos el cubito y radio. En el de salida tenía pequeños
fragmentos que se recuperaron.
En el rostro, orificio n° 8 sin salida, tenía un orificio en el maxilar
superior, orificio circular, que ingresa a la cara y rompe la cavidad ósea, la base del ojo,
no ingresa al cerebro, impacta a unos 8 cm y se fracciona y rompe todos los huesos. No
tiene salida. Se recuperan fragmentos.
Orificio n° 9 de entrada, se encuentra submaxilar izquierda, ingresa de
izquierda a derecha de arriba hacia abajo en diagonal y pega en la articulación, rompe
primera costilla y se fragmenta. Tampoco sale. Y lo último era una lesión contuso cortante
en la frente de una profundidad de 1,4 de 4 cm producto de un golpe con algo duro en la
frente. No tenía más lesiones.
En síntesis, son nueve entradas, cuatro con salida. De acuerdo la lesión
de la cara podría ser un décimo disparo.
¿Algún orifico de ingreso pudo haber reingresado?
Los orificios de salida pueden volver a ingresar al cuerpo. No. Si
hubiera entrado al cuerpo el proyectil pierde velocidad. El que ingresó en el antebrazo no
pierde tanta velocidad. En ese caso consideraría al orificio n° 2 ,de uno así por ejemplo
del brazo que tenía velocidad para atravesar el cuerpo. El 2 no era tan profundo. Pudo
deberse, pero no tiene manera de saberlo. Si hay un reingreso sólo es un solo reingreso.
Piensa que el 2 o el 1, pero cree que el 2 podría ser por las características
del mismo. El 2 impresionaba el ingreso en forma oblicua. Solamente uno podría ser de
reingreso.
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Había proyectiles que produjeron la muerte, el 3 que ingreso al tórax
ese causo hemorragia y contusión pulmonar y el n ° 6 con orificio de salida 9 causo una
gran hemorragia pulmonar eso lleva rápidamente a la muerte. Tenía perforado el intestino
en muchos sectores, también pone en peligro de muerte. Esa lesión debe ser tratado
quirúrgicamente.
¿La lesión que le voló el tabique nasal, encontró otra razón diferente
que se debiera a otra cosa que no fuera un proyectil? No.


Preguntas de la defensa:
De todos los orificios se hizo taco de piel. Eso se guardó en formol se
entregan las mueras con las cadenas de custodia. Se entrego a fiscalía. De esos tacos de
piel, tuvo respuesta. Se analizo uno. Pidió el resultado de uno de ellos. Que era compatible
con orificio de entrada.
Del análisis que realizo no se puede realizar el orden de las lesiones, no
quiere decir que sean de producción.
Se puede determinar la existencia de más de un tirador, no puede
determinar eso.
¿Lo de la nariz podría ser un proyectil o no serlo? No tenía tejido para
analizar, no lo sabe porque no había nariz.
De los orificios postmortem, se cree la muerte es un instante, pero el
cuerpo va perdiendo funciones, pierde la capacidad de tener respuesta ante las lesiones,
uno va perdiendo reacción inflamatoria. En el caso de ella, infería era antes de la muerte
tenía reacción inflamatoria, eran lesiones vitales.
No lo hace alguien que estaba con horas de muerto. Hubo reacciones
inflamatorias, hay vida aún.
Perimorten, hay funciones que siguen funcionando aunque la persona
ya no tenga signos vitales. Los primeros minutos todavía hay reacción celular. Postmorten
no hay reacción ni respuesta inflamatoria.


11. Testimonial Ingeniero Jonathan Javier Quiroga (fiscalía) DNI
xxx
Preguntas de la fiscalía:
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Es ingeniero químico, trabaja como perito forense en el área de
microscopía electrónica de barrido en el Laboratorio Regional de Investigación Forense
del Poder Judicial de Santa Cruz.
La tareas que llevan a cabo son peritajes de muestras que tienen o no
residuos de disparo y analiza muestras de fibras, cotejo de pinturas, en distintas causas.
Explica en qué consiste la prueba de GCR, para determinar la presencia
de residuos de disparos.
Las partículas características tienen una morfología y superficie de tipo
esferoides con superficie lisa y simultáneamente tienen elementos químicos
esencialmente plomo, antimonio y bario, estas partículas se producen en la combustión,
se forman a partir del fulminante, explosivo, fragmentos de gas propulsor, la vaina, el
cartucho, la bala y el arma de fuego.
Después otro tipo de partículas las consistentes que presentan uno o dos
elementos y otros asociados a elementos químicos, como un disparo de arma y otros.
La presencia de ambas da un dato importante ya que presenta residuo
de disparo en la muestra. En el presente caso se le ha pedido realizar un informe.
La conclusión de su análisis, fueron 5 muestras las cuales verificar
cadena custodia, el pedido y junto con eso se registró las muestras. Una del dorso mano
derecha, otro de la mano izquierda, las palmas derecha y izquierda.
¿Recuerda en la cadena de que persona era? en la cadena de custodia
decía el nombre de A.F.F.
Analizo estas muestras. El resultado del análisis podemos concluir que
se encontraron partículas características en las muestras en la mano derecha, zona palmar,
e izquierda zona palmar. Y también asociadas también a partículas consistentes también.
Luego se concluye que en la zona de la mano derecha e izquierda solo
partículas consistentes. En la muestra testigo no se encontraron partículas.
La muestra testigo no fue expuesta a elementos que se están
investigando. Para determinar si las otras muestras están contaminadas.
Preguntas de la defensa:
Decía partículas consistentes y características en zona palmar ¿el
disparo de arma en que zona de la mano?. La proximal no tiene identificado cual es.
Pág. -57-
Recibió cinco muestras, dos de la zona palmar dos de la tabaquera y una
más que es la muestra testigo. De la zona tabaquera, la conclusión que no se encontraron
partículas características pero si consistentes. En la izquierda mismo resultado en la
tabaquera, sin partículas características. Asociada con la descarga de un arma pero puede
provenir de otras fuentes.


12. Testimonial de Silvia Alicia Vanelli Rey (fiscalía) DNI XXX


Preguntas de la fiscalía:
Es licenciada en ciencias biológicas con maestría en genética forense,
se desempeña como Directora del Laboratorio Forense Regional del Poder Judicial desde
el 2012. Para realizar ADN para toda la provincia.
La victima de esta investigación es S.E. ¿recuerda haber
llevado alguna operación técnica? Si se realizaron dos pericias. La primera consistió
obtener el perfil genético de la víctima que la muestra había sido tomada en la autopsia
para identificarla genéticamente. Pudo ser detectado. La pericia se hizo en marzo del 2022.
La segunda pericia fue unos meses después a fines de julio se recibieron
muestras de uña, tanto de mano izquierda como derecha, para ver si obtenía perfil distinto
a la victima de ambas manos.
Se obtuvo un solo perfil genético femenino que coincidía con el de la
víctima. No había perfil genético de otra persona que no fuera diferente a la víctima.


Preguntas de la defensa:
¿Se hizo pericia de algún auto? Si, se realizó sobre una muestra pero no
se encontró material genético humano. Se realizó un hisopado que se había realizado en
un vehículo, no sabe de dónde que no recuerda por una presunta mancha hemática, se
hizo el análisis, el cual no arrojo resultados genéticos. Ese informe tiene que ver con el
auto. No recuerda de que porción del vehículo se tomó la muestra. Menos los datos del
vehículo.
¿Confecciono un informe? Si lo reconoce y se le exhibe. Reconoce su
informe de fecha 14/03/22. De donde se extrajo la muestra. Lee del informe, chapa
delantera sector medio inferior del vehículo Chevrolet Joy dominio XXX.
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El 24 de febrero se recepciona la muestra de la autopsia de S.E. Se realizo el test presuntivo si podía ser mancha hematica o no, el cual dio
negativo. Una vez que se obtuvo el perfil genético de la víctima y respecto del hisopado
del vehículo, se especifica que no tenía perfil genético. Fue indeterminado.


13. Testimonial Ingeniero Luis Martin Arce (fiscalía) DNI xxx


Preguntas fiscalía
Es geólogo. Está encargado del Laboratorio de IPG de la Universidad
de Río Negro, la ciudad de General Roca.
Recibió un pedido de análisis de GCR, el cual es la búsqueda de resido
de disparo de arma de fuego.
Recuerda el resultado que arrojó ese análisis suyo, en el caso NIR GCR
317 se verificaron partículas características, que especifican presentar composiciones
elementales que raramente son encontradas en otra fuente, como plomo, antimonio y
bario, calcio, silicio, estanio. Eso establece la norma. Las consistentes pueden provenir
de disparo de arma de fuego y de otras fuentes relativamente comunes. Las partículas
asociadas tiene composición en partículas ambientales y provenir de distintas fuentes.
El primer NIT 317 el resultado ambas muestras presenta partículas
características, o sea provienen de un arma de fuego.
La muestra 318 una de ellas, el orificio 4 presenta una partícula
característica. El resto no. El 324 presenta partículas características en orificio pantalón
jean. En el caso NIR GL325, las dos muestras orificio 4 y 5, manga derecha presentan
partículas características. El NIT GL 326 en ambas muestras orificio 6 y 7 presentan
partículas características.


Preguntas de la defensa:
¿Puede decir esas prendas a quien pertenecían? No tiene esa
información, según el oficio, a S.E.. Sólo recibe el nombre de la muestra.
Recibió las muestras con la debida cadena de custodia. Si con la cadena
de custodia debidamente sellado y en condiciones. Solo estos NIT recibió, 325 326 y 317.
¿Recibió prendas de vestir de A.F.? No recibió muestras para
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CGR.


14. Testimonial Perito Balístico Pedro Luis Quilodrán (fiscalía) DNI
xxx
Preguntas fiscalía
Es jefe del Depto. Analisis Balístico Legal del MPF con asiento en
Viedma desde 2017. Recibido policía federal en 2008. Es perito mecánico armero e
Instructor de tiro de armas cortas y largas
Ejerce profesión de perito balístico desde el año 2001. Trabajó 6 años
como perito en la policia de RN en el Gabinete de Criminalistica en Viedma.
¿Recibió una solicitud de intervención del MPF de Bche?
Si un oficio con petición de un punto pericial y análisis para material
balístico.
Se requirió que realizara una prueba empírica para determinar cuál es
la distancia máxima a la cual se deposita residuo de disparo, utilizando el arma de causa,
sobre una probeta, utilizando una prenda de igual características a la de la víctima y la
munición de iguales características del arma secuestrada.
El arma de causa se refiere al arma remitida desde Bariloche.
En este caso tenia los elementos el arma y las prendas, de ciertas
características, la tela particular que se denomina pelo de mono.
Realizó la prueba en condiciones de laboratorio, disparó ese cartucho y
empezó hacer pruebas, disparando sobre las prendas que remitió fiscalía.
Se pide que determine la distancia máxima, sabe que por las
características del arma, ese tipo de calibre y por ser un arma corta de muy alta potencia
ya sabe de antemano, que al menos debe poner al menos a 70 cm, la muestra de la prenda
a 70 cm de la boca de cañón y comienza la prueba.
Se produce un orifico en la prenda y se analiza el mismo. Alrededor de
ese orificio que partículas y suciedad quedo alrededor, es lo que permite determinar la
distancia.
El primer disparo a 70 cm arrojo resultado positivo. Existe pólvora
combustionada y semi combustionada sobre la prenda.
En la segunda prueba consiste mantener mismo parámetros, pero a una
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distancia de 120 cm y aquí con el disparo, y en el orificio resulto que existen residuos de
disparo.
En la tercera prueba, otro disparo iguales condiciones, con otro pedazo
de tela y lo aleja, 50 cm más, o sea 170 cm, entre el arma y la tela. Y en este caso ya no
existen residuos de disparo en los orificios.
La conclusión es que se analiza las diferentes pruebas y determinó que
la distancia máxima que se encuentran residuos de pólvora es de 120 cm.


Preguntas de la defensa:
Indicó que le remitieron secuestros, entre ellos el arma, vestimenta de
similares características. ¿Es para que su trabajo empírico utilice elementos similares a
los que surgen de la investigación? Es así. Se basa en lo que remite fiscalía.
¿Respecto el lugar donde se realiza esta prueba, donde es?
En el laboratorio provisto en la ciudad de Viedma, diseñado para este
tipo de pruebas.
¿Las condiciones climáticas o el contexto del hecho tienen influencia
en los resultados a los que pueden arribar? Así es, es determinante las condiciones
climáticas al momento del disparo. Puede influir, cabe aclarar tengo, temperatura,
humedad, presión, viento o lluvia.
¿Se le informo las condiciones climáticas donde se cometió este hecho?
Se informo ambiente abierto y natural. Estas pruebas se hicieron en
ambiente cerrado.


15. Testimonial Agostina Peralta (fiscalía) DNI xxx
Preguntas fiscalía
Manifiesta que trabaja en la Oficina Judicial de Bariloche desde el 2015.
Fue operadora de sala de audiencias el día 18/02/22. En esa fecha ocupaba ese cargo.
Recuerda que estuvo el imputado A.F.F. que está en
la sala. Se presentó como A.F.F.. Estaba vestido como hombre.
¿Recordás en su cara tenía algo en particular? Al principio estábamos
en pandemia, todos con barbijo, se lo bajó y tenía la cara normal. Tenía bello facial como
una especie de chivita o barba.
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Preguntas de la defensa:
En el inicio de esa audiencia, en la presentación, el juez le consultó por
sus datos, si era él y contesto que sí. El juez dijo sus datos.
¿Puede describir que es vestirse como mujer o hombre?
En ese caso tenía pantalón de jean y un abrigo arriba, no se acuerda
exactamente, tenía aspecto de hombre. Pero no sabe, es subjetivo.


16. Testimonial Karina Natalia Uribe (fiscalía) DNI xxx
Preguntas fiscalía
Trabaja en el MPF en la unidad de investigación desde el 2017 a la fecha.
Para asesorar en el punto de vista criminal. Toma legajos y plantea puntos de pericias. De
2011 al 2017 trabajó en el Gabinete de Criminalistica de Bche. Es docente en la escuela
de policía.
Tomo intervención el 18/02/22, a lpas 14:30 hs. asistió al segundo
allanamiento a cargo oficial Diaz cuando se encontró el arma de fuego.
Básicamente fue una inspección en el lugar, acudió con el detector de
metales y personal de Gabinete de Criminalística. La diligencia consistió en una
inspección del terreno del domicilio, tanto patio trasero y delantero y avanzar caminado
en forma lineal por el sector, planteando barras y pasando el detector de metales. Se utiliza
el detector a una distancia del piso a 3 cm y lo configuró para buscar plomo, para buscar
indicios balísticos.
La metodología se barre todo en el predio. El of. Diaz levantó la mano,
manifestando que encontró indicio, nos acercamos y encontró un arma de fuego que
estaba en un arbusto. Estaban los testigos presentes en todo momento.
Sacó el arma, con guantes y barbijo, se coloca en lugar seguro, se
verifica no este cargada, en ese caso no tenía nada, ni cartucho. Se toman fotos una vez
asegurada el arma.
Se tiene en cuenta los lugares que se toma contacto con el arma para
tomar ADN de contacto y reactivos en polvo, en la empuñadura, en la cola y martillo. El
resto del armazón y el tambor tiene superficie lisa de aleación inoxidable y se aplicó
reactivo en polvo y no se encontraron rastros papilares. Luego se rotuló y se genera la
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cadena de custodia.
Luego ingresamos a la vivienda. Seguimos en equipo, ella fue arriba en
la casa. Abajo había cocina, comedor, dos dormitorios y arriba otra habitación. Arriba no
encontró nada.
Diaz manifestó que encontraron algo, un cartucho que se lo dio en mano
una femenina que estaba en la vivienda y manifiesta que estaba en tarro de yerba, e
inspecciono ese tarro y no había nada más. El cartucho era punto 357 Manchester.
El 23/02/22 fue la segunda diligencia, en el ingreso del sendero de lago
escondido, hicieron una inspección con el detector de metales, también resultado negativo.
También se practicó una requisa al vehículo Chevrolet Joy dominio AD
xxx, por orden autorizada por el juez, el pedido era realizar una segunda requisa
vehicular, ya que ya habían realizado un inspección exterior personal de Criminalistica
días anteriores, ya era una requisa interior y exterior. En la Subcomisaría 55 estaba el
vehículo secuestrado. El objeto de la misma era buscar indicios balísticos, biológicos o
cualquier indicio que tenga que ver con la investigación. El resultado fue negativo.
También realizó un análisis de prendas. Tenían todas las prendas
secuestradas luego de la autopsia. Buscábamos detectar y analizar orificios en las prendas
de vestir producto de arma de fuego. Generalmente arroja positivo cuando el disparo es a
corta distancia o el arma apoyada. Esto es lo que hicieron con las prendas, se analizó con
luz natural, luego blanca y forense para determinar si eran orificios de arma.
Pudieron determinar, en casi todas las prendas, menos en los soquetes
y pantuflas, que había orificios producidos por arma de fuego. No se podía determinar si
eran de entrada o salida. Se tomó residuo del disparo del perímetro de los orificios. Se
analizaron y ubicando los orificios gráficamente, cotejado con la médica forense que
indicó cuáles eran orificios de entrada. Se mandaron a cotejar según la autopsia y eso es
lo que se mandó. Se enviaron al Ingeniero Arce.
También le solicitó Fiscalía, si podía determinar una secuencia fáctica
del hecho, de acuerdo todos los datos en el legajo.
Primero una secuencia fáctica, es analizar del punto de vista
criminalístico un hecho penal y la evidencia objetiva que tengamos en el legajo. Siempre
la hipótesis es en probabilidad.
Se hace una relación tripartita entre la víctima, el victimario y el lugar
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del hecho. Se toma información la objetiva, la que se trabajó en la escena del hecho, con
procedimiento policiales y pericias. Sólo se toma esa y se elabora una probable hipótesis,
para afirmar o descartar si fue un accidente o un homicidio, en un nivel de probabilidad
y llegar a armar una reconstrucción.
Describió el procedimiento llevado a cabo en el lugar del hecho y en el
cuerpo de la víctima.
Después las diligencias respecto al imputado, habían fotografías
tomadas por personal de criminalística, lo reviso el Dr. Chilo que estaba sin lesiones.
También se tomaron muestras en las manos del imputado de GCR, el
resultado fue positivo en ambas palmas, análisis a cargo de Quiroga.
Después en relación al arma, en la primera inspección se encontró
cartuchería calibre punto 357 Magnun, 31 cartuchos de una caja de 50, si estuviera
completa. Se hizo análisis balístico.
En el segundo allanamiento, se encontró el arma en la vivienda que tras
la pericias, se determinó era apta para disparo, buen estado de conservación y es arma de
guerra de uso civil.
Las pericias balísticas y armeras pudieron determinar que fueron
disparadas por el arma que se secuestró y la pericia que determinó la distancia máxima
de disparo que dio 120 cm, se hizo en laboratorio cerrado.
En su caso de ser hecho al aire libre, baja la distancia, en su experiencia.
Si esta prueba se realiza en un lugar abierto, hay variaciones, generalmente la distancia
se acorta, hay muchas variables, en su experiencia suele acortarse la distancia.
En el lugar del hecho se observaron manchas de sangre que estaban por
debajo del cuerpo, en la posición final del mismo. El piso estaba en desnivel y se corrieron
porque había flujo de escurrimiento. En el lugar se encontraron pertenencias de la víctima,
el celular y había varios indicios balísticos, lo que determina que es el lugar del hecho.
El arma de fuego secuestrada produce lesiones, sangrado, orificios
producto de los disparos, vainas, en la víctima había orificios y en la prendas.
El principio de correspondencia es comparar en este caso en el cotejo
de proyectiles dentro de la víctima y el arma que se secuestró, que fue el arma que produjo
los disparos.
Y en cuanto el principio de probabilidad, hay que determinar si fue un
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homicidio porque se encontró desorden, un cuerpo e indicios balísticos, las prendas
estaban corridas, ese desorden en las prendas de la víctima, da indició que no estaba sola
en el lugar. Se comprobó la ausencia de arma en el lugar.
Se descarta suicidio, porque en ese caso hay orden, el cuerpo tenía
varios orificios y en la espalda no podría hacerlo solo, se descarta suicidio o accidente.
Sería un solo disparo si fuera accidente o suicidio.
El celular se halló estaba por debajo de la víctima. El cual se encontró
cuando personal idóneo dio vuelta el cuerpo.
Con todo esto se puede armar una secuencia fáctica. En una
reconstrucción virtual en 3D. Para eso
Explicó cómo se lleva a cabo la misma desde lo técnico. También
trabajaron con el perito balístico Pedro Quilodrán. Esto es una probabilidad, la más alta
en relación a los elementos objetivos que se tienen. Esto es de luz de día y esto fue de
noche. Se marcaron trayectorias de balística, no es única hay un cono de probabilidades,
y se traza una línea de trayectoria balística. El eje está, pero se puede mover de acuerdo
a las probabilidades.
El orden que se muestra es no hay forma de determinar cuál trayectoria
fue primero, solamente están viendo las trayectorias, la posición más probable de la
víctima y del victimario, con el orificio de entrada o salida y la lesión que produce, según
lo determino la Dra. Lacuadri.
En relación a las muestras tomadas, Arce analizo las muestras del
perímetro de los orificios de las prendas de vestir y Quiroga analizó las muestras de las
manos del imputado
¿Pudo haberse defendido la victima? La evidencia objetiva, dentro de
la probabilidad, existe que se haya defendido. Sobre la piel no había otra lesión de otro
tipo. Lo que se observó, que cuando uno se cubre, tenía una lesión en el brazo. En cuanto
al análisis que hizo la Dra. Vanelli, no encontraron material biológico de terceros debajo
de las uñas de la víctima, por lo que se puede concluir que no hubo contacto fuerte con la
otra persona.
Preguntas de la defensa:
Trabaja en la órbita del MPF. Hace un análisis de los elementos
objetivos de la investigación. Y llegó a esas conclusiones.
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Respecto del informe del OITEL sólo hizo una parte, porque luego lo
trabajo el Ingeniero Baffoni.
¿Sabes si hay un Guardaparque en la zona? Desconoce. Fueron en auto
y por el lado de la ruta de circuito chico, y después al puente del lago Moreno. En ese
trayecto no vio ningún domicilio.
En tu análisis, en la página 45, planteas hipótesis e indicás descartando
suicidio o muerte accidental. Y marcás específicamente en el punto 5 que en el lugar
habría indicios suficientes y variados para descartar accidente y suicidio. Así es.
¿Tuvo acceso a los resultados de las pericias para hacer su informe? Si
accedió a los resultados para llegar a las conclusiones.
Respecto del volante de la segunda requisa no se analizaron las
muestras del interior del vehículo. No se encontraron orificios en el auto.
El informe del OITEL sólo analizó una parte del extracto. Recuerda
fueron los mensajes entre imputado y víctima, y se marcaron determinados horarios y se
copiaron textos. Si lo viera lo recuerda, si está en el informe.
Lee informe, hay una línea de tiempo entre imputado y víctima, de fecha
16/02/2022. S. a A., hora 01:13, mensaje decía: “hola”.
Las posiciones más probables de las posiciones de trayectorias de los
disparos, acá se puede determinar probabilidad alta y existe infinidad de probabilidades.

17. Testimonial de A (A.) A. (defensa).
Interviene la intérprete del idioma portugués Marianela Orozco, DNI xxx
Preguntas de la defensa:
¿Conoces Bariloche? Conoce cuando vino a cuidar los gemelos para
A. Eso fue en el 2020, porque A. estaba con problemas personales, y le pidió
que alguien venga a ayudarla y estaba con problemas psicológicos y estaba sobrecargada.
¿A quien se refiere con A? Porque hace mucho tiempo había
manifestado que quería hacer la transición y eligió el nombre A.
Conoce A. desde los 15 años y se llamada F. y se disculpa
que se hacía llamar F. Nunca se sintió un chico y tuvo problemas para hacer la
transición antes, cuando vino acá a Bariloche comenzó con las hormonas.
Trancisionar es nacer en un cuerpo y no identificarse en ese cuerpo, es
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cambiar de género. Esto lo manifestaba A desde hace bastante tiempo atrás, pero
lo empezó a realizar tiempo después.
Cuando vino a Bariloche en 2020 ¿como vino? M. le compró los
pasajes de avión y quien la fue a buscar al aeropuerto fue A.
¿Quienes vivían en la casa? Ella, A, M. y los gemelos.
¿Puede describir cómo comenzó este transicionar de F. a
A? Conoce a A.desde 15 años, vivían en ciudades vecinas, comenzaron a
hablar por internet, tienen casi la misma edad. A luego comenzó una relación con
otra persona a los 18 años y perdieron contacto. Ella fue siempre una persona más
femenina, nunca demostró ser hetero. A los 22 termina la relación y vuelve a casa de los
padres y allí conoció a D. (E.). No tenían tanta intimidad con D. como con
A.
Y después con el pasar del tiempo conoció a M. y se vino a vivir
con él. A le menciono que quería hacer una inseminación y que conocía una
persona que hacía eso y ahí la hicieron. En 2020 vino para acá. Se percibe mujer.
Ella se considera mujer trans, eso desde antes de 2019 ya había
manifestado querer hacer cirugía de mamas y cuando vino empezó con las hormonas,
pero no podía concluir eso porque M. no la dejaba, M. sabía que se percibía
mujer y hablaban delante de él, pero no quería que haga esa transición.
¿Las hormonas las tomaba A.? Dice que no estaba tomando pero
que después que ella se fue de Bariloche y empezó con las hormonas, no se quedó mucho
menos de un mes, porque M. tenía celos de ella por las conversaciones que tenía
con A.,
¿Como sabe que empezó a tomar hormonas? Mantuvieron contacto y le
contó. También consiguió hacerse la cirugía estética de la panza.
¿Porque tomaba hormonas? Ello ayuda al cuerpo a parecerse a un
cuerpo de mujer, deja de crecer pelo, crecen los glúteos etc.
¿En la casa cuantos niños eran? Dos chicos.
¿El cuidado de A. con los nenes? A. hacía de mamá y papá,
los bañaba, cambiaba los pañales preparaba mamadera, siempre ella.
Nunca vio a M cuidar a los chicos, sólo los agarraba para hacer
video llamada con la familia y después los dejaba.
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Quien les daba remedios e iba a farmacia era A.. ¿Vino a cuidar a
los gemelos? Porque A. estaba sobrecargada, no podía hacer la transición, no podía
trabajar, tenía que arreglar la casa.
¿Como exteriorizaba A. su percepción? Tenia secador de cabello,
se colocaba maquillaje, tenía sacos de mujer.
M. era gerente en xxx y la puso a A. a trabajar.
¿Como iba a trabajar vestida A? Ella, como a M no le
gustaba lo de la transición, iba con la ropa de hombre que elegía M, aunque igual
se colocaba maquillaje en la cara.
¿Fueron a pasear en Bariloche? Salieron tres veces, dos con M. y
otras con A. solas. En una fueron aun restaurant con los nenes y después fueron a
un mirador cerca de la casa. La tercera vez fue con A., M. le bloqueo la cuenta
a A. y siempre le pedía el GPS a disposición para saber donde estaban.
¿Como es el proceso de transición? Todo comienza cuando la persona
no se identifica con el género que nació. Ella se empieza a sentir mal por la vestimenta y
mal porque las personas no la ven como se siente. Ahí decide hacer la transición para que
se vea como se siente.
Ahí empieza tomar hormonas y cambiar la forma de vestirse, hacer
cirugías hasta llegar a parecerse físicamente a una mujer.
¿Esto lo vio producirse en A.? Si, siempre le gustó arreglarse
desde los 15 años. ¿Cual es la auto percepción de A.? Desde el 2020 hasta acá se
considera una mujer trans, porque hizo lo que quería hacer hace mucho tiempo.
En relación a su carácter ¿como es A. ? A. siempre fue la
que más hacia bromas en el grupo, la que más alentaba para salir, la más extrovertida de
todos.
¿Cuando vino a Bariloche tiene fotografías? Si. Se muestran fotografías.
¿Como es para una persona la transición en Brasil? Acá es muy
burocrático, muy difícil cuando haces papeles son muchos, entregas unos que vencen,
lleva mucho tiempo. En el tema de las hormonas también. Ella no logró cambiar los
documentos aún y también está en proceso de cambio.
¿Como se vive esa etapa de transición socialmente?
A los 18 empezó sus transición, pero a los 15 asumió que era mujer, la
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madre la tenía encerrada en la casa porque en Brasil es peligroso ser así.
Ya a los 18 tuvo incidentes, la agredieron y es el país más reticente a los
trans y a su vez es el país que más consume pornografía trans.
¿Se sintió acompañada por su pareja en la transición? Si se sintió
acompañada y la ayudó a comprar sus hormonas.
¿Considera que la falta de apoyo de M. fue el principal motivo que
no pueda hacer su transición tardía aquí? Si puede serlo, cree que no tenía apoyo de él,
no tenía otro familiar acá que M. y cree que sí.
¿Sabe si A. quería ser madre? Con toda seguridad sí. ¿Desde
cuando? No se acuerda con certeza cuando, pero hace mucho le dijo que quería adoptar
o hacer inseminación.
Cuando compartió la cotidianidad con A ¿era madre de estos
niños? Totalmente.


Preguntas de la fiscalía:
¿Cuando se conocieron? Ella tenía 15 y A. 16. Primeramente el
vínculo se generó por internet y se mantuvo así. Vivian en ciudades vecinas y el pasaje
era caro y el vínculo era por internet. ¿Con cuanta frecuencia se veían?
De 10% se veían un 3%. Hacían video llamada por internet. Se
considera amiga por haber salido de Brasil a cuidar sus hijas.
¿Hay sentimiento de amor de amistad? De amistad si y amor mucho.
¿Te gustaría sea beneficioso tu testimonio? Si es beneficioso para ella
mejor, pero está para decir la verdad. La testigo a los 15 sabía que era mujer, su madre no
aprobaba mucho la situación. A los 18 comenzó la transición, cambio totalmente a los 18,
siempre quiso ser mujer. Cuando uno es joven tiene un duda, pero a los 18 tenía certeza
que era lo que quería.
¿Cuanto tiempo tardo en verse como una dama? Menos de un año.
¿A. quería a transicionar desde los 15 años. Es así? Si
¿Porque pasaron 14 años a punto tal de verse como varón?
La familia de A. era de la iglesia y ella piensa que esto haya sido
un problema y las relaciones de A como que la poseían, siempre con persona que
hacia lo que tenía que hacer lo que otros querían.
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¿Porque todas las personas que tienen contacto lo llaman F.?
Otras personas siguen llamándola por su nombre masculino, no sabe porque depende de
las personas.
¿Y por qué no guarda aspecto femenino hoy? Al mes de junio sigue sin
tener un aspecto femenino. No lo sabe.
¿Cuándo se enteró de la muerte de M.? Después de lo de D, se
enteró de lo que pasó con M.
¿Es posible que tomando hormonas crezcan bellos en la cara? Si los
pelos crecen por causa de la testosterona.
¿Sabe que acaba de decir que los pelos crecen menos? Los pelos crecen
menos, pero continúan creciendo.
¿Ud toma hormonas? Si toma hormonas.
¿Cómo explicás que con la oportunidad desde agosto de transicionar,
que no está más M, al día de la fecha el sigue pareciendo un varón? Ella no puede
decir porque se enteró del fallecimiento de M. después de lo de D.
¿Como te presentas? Como A.
¿Porque hasta 10 meses después de ser detenido F. se presentaba
como F.? No sabe. ¿M. era un dictador y F. hacia todo lo que le decía?
Para ser sincera el tiempo que estuvo acá sí.
¿Como es que en Brasil era muy burocrático y lo lograste en menos de
un año? Porque transicionar es para uno, no para los demás.
¿A los 18 conseguiste verte como mujer? Si
El viaje a Bariloche ¿quién lo pago? M porque A. había
hablado con el.
¿Conocía a E.? Sólo por mensaje y llamadas que la vio a ella
hablando con A., no con ella.
F. te dijo que E. había hecho varias inseminaciones? Las
personas comentaban
¿Te comunicabas por Facebook con F.? Empezó por Facebook
y luego ya por WhatsApp. Surgían muchos Facebook truchos de A. y empezaron
hablar por WhatsApp
Si es amiga en Facebook ¿cómo es el perfil de A. en facebook?
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No sabe no lo usa. Esta como F. (fiscal).
¿A. le había pedido que le diga F. Desde cuándo y por qué?
F no es masculino ni femenino no se acuerda desde cuándo.


18. Testimonial de A.F.S.(defensa) DNI XXX-
0
Preguntas de la defensa:
Es hermana de A.F.. ¿Donde crecieron? Siempre vivieron en
el mismo lugar y A siempre tuvo amigas mujeres.
La familia eran tres hermanos, mamá y papá en la casa. En la escuela
nunca dio trabajo a los profesores, era muy inteligente. Siempre lo elogiaban y no tenía
problemas de género femenino o masculino. Ella es 1 año y 2 meses más grande. Siempre
estuvieron en la misma escuela por 9 años, ella iba a la mañana y A. a la tarde.
¿Con qué género se auto percibe A. ? Desde los 16 años era más
femenina, no hacia cosas con su papá, se ponía toallas en la cabeza, le gustaba lo femenino,
los perfumes o ropas larga para no mostrar su cuerpo.
¿La familia cómo lo tomaba?
Al principio era muy rígido por la iglesia, pero desde chiquita ella y su
mamá percibían que era su sueño, siempre quería irse de Brasil para ser más libre porque
el pensamiento es más cerrado en cuanto al cambio de género. La iglesia era Asamblea
de Dios. Comparte fotos.
¿Cuando fue hecho el perfil el facebook? En 2012, pero la foto de mujer
la colocó el año pasado.
¿Como era la vida de A. cuando vino a Bariloche? Al principio
fue la realización de un sueño venir a Bariloche, sería todo nuevo, una vida nueva, eso
era maravilloso, empezaría de cero. Acá podía ser quien se sentía como mujer, porque
allá tenía miedo de salir así porque a veces hasta mueren cuando salen así.
¿Con M. como era la relación? Todos los días hablaba antes de
que se casó con M. y después de M. él quería que estuviera más tranquila.


Preguntas de la fiscalía:
¿Son muy unidos? Si siempre desde la adolescencia eran muy unidos.
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Todos los días lo llamaba entre las 9 y 10 horas.
¿Actualmente? No porque trabaja, no tienen mucha frecuencia está
trabajando y manda una noticia que está bien, pero no tan frecuente. Tiene 30 años tiene
ahora. Siempre muy unidos, siempre contaba sus cosas, le había manifestado el sueño de
tener hijos propios o adoptados.
¿El sueño de venir a Argentina era para ser mujer. Por qué no lo hizo?
E. no quería salir con ella vestida de mujer, no quería que pensara
que eran dos mamás. ¿Entonces cuando E. estaba viva ella era F? Sólo
cuando ella no estaba cerca podía ser A.
¿Está en tu conocimiento si F. transicionó en Brasil para ser
mujer? Allá comenzó en su ciudad con hormonas y fue a un psicólogo.
¿Sabes porque continúo presentándose como F.? En un
principio por la documentación. ¿Conoces A.A.? Si la conozco, ella fue la
niñera de los bebes cuando trabajaba.
¿Sabe la historia de A.? Cree que se conocieron en Argentina y
después vino a cuidar a los niños.
¿Sabes si realizo algún trámite en Argentina para cambiar genero? El
año pasado quería hacerlo, durante el año 2022
¿Sabes si al momento de contraer matrimonio, cómo dijo llamarse y qué
género expresó? En el casamiento uso F. y el género no lo sabe.
En relación a las fotografías, sostuvo que los padres no lo dejaron
aparecer como mujer y que luego cuando termino la fiesta de la iglesia tuvo libertad, ¿por
que no parecía hombre? La fiesta era menor de edad y después cuando fue mayor estuvo
bien que elija su camino.
¿Por qué a partir de ese momento no manifestó ser mujer? Pueden
observar a partir de esa foto ya comenzó a cambiar la cejas el pelo, etc. Ropa de mujer no
porque sentía miedo y en los trabajos tampoco porque no era aceptado.
¿Por qué se sigue manifestando como hombre? El era más femenino,
con las personas que lo conocían ya sabían que se sentía mujer. En esa época no lo tenía
asumido con sus padres. Y le compraban la ropa. El pelo corto, intento teñirse y le salió
mal, debió cortarse el pelo.
¿Las fotos 5 y 6 quien las saco? Es una selfie, si la saco A.
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¿Sabe si esa selfie fueron editadas? No fueron editadas, se la sacaron
ahí una selfie. La ultima fotografía antes de ser detenido en el supermercado ¿Por qué es
la apariencia es de un varón? Porque probablemente D. no le dejaba salir como mujer.
¿Mientras D. estaba se comportaba como hombre? Si.
Todas las personas que se interrogaron lo llaman F (fiscal). Ella
cree que las personas que no sabían que él quería cambiar de nombre. Ella sabe que es su
sueño y la trata como mujer.
¿Sabe por qué continua pareciendo hombre? En la situación que está
ahora no puede hacer mucho, si estuviera libre lo haría.
Mientras E. estuvo con vida ¿el se mantenía como varón? Si.
¿Compartiste con D. cuando estaban en Bariloche viviste con ellas?
No. Dice que iba a venir en enero y después sucedió todo esto y por eso no vino


19. Testimonial Doctora Verónica Martínez (Fiscalía) DNI xxx
Preguntas fiscalía:
Es médica, trabaja en el CIF, psiquiatra y medicina legal. Desde 2015
ingreso CIF titular de psiquiatra forense. Su área de competencia es la psiquiatría, la
competencia fundamental estudia, diagnostica y se realiza un tratamiento de los trastornos
mentales.
¿Recuerda si le fue solicitado intervención en este legajo? Si pedido por
fiscalía, informe pericial respecto A.F.Realizó en dos entrevistas.
Fundamentalmente se trabaja mediante entrevistas, se realizaron 2. El 7 y 9 de marzo de
2022. Explicó la metodología empleada.
En el momento se presentó como F.F.A.
¿Advirtió alguna rotura lógica en el relato del periciado? Si, hubieron
muchas contradicciones en el relato, por ejemplo en lo vinculado o esencialmente con sus
principales relaciones por las que fue rondando la conversación. Se refiere a la relación
con su marido y E. En ambas surgieron muchas contradicciones.
Por ejemplo refirió de su esposo, que al principio de la relación era casi
perfecta, se conocieron por las redes, con posterioridad que A. le plantea a R.,
que su máxima aspiración era tener niños, manifestó que cuando logró que le diga que sí,
Pág. -73-
dijo con este hombre me caso. Describe una familia perfecta.
Luego de repente ¿qué pasó con M.? ¿Por qué falleció? Dijo
bueno tuvo problemas pulmonares y me di cuenta que la relación era abusiva y estaba
siendo violentado económicamente por él.
¿Sostuvo por qué motivo? Por la no disponibilidad económica porque
todas las cuentas eran manejadas por su esposo.
En su relación con E. surge todo el tiempo aparece una relación
de amor y odio. La describe como la mejor amiga, le ofrece lo que más deseaba en la vida
que era sus hijos, ofreciendo su vientre. Había una relación amorosa, de amistad y de
repente describe como en una posición de enemigos, porque alimentaba mal a los bebes,
porque estaba perseguida, decían que la iban a matar. Que le generaba una persecución,
a preguntarse ¿que quiere de mí? Es una posición paranoide, a una posición donde se
pierde la confianza. Coinciden las relaciones ambivalentes con M. y E.
Respecto a E. y la situación económica, el describió cuando se
reencuentran, A le comenta que se había casado, que estaba contento y que venía a
Bariloche y ella le habría comentado que estaba con problemas económicos y ahí surgió
lo de la inseminación artificial.
El día del hecho, 24 hs. antes, refirió que había desaparecido dinero, si
mal no recuerda son 3 millones de pesos y no los encontró en su domicilio.
¿Cómo es el estado psicológico de A. al momento de las entrevistas?
Se presento como una persona correcta, muy bien orientada en tiempo
lugar y espacio, una persona que se le explico qué consiste la pericia y el manifestó
comprensión y aceptación en la realización. No encontró alteraciones psíquicas básicas,
atención memoria y percepción estaba todo correcto.
Las ideas de su pensamiento eran paranoides. Alguien que tiene
desconfianza, suspicacia, carece de posibilidad de armar genuinas relaciones porque está
todo el tiempo escaneando su entorno a ver si alguien le hace algo. Todos tenemos
cuestiones paranoides, ejemplo, salí de casa para volver a cerrar la puerta.
Ejerce un rol, el problema cuando pasa a un extremo y pasa a ser un
delirio y se aleja de la realidad. En el caso de A., advirtió el perfil paranoide, pero no
había corte con la realidad.
Esto nos posiciona en los vínculos que armamos. Es la dificultad en
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confiar en otro. Está todo el tiempo esperando que lo ataquen. Hay una posición defensiva
necesaria para generar vínculos sólidos.
¿Hizo referencia algún fallecimiento de un ser querido? Cuando
hablamos de su esposo, manifestó que murió. Que tuvo problemas pulmonares, que se
sintió abusado y violentado económicamente. No hubo conmoción afectiva o emocional
en su relato.
¿Pudo detectar características de su personalidad? Está vinculado a una
vivencia paranoide que lleva desconfianza, el relato era fundamentalmente centrado en sí
mismo. Egocéntrico. Un auto concepto elevado, como una valoración un poco por encima
de la media que puede con todo. Eso acompañado de la impronta paranoide. En esta auto
valoración elevada había como una vivencia utilitaria del otro.
Conoce a M., le da el sí para tener chicos, se casa, se vincula con
E. y encuentra en ella los hijos que desea, a eso se refiere con relación utilitaria.
¿Los puntos de pericia cuales fueron? Fundamentalmente si había
padecido algún problema psiquiátrico o psíquico y si podía encontrarse en una situación
de inimputabilidad. Se le consultó de respecto de la impulsividad y frenos inhibitorios,
eso ocurre en determinadas circunstancias, ocurren en personas drogadas, epilépticas, etc.
En este caso no encontró indicios de ello.
En el momento de la evaluación no encontró que fuera portador de
alguna afección psiquiátrica grave y referida al momento del hecho. Para hacer eso se
evalúa que paso antes, durante y después del hecho. En este caso el homicidio. Lo que
surgió en el antes para ver si estuvo gobernada por alguna enfermedad mental o trastorno
psíquico que lo lleva a cometer delito. En este caso surge un antes, en el cual hay varios
elementos, la desaparición del dinero, el pedido de E. de un seguro de vida, un arma
en el auto, hasta ahí la primera parte.
¿La persona que comete este homicidio estaba motivada, había una
motivación? Una persona encuentra le falta dinero, conduce un auto hasta zona oscura,
boscosa, sin otras personas cerca y ejecuta el acto criminal, en ese durante encontramos:
la autopsia surgieron 9 orificios de entrada, quiere decir que acorde lo que surge de
autopsia, porque se habla de un arma que solo puede cargar 6 proyectiles y estamos
hablando de 9 orificios que entran, en algún momento había que tener la suficiente lucidez
de recargar el arma.
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Otro tema es en una zona oscura, no es personal de seguridad, no estaba
entrenada en manejo de armas. Acertar 9 disparos en la oscuridad sobre el cuerpo de
E. Cuanta aptitud para disparar, cuantos disparos se puede acertar en esas
condiciones.
Después de esto vamos al post, el después, vuelve al vehículo, descarta
el arma, vuelve a su casa, pero empieza esta cuestión de mensajes, llamadas, manifestando
su inquietud por el no regreso de E. Ahí surge otra cosa, en los dichos de A.,
siempre se iba ¿por qué ese día se preocupó tanto y lo expresó?
¿Esta persona estaba cursando un trastorno mental en este derrotero?
Su conclusión la lleva a pensar que no. En los disparos, me va a matar,
es la vida de ella o la mía. Hay una figura de trastorno mental transitoria en que la persona
pierde su perfecta lucidez. Como el estado crepuscular, el estado de estar medios
dormidos. En el trastorno mental la lucidez está comprometida. No voy a tener la lucidez
que se requiere.
El durante en ese punto de ninguna manera podemos decir que la
persona cursaba un trastorno mental transitorio, porque cargar una arma tiene que estar
en un estado de lucidez, por eso el análisis y la conclusión, es que hubo un acto planificado
de un arrebato emocional, teñida de la vivencia paranoide, cree que estamos más cerca de
una planificación precaria, no perfecta, pero es una planificación. La conducta durante el
hecho es de una persona que planifica.
El punto de pericia no encontró trastorno mental y presentaba aptitud
para diferenciar lo licito de lo ilícito y para gobernarse.
¿Hizo referencia a una presunta auto percepción? No, en absoluto.
¿Hizo referencia a su deseo de ser A? No para nada, se presentó
como F.
¿Hizo referencia al carácter egocéntrico y carácter utilitarista, esto de
pedir que la llamen A, efectuada 10 meses de iniciado el proceso? Podría ser, no
necesariamente.
Un psiquiatra clínico y forense ¿en qué se diferencian? La parte clínica
o asistencial y el forense, se diferencia con la medicina legal, ejemplo emoción violenta,
no existe clínicamente, la forense permite la formación con valoración legal.
Está referido a punibilidad, si alguna persona tiene falencia en sus
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funciones psíquicas. Los psicólogos forenses sí tienen formación, podrían advertir si una
persona tiene las características en las que aplica el art. 34 del C.P.
La planificación del hecho, dice que 6 disparos carga el arma, se
¿necesita llevarse más municiones para cargar? Forma parte de la planificación.


Preguntas de la defensa:
¿Puede indicar el lugar exacto en el que hace referencia en el informe
respecto del arma y de cargar la misma? Esa información cuando confecciono el informe,
no la consignó ¿La introduce aquí luego que se entrevistó con el MPF? Las entrevistas
fueron en marzo. ¿Tiene acceso al legajo? No está esa información en el informe.
¿En ese informe recuerda haber consignado algo respecto del pánico?
Cree que sí. Parte final de la tercera hoja, “Entonces describió el pánico se apodero de él”
leyó del informe.
Luego cuando refirió ¿podría expresar qué es lo que consigno? Las
conclusiones están vinculadas con las opciones planificación versus estado de emoción
violenta o trastorno emocional con compromiso de la conciencia, la evaluación general
apunta en su opinión (por los antecedentes obrantes en el expte., lo que pudo leer, la
descripción del hecho) a una estrategia planificada más que al pánico o emociones.
¿Consulto el trabajo de la defensa? No.
Afirma que consigno en el informe que debe señalarse que el
examinado si podía haber actuado acorde a la vivencia que sostenía y en su propia
protección.
Respecto de la metodología que usa a través de una entrevista ¿se valió
de algún otro recurso? No. Podría pedir una evaluación neurológica, son estudios
complementarios, eso se pide cuando surge un indicador que justifique ese pedido.
Habló de contradicciones en los vínculos de A. con M. y
E. Esto la lleva a la conclusión que hay contradicciones. ¿Es posible que las
relaciones cambien? No porque en la relación con el marido planteó todo junto. Entiendo
a qué apunta, pero él en un momento describe que era todo perfecto, pero después al
hablar del fallecimiento no era tan perfecto, se sintió abusado violentado económicamente.
En relación a E. todo el tiempo manifestó una relación amiga-
enemiga.
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Cuando hace referencia estado psíquico actual de A., hace mención
a estas ideas de corte paranoide, le agrega algo más, la posibilidad de haber sido
perseguido o haber estado en peligro de muerte. Es verosímil, es una vivencia paranoide,
podría ser no verosímil, sería si vienen marcianos y me matan.
Estas ideas de corte paranoide están incluidas en los trastornos de
personalidad. Estas ideas que encontró en A. ¿qué efecto tienen en lo conductual hay
un efecto en la conducta? La susceptibilidad, la dificultad en vincularse, la desconfianza,
el escaneo del ambiente buscando amenazas, buscando detectar.
Respecto de la auto percepción ¿Pudo indagar? No, porque cuando le
pregunto el nombre le manifestó ser A.F.F.. Ninguna entrevista se graba.
Ud a la fecha de la entrevista indicó que tuvo acceso a los antecedentes
del legajo ¿lo ingresan a través del sistema choique?. Si
Recibió cual había sido el hecho que describió la fiscalía. Si la
descripción del hecho no recuerda.
¿Lo que ud. sabia antes, durante y el post del hecho, fue incorporada a
través de esta información? No hace referencia de estos datos a la persona entrevistada.
A esos datos llega luego de hacer la entrevista.
Respecto la relación con E. ¿de un vinculo de amor odio? No se
si maté a mi amiga o mi enemiga. Eso dijo.
¿Que consigno en su informe? ¿Era su amiga o enemiga? Esa era la
pregunta, A. indico que ella le habría dicho que lo amaba.
En la entrevista ¿advirtió algún sesgo de genero? No.


Repregunta el Fiscal: En relación de las ideas paranoides de A. ¿lo
alejó de la realidad? No.


20. Testimonial Dr. Jorge Esteban de Luca (defensa) DNI xxx
Preguntas defensa:
Es médico especialista en cirugía estética y reparadora. Recibido en la
UBA. Trabaja en el Sanatorio San Carlos hace 22 años. También trabaja en HPR. Para el
año 2020 trabajaba en el “San Carlos”. Le han informado para que lo citaron.
Hubo una muerte de una chica aparentemente de arma de fuego y que
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está imputado A.F.F., tiene entendido. Él fue su paciente. No recuerda cuando,
pero hace uno o dos años, no recuerda la fecha. La historia clínica esta archivada en el
sanatorio. Se la han mostrado en fiscalía y reconoció su intervención. Reconoce su letra
su firma y sello. La fecha indica 23/09/2020.
Breve descripción, abdominoplastía, cirugía reconstructiva abdominal
cosmética. Recuerda que lo atendió un mes antes, con consultas previas para realizar la
cirugía, se realizó el prequirúrgico y el 23 se hizo la cirugía. Tuvo una breve internación
el 24.
El diagnostico involucra procedimiento tanto reconstructivos o estética,
el paciente por voluntad propia consulta solamente para mejorar su estética. No había que
reparar. Tiende a mejorar la apariencia en una reducción de grasa abdominal solamente.
¿No le pregunta como se auto percibe en su género? No, porque sería
hasta ofensivo. Diferente cuando el paciente manifiesta inquietud. No se dio en el caso.
El paciente se presentó con características masculinas y quedo constatado en la HC
cuando se lo solicito.
Las consultas previas fueron un mes antes. Nunca ingresó al consultorio
ningún acompañante, desconoce si había alguien en la sala. Por lo que escucho de una
persona, alguien cuidaba a sus hijos, pero nunca vio esa persona. Sabía que había niños
afuera, de hecho le pregunto porque venia con infantes tan pequeños a la consulta.
El nombre y apellido era A.F.F. no recuerda el nombre, los trata
por el apellido no por el nombre. El manifestó que era brasilero.
¿Esta persona le consulto por otra cirugía? Si posterior a los resultados
de la cirugía, le consulto por otro tipo, si mal no recuerda una de nariz y una de achicar
el largo de la frente.


Preguntas de la fiscalía:
El objetivo era la reducción de grasa abdominal, exacto. Esa se las
hacen las mujeres o varones, se la hacen tanto hombres como mujeres. Cuando se presentó
como A.F.F. ¿era para adquirir imagen femenina? Nunca.
A su criterio siempre se presentó como hombre.
Esta operación para achicar la frente o la nariz ¿son por hombres o
mujeres? La rinoplastia es solicitada tanto por hombres y mujeres de distintas edades.
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Esa no se utiliza mucho de la frente no es muy común. Es la reducción
de grasa en cierta parte del cuerpo, en otro lugar podría tener otra connotación, es
frecuente en hombres y mujeres.


21. Testimonial Lic. Luciano Raúl Lozano (defensa) DNI XXX
Preguntas defensa:
Trabajador Social en 2004 en la Universidad de la Plata. Hace unos años
está en el MP de la defensa. Trabajo por requerimiento de la defensa pública. Los informes
son objetivos.
Por la imputación de A.F.F. intervino realizando una pericia
contemplando diversos puntos. Lo realizo en octubre del año pasado. Es muy importante
se haga en un clima tranquilo y que la persona se pueda desenvolver libremente. Se hizo
aquí en la defensoría.
Hablas de detenida, una conclusión que terminó arribando por la
entrevista que tuvo. Es una persona que se auto percibe mujer, por eso me refiero a ella.
No es la primera vez que entrevisto personas que se auto perciben distinto.
¿De que te valés de que una persona se puede auto percibir? Lo más
importante que pronuncie la persona y la coherencia de su vida.
Tiene un recorte situacional y es resultado de una entrevista, se vale del
proceso del trabajo social y el relato de la persona
Por lo que expresó, es una persona que se desde años se auto percibe
como mujer y estuvo tendiente a lograrlo. Según su experiencia no encontró elemento
para pensar que estaba mintiendo.
Conto que estuvo 2 años en un lugar para dejar de ser gay lo cual no
resulto.
En su propio relato el objetivo era transicionar a nivel físico.
Una persona se puede sentir mujer sin verse como una. Es la auto
percepción.
Esta construido socialmente como es una mujer, la cultura modela como
son los géneros. Son construcciones culturales.
Por otro lado, en nuestra sociedad actual es muy difícil manifestar que
sos un género distinto al que se percibe.
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Tiene que ver con el uso de la letra “e” no tiene que ver lo biológico,
somos seres humanos. La auto percepción engloba las diversas percepciones sin
discriminar.
La complejidad de este concepto y que no se debe probar, y teniendo en
cuenta la entrevista, en ese análisis ¿llegaste alguna conclusión? Si, es que se auto percibe
como mujer por más que no se ve como mujer.
En el relato de su historia era de larga data, es algo de larga data. De
acuerdo a lo que manifestó sí.
Sabes que se esta investigando ¿advertiste alguna mirada
discriminatoria por otro? No.
¿Qué es el sesgo de género? La complejidad de estos procesos,
heterosexual es la norma, lo que está bien. En relación a E. ¿advertiste sesgo de
genero? No.
Preguntas de Fiscal:
Lo importante es cómo se expresa la persona. Cómo se auto percibe.
¿Sabe que desde 2010 se puede operar? Si. ¿Sabe si cuando se presentó
en el registro civil para matrimonio, lo hizo como hombre? No, no sabe.
¿Sabe que menciono que trabajó en el Llao Llao? desconoce la relación.
¿La apariencia física cuando fue detenido? No sabe.
¿Sabe dentro lo que le dijo A en la entrevista M. le ponía
obstáculos para transicionar de genero? Refiere que había sido un acuerdo cuando los
niños sean más grandes iba hacer la transición física.
¿Sabe si E. le ponía obstáculos para transicionar? No le consta.
¿Es una persona que se reconoce mujer y ha realizado acciones para
hacerlo? Menciono su tratamiento en Rio de Janeiro. Refirió cirugía estética.
Durante la entrevista ¿hizo relación a la ocurrencia del hecho? Estaba
todo confuso, eso solo dijo.
Respecto al fallecimiento de R. ¿le cambio el estado de ánimo?
Se puso a llorar y se angustio mucho y no siguió indagando.
¿Sabe respecto de F. o M. cómo fue? No.
¿Sabe de la existencia de un seguro de vida? Dijo que E. le pidió
un seguro de vida y que el manifestó estaba en desacuerdo, le parecía una locura.
No nacemos hombres y mujeres ¿niega existencia de sexo biológico?
No, pero no define identidad de género.
¿Qué conocimiento tiene en materia psicológica para afirmar que
alguien dice la verdad o no? No tiene.
Como trabajador social ¿cuál es el fundamento del cual puede
pronunciarse si tiene sesgos de genero? Se adquiere con la formación de la realidad,
nuestra carrera es científica, está acreditada a nivel nacional. Tiene que ver al desarrollo
que refiere.
Respecto del seguro de vida ¿le manifestó si lo sacó o no a ese seguro?
Recuerda que E. le manifestó que no lo saco “una locura a la cual no accedí”. Eso
manifestó A.
¿Él se identifica como mujer aunque se lo vea como hombre? Exacto,
todos tenemos estereotipos, lo primero que se trata es no pensar cómo se piensa
socialmente. Ver de dónde vienen las representaciones sociales, son formas de exteriorizar,
cambia como en África, no es lo misma hace 10 años etc.
Quería intervenirse quirúrgicamente. No manifestó su nombre
femenino.
Lo entrevisto antes y el 24/10 hizo el informe. Se presento como A.F.F.
¿Hizo referencia a la desaparición suma de dinero? Si, dijo unos 5
millones. ¿Sabe la fecha de comisión del hecho? En febrero del año 22.
22. Testimonial de G.A.A. (defensa) DNIxxx
Preguntas defensa:
Manifiesta que le dicen “C” , tiene 26 años, vive en xxx, sola
con sus dos hijos. Esta acá por F. Conoció a E.S. Primero fue amiga de
E. cuando ella vino a Bariloche. Está apoyando a su amigo, solo por lo sentimental.
Lo conoce desde el hospital de Bariloche, tuvo complicaciones en el
embarazo y estuvo internada con los mellizos, conoció a E. y después a F en
noviembre de 2019. En el Hospital de Bariloche se conocieron.
F es muy sociable la vio sola y empezó a conversar sobre el embarazo,
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que ellos tenían los bebes prematuros y tenían que quedarse en el hospital. Interactuó más
con F que con E. porque ella no hablaba fluido el español. F. traducía a E.
Hablaban las cosas de los bebes. Por día compartíamos siempre en la misma sala, todas
las mujeres.
¿Sabes si F. tenía pareja? Primero cuando los conoció, E. dijo
que eran pareja y F. confirmó. Después cuando nos fuimos de alta pasamos los teléfonos
y después más o menos de los 2 meses de eso se fue a Brasil. Ahí él le cuenta que estaba
casado con M., en el momento les dio vergüenza contarle en el Hospital que era
transexual y era su prima y no su pareja.
En el hospital estaba F. y E. El trato entre ellos era nada del otro
mundo normal, pensaba que eran pareja, estaba pendiente a las necesidades de ella y hasta
las mías que ni siquiera me conocía.
De todo en el aspecto él siempre estaba servicial, para comprar, él iba,
buscaba, le compraba cosas salía, él estaba se quedaba. Sólo iba a bañarse y volvía. Se
ocupaba que necesitaba, siempre pendiente. Hizo compañía emocional, la ayudo
emocionalmente también.
A los dos meses de los melli, E. se fue y ellos se quedaron con
F. y la pareja. El vínculo continuó, aunque ella estaba en Brasil, nos mandábamos
mensaje. Con F. no tanto porque empezó la amistad con E.
Interactuaban mucho. Se contaban todo lo que iban haciendo en el día,
con E. mientras estaba en Brasil. Con F. era más para ver el desarrollo de los nenes.
¿Como la veías a E.? Ella se dedicaba a trabajar en yates era
marinera, le mostraba en los viajes o las fiestas de yates. Trabajaba de eso. Marinera en
yate, me mando la foto que se había recibido de marinera. Su anhelo era ser marinera,
hizo el curso y le mostró el certificado.
Ese trabajo sabe que duro hasta que volvió, ya estaba embarazada de
G. Después de la pandemia, si mal no recuerda que en octubre del 21 regreso.
Cuando estaba acá ¿de qué vivía? Tenía ahorros del trabajo, nunca
pregunte mucho respecto eso.
Sus ingresos eran de lo que hacía con su trabajo eso le contó ella. Venía
de vacaciones acá. Conoció la casa de F., xxx la calle se llama como un perro.
Tiene fotos y videos compartiendo en la casa con ellos. Cuando iba los
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fines de semana porque todos trabajaban. Iba el viernes a pasarla con ellos hasta el
domingo para disfrutar el finde de semana. Ella cuando llego le dijo quiero que vengas.
Justo para su cumpleaños fue una semana después que ella llego. Para volver a
reencontrarnos después de todo. Siempre fue lindo y relajado.
Ahí empezó a interactuar más con Fer, porque ella estaba más cansada
por el embarazo. Con F. charlaban cosas de la vida, de los nenes y pasar tips de la crianza.
De los sueños de el que fuera a quedarnos allá un mes. También tenía
ganas de ir donde yo vivía. Yo le digo él aunque sé que es una ella, y en mi cabeza aun
no me sale. El respeta es algo personal.
Sabe que se auto percibe mujer desde que lo conozco, después de que
ella se fue, que estaba casado con su pareja y ahí le pregunte la historia porque había
mentido que le daba vergüenza que había alquilado el vientre y que siempre se auto
percibió mujer. Tiene rasgos femeninos, hasta más que ella.
Mi pareja lo notaba. Yo pensaba que era coqueto al principio, es muy
fino y delicado. Lo vio desde siempre nunca juzgaría como una persona se muestra.
Espere que me lo diga por respeto y se sienta en confianza. Ahí ya supe que se auto percibe
mujer que se quiere llamar A.
Nosotros unas 4 o 5 veces fuimos a la casa antes de lo sucedido. Esos
temas hablábamos en persona. Le digo Fer, me pidió A. Pero le digo F.
No solo los gestos de mujer, sino como estaba con los nenes, sentía
como si estuviera con una amiga, cambiábamos pañales juntos, hacíamos la mamadera,
era pasarnos tips de crianza.
Era una amiga con hijos. Que me ayudaba y compartíamos la crianza.
El siempre buscaba la manera de jugar y pasarla bien. Estaba muy pendiente de sus hijos
y con los míos también. Tener paciencia era buscar la manera que los nenes estén
entretenidos, como una maestra jardinera, dibujar, sabía que los nenes se aburren les
cambiaba el juego y nosotros tomábamos mate. Era tener a mi amiga con hijos.
E. con los nenes no tenía comunicación, siempre estaba acostaba,
almorzaba y se acostaba. La respetábamos cuando uno se embaraza está cansada. El
limpiaba, cocinaba, hacia todo. Ella no hacia la comida, por ejemplo.
Es algo personal mío el decir “El”, criada como evangélica y para mis
papas está mal. Me criaron así. No podía tener otra idea. Es como la primera vez que
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tengo un amigo así, pero es algo personal, no se auto percibe no tiene nada que ver con
lo mío. No estoy preparada para decirlo aún.
El se ocupaba siempre de las atenciones médicas de los nenes. Estaba
pendiente. Ella nunca la vio cambiando un pañal ni jugando ni cocinando a E. Ella
nunca los baño ni nada. Sentía que hablaba con una amiga y para ella era la mamá de los
nenes. Era una mamá soltera.
Jamás los dejo, el tenía que estar. A G. no la conoció más que por
foto porque después en un mes paso esto.
El mando la foto del parto cuando nació. No tuvo el gusto de conocerla.
¿Sabes si se hizo cirugía ? Si una liposucción y la nariz dos veces. Se la
hizo porque se quería ver como más refinada su silueta. Me lo dijo.
Cuando me dijo se percibía mujer, que tomaba hormonas y las cirugías
y le contó todo no me acuerdo, pero contó todo.
¿Tenes conocimiento si E. tenía amigas? D. y con M.,
vivían lejos le hacían el pedido. D. con M., F. y E. compartimos una
cena y bueno la verdad de ellos no eran personas de mi agrado no tuve ganas de seguir
compartiendo. Solo dos veces los vio no me hacían personas que traerían bien a mi vida.
Ejemplo D. le hacía masajes a E. la acariciaba al frente de
su mujer y eso es una falta de respeto fue incomodo. Se lo comenté a F. , fueron actitudes
raras, prefiero no compartir con ellos.
¿Tenía alguna limitación para salir E. ? No, estaban los colectivos,
llegábamos bien. Nunca noto limitaciones entre ellos, más con los nenes si alguna
discusión en portugués y no entendía nada.
La alimentación ella primero comía y después los nenes. Ellos comen
después. Ahí teníamos roce, cuando los castigaba a los nenes los encerraba en la pieza,
cuando hacían mañas le cerraba la puerta. Lo vi y tiene un video el portón y todo. Los
dejaba ahí llorando y F. se enojaba y los sacaba. Ella se enojaba y se encerraba. No
entendía que decían en portugués.
¿Cuál era el trato en general F. con E. como persona? Muy
buena persona, siempre la trató bien. El se levantaba y hacía desayuno para todos.
Preparaba el baño para la ducha, atendía a ella y a los nenes. Jama vio falta de respecto a
ella. Breve discusiones en portugués y nada más.
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Un día salía a comprar a una despensa cercana con su hijo, tenía 3 años.
Me ofrecí a hacer el almuerzo y fuimos a la despensa. Dejalo me dice F. Cuando vuelvo
estaban discutiendo y ella se encerró en la pieza. Almorzamos y después cuando nos
fuimos. E. lo zamarreó al nene porque no se quiso terminar la magdalena del
desayuno. Mi nene decía que sí, entonces quede muy enojada y le escribí porque se tomó
ese lugar y ni siquiera me dijo. Me bloqueo de todas las redes. Pensé que fue por eso.
¿Tenes conocimiento si E. tenía novio? No Todo lo que dijo es la
verdad lo vivido con ellos. Literalmente.


Preguntas de la fiscalía:
Le gustaría beneficiar a F. con su declaración. ¿Te parecía raro que al
lado de E. estuviera un hombre cuidándola? No. Pensamos que eran pareja. ¿Quiere
decir que advertiste a F. como hombre y a E. como mujer?
Desde los 16 ya no vive con sus padres. ¿Seguís condicionada por la
educación de tus padres? Si porque los respeto muchos a mis papas.
A la hora de llamar a F.A., a mí me cuesta. La orientación
sexual tiene A. , para estar con una pareja con un hombre.
Como te digo desconozco como son las personas. Para ella es muy
femenino es la primera persona que conozco una persona que se auto percibe mujer.
También puede ser que se dé un gay su feminidad. Luchaba para que lo vean como tal.
No sabe si pudo en Brasil, pero sabe que tomaba hormonas y eso.
Cuando llego Argentina ¿si cambió las apariencias para parecer más mujer? Si, se hizo
cirugías.
Cuando lo conoció lo veía coqueto, aunque pensara que eran pareja. Ser
coqueto es particular de ser femenino, no hay hombres coquetos.
¿Liposucción? Te sacan grasa corporal ¿sólo se hacen mujeres? No.
¿Crees que las mejores faciales es una intervención que sólo hacen las
mujeres? Es propio cada uno lo quiere hacer, no te puedo decir.
¿Te dijo que se había hecho dos operaciones de nariz? No, solo me
compartió la foto, para que vea. Se notaba mucho el cambio.
F. era una persona gay. Hoy manifestaste que era transexual. Que en
mi mente esa información no está muy procesada. Sabe que no es lo mismo, pero no sabe
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cuál es la diferencia. Él quería llamarse A., pero usa su nombre nuestro F., para
la gente que lo conoce. Desde que lo conoce en su casa ahí le comento que se quería
llamarse A. cuando haga la transición.


23. Testimonial M.M.E. (común) DNI xxx
Preguntas de fiscalía:
Ama de casa, 36 años, vive en Bariloche. Conoce a A.F. y
S.E., a los dos, la conoció hace 4 años que se fue a tatuar, su marido es tatuador,
por primera vez a su casa. La segunda vez entablamos una conversación y después una
amistad.
Ella lo conoció a finales de octubre del 2021, y se hizo amigo de los
dos. El nombre de sus hijas, A. de 17, I. de 4 y Luca de 14, la llamamos D.M.
, toda la vida me dijeron M. desde pequeña. D es el apellido de su
marido.
No tiene seudónimo en el teléfono. Hay una D.M. en la
familia, cuando paso el hecho F. habrá dicho el nombre desde ese día empezaron
a decirme D.
Que paso el día anterior del día del hecho, estuve en casa de una de mis
hermanas toda la tarde. Recibo mensaje de Fer que decía te paso a ver tipo 17. Le aviso
que no estaba en la casa. Estoy en la plaza tipo 19 hs y cuando llego el ya no estaba. Me
manda mensaje amiga me tuve que ir hacer unas cosas.
Me escribe a las 10 de la noche si querés pasar y paso. Estuvo en mi
casa en el auto, uno marca Joy chico azul, vive en el Vuriloche 4to. Aproximadamente
10,30 hs. fue solo. Llego estuvieron un ratito hablando. Todos los miércoles se juntaba
con sus hermanas para hacer feria. Fer le dijo tengo cosas para darte, ya las tengo
preparadas. Me voy con Fer a buscar las bolsas.
Su marido le dijo Gorda es re tarde y tengo hambre. Me voy a buscar
las bolsas y vuelvo. Le dijo a su hija Ámbar que la acompaña. Fer le manifestó, amiga te
llevo en mi auto, y ella manifestó, no voy en el mío así no me tenés que traer después.
Salieron, le dijo querés que pasemos a tomar algo antes de ir y ahí
empezamos a buscar un lugar y nos acordamos de Modo Bar en el km 1. Ella con su hija
en su auto, Gol gris plateado y el en su auto solo. Llegaron Modo Bar, cenamos charlamos
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un rato estuvimos una hora. Pregunte en la cocina si estaba abierta y ya había cerrado.
Era martes 15 el suceso fue al otro día. Estábamos en Modo Bar los tres,
me dice F. sé de una pizzería en el km 8 y cierra más tarde la cocina, el lugar se
llama Dagda. Cada uno fue en su auto y estaba abierta la cocina. Pedí la pizza esperamos
10 minutos y de ahí directamente a su casa.
Su casa en XXX. Llegamos tipo 12:05 o 12:10.
El entra el auto y ella estaciona afuera. Entraron a la casa, estaba oscuro.
Antes F. en Modo Bar le cuenta que E. tenía una cita en
circuito chico. Que raro, re tarde. Y bueno ella es así. “La vas a ver arreglada porque
ahora se va”, eso dijo.
Llegamos a la casa estaba todo oscuro, ella abre en pijama, con short
rojo y remerita. Le hable. Desde que ella había tenido la bebe, no la había visto. La había
visto sólo en el embarazo. No la conocía a la bebé y le dio un beso, saludo a F. y
los chicos.
Amiga podemos arreglar para la semana que viene ir a El Bolsón, le
dije bueno. Habrá estado menos de 10 minutos. El auto lo estaciona en la entrada. No
entra al terreno en la calle. A. entra el auto. Cuando la ve a E., no estaba vestida
para salir estaba como para dormir.
Los niños estaban en la habitación, estaban despiertos y la bebe
durmiendo. No habías más personas no vio a nadie. F. estaba con los nenes en ese
momento le dio la bolsa y se fue con su hija.
Con posterioridad a esto ¿qué llamada recibe? A. llamo. Me llamo
el fiscal Gerardo Miranda a las 9 de la mañana. Mi hija me llama un hombre que no
entiendo, que F. le dio mi teléfono que te comuniques urgente. Ahí cuando la llamé me
comentó esta situación.


Preguntas de la defensa:
Cuando estaban en la casa que D. tenía hambre, se fueron en los
dos autos. F. le ofreció llevarla, y ella le dijo no, así yo vuelvo me voy en el mío.
¿Fueron en los dos autos? ¿Le dijo que la podía llevar? Si.
Llega Fer a la casa, le ofrece ir a buscar unas ropas, D. tenía
hambre y Fer le dice que la llevaba ¿qué le dijo Fer? ¿Querés que te lleve? No me voy en
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el mío así no tenés que volver.
¿Como es F?
En el tiempo que lo conoció, a fines de octubre de 2021 hasta febrero.
Tenían una buena relación compartían con los hijos, para ir al lago, tenían una relación
de amistad. En el trato con las personas en ese tiempo era muy cordial, una relación
cordial con mis hijas y marido.
Hacia usted como mujer ¿la trataba como mujer? Bien, siempre me trato
como una amiga. Con E. era buena, en el tiempo que siempre compartieron estaba
siempre pendiente del embarazo, el siempre pendiente de ella.
¿E. a que se dedicaba? No lo sabe, ella trabajaba en Llao Llao y
después cuando la volvió a ver no trabajaba.
Con los nenes Fer era muy amoroso siempre se ocupó de ellos, los
llevaba al médico, le compraba pañales, bañaba, enseñaba.
¿Como era fer con sus hijos? Era muy bueno, los trataba como sus
sobrinos.
Ese día salieron en dos autos, fue con su hija y fueron a Modo Bar tres
personas. En Dagda entramos los dos y ella espero en el auto.
¿Sabe si E. tenia un novio? Conoció una sola persona que no
recuerda el nombre. Con el nos juntamos, cree se llamaba M. el chico lo vio una sola
vez en un almuerzo en la casa de E. y F. Ella estaba en la habitación con el
chico, salió de la habitación y lo conocieron. Ella estaba en el último tiempo de embarazo,
querés comer algo, y dijo no tomamos mate ahora voy a preparar algo. Ahí conocimos
ese chico que no era de acá. Estuvo en la habitación con el chico, llego a las 11 de la
mañana y salieron a las 17.
Ese día estaba D. Se converso de tatuajes el chico quería
remodelarse y hablaron de tatuajes.
¿Sabe si tenía otra relación E.? Sabía que la persona que conoció
la que menciono. Algo que le hayan comentado que tenía otra relación con otra persona
pero no la conoció. Era brasilera no tiene más detalles.
Tenía amistad con los dos. La primera con E. eran amigas. La
relación con D. era de clienta. Cuando empezamos a verla compartieron más.


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24. Testimonial Lic. Alfredo Fernícola (defensa) DNI XXX
Preguntas defensa
Es licenciado en psicología, tiene una maestría en psicopatía. Docente
durante 14 años. Trabajo en Institutos de Menores de Buenos Aires y como perito forense
del CIF en 2019.
¿Recuerda en qué fecha y cuáles fueron los puntos periciales solicitados?
Las entrevistas con A. las hizo en diciembre de 2022. Los puntos
periciales eran el art. 34 y cuestiones de género. Si había sesgo de género en A. , si
impactaba en su vínculo con las mujeres y si había agresividad.
La cuestión de genero si hubo algún punto pericial ¿respecto a la auto
percepción? Está orientado a esa cuestión.
La metodología que utilizo, trato de no tomar contacto con el contenido
del legajo hasta tanto se dé la entrevista con la persona. Entrevista a la persona, y luego
revisar el material del legajo y del archivo del CIF.
Explicó la metodología utilizada y los tests que practicó en A.
¿Todos estos test como están validados? Para que una técnica sea
utilizable debe tener dos características medidas estadísticamente, validado por encima
del 85% de las variables, validez y confiabilidad.
Valida cuando mide lo que tiene que medir, deben demostrar en un 85%
por lo menos de funcionamiento, miden la variable que pretenden medir, por ej.
inteligencia.
Confiabilidad en segundo lugar, en que grado esta técnica evalúa lo que
pretende medir. Es el recorte de estímulos para evaluar lo que se pretende. Todas las
técnicas tienen que tener esas variables.
En el caso, todos tienen esa validez y confiabilidad. Las utilizo para
saber si estaba preparado y descartar que hubiera cierto nivel de preparación o
conocimiento de las técnicas, el resultado no había nada que le permitiera pensar que
sabía lo que iba a suceder.
Advirtió respecto la auto percepción, tiene que ver con la vivencia
interna de una persona respecto a quien es y con qué se identifica. En el caso, A. se
identificó como mujer y manifestó una historia de vida relativa a esta cuestión, a edad
temprana se reconoció como homosexual y se dio cuenta que su identidad pasaba más
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por lo trans, que por otra cosa.
Refiere haber una derivación un organismo de salud pública dedicado a
las dificultades con la identidad de género donde recibió asistencia, pero no había
certificación en ese momento que dé cuenta, pero en su discurso eso estaba.
Describió su vida, su relación con su pareja. Su situación en el penal
como la posición de una mujer frente al mundo. Se refiere a sí misma como mujer en su
auto percepción, que significa ser mujer como una posición del cuidado de los otros, de
fortaleza y valentía para encarar la vida y los reconocía como propios.
Hizo referencia a tres intervenciones quirúrgicas, dos en Brasil y una en
Argentina, una liposucción y algo por el estilo, para afinar la cintura.
¿Advirtió sesgo de genero? El problema con el género vamos a estar
entrando en cuestiones de estereotipos y ese es el gran problema. Desde la identidad de
la expresión. No advirtió en ningún momento, con la agresividad con el supuesto género
con el que se identifica no advirtió nada. En ningún momento se refirió negativamente a
las mujeres, ni a los hombres. Solo respecto de una persona o relación particular.
Test del dibujo libre ¿qué dibujo? Dibujo su lugar de origen donde vivía,
un paisaje con la casa donde vivía. En el dibujo no se reflejó nada en relación al género.
Test de vender primero, figuras que copia y después dibuja por recuerdo.
Dibujo libre, dibuja una mujer que tenía rasgos de malestar de
incomodidad, pero no mucho más que ello, es una técnica cuestionable. Se le hicieron
preguntas y él dice que esa era la mujer tal como se querría ver y le puso el nombre
A. , y luego la técnica casa y árbol.
¿Su auto percepción desde cuándo? En la adolescencia cuando cursaba
secundario. No más allá de la cuestión de consultar para realizar algo.
¿De dónde surge esto de la auto percepción de genero?
La cuestión de género es de naturaleza social más que psicológica. La
identidad de género es un elemento más de la identidad. Es la asunción de unos
determinados roles sociales que la persona asume. Que puede pensar que están
establecidos por parámetros sociales o prejuicios.
La persona se identifica respecto una posición frente al mundo. Ahora
se reconocen una cuestión fluida que la persona tenga ese sentir fluctuante.
¿Tuvo acceso otra información más en la segunda entrevista?
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Si empezó a desplegar la otra parte en la búsqueda de antecedentes,
tenía el informe de Martínez y la autopsia y lo que surgiera del legajo tiene acceso en el
sistema choique de fiscalía.
Lo que había en ese momento era algunas descripciones generales de
las cuestiones, y no mucho más había. Hubo ampliaciones que recibió más información
con fotografías lugar del hecho, etc.
Había otros legajos, dos más, uno por una denuncia que realizó A.
por alguna situación, que algún desencuentro económico que recibió una amenaza de
alguna persona y realizó la denuncia. Y otro era una denuncia desde el Penal con un
intento de suicidio que ocurrió dentro del penal.
Para determinar al momento del hecho la estructura de personalidad en
el caso ¿cuáles son las conclusiones? La mecánica para esto es la del encuentro, a medida
que recaba información surge de los dichos o contenido de la estructura de pensamiento
y demás. Un discurso florido lleno de detalles, algunos intrascendentes, no dificultad que
sí que se desviaba. Detalle del detalle. Siempre con un tinte de orden de la hostilidad
ambiental y la agresividad del ambiente hacia él. Esto en cuestión de personalidad.
No había ninguna alteración a nivel de capacidad, ni la atención, ni la
memoria, ni percepción, ni lenguaje. Se le entiende perfectamente el castellano y lo
maneja fluido.
Con lo cual su funcionamiento mental en término de capacidades estaba
lucido y preservado. Con lo cual se descarta en ese momento que padeciera algún tipo de
psicosis, ni esquizofrenia no es un trastorno es la desorganización general, no había
alucinaciones ni delirios y la emocionalidad estaba preservada. Equilibrada, con lo cual
descartada psicosis.
De la vinculación con pautas sociales de conducta no había trastornos
sociales. La persona de ser el centro del mundo en el cual todo se ordena, porque no me
importa los demás, de eso no había nada. Si un componente narcisista o istriónico, se sitúa
bajo ciertas condiciones en el centro de la escena o mostrarse en un lugar de agradabilidad.
Para el queda descartado que sea un psociópata o psicópata.
Queda el campo de los trastornos de personalidad. Ahí entra la
información recabada de las otras técnicas.
Aparecen 3 elementos:
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Por un lado, el pensamiento de naturaleza paranoide, en términos
generales, soy perseguido, hay alguien o persona que intentan sacar provecho de mi o me
agreden. Eso podría ser en términos de una entrevista una construcción.
De la escala de valores, barra impulsividad a nivel pensamiento y
motora, lo que aparece son valores elevados, no puede controlar los impulsos que bajo
ciertas situaciones lo embargan, no puede dominar su pensamiento. Por ejemplo, las ideas
respecto de la cuestión a lo barco. Hay una sobre valoración de idea persecutoria, muy
verosímil, pero no necesario a él.
En algún momento hace referencia al estilo de vida que llevaba su
entorno ligadas al delito, las drogas, la noche y demás. Podría dar lugar a la existencia de
una situación que terminara siendo agredido, es verosímil, pero no necesariamente
dirigidas a uno. En ese pensamiento paranoide lo que necesariamente tiene que haber es
que haya un componente de distorsión de la realidad, la realidad sea verosímil, pero en
algún punto distorsionada, sino es un delirio.
Cuando se sitúa en la persecución, hay una sobre valoración de una
posibilidad que en rigor de verdad, la exageración de verdad y supone una distorsión.
Otro ejemplo, hablando del consumo de alcohol, dice que empezó a
comprar alcohol y sacó la conclusión que en Argentina iba a dejar de vender alcohol. Esto
porque un día no le permitieron, ese era día de elecciones y pensó que el gobierno iba a
prohibir y empezó a acopiar alcohol. Se distorsiona la realidad en su exageración.
Esa idea lleva una acción a partir de esa idea distorsionada. O sea,
pueden condicionar su conducta.
En la técnica que mide la impulsividad motora e inductiva, no puede
moderar el pensamiento bajo determinadas circunstancias, ni moderar su acción sin que
sea agresiva.
Esta cuestión de la distorsión aparece en las otras técnicas, su
funcionamiento normal supone una limite al estrés o de alta demanda emocional o
desorganizarse en contextos complejos.
Efectivamente no tiene distorsión a nivel de pensamiento, sí a nivel
conceptual. Al momento de atribuir significado a la realidad, en un porcentaje elevado de
veces, resulta errado. La estructura del razonamiento es adecuada, pero el resultado es
erróneo se distorsiona. Eso sucede cuando alguien distorsiona en la conceptualización de
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la realidad con el resultado del pensamiento.
El test de Rochar permite medirlo con cierto grado de certeza y en esa
variable, en un casi 40% de las veces, distorsiona totalmente, en un 15% lo que ve es
idiosincrático, se corresponde con algo que es personal y el 45% puede dar una respuesta
acorde. Un 50% de las veces está en posición personal o distorsionado, casi el 37% de las
veces.
En el 40% de las veces, esa forma aparece distorsionada. El da 10
respuestas, en 4 la forma aparece distorsionada. No hay nada que se corresponde con lo
que el vé y esto es un correlato con la realidad. Esto, en alta demanda emocional, el
conocimiento y la capacidad de control tiende a disminuir y la posibilidad que ingrese al
pensamiento en forma distorsionada se incrementa.
El resultado del test de Rochar, es congruente ese resultado con las otras
técnicas, todas se condicen para llegar a un resultado.
Respecto al momento del hecho, podemos dividirlo en tres momentos
en el antes, durante y el post.
Tanto en el antes como en el después, el describe con muchísimos
detalles, muy florido, muy detallado, concreto, pero con mucho detalles.
Esto sucede en el antes, y en el antes se refiere a toda la vida en general
y en el después en toda su vida en general y cosas que le sucedían en el penal.
En el durante, tiene una caída del recuerdo. Refiere haber perdido gran
parte del contenido de memoria de lo que sucedió. Lo sitúa en el primer disparo. Algo
sucede entre ellos y se produce el primer disparo y el momento en el que arriba a su casa.
En todo ese periplo.
El momento entre el primer disparo y el momento en que se va del lugar
del hecho. Ese lapso fue unos minutos, no más que eso. Ahí no hay nada de recuerdo, hay
varias hipótesis a esto. O está mintiendo, o me olvidé de todo lo que hice muy conveniente
o que efectivamente pierde la memoria. Algunos detalles que da respecto de lo que sucede
son compatibles con lo que le pasa a una persona cuando efectivamente pierde la memoria.
Lo cual habría la posibilidad que el discurso sea verosímil.
Hay una tercera posibilidad, que la pérdida de memoria fuera posterior
por una naturaleza traumática, toma consciencia de lo que sucede y tiempo después, el
efecto traumático de matar a alguien. Se genera un efecto disociativo que lleva a la
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perdida de memoria. Eso lo descarta, ya que no refirió ningún tipo de trastorno de
ansiedad con eso, ni recuerdos intrusivos tampoco que tengan que ver con el hecho. No
había existencia de estrés post traumático que explique la pérdida de memoria.
Es una persona que funciona a predominio paranoide, distorsiona la
realidad permanentemente y tiene un funcionamiento vulnerable, esto tiene que ver con
la distorsión de la realidad y también para la dificultad del control y modulación
conductual y para la tolerancia del estrés. Frente a situaciones complejas o de alta
demanda emocional tiende a funcionar más deficitariamente de lo normal.
Si me sitúo en el momento complejo, sin importar si hay planificación
o no y demanda llevar algo que no es fácil de hacer. Es posible que al momento del hecho
haya podio perderse la funcionalidad, que haya podido perder la capacidad funcional que
le permite dar respuesta más acorde a la razón. Por lo tanto, cobra posibilidad que al
momento del hecho haya actuado fuera de sus cabales.
Es decir, en A. hay posibilidad de que la capacidad de funcionalidad
sufra una caída. Distorsiona en un porcentaje elevado, se desorganiza en situaciones de
estrés.
En relación a la conciencia, supone un conjunto de funciones operando
al mismo momento, puede referirse, no puede determinar a partir de esta posibilidad que
el funcionamiento esté perturbado. Lo seguro, que si había una caída, no había conciencia
total. O sea, consciencia disminuida en un grado importante. Lo lleva a actuar y/o no
puede controlar y/o comprender cabalmente. Es muy difícil determinar cuál se manifestó
en el hecho.
¿En la entrevista, hizo referencia circunstancias que hayan agravado el
contexto del hecho? Llega a esa conclusión por el hecho que su funcionamiento es
paranoide, no lo que dijo en concreto. Habla de una relación con la victima que se inicia
en la adolescencia y la vincula a la prostitución, a la noche etc., que mantuvo una relación
signada por el afecto, era alguien por quien sentía afecto. A veces más positivo o negativo
y los unía a A. respecto de S.
El describe en el devenir del tiempo el hecho de que Santos le había
ofrecido su vientre para gestar en el momento que quisiera tener hijos y esto se concreta
cuando se casa con M., porque el acepta o quiere formar una familia. Ahí cobra
relevancia el papel de Santos en la vida de ellos.
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No había nada raro, que hiciera pensar que las cosas iban en ese sentido.
A partir del nacimiento de los mellizos y el fallecimiento de M, el campo se le pone
más difícil a A. en la relación con S. y su vida personal. Comienza así, hacer una
interpretación en línea paranoide con S. en particular y alrededor en general.
Salía de noche, traía hombres, drogas, había gente que merodeaba, que
tenía deudas con drogas. Iban haciendo que el predominio paranoide entre relación a ella
se incrementara y se sobrevalorara. Esto en el momento que empiezan a planificar el
retorno a Brasil. No recuerdo que haya dicho la fecha, era un plan, pero que no dijo cuándo.
De hecho, se estaban deshaciendo de cosas para hacerlo.
Aparece la cuestión del arma, aparece revisando cosas, se ponen de
acuerdo sostenerla en la casa, no como uso defensivo, sino disuasivo para que se fueran
si alguien iba, ya que vivían lejos.
A esto empieza aparecer a su manera de entender, una serie de
conductas extrañas de E. Como la de solicitarle que firme un seguro de vida para
ella, por si le pasaba algo. El incremento o crecimiento de un estado mental paranoide en
relación a algo que iba sucediendo con E. hasta el momento del hecho.
Dijo que había estado cenando con alguien, volvió a la casa, E. le
propone buscar algo a Colonia Suiza, ese algo podía ser droga o aceite rosa mosqueta y
se quería llevar a Brasil para venderlo.
Con ese fin no quería ir porque era de noche, era peligroso. Acepta ir,
en el momento de subir al auto describe con suspicacia los movimientos de E.,
como puso el cochecito del bebe como se sentó en el auto y que el camino transcurrió con
E. extrañamente en silencio. Primero fueron a Puerto Pañuelo donde se iban a
encontrar con una persona que no encontraron, que E. le dijo que podría estar en
un restaurant en Patagonia. Se dirigen al lugar. Que se encuentran con alguien a la vera
de la ruta y le dice acá esta y se baja E. Él le dice que se queda en el auto, baja vos
y nos vamos, había bajado ambos habrían acercado al auto, que esto le ocasionó temor,
que casi se va, pero no lo hizo. Ahí E. retorna al auto y se van. No menciono nada
de un paquete, sin nada, no lo refirió.
En el camino aparentemente E habría escuchado un ruido en el
auto, le pide que pare para revisarlo. Detiene el auto en el lugar de los hechos y refiere
que el auto quedo inclinado, ahí dice haberse dado vuelta y haber visto que E. tenía
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el arma.
Se asusto, pensó que la intención de E. era dañarlo, forcejeó con
el arma, que logró retenerla, que escucha que E. baja del auto, recuerda el golpe de
la puerta por efecto del auto inclinado.
Sitúa el recuerdo en bajar del auto, sentir un empujón y el primer
disparo, con el fogonazo y el ruido. A partir de ahí no recuerda haber visto a nadie, ni
recordar mucho más, que se retira y se va a la casa, retorna por el camino más largo para
evitar encontrarse con esa persona de antes. Llega a la casa, arroja el arma, esconde a los
chicos y que toma una catana de adorno para defenderse y se queda despierto hasta el
momento en que llega la policía.
Vuelvo a la pregunta si esta cuestión de lo paranoide pudiera haber
alimentado el entorno mental que envuelve al hecho. Si es posible, todas estas
circunstancias, independientemente o no que sean verdaderas, es posible que las haya
vivenciado como verdaderas. Un contexto complejo en general que genera una caída en
sus capacidades funcionales, que provocan la perdida de la capacidad de recuerdo a partir
del primer disparo. Es decir, su estructura de personalidad podría haber estado
combinadas en toda esa secuencia.
¿Hizo referencia en el relato de alguna circunstancia más que pudiera
contener una amenaza? Que recuerde no. De hecho la amenaza era E., pero tenía la
idea que podía venir alguien en función que se habían encontrado con esta otra persona
antes.
Preguntas de la fiscalía:
¿En que fecha entrevisto al Sr. A.? En diciembre del año pasado en
dos oportunidades. Fue solicitada la pericia por la defensa. La documentación que utilizó,
tanto en la entrevista, los test y la información del legajo y del CIF y de la pericia de la
Dra. Martínez.
¿Toda esta información de contexto es importante a la hora de hacer sus
informes? Podrían serlo para saber que paso. ¿Le pidió a la defensa mayor información?
No.
Cuando la defensa pide conclusión de la existencia de un trastorno
manifiesto que es posible que al momento del hecho que haya perdido las capacidades
funcionales la memoria por un tiempo limitado. ¿Cuán limitado? Si bien no es un
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trastorno mental de manual, si esta consignado en el ámbito forense para interpretar de
manera clínica el contenido del art. 34
En la perdida parcial de la capacidad puede describirse en términos
técnicos, como una fórmula del código penal español, que es el trastorno mental
transitorio, como una afectación funcional o de otra índole de las capacidades mentales
que tiene la propiedad de durar poco tiempo y de revertir totalmente a la situación mental
anterior, luego retorna a la función normal.
¿La situó entre el primer disparo y el momento que el autor se va con el
vehículo? No solamente en ese periodo, ese es el más largo posible, hay variables en las
condiciones del hecho que al momento del informe no estaban establecidas.
Cuando un profesional efectúa una conclusión y lo somete a condición
¿qué quiere decir? En este caso las cosas que faltaban determinar en ese momento, en ese
momento tenía una autopsia que tenía 9 orificios, pero no se sabía cuántos disparos había
sucedido.
Al menos un arma, era un revolver y carga una cantidad menor a la
cantidad de orificios que había lo que suponía la posibilidad de más de 6 disparos. Esto
era una posibilidad. Esto es una condición de posibilidad. Abre la posibilidad que se haya
recargado el arma e influye al trastorno mental transitorio, ya que sería desde el primer
disparo hasta la recarga del arma, si hubiera, porque supone una dirección de consciencia
o se fue a su casa en caso no hubiera recarga. Porque la carga requiere funcionamiento.
¿El trastorno hubiera llegado entonces hasta el sexto disparo? ¿Luego
de esa recarga, subsiste el trastorno? Hay que explicar el retorno de la consciencia, no
necesita plena consciencia para recargar, no requiere lucidez extrema y eso no es
incompatible con la salida en términos de consciencia del trastorno mental transitorio.
Uno puede entrar en el trastorno de manera abrupta o más suave y la
salida ser más abrupta o más suave, esa situación tal como está definido trastorno mental
transitorio, tal como lo dicen autores, lo definen que puede ir de los pocos segundos a
días. La condición es que sea limitado en el tiempo y haya recupero pleno de la conciencia.
Acá hubo minutos.
Suponiendo los primeros dos disparos ¿cuanto hubiera sobrevivido?
Sería poco minutos. Esto si sucedió como lo digo, no fue más de unos minutos.
La hipótesis de recarga implica conciencia.
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La recarga no me quita de la posibilidad que antes de recargar no
estuviera en el trastorno mental transitorio, como posibilidad en términos psicológicos.
En el segundo informe, que es una ampliación a la luz de información
que ya estaba. Ahí si estaba el informe balístico, fotos de la escena, y alguna otra
documentación, se repetía la autopsia. No había secuencia fáctica, apareció más tarde.
En el primer informe las conclusiones consignó de que este estado de
inconsciencia continua bajo las siguientes condiciones:
1 . Que el periplo manifestado por A. sea el que efectivamente pasó.
2 . Que el arma estuviera cargada por E. , ahí no estaba acreditado
en el primer informe, si hay recarga al momento de la recarga, no puedo seguir
sosteniendo la existencia del trastorno.
Que Ud en ese momento se le proporciona una información de contexto
y dentro de ese contexto tenía sólo la autopsia, el hecho de que tenga 9 orificios no quiere
decir que sean 9 disparos.
¿Conto con lo informes del teléfono? No.
¿Ud sabía si esos informes existían? Entiende que estaban en análisis y
no dispuso de ese informe.
¿Hubiera sido importante para sus conclusiones? Lo hubiera tenido en
cuenta. La cuestión es cómo se interpreta todas las piezas en un armado coherente y
posible. Aclara que verosimilitud y posibilidad, puedo describir un viaje con detalles que
puede resultar verosímil, con los detalles, de ahí que yo haya estado en el lugar sea cierto.
Lo posible es las condiciones de producción encajen en una lógica
razonable. Hay que distinguir posibilidad, varía la probabilidad de ocurrencia como los
dados 7 y 12 son posible y 7 es más probable.
La aclaración de A. ¿pudo verificar si este hecho fue planificado o
no? En el primer informe no. En el momento de segundo informe había informes de
mensajes y que podía ser compatible con la idea de una planificación.
¿Es importante la planificación? No necesariamente, porque se
distingue con planificar con producción, pero es carente de sentido si hubo planificación,
porque le encuentran pólvora en la mano, un cadáver y un arma. Pensado desde su punto
de vista es coloquial. Requieren capacidades diferentes planear y ejecutar.
Ejecutar no tiene que ver necesariamente con la planificación, ejemplo
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estudie dos meses y cuando voy a rendir no puedo. Entonces relativamente, planificar y
ejecutar requiere cuestiones distintas.
La Dra Martínez dividió igual el suceso en antes, durante y después.
¿Ud conoce quien tiene a cargo el legajo? La fiscalía. ¿Requirió informe a la Fiscalía? No
lo tuvo en cuenta, creyó que no era necesario porque supuso que todo estaba en el
choique.
Que información de la explotación del teléfono y cámaras de seguridad
del vecino, de balística si hubiera tenido a la cantidad o más claro de la cantidad de
disparos que salieron, para fiscalía son 9 ¿Toda esa información habría variado su informe?
De toda esa información no aporta, las cámaras y horas. La cantidad de
disparos podría haber modificado en algo la duración del hecho, o lo que considero el
tiempo del suceso, no requiere más que unos minutos, puede imaginar un tiempo mínimo
para pensar el trastorno mental transitorio en unos pocos segundos, 10 segundos. Podría
haber variado, si hubiese sabido efectivamente cuantos disparos hubo en ese primer
informe.
Por lo menos que yo lo supiera, no estaban determinados con certeza
cuántos disparos pudo haber habido, pudo haber pero no fue. Vio la caja de proyectiles
que le faltaban 19 balas, las contó. Eso lo vio en las fotos.
Esta información que no tuvo ¿es relevante en mayor o menor
probabilidad de llegar misma conclusión? No la de la planificación, si la de los disparos.
¿Cuánto hubiera disminuido la posibilidad que estuviera con un
trastorno mental transitorio? No hay elemento concreto para cuantificar eso, lo que si sabe
si bien desde el punto de vista de su definición el trastorno mental transitorio puede durar
un segundo, es improbable no habría registro de su existencia en la caída de memoria, si
de un tiempo mayor, dos minutos o una hora.
Si este informe balístico, me permite pensar que el tiempo de disparo
fue menor a 5 segundos, hubiese pensado que la probabilidad de esto es muy baja,
independientemente de que psicológicamente fuera posible.
No cae a su juicio la posibilidad, lo que varía es la probabilidad, sigue
siendo psicológicamente posible que haya sido bajo una condición mental en la que no
pudo comprender y/o dirigir, a menor cantidad de tiempo menor probabilidad, hubiera
sido hasta indetectable.


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En el relato de A., del hecho, el primer disparo fue accidental, y
refirió que siente que lo empujan. Es posterior haber sentido un empujón y se produce el
disparo. Fuera saliendo del auto, la otra persona ya había salido porque sintió la puerta,
pero sigue siendo relato subjetivo. Luego reconoce su intención de disparar por temor,
después del primer disparo indico no recordar nada.
Lo que consigna en el primer informe es el fogonazo, el ruido, recuerda
la intención de disparar y luego me voy tengo miedo, viene alguien. El camino que toma
y el relato comienza a ser florido. El tiempo posible para el trastorno mental transitorio
está en esos tres elementos y no mucho más.
Dijo la intención de matar, si está simulando, está dando un elemento
que tenía intención de disparar, por eso descarta que está simulando, recuerda ese
pensamiento, la conciencia está limitada no perdida. Recuerda el fogonazo la dificultad
de salir.
¿Es conciliable del relato de A. que se defendió de E.? Si.
¿Defenderse cualquier persona actúa conscientemente? Puede que sí, puede que no. El
puede interpretar que se está defendiendo, en el momento inicial, ella tiene arma,
considera me van agredir saco arma, me defiendo. Ahí perdida memoria y recupera. Y en
el posteriori vuelve a la defensa.
La sensación en su relato, la idea de que está siendo atacado, es
posterior a la perdida de consciencia, sabe que está siendo atacado antes de ser agredido,
antes de que efectúe el primer disparo y caigan las capacidades.
¿Cómo se concilia que se defendió de E. y había más municiones
de las que carga el revolver? La recarga del arma abre un montón de preguntas. Donde
estaban las balas, si E. tenía el arma. Dentro del relato de A. no está quien tenía
los proyectiles, no lo dijo. Si el arma la tenía E. y hubieron más de 6 disparos, las
restantes quien la tenía, no lo se.
Podría tener más de un explicación, que la llevo A. es lógico que se
defendiera de E. Existe la posibilidad que estén de acuerdo en llevar el arma. Las
probabilidades son muchas. Infinidad de posibilidades. Cualquier relato puede ser
verosímil.
¿El manifestó que al llegar a la casa se entera porque llega la policía?
Se explica de algún modo que el antes que llegue la policía mande mensajes hablando de
Pág. -101-
E. ¿le baja la probabilidad al menos? No. Comete un hecho y establece un intento
de defensa, de ese modo extraño pudo haberlo pensado, pudo haberlo supuesto.
Volvamos a la caída de la conciencia de las capacidades en el primer
disparo y sexto, hubo más de 6 disparos, recobra estuvo disparando a E. , no está,
tengo que hacer algo y ahí es posible. No se lavó las manos o dejar arma hallable.
¿Tuvo en cuenta a la hora de hacer informe que E. cuando fue
detectada tenía la remera levantada sobre su torso? No.
¿Tuvo en cuenta el hecho que E. tuviera por fuera de su ropa,
entre piso y cuerpo el teléfono celular? No.
¿Tuvo los resultados CGR de las manos? No.
¿Dijo que A. no tiene trastorno a nivel de pensamiento? No hay
distorsión en el curso de pensamiento, pero ese pensamiento esta alimentado por la
distorsión del contenido, el concepto.
¿Esta tendencia creer que me persiguen implica no conocer lo licito de
lo ilícito? No. La tendencia no tiene porque podría actuar en consecuencia adecuadamente,
corró, huyó.
¿A. le manifestó que disparó un arma de fuego en el momento del
hecho? Si. El primer disparo reconoce tenía el arma en la mano.
¿No entiende como contradictorio que E. estaba vinculada a la
noche y al consumo y que fue con la que decidió tener hijos? No.
¿Le parece verosímil que una mujer que acaba de dar a luz pueda en un
garaje trepar a un lugar recondito del entretecho, correr cajas y encontrar un arma? Es
pregunta para un médico más que para mí. No tiene respuesta puede que sí o no, puede
responder del sentido común. Hay puérperas que hacen cosas extraordinarias.
En el relato de A., no encuentra contradicción cuando dijo que salió
con E. y fueron a la cervecería Patagonia y luego en el relato a C. que no
sabía dónde estaba, y luego en el relato a la policía que la había dejado en un puente y
luego en un hotel. Estas contradicciones son en revisar la hipótesis no, porque es posterior
al hecho.
¿Le parece verosímil un alegado desperfecto en el vehículo y luego del
hecho sigue funcionando, le parece razonable? Si le parece razonable, los autos pueden
romperse o no. No hace a las cuestiones psicológicas de la cuestión.
Pág. -102-
Dijo Ud. que recargar un arma basta estar con conciencia parcial, habrá
cargado Ud una vez un arma 357 ¿sabe el peso el tamaño de esa arma? No.
¿Sabe cuánto tarda una persona que tarde en hacer esa operación?
Depende las condiciones de la persona, cuanto le demandaría a A. no lo sabe.
Es conveniente interpretación armónica de todos los elementos, si no
tomo en consideración las contradicciones CGR, el informe de Quilodrán, el llamado a
Wallace ¿tuvo todos los elementos de interpretación? Si no tuvo en cuenta todos estos
elementos entonces tuvo los elementos necesarios, no puede decir si o por no.
El informe de Baffoni lo vio luego del segundo, pero no cambia el
informe. Tomo conocimiento en este momento, valoró y que no altera la hipótesis.
Lo estoy valorando al momento que la conoce e ir revalorando, al
primer informe era tal, luego el segundo no eliminó lo que venía de lo que ocurría
psicológicamente. Eventualmente podría haber una planificación, el aviso a una amiga,
de un sueño de un arma y luego la encontró y con eso soluciona los problemas con
E. El martes si no firma los papeles la voy a matar.
Luego cargar el arma, conducirse con E. que estaba preparada de
cama. Aterrizaje a un lugar oscuro, sin gente seguido de la ejecución ¿esto no habla de
una planificación? Entiendo que en el mensaje habla del arma no dice que no la va a usar.
Dice que la encontró. No recuerda que era para dirimir la cuestión con E. No
necesariamente hay planificación.
Que haya existido la posibilidad de otro disparador en esas
circunstancias en ese hecho ¿varía la probabilidad en la transitoria perdida de consciencia?
Que haya otro tirador no implica capacidades mentales mejores en A.
¿A. manifestó que hubo otra persona? No sabía, no tenía claridad si
había otra persona, no sabía dónde estaba E. en ese momento.
¿A. manifestó si sabía a qué disparaba o a quién? Si lo deduce del
relato.
25. Testimonial Z.J.M. (defensa) DNI
xxx
Preguntas de la defensa:
Manifiesta que vive en Bariloche hace 7 años, trabaja en xxx. Vive con su marido tres hijos y tiene una vida tranquila.
Pág. -103-
Sabe del caso. Tenía vínculo laboral primero y se hizo una relación de
amistad fuera del trabajo, respecto de A. y M. Conoció a E., pero nada
más. Después amigos en común del hotel.
Primero conoció a M. cuando trabajo en el hotel era liquidador de
sueldos. Ella estaba en salones, es fumadora y M. también, salíamos a fumar y
empezó a haber un vínculo y le consulta que era nueva en la ciudad, se hacía un
intercambio en las muchas horas dentro del hotel.
Ella entró el 28/03/2018 al hotel, en ese año era convocada
eventualmente dependiendo la capacidad. Una semana iba 5 días y la otra una. Con el
tiempo ese vínculo se hizo más frecuente. Compartían el almuerzo o salidas y los horarios
de 7 a 4 se cruzaban en la entrada y salida.
Describió de qué conversaban.
A A. lo conoció cuando ingresa al Hotel en 2018, sabe pero no
recuerda la fecha. Trabajaban en el mismo sector, comenzamos a charlar, a explicarle el
trabajo como todo nuevo, en qué sector le toco. Cuando uno comienza es el che pibe del
servicio. No compartía sector de trabajo con M., ella estaba en salones y él en
oficinas y no comparten con el resto. estaba con ella con funciones básicas.
Prácticamente con eventos era 5 o 6 días a la semana, o dos veces por semana
dependiendo de lo que aceptas y podías ir y la ocupación del hotel. Son nueve horas de
trabajo, van rotando los horarios. Almuerzo, desayuno, etc. Fajinando, llevar y traer platos
reponer bufé, atender algún huésped.
¿Como lo describís a A.? Súper amable, compañera, es un grupo
muy grande. Todos hacemos igual trabajo mujeres y hombres. ¿En A. veía una mujer
o un hombre que se exteriorizaba? El era hombre en el ámbito laboral el uniforme es igual.
No hay diferencias. En el ámbito laboral del hotel no tienen personas que estén
modificando su género, sean trans o vestidos. Después la vida personal es otra cosa.
Cuando lo fuiste conociendo ¿que te contó? Se hablaba de hijos, su vida,
donde vivía, cómo llego, qué quería, qué no quería. Se da un vínculo diferente. Al
principio no sabía que eran pareja M y el, después charlando un día le cuenta y
después se lo cuenta M. Que estaban viviendo juntos y querían formar una familia.
Comentó que estaba pensando en casarse y formar una familia formal. Muy amena no
algo especifico.
Pág. -104-
En cuanto a la estética de A. ¿que podés contar? Siempre fue prolijo,
bien vestido, siempre buscaba llevar ropa pegada, en el contexto de trabajo siempre
masculina. El uniforme es igual. Unisex. Salvo en oficinas, pero no en área de salones
somos todos iguales.
En la auto percepción de A, en los roles ¿qué podés contar que
veías de afuera? No todos lo hombres se ponen brillo labial y él sí, depilarse las cejas y
el sí. Dentro que lo que ella percibe como femenino. Un chupín ahora es más clásico.
Ahí donde como percepción siempre fue más afeminado que M.
El nunca estaba afeminado. En esos encuentros compartimos gratos momentos charlamos,
ahí vi a E. dentro de la casa. La había visto una o dos veces fuera de la casa.
¿De los niños te contaron algo? Si cuando ellos querían formar una
familia y después contaron, consiguieron una persona para subrogar el vientre y viendo
como lo podían hacer. De lado de F., si era un sueño tener hijos. Había un deseo.
M. tenía pareja anterior que contó que se habían separado porque
la persona con la que estaba no quería tener hijos. El deseo de M era anterior a F.
Relacionado al tema crianza ¿como viste los roles? F. siempre estuvo
al lado de los niños en rol de mamá, ese el rol que se veía. Tenían intenciones de casarse,
se casaron no sabe cuándo. En 2019, a mediados fines, sabe se casaron, no sabe bien.
En relación al nacimiento de los niños aproximadamente en noviembre
el 11 o 13 de noviembre del 2019, antes de la pandemia. Los niños eran dos.
F. es una persona que en su forma de hablar, hay ciertas actitudes,
mirarse espejo, el pelo, más femenino y eso lo veía en F. Siempre, ponerse brillo,
arreglarse el pelo. El hombre como hombre no lo manifiesta en la sociedad.
Sabe que se hizo bótox en labios y liposucción y se quería sacar rollos.
Para mí no tenía sentido, era más flaquito que yo. Buscaba sentirse mejor estéticamente,
sí lo relaciono con lo afeminado. Nunca lo charlo, lo que ella percibía era más mujer que
hombre. No lo puedo afirmar porque no tuvimos una conversación al respecto.
No tiene la misma charla respecto de lo hijos como con una mujer y con
F. si tenía esas charlas, eso lo charlás más con una mujer que con un hombre. Eso si
tenía charlas de ese tipo.
El se quedaba al cuidado de los niños y M a trabajar. Una vez nos
encontramos en el pediatra. El estaba con los niños y con E. En percepción, él era
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madre y M el padre. Por lo general es más común en mujer que en un hombre.
¿Cómo es el trato de F. con vos como mujer? Como cualquier
compañero de trabajo, siempre con respeto y cariño. Teníamos un vínculo lindo.
¿Lo considerás una persona violenta? Nunca lo vio violenta, que
levantara el tono de voz o que discutiera con alguien. Incluso en el Hotel que hay
discusiones y hay conflictos en el hotel por algo que no me gusto, y el tiempo con F.
nunca lo vio.
¿Qué te contaron de la subrogación? No indagó, si contaron que era que
lo querían hacer para tener hijo propio. Los dos estaban de acuerdo. De la persona gestante
no tenía información, lo que les aconseje en su momento primero con F. que tengan
cuidado, que hay cosas que tiene que tener cuidado, iba haber embarazo, médico, que el
bebé estuviera bien. Cuando me contaron iban a ser dos más que contentos.
Esa fue la conversación básica. Mas que nada tener cuidado y saber
quién era la persona. No sabía quién era E.
¿Escuchaste a A. hacer alguna manifestación contra las mujeres,
frente tuyo? No.
Preguntas de fiscalía:
A. vestía prolijo, etc. y consideraste esto es propia de una persona
afeminada. Para su percepción es más notorio en una persona femenina o masculina. Es
su percepción. Todo esto de arreglarse, etc. no dice que no sea de varón, es más común
en una mujer. Pero si lo hacen, sí.
El rol de mamá, acaso un papa no puede cuidar, etc. no puede. Si puede.
Es más común que la mamá se ocupe que el papá, en general son mamas el 80% del
consultorio es mamá.


26. Testimonial Dr. Martin Govetto (defensa) DNI xxx
Preguntas de la defensa:
Abogado desde el año 2000. Funcionario hace 20 años. Agente Fiscal
hace 9 años. Tiene formación específica en violencia de genero. Recibió una denuncia
penal por parte A. por un abuso sexual.
No se considera un especializado en género, en violencia de genero
tiene experiencia ya que trabaja en eso todos los días. Conoce la ley de identidad de
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género, pero no es un especialista.
En cuestiones de auto percepción, rápidamente aprendió luego de tres
o cuatro situaciones en preguntar como querés que me dirija a vos, y se trata de respetar
y manejarse con respeto a la identidad.
La auto percepción, lo que la persona se está autopercibiendo, es con la
simple voluntad, debo tratarlo como dice. Hay que ajustar la percepción, pero respeto
absoluto.
¿La violencia de género como la define? En lo personal se habla de
asimetría de poder, hay un marco normativo de qué se trata la violencia de genero.
Hay una definición que siempre la aplico y cuando hablo con mujeres
que es el control. Una relación asimétrica de poder es multicausal, hay un montón de
factores se expresa y origina.
El control buscando controlar a la mujer, porque le pertenece y puede
decidir sobre ella. Ejemplos simples, violencia económica, psicológica, deconstruyendo
creencia y comportamiento habituales, y presentarlos como formas asimétricas de control.
Tenemos una cultura machista, y tenemos que buscar la igualdad de
derechos. En los hechos cometidos, hay que ver cuál es el contexto y explicarlos. El por
qué es muy importante, hace una explicación.
Una persona con auto percepción de mujer, es un sujeto de derecho que
está abarcada por la ley de protección integral contra la violencia contra las mujeres.
¿Qué es sesgo de género u odio a las mujeres? Es complejo y
deberíamos dar respuesta multidisciplinaria. No la puedo dar solo. Hay situaciones de
hombres que odian mujeres. Como la cosificación y el sentimiento del hombre de
posesión. Es multicausal determinar esto y tiene que ver con un contexto. Juzgar con
perspectiva de género tiene que ver con el contexto para evaluarlo. El contexto del hecho
es muy relevante.
En un caso particular ¿un sesgo de genero podría ser odio generalizado?
No lo sabe, es muy difícil responder esa pregunta. Utiliza las opiniones de sus colegas
siempre, y casi siempre, involucro el equipo de psicólogos y trabajadores sociales.
Preguntas de la fiscalía:
¿Conoce a A. ? Si. ¿Tuvo intervención? No.
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27. Testimonial Chilo Carlos Alberto (fiscalía) DNI xxx
Preguntas de fiscalía:
Manifiesta es médico del Servicio TI del Sanatorio San Carlos. Para el
momento tenía el cargo de médico de la Policía de Río Negro.
El día del hecho participó como médico policial para ir al lugar junto
con personal de criminalística en circuito chico, cerca del Lago Escondido para la
inspección de un cuerpo sin vida.
Reviso a A.F. que estaba en la Subcomisaria n° 55, pero como
carecen de calabozo se lo trasladó en la Comisaria 27 donde lo vio. No recuerda el horario
es difícil de estimar, pero durante la tarde. El objeto de la intervención, siempre que fuere
detenido una persona el médico de policía tiene que ir hacer examen físico para constatar
signos de violencia o lesiones. Se elabora el certificado y procede lectura.
Reconoce firma fecha y sello. Edad 27 años, 22 hs, según examen sin
signos violencia física. Hisopado muestra carbón, nada más.
IV.- Antes de dar por finalizada la producción de prueba, se volvió a
consultar si A.F. deseaba declarar, a lo que su defensor el Dr. Vigueras hizo
saber que su asistido no prestará declaración.
V.- Alegatos de clausura:
El Fiscal Jefe Dr. Lozada comenzó diciendo que en la jornada inicial
dijimos que venimos a probar una tesis, consistía que el día 16/02/22, A.F. le
había quitado la vida a E. En circunstancias muy puntuales de tiempo, modo y
lugar.
El tiempo, entre las 0:50 y las 2:30 de la madrugada, el lugar circuito
chico donde empalma con el Lago Escondido y el modo, con un arma de fuego
calibre .357 con la cual efectúo al menos 9 disparos.
Propongo una primera secuencia que remite al día 16/02/22 que da luz
sobre las siguientes circunstancias. Aproximadamente a las nueve de la mañana, el 911
recibe tres llamados de turistas que pasaron por lugar. El comisario Muñiz dio cuenta de
esto y contaba la existencia de un cuerpo en la bajada de lago escondido y la necesidad
de presencia policial.
Pág. -108-
Este llamado es recibido por la cabo Aranda, oficial de servicio de la
Subcomisaria n.º 55 quien alertada de la novedad pide a personal de Llao Llao y pide
verifique la existencia de un cuerpo sin vida aparentemente. Ante esto, inmediatamente
se comunica con su Jefe, con Criminalística, con el Cuerpo de Investigaciones, con Salud
pública y bomberos voluntarios. Todo este personal llegara al lugar del hecho.
Lo sabemos Uribe, por la oficial Epullán y lo declarado por propio D.R.
En ese preciso lugar se determina la existencia de un cuerpo sin vida,
con orificios de arma de fuego, se levantan evidencias, se releva el área y luego de lejos,
hacia el lugar del cuerpo, se analiza metro por metro y se produjo el levantamiento de
evidencia hasta llegar del cuerpo sin vida de E.
Se secuestraron plomo, se individualizaron manchas de sangre. Se
advirtió que este cuerpo correspondía a una mujer, tenía la parte de la ropa levantaba y se
advirtió también, al moverlo que por fuera de la ropa estaba su teléfono celular.
El cuerpo se recoge y se lleva a la autopsia. En la autopsia pudimos
escuchar a la Dra. Lacuadri, se advirtió la presencia de 9 proyectiles producidos por un
arma de fuego de ingreso en su cuerpo. Más otro que le rompió el tabique y que no fue
hallado.
Es decir 9 disparos seguro, orificios de entrada, más otra hipótesis muy
razonable y una hipótesis de reingreso en el antebrazo.
Nueve orificios de entrada, más otro diez, para entonces se sabía la
identidad de la víctima porque aquí recuerdo al cabo Aranda que a las 11 de la mañana de
ese día aproximadamente en la Subcomisaria 55, se recepcionó una llamada telefónica de
una persona que se identificó como A.F.F., quien sostuvo que estaba
muy preocupado porque su amiga E. había desaparecido, era raro porque tenían
niños y además él la había dejado en su vehículo la noche anterior en un lugar que se
correspondía con un puente, dijo Aranda y luego dijo un hotel, y esto resulto raro, dos
datos diferenciados al sitio. Le llamo la atención porque dijo que E. estaba con
pantuflas, le llamo la atención esta información.
De modo que, a esta altura, se sabía de la investigación que era E.,
que tenía 9 orificios y había una persona que había reportado su desaparición.
Escena dos, les propongo que vayamos a los últimos momentos del día
Pág. -109-
15, sabemos que A.F. a bordo del Chevrolet Joy color azul se encontró con la
Sra. M.M., en las últimas horas de ese día 15, tenemos la declaración de Epullán
y de M. y las filmaciones, estuvieron primero en Modo Bar junto a la hija de
M y luego en Dagda, y compran pizza y en ambos vehículos, el chevrolet manejado
por A. y en el vehículo de M. un Gol, se dirigen a la casa de A.F.F. o que le
daba una bolsa que se iba.
Sabemos por M. y por las cámaras de Epullán, que llegaron al
domicilio en calle xxx en ambos vehículos a las 00:26 del día 16/02/22.
Llegan al domicilio, A. ingresa el vehículo al interior del predio
mientras que M. deja el vehículo afuera. Ingresan a la casa, dijo M., las luces
estaban apagadas y apareció E., vestida de cama como quien va a dormirse. Las
criaturas despiertas, la bebé dormida.
Esto le llamo la atención a M, porque F. le manifestó que
E. tenía una cita, pero se encontró una persona que se iba a dormir con ropa de
cama.
Minutos después de agarrar esas bolsas, M. se retira del domicilio,
lo sabemos con las filmaciones, a las 00:41 abandona el domicilio con su auto.
Sabemos que adentro no había otra persona que no sea A. y E.
Habiéndose retirado a las 00:41 M. , sólo 10 minutos más tarde, A. y E.
hacen lo propio, salen a las 00:51 a bordo del vehículo que estaba adentro del terreno y
se van por la calle xxx, hacia la zona de circuito chico.
Eso fue así porque lo declaro el propio acusado, que reiteró que llevo a
E. y que luego dio distintas explicaciones y a F. otra cosa.
Sabemos también que ese vehículo vuelve a las 02:22 de la madrugada,
sale 00:51 y vuelve a las 02:22 de la madrugada y sabemos también, que tomo esa cámara
del vecino, que luego de llegar a las 2:22, ese vehículo no vuelve a salir, hasta que llegan
personal de la fiscalía a las 11 de la mañana.
La duda razonable es la compatible con el sentido común ¿cabe abrigar
alguna duda razonable a que A. y E. fueron quienes salieron de ese domicilio?
Cuando se verifica la salida del vehículo. Cuando A. lo pone en conocimiento de los
propios investigadores. Cuando E. aparece muerta. No cabe abrigar ninguna duda,
esto no fue solamente reconocido por A., sino que hay prueba científica que sostiene
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a esta porción de la realidad.
Escena 3, en el sendero que conecta la ruta 77 de circuito chico con el
Lago Escondido se detecta el cuerpo. Ese cuerpo es individualizado como E. A los
costados de ese cuerpo, conforme indicó la Lic. Uribe y Diaz se secuestraron distintos
proyectiles, a la mañana.
Un primer estudio que le dice a D. que ese proyectil al lado de
E. era un proyectil calibre 357, horas después en la autopsia, la Dra. Lacuadri que
fue extraído de E. en la cadera, otro proyectil, éste analizado por Ramón Diaz, se
correspondía a un 357, idéntico calibre al encontrado en el piso.
Se llevo adelante un estudio balístico, si estos proyectiles conforme
estudio científico, fue disparada por la misma arma. Y efectivamente habían sido
disparados por la misma arma.
El 18/02/22 en el marco de un requisa y allanamiento y de análisis de
territorio de la vivienda de A. y contando primero con un detector de metales, el oficial
Ramón Díaz encuentra, en el sitio donde estaba estacionado el auto, a un metro y medio
del mismo, encuentra adentro de un arbusto un arma calibre 357.
Con esa arma calibre 357 se produce un proyectil testigo indubitado,
uno de los encontrados en el interior del domicilio, allí donde estaban escondidas las
armas. Se produce un disparo y se obtiene un proyectil comparado con los otros dos, en
el suelo y en el cuerpo y el resultado era que todos estos proyectiles habían sido
disparados por la misma arma. Calibre 357, el arma secuestrada en la vivienda.
Estaba allí en la casa que vivía A. , casa que luego de la muerte de
M. quedo a su plena disposición, el arma que manifestó K.F.C.
que estaba en un galpón que no tenía acceso A. y luego de revisar minuciosamente el
garaje, en el fondo en el entretecho bien empaquetado estaba esta arma y los proyectiles.
Cabe abrigar alguna duda razonable que permita echar por tierra la
afirmación, que el arma estaba a disposición y fue encontrada por A.F. Que los
proyectiles fueron efectivamente disparados por esa arma. La respuesta es que no existe
duda suficiente, se superó cualquier estado de duda razonable. Esa arma a disposición de
A. fue la utilizada para disparar al menos 9 disparos en contra de E.
Tomas de muestras GCR, el perito Ramón Díaz comento en qué
consistía, sacó unos frascos e indicó que eran cuatro, uno se mantiene virgen y los otros
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busca de residuos de arma de fuego y puso a conocimiento nuestro, que durante las
diligencias del día 16, que se tomaron muestras de las manos de A., de ambas, para
enviar esas muestras al laboratorio a cargo de Quiroga en la Pcia. de Santa Cruz, que
efectivamente recibió la cadena de custodia, que llevo adelante las operaciones de barrido
electrónico y sostuvo el carácter positivo del hallazgo.
Concretamente, las muestras arrojaban partículas características del uso
de arma de fuego. Señales químicas inequívocas, contundentemente esas muestras
contenían esas partículas.
GCR dos, idéntica operación, pero respecto de las ropas que vestía
E. a la hora del hecho, cuando la Lic. Uribe toma muestras alrededor de los orificios
de las mismas y las reenvía al geólogo de la Universidad del Comahue en Roca, Arce,
quien analiza idéntico instrumental y obtiene aquí partículas características del uso de
arma de fuego en la ropa de la víctima.
Es importante habiendo detectado en la ropa partículas características,
luego el Técnico Quilodrán sabiendo que la ropa de E. tiene manifestaciones de
residuos de arma de fuego, lleva a delante una prueba empírica, con una probeta, le fue
remitida de Bariloche el arma de fuego secuestrada y dos pulóveres de similares
características a las usada por la víctima, para un fin puntual.
Para que utilice esa arma y pruebe en la probeta disparos para
determinar la distancia máxima registra a su vez residuos de arma de fuego.
La tarea que tiene Quilodrán, que disparó contra la probeta a 50 cm y
verificó efectivamente en la ropa le indicada residuos de arma de fuego.
Luego sostuvo idéntica maniobra a 120 cm de distancia y pudo
corroborar que aún a esa distancia la ropa marcaba gases. A un metro setenta ya no había
residuos. Esto le permitió concluir que al menos uno de los disparos fue efectuado a un
metro veinte de distancia.
Fue preguntado por el sitio de esta prueba, que fue en un lugar cerrado,
diferente donde fueron los disparos, fue repreguntado que sucede en vez de hacerlo en el
laboratorio, se haga en el mismo experimento en un lugar abierto, a lo que dijo la Lic.
Uribe es que las distancias se acortan. Si hubiese sido esa misma maniobra hubiera sido
distancia más reducida.
La fiscalía viene sosteniendo que el homicidio que sufrió E.,
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decimos se trató de un femicidio, fue premeditado.
Esto es que A. , con carácter previo a su ejecución, lo pensó, lo
planificó, lo meditó, llevó adelante una operación racional para leer de cuál era el
instrumental conveniente y qué debía escoger.
Decimos esto porque prueba científica avala esta hipótesis y hablo de
las 30 mil hojas del teléfono, que le fuera secuestrado producto de la explotación forense
que realizo el Ingeniero Baffoni, quien se concentró en los últimos 20 días.
Encontró una serie de comunicaciones, en las que A.F. se
comunica con interlocutores suyos y donde deja huellas, deja la impresión clara muy
prístina de cuales es la premeditación que nos referimos.
Comunicación del día 13/02/22 con C-V-, sabe amiga que
tuve un sueño, que encontraba un arma y después que efectivamente encontraba un arma.
Luego le dice, es una señal del destino y luego le afirma que, si E. no le firma los
papales el martes, la voy a matar. El martes la asesino.
Segundo punto, respecto de la premeditación, se comunica en esa fecha
posterior más cercana al 16, con una persona de Brasil, y le manifiesta, amigo vos sabes
de un uber que me traslade desde Rio de Janeiro hacia Angra, ciudad que está a tres horas,
porque voy a llegar yo además de tres crianzas.
Está claro a través de este mensaje que ya tiene consigo el dato que no
va a viajar con E. a Brasil y está claro que está prescindiendo abiertamente, el arma
y el aviso de la búsqueda de uber está claramente expuesta más allá de duda razonable la
premeditación que A. tiene a la hora de llevar a cabo este crimen.
También aparece muy importante subrayar el modo que A. empieza
a desdibujar la evidencia criminal desde el momento cero de la consumación del acto
criminal, empieza a modificar lo manipulando la evidencia.
A. sale con E. del domicilio a las 00:51, los investigadores
hicieron el recorrido y determinaron que en 13 minutos a 40 km/h pueden estar en la casa
de E. hasta circuito chico.
Inmediatamente después de quitarle la vida a E, A. busco el
teléfono de E., no se entiende porque estaba el cuerpo en el piso con la ropa hacia
arriba. Busco el teléfono de E, se hizo del teléfono de E. y se mandó un
mensaje a su propio teléfono. Y luego lo coloco el teléfono debajo del cuerpo E..
Como explicamos que el teléfono estaba fuera de la ropa fuera de su bolsillo.
Manipuló el teléfono a las 01:13 de la madrugada ya la había asesinado
y ya estaba con plena conciencia y deliberación intentando modificar la evidencia
criminal. Hay patrones conductuales que marcan el derrotero de una marca criminal.
Inmediatamente después, con su teléfono A. se empieza a comunicar
con C.L. por el término de dos horas y empieza a decir, la estoy buscando a
E., debe estar enamorando como siempre, y empieza a dejar constancia escrita que
la está buscando y está preocupado. Pero este patrón continúa porque si bien se va a
dormir a la 3 de la mañana, a las 9 empieza a mostrar que está preocupado por E.
Hay una perversidad intrínseca porque se comunica con el hermano de
E, W. para hacerle saber que estaba preocupado por su hermana porque no la
encontraba. Sabía perfectamente que estaba muerta.
Se comunica con W., siguió comunicándose con C.L. ,
siempre para desviar a la investigación. Llama a la Comisaria Segunda, llama a la 27,
tenés que llamar a la 55 y mantiene una conversación con la cabo Aranda. Todos estos y
cada uno de estos son manipular la evidencia que lo pudiera perjudicar.
La cuestión a la imputabilidad, a esto que en derecho penal tenemos que
hacer los operadores en hacer un examen de la psique de la persona acusada. Tiene que
superar el test de culpabilidad.
Hacer un abordaje a la psicología si pudo comprender el sentido de la
norma prohibitiva, pudo ajustar su conducta a los términos de la norma. Tuvo la
posibilidad de comportarse diferente. A no quitarle la vida.
Todas estas preguntas si estaba en condiciones psíquicas emocionales
de comprender si pudo ajustar su conducta si pudo comportarse de otro modo al que lo
hizo, la respuesta la trajo Verónica Martínez, psiquiatra, que ofreció respuestas
contundentes, de que A. no presenta trastorno mental alguno más que una tendencia
paranoide que le permite advertir algún tipo de amenaza, pero que de ningún modo lo
aleja de la realidad. Cumple con todos los requisitos para ser una persona punible e
imputable. No sufre trastorno mental alguno que permita considerar por debajo del
estándar necesarios para considerar una persona punible.
Es importante volver en torno al trabajo de Martínez, porque explicó
que para investigar en la psique de una persona, es indispensable tomar todos los
Pág. -114-
momentos de la acción criminal, en necesario revisar todo el stock de conducta,
momentos previos, si los hubiese, preparatorios, los que conducen a la acción criminal en
sí mismo y los hechos posteriores, solamente así, tomando este arco de posibilidades, se
puede determinar el funcionamiento de la persona acusada.
Tomó en consideración cada uno de los movimientos que han quedado
objetiva y científicamente comprobados, los sopesó, los analizó y encontró coherencia,
analizó con la frialdad suficiente de encontrar un arma, cargar el arma, eran 19 que
faltaban de probar el funcionamiento del arma, y quedarse con otras 12 para utilizarlo.
Portar un arma sin autorización legal ni de su titular. Subir a ese vehículo a la víctima, de
trasladarla un lugar a las 00:51 de la madrugada, un lugar lejos de cualquier sitio.
No hay ninguna que pueda escuchar el sonido de un disparo, no hay
nada, la frialdad de llevarla ahí y la acción criminal en sí misma, vaciar un cargador.
Recordamos a Ramón Diaz que efectúo la carga y descarga, que lo hace,
hace 15 años recuerden lo que tardo, imagínense en la noche y con un tirador no experto,
la frialdad para agotar los 6 proyectiles y volver cargar y volver a tirar y producir más de
9 orificios en su cuerpo y con la voladura del tabique posiblemente 10 y la posibilidad
de reingreso.
Concluye la Dra. Martínez, que todo este arco de actividad y respecto
de su capacidad para comprender y su capacidad para dirigir y desestima lo que luego nos
vino a contar el Lic. Fernícola de un posible apagón de la conciencia, un hipotético, algo
que está en las posibilidades.
Lo que nos cuenta Fernícola es exactamente lo que le cuenta A.,
manifestó que era una hipótesis razonable, cuando a la pregunta de fiscalía la endeble de
Fernícola es más contradictoria.
Mas allá de cualquier duda razonable, cabe desechar aquel estado
transitorio de perdida de la conciencia, inverosímil en la medida que cada uno de los actos
que se producen antes, en la ejecución y después de ella, estaban marcadas por la
racionalidad, por el gobierno y el uso de la razón.
La acusación de la fiscalía lleva dos agravantes, acusamos a A. de
un homicidio llevado adelante con arma de fuego y dos agravantes, primero alevosía,
mata con alevosía el que mata a una víctima que no tiene posibilidad efectiva de
defenderse.
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El que mata sobre seguro, el que mata con la victima a su merced.
Carece cualquier posibilidad de defensa. Al matar no es objeto de ninguna posibilidad de
ataque u objeto de lesión para con su persona. Tengo la victima a mi merced y no se puede
defender. Reduje todas las posibilidades de una defensa efectiva.
Acaso A. no asesinó a S.E. en un contexto de clara
alevosía cuando la lleva con pantuflas y ropa de cama, en horario de madrugada
posiblemente engañada a un sitio que no hay persona alguna, oscuro, en el cual no hay
moradores ni negocios.
Matar una persona que no tiene oportunidad de defenderse. Cuatro de
los disparos que recibe E. son en su espalda. Tomen en cuenta el calibre del arma
357 y la cantidad de disparos que recibió, vaya si E. carecía de capacidad de
defenderse.
Agravante dos, violencia de género, escucharon del Dr. Govetto que no
consiste en que un varón le pegue a una mujer, hay distintas modalidades y para
analizarlas hay que analizar el contexto. En qué circunstancias, si existen asimetrías
fácticas, si uno tiene más poder sobre el otro que tiene menos poder. Analizar los
contextos.
En este caso puntual, nos queda claro, que A. se conecta con
E. y le imprime un carácter instrumental a la relación, porque la utiliza para lograr
como algo que como varón no puede, que es tener hijos. Es el dinero de M. el que
permite que A. gobierne y tenga en una situación como subalterna a E. Claro
que la cuida porque es el envase para tener sus hijos. La domina porque le paga. La
domina porque tiene la plena disponibilidad, la domina y la utiliza.
El proceso de cosificación, la utiliza como una cosa para la consecución
de su fin, esta tan así que cuando ella le deja de ser útil y le entrega la tercera criatura,
con la plata de M. que el administra, gobierna a E. En el momento que ya
tiene las criaturas no le sirve más, la desecha. Que nota más clara que la violencia de
género para lograr lo que quiero, la ejecuta se la saca de encima.
La acción de dar muerte, sino este proceso previo de instrumentación,
y luego cuando empiezan los problemas no me servís más, otra cosa mariposa.
Existe en Argentina una ley de identidad de género desde 2012 y los
funcionarios debemos seguirla a rajatabla en todos los organismos del estado, apunto tal
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si mañana quiero llamarme Martina y experimento sentirme mujer, tengo derecho sin más,
a ser reconocido como tal.
Estos derechos que tenemos todos, es muy diferente o requiere un
escrutinio y abordaje particular cuando la persona que manifiesta esta vivencia íntima, lo
hace, siendo varón respecto de una mujer y luego de 10 meses pretende identificarse como
una mujer. Requiere otro análisis cuando, quien manifiesta, puede llegar a serlo, lo
manifiesta para zafar de uno de los agravantes, este es el caso. A. comunica 10 meses
después de cometido su asesinato sentirse e identificarse como una mujer.
Lo que nos preguntaríamos acá si cometido el delito nos lo tenemos que
preguntar, inexorablemente tenemos que preguntarnos, si esta persona acusada de un
delito al momento del hecho, efectivamente se vivenciaba, una cara y a otra externalizaba.
La única forma si me vivenciaba mujer, la única forma es revisar los
actos de esa persona que esa persona dice 10 meses después. La única forma de evaluar
esto es a través del comportamiento, de los actos de los cuales interactúo en la vida social.
En el común y general de los casos basta que uno diga me siento mujer,
para reconocerlo. Distinto un varón, que asesina a una mujer y luego 10 meses después,
dice sentirse mujer. Inexorablemente tenemos que verificar si hay indicadores objetivos
verificables, que se comportaba como una mujer. Saben que todos y cada uno de los
momentos en que se manifestó como F.
La posibilidad que tuvo en Brasil de cambiar de género y no lo hizo. En
Argentina y no lo hizo. Cuando estuvo en el registro y no lo hizo. Dijo una testigo, no
cambio su identidad sexual porque M. no se lo permitía. No cambio porque E.
no se lo permitía. De ser cierto lo de M. cuando se murió, y sin embargo no lo hizo.
A la hora de llamar a la policía dijo llamarse F. La policía que lo entrevistó dijo
estaba en un varón. El médico De Luca dijo que se presentó y que era varón.
Porque Zimmermann lo identifica como tal, porque W. lo
identifica como tal, nunca apareció el nombre de A., no resulta sugestivo que
A. apareciera 10 meses después .
Estoy convencido que este patrón de cálculo, de manipulación, es un
patrón conductual de A, que no tiene ningún problema en tergiversar la realidad de
manera muy convincente.
De hecho un psicólogo, cree que en el momento de disparar pum se me
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acabo la conciencia y disparo 6 tiros y la conciencia obnubilada.
El móvil quedo claro, E. comenzó a ponerle problemas y
obstáculos a la plena disposición de las criaturas, yo quiero a las tres criaturas conmigo,
y si me pones un obstáculo, ya sabemos.
El proceso la cual la denosta a E. en su comunicaciones. D.
puta se fue con un macho y las barbaridades son claras manifestaciones de violencia de
genero.
D. se convirtió en un obstáculo y A. estaba con motivos para estar
enojado con ella, se debe sumar a esta puesta de límites a la plena disposición de los niños.
Probablemente estaba muy enojado con D., se la saca de encima, se
quería ir a Brasil con las criaturas y le ponía obstáculos y por eso la elimina.
Acusamos también de haber portado un arma de fuego de uso civil
condicionado sin autorización legal y el Ministerio Fiscal considera todas la
circunstancias de hecho, derecho, científicamente comprobado que hace a la materialidad
del hecho y autoría materialmente responsable.
Lo incitamos para que a la hora de pronunciarse en un veredicto lo
hagan por la culpabilidad y de quien quito la vida a S.E., de 26 años madre de
seis hijos. Gracias.


A continuación, llegó el turno del alegato del defensor Dr. Vigueras,
que alegó en los siguientes términos:
Nosotros de la defensa de pública, no buscamos impunidad, ni injusticia,
buscamos que las leyes de la sociedad para una persona esté acusada, se respeten. Nada
más. Los hechos son lo que son y no lo que uno quiere que sea. Estas leyes conocidas se
deben probar respecto de lo que se acusa. El mundo entero civilizado está de acuerdo,
tiene que cumplir esas mínimas reglas, esas mínimas garantías. Esa es la Constitución de
la Nación Argentina.
Dicho eso aquí, se dan afirmadas circunstancias de hecho que no fueron
probadas. No voy a repetir y tienen en su mente lo que aquí paso. Sólo voy hacer
referencia a cuestiones puntuales. No tenemos una cámara filmadora al momento del
hecho. Ustedes vieron a Epullán en las filmaciones que tal auto era tal auto, no lo era.
Quienes van en el auto. Y digan que el video quien maneja quien conduce, donde esta eso.
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Donde está todo lo demás, una propuesta ante ustedes, la suela en los
zapatos en el lugar del hecho y lo que se secuestró no tenía compatibilidad con el calzado
de una persona acusada. Las impresiones de las cubiertas con ese rodado, donde están. Se
habla de 9 proyectiles y donde están. Si son de esa arma tiene que estar todos los
proyectiles. La lic. Uribe dijo que podía haber dos tiradores.
Pólvora en las manos, en el manubrio del auto, en la palanca nada,
donde está la certeza, duda razonable algo más. Es lo mínimo que se debe respetar a
cualquiera si estamos sentados allí. Respecto de lo que no se pudo acreditar, la subió al
auto, las palabras no son prueba, los hechos sí.
Respetuosamente los invito a pensar con conciencia si en esas
condiciones se puede condenar. Nosotros que les presentamos a traer, una persona que se
auto percibía con genero distinto del que nació. Se percibe mujer.
No fue así la investigación, el primer día supo al menos su orientación
sexual al menos. Puede haber algo más y empezamos a indagar si había. No solo una
orientación, era una auto percepción de ser mujer. Esto que no se debe probar, como uno
se auto percibe. Es ley, pero a la ley se debe respetar siempre. No sólo cuando me sirve o
no. Se da esta situación especial, pero no quiere decir que esto no existían antes. Desde
que A. es adolescente en Brasil.
A través de su hermana, de A.A., que vino de Brasil y cuidó los
niños. Que contó que desde Brasil tenía ese sentir, que también fue avalado por Fernícola.
Esa es una construcción que lleva mucho tiempo en la vida de la persona.
Es la vivencia interna e individual de género de la persona.
Que es cuestión de estrategia, no es así, sostenemos la posición de
A., entendemos que pudimos acreditar que desde su adolescencia se expresó, Cali
manifestó que cuando la vieron como entiende esa persona que la conoció en noviembre
de 2019, que era coqueto y esto a su modo de ver lo femenino. Ser hombre o mujer es una
construcción social. Eso es lo que siente ella, así de esa manera.
Frente a Zimmermanm, con botox y brillo labial. La liposucción que
dijo el Dr. De Luca, el sentido de esa operación era tener una figura más femenina, al
sentir de A., ella le da esa connotación. Por el sentido de ser femenina.
Esto es de sobremanera importante, lo que no se debe probar sino que
se debe reconocer que es la auto percepción de género, nos vemos en esta obligación de
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demostrarle que una persona que se auto percibe mujer al mes de febrero del 2022.
Esto fue de que lo hablo el Lic. Fernícola, Martínez y Lozano acerca de
su auto percepción. Que realizo tratamientos en Brasil. Lleva tiempo y también tiempo
en la sociedad.
No es una cuestión utilitaria, la acusación sabia al menos su orientación
sexual. Mas no indago. Eso viene desde la adolescencia.
También requiere la agravante del femicidio un contexto de violencia
de género, como contó el Dr. Govetto, una relación desigual, la cosificación, el hombre
que se hace dueño de una cosa.
Está a merced, la cultura machista que se debe probar. Esa conducta esa
relación desigual de poder, la integridad física, económica que le afecte depende de la
voluntad de este que se cree superior.
Eso no está en A., no se probó esta relación desigual de poder,
que hecho surge una relación desigual de poder.
Incluso la Dra. Martínez dijo que E. la amaba. No vamos a
exagerar, pero si se dijo que E. , lo dijo M., que tenía su novio, M. no
recordó el nombre, pero dijo que tenía su novio en la casa.
Esto muestra libertad, no su sojuzgamiento por parte de A.
A Garrido, E. le dijo que había probado el curso de marinera
estaba contenta, esto es libertad económica. Eran personas de confianza con E..
Tenía personas para recurrir. No la condición de extrajera le da más posibilidad, puede
trabajar de eso. No hay relación de poder no se probó. Una violencia un odio a las mujeres,
eso tiene que estar presente para hablar de femicidio y probar.
Donde está el odio a la mujeres, en la cabeza, y el Dr. Govetto dijo como
te tengo que llamar y bueno hoy hay que preguntar.
Luego que tiene que estar afuera, que no se acredito. la relación desigual
de poder.
Lo otro es lo interno, el odio a la mujer, debe ser por razón de ser mujer.
Eso es femicidio. Por ser mujer.
Se preguntó aca cómo se vincula con las mujeres, Ustedes escucharon,
nadie hablo de violencia con ninguna mujer. ¿Que la uso como envase? No salieron de
acá, salieron de la acusación, como un envase.
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Cuando aquí se dijo que E. se ofreció para gestar y tanto como
M y A. ambos querían formar una Familia. Porque se atribuye esto solo
A. Máxime que sabemos que se ofreció para gestar. Cuando no le sirvió más la
mata. Los mellizos nacen en noviembre de 2019, E. se va a Brasil, en agosto del
2021 vuelve, donde está el envase, que no me sirve.
No hay un hombre, no hay contexto ni odio a la mujer, no existe
agravante.
Tampoco hay alevosía, es matar indefensa aprovechándose del estado
de indefensión, o me escondo en un lugar nadie me ve y salgo hacia la victima ahí
podríamos pensar aprovechamiento acá no lo hay.
Que se dice, del mismo relato de la acusación surge que no está la
indefensión, se sube al auto, llegan, se bajan caminan, no está dormida drogada y su
victimario está a plena vista. No se dan los requisitos legales.
Solo se respete la ley y eso se cumple se terminó.
Este caso no se está cumpliendo, tenemos la obligación legal no hay
alevosía, y tener en cuanta aunque sea mínima, la posibilidad de defensa excluye la
alevosía.
Entre otras cuestiones, el Lic. Fernícola dijo que quien tenía el arma era
E., de eso no se dijo nada, no hay alevosía. Luego que propusimos nosotros que los
hechos pasan, por más inmoral y terrible sea el hecho.
Sólo exigimos respeto, que pasó y para eso también trabajamos. El Lic.
Fernícola trabaja para el Poder Judicial, y eso es una pericia y fue él los que dijeron que
el 16/02/22 fue A.
Hubo un trastorno mental transitorio que no pudo ni comprender la
criminalidad, No lo dijimos nosotros, somos el canal, tenía una base de ideas paranoides.
Coincidió predominio de ideas paranoides con el Dr. Fernícola, eso es
lo que pide la ley, que se analice en el momento del hecho, Martínez analizo en el
momento del peritaje.
Le preguntamos, indagó la defensa, sólo lo que informo la acusación. Y
de ahí que surge y la Dra Martínez que respeto, pero no lo analizo.
El hecho lo analizo Fernícola, dijo que estuvo inmerso en un trastorno
mental transitorio que produjo alteración de la realidad, que no haya podido comprender
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ni dirigir sus acciones.
La falta de aptitud psíquica, por este trastorno mental transitorio, que
sintió que lo tocaban que había un arma, que lo perseguían. Esto lo creo en su mente, una
irrealidad tan real para A. como la realidad misma. Ahí tenía la conciencia
funcionando a nivel perturbado.
Concluyan en esta propuesta que trae la defensa pública, que no hay
femicidio, no hay alevosía y no hay culpabilidad por inimputabilidad.
VI.- Finalizados los alegatos, se le concedió a A.F. la
oportunidad para que hiciera uso de la última palabra, aunque se abstuvo de hacerlo.
Tras ello se declaró cerrado el debate y se invitó al jurado a retirarse de
la Sala. Tras un breve cuarto intermedio, se llevó a cabo la audiencia de litigación de
instrucciones finales, que fue grabada en audio y video, conforme establece la normativa
vigente. Allí constan los argumentos por los cuales resolví el texto final de las mismas,
tras haber las partes litigado alguna de ellas.
Conforme prevé el art. 206 del C.P.P., transcribo a continuación las
instrucciones finales y los veredictos acordados con las partes, que luego fueron
explicados e instruidos al jurado:


VII.- INSTRUCCIONES FINALES AL JURADO
OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL JURADO


INTRODUCCIÓN
[1] Miembros del jurado, quiero agradecerles por su atención durante el juicio. Por favor,
presten atención a las instrucciones que les estoy por dar. También les daré copia de ellas
por escrito.
[2] Pronto ustedes abandonarán esta sala de juicio y comenzarán a discutir el caso en la
sala de deliberaciones del jurado.
[3] Cuando comenzamos este juicio, y en diferentes instancias del mismo, los instruí
acerca de algunas reglas legales de aplicación general o para parte de la prueba a medida
que iba siendo recibida. Dichas instrucciones siguen siendo aplicables.


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[4] Ahora les daré algunas instrucciones más. Las mismas cubrirán varios aspectos.
Considérenlas como un todo. No señalen algunas como más importantes y presten menos
o ninguna atención a otras. Todas revisten la misma importancia, a menos que yo les diga
otra cosa.
[5] Primero, les explicaré sus obligaciones como jurados y les diré las reglas generales de
derecho que se aplican en todos los juicios por jurados.
[6] Segundo, los instruiré acerca de las reglas específicas de derecho que regulan este
caso en particular y la prueba que han escuchado.
[7] Luego, explicaré lo que la fiscalía debe probar más allá de toda duda razonable a fin
de establecer la culpabilidad de la persona acusada por el o los delitos imputados. Allí les
explicaré cada uno de los delitos imputados por la fiscalía y los delitos menores incluidos
que pueden corresponder, sus elementos y cómo se prueban. Luego les informaré sobre
las defensas alegadas por la persona acusada y otras cuestiones que surgen de la prueba
que han escuchado.
[8] Finalmente, les explicaré los veredictos que ustedes pueden rendir y el modo en el que
pueden enfocar sus discusiones del caso en la sala de deliberaciones del jurado.
[9] Es importante que escuchen muy atentamente todas estas instrucciones. Las imparto
nada más que para ayudarlos en la toma de la decisión; pero nunca para decirles qué
decisión deben tomar.


OBLIGACIONES DEL JUEZ Y DEL JURADO
[1] En todo juicio penal con jurados, hay dos jueces. Yo soy uno. Ustedes son el otro.
Yo soy el juez del derecho. Ustedes son los jueces de los hechos.
[2] Como juez del derecho, es mi deber presidir el juicio. Yo decido qué pruebas la ley
les permite a ustedes escuchar y valorar, cuáles no y qué procedimiento se seguirá en el
caso. Al terminar la producción de la prueba y tras escuchar los alegatos finales de las
partes, es mi deber explicarles las reglas legales de derecho que ustedes deberán observar
y aplicar para decidir este caso.
[3] Como jueces de los hechos, vuestro primer y principal deber es decidir cuáles son los
hechos de este caso. Ustedes tomarán esta decisión teniendo en cuenta toda la prueba
presentada durante el transcurso del juicio. No habrá ninguna otra evidencia. No
considerarán nada más que la prueba del juicio. Ustedes están facultados a sacar
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conclusiones derivadas de su sentido común, siempre que estén basadas en la prueba que
ustedes acepten. Sin embargo, no deberán especular jamás sobre qué prueba debería
haberse presentado o permitirse suponer o elaborar teorías sin que exista prueba para
sustentarlas.
[4] Decidir los hechos es su exclusiva tarea, no la mía. La ley no me permite comentar o
expresar mis opiniones con respecto a cuestiones de hecho. Yo no puedo participar de
modo alguno en esa decisión. Por favor, ignoren lo que pueda haber dicho o hecho que
los haga pensar que prefiero un veredicto por sobre otro.
[5] La prueba no tiene que dar respuesta a todos los interrogantes surgidos en este caso.
Ustedes sólo deben decidir aquellas cuestiones que sean esenciales para decidir si los
delitos han sido o no probados, más allá de una duda razonable.
[6] Su segundo deber consiste en aplicarle a los hechos que ustedes determinen la ley
que yo les impartiré en estas instrucciones. Es absolutamente necesario que ustedes
comprendan, acepten y apliquen la ley tal cual yo se las doy y no como ustedes piensan
que es, o como les gustaría a ustedes que fuera. Esto es muy importante, porque la justicia
requiere que, a cada persona, juzgada por el mismo delito, la traten de igual modo y le
apliquen la misma ley.
[7] Si yo cometiera un error de derecho, todavía puede hacerse justicia en este caso. La
Oficina Judicial registra todo lo que yo digo. Un Tribunal de revisión puede corregir mis
errores. Pero no se hará justicia si ustedes aplican la ley de manera errónea.
Vuestras decisiones son secretas. Ustedes no dan sus razones. Nadie registra nada de lo
que ustedes digan en sus discusiones para que el Tribunal de revisión las revise. Por esa
razón, es muy importante que ustedes acepten la ley tal cual yo se las doy y la sigan sin
cuestionamientos.
[8] Entonces, es vuestro deber aplicar la ley que yo les explicaré a los hechos que ustedes
determinen para que alcancen su veredicto.
[9] Por último, deben saber que el jurado es independiente, soberano e indiscutiblemente
responsable por su veredicto, libre de cualquier interferencia o presiones del tribunal, de
las partes o de cualquier otra persona por sus decisiones. Ningún jurado podrá ser jamás
castigado o sujeto a penalidad alguna por los veredictos que rindan, a menos que aparezca
que lo decidieron corrompidos por vía de soborno.


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IMPROCEDENCIA DE INFORMACION EXTERNA
[1] Ustedes deberán ignorar por completo cualquier información radial, televisiva o
proveniente de periódicos, telefonía celular o Internet, tales como SMS, Blogs, E-mail,
Twitter, Facebook, Instagram, etc, que hayan escuchado, leído o visto sobre este caso o
sobre cualquiera de las personas o lugares involucrados o mencionados en ella. Dichos
informes y cualquier otra información externa a la sala del juicio acerca del caso, no
constituye prueba. No consulten a terceros ajenos al jurado ni a ninguna otra fuente
externa; ni mucho menos posteen fotos, comentarios, mensajes de texto u opiniones por
las redes sociales u otras.
[2] No sería justo decidir este caso en base a información no presentada o examinada por
las partes ante este tribunal y que no forma parte de la prueba en el juicio. Sólo ustedes,
y no los medios de comunicación o cualquier otra persona, son los únicos jueces de los
hechos.


IRRELEVANCIA DE PREJUICIO O LÁSTIMA
[1] Ustedes deben considerar la prueba y decidir el caso sin dejarse influenciar por
sentimientos de prejuicio, parcialidad, miedo o lástima. No deben dejarse influenciar por
la opinión pública. Nosotros esperamos y tenemos derecho a vuestra valoración imparcial
de la prueba.


IRRELEVANCIA DEL CASTIGO
[1] El castigo no tiene nada que ver con vuestra tarea, la cual consiste en determinar si la
fiscalía ha probado la culpabilidad de A.F. más allá de toda duda razonable. La
pena no tiene lugar en sus deliberaciones o en su decisión. Si ustedes encontraran a A.F. culpable de un delito, es mi tarea, no la de ustedes, el decidir cuál es la pena
apropiada.


TAREA DEL JURADO. POSIBLES ENFOQUES
[1] Cuando entren a la sala del jurado para comenzar sus deliberaciones, es muy
importante que ninguno de ustedes empiece diciéndole al conjunto que ya tiene una
decisión tomada y que no la modificará, a pesar de lo que puedan decir los demás.


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[2] Como jurados, es vuestro deber hablar entre ustedes y escucharse el uno al otro.
Discutan y analicen la prueba. Expongan sus propios puntos de vista. Escuchen lo que los
demás tienen para decir. Intenten llegar a un acuerdo unánime, si esto es posible.
[3] Cada uno de ustedes debe decidir el caso de manera individual. Sin embargo, deben
hacerlo sólo después de haber considerado la prueba conjuntamente con los demás
jurados, de haber escuchado los puntos de vista de los demás jurados y de haber aplicado
la ley tal cual yo se las expliqué.
[4] Durante sus deliberaciones, no vacilen en reconsiderar vuestras propias opiniones.
Modifiquen sus puntos de vista si encuentran que están equivocados. No obstante, no
abandonen sus honestas convicciones sólo porque otros piensen diferente. No cambien
de opinión sólo para terminar de una buena vez con el caso y alcanzar un veredicto.
[5] Vuestra única responsabilidad es determinar si la fiscalía ha probado o no la
culpabilidad del acusado/a más allá de toda duda razonable. Vuestra contribución a la
administración de justicia es rindiendo un veredicto justo y correcto.


INSTRUCCIONES FUTURAS
[1] Al concluir estas instrucciones, los abogados pueden persuadirme sobre algo más que
debería haberles manifestado a ustedes. Pude haber cometido algún error, o haber omitido
algo. Quizás lo que les dije pudo haber sido enunciado de forma más clara para facilitar
vuestra comprensión. A menos que les diga lo contrario, no consideren que alguna
instrucción futura que yo pueda darles tiene mayor o menor importancia que las que ya
les dije sobre la ley. Todas las instrucciones sobre el derecho son parte del mismo paquete,
sea cual sea el momento en que son impartidas.


PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR PREGUNTAS
[1] Si durante vuestras deliberaciones les surgiera alguna pregunta, por favor escríbanlas
y entréguenselas al oficial de custodia, quién permanecerá en la puerta de entrada de
vuestra sala de deliberaciones. El oficial de custodia me entregará las preguntas. Yo las
analizaré junto con los abogados. Luego ustedes serán traídos de vuelta a la sala del juicio.
Vuestras preguntas serán repetidas y yo las contestaré en la medida que la ley permita.
Responderé a vuestras preguntas a la mayor brevedad posible.


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[2] Les solicitamos formular las preguntas por escrito para que nos sea posible
comprender exactamente lo que ustedes desean saber. De ese modo, esperamos poder ser
más precisos y de utilidad en nuestras respuestas.
[3] Recuerden siempre como muy importante: Jamás le digan a nadie en las notas que
ustedes manden, incluyéndome a mí, cómo están las posturas en el jurado, sea
numéricamente o de otra forma, incluyendo la cuestión de la culpabilidad o no
culpabilidad del acusado.


REQUISITOS DEL VEREDICTO: PROCURAR LA UNANIMIDAD
[1] Vuestro veredicto debe procurar ser unánime. Esto es, todos ustedes deberán estar de
acuerdo con el mismo veredicto, sea de no culpable o de culpable.
[2] Ustedes deben hacer todos los esfuerzos razonables para alcanzar un veredicto
unánime. Consúltense los unos a los otros. Expresen vuestros puntos de vista. Escuchen
los de los demás. Discutan sus diferencias con una mente abierta. Hagan lo mejor posible
para decidir este caso. Tanto para condenar como para absolver, los jurados deberán
alcanzar primordialmente, la unanimidad.
Si no se pudiese alcanzar la unanimidad tras un plazo razonable de deliberación, el
presidente del jurado lo informará al Oficial de Sala quien lo informará al juez, que
instruirá al jurado para que retornen a deliberar. Se aceptarán veredictos de culpabilidad
o de no culpabilidad por razones de inimputabilidad con diez (10) o más votos. De no
alcanzar esa cifra mínima de votos, la absolución será obligatoria.
[3] Todos deben considerar la totalidad de la prueba de manera justa, imparcial y
equitativa. Su meta debe ser, en primer término, intentar alcanzar un acuerdo unánime
que se ajuste a la opinión individual de cada jurado.
[4] Cuando ustedes alcancen un veredicto unánime, el presidente del jurado deberá
asentarlo en el formulario de veredicto y notificar al oficial de custodia. Regresaremos a
la sala de juicio para recibirlo. El presidente del jurado leerá los veredictos en corte abierta
y delante de todos los presentes.
[5] Si ustedes no alcanzan un veredicto unánime en cuanto a todos o uno de los
hechos, me lo informarán por escrito a través de su presidente y luego les diré el
camino a seguir.


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B. PRINCIPIOS GENERALES


PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
[1] Toda persona acusada de un delito se presume inocente, a menos y hasta que la fiscalía
pruebe su culpabilidad más allá de duda razonable.
[2] La acusación por la cual A.F. está siendo enjuiciada es sólo una acusación
formal en su contra. Le informa a la persona acusada, del mismo modo que los informa a
ustedes, cuál es el delito específico que el fiscal le imputa haber cometido. La acusación
no constituye prueba y no es prueba de culpabilidad.
[3] La presunción de inocencia es uno de los principios fundamentales con que nuestra
Constitución Nacional ampara a todos sus habitantes. Eso significa que, al comenzar a
deliberar, deben partir de la premisa que A.F. es no culpable. Dicha presunción
la protege a lo largo de todo el proceso, incluidas vuestras deliberaciones al final del juicio.
Para poder derribar la presunción de inocencia, la fiscalía tiene la carga de probar y de
convencerlos más allá de duda razonable que el delito y el hecho que se imputan a A.F.
fueron cometidos y que él fue quien los cometió.


CARGA DE LA PRUEBA
[1] La persona acusada no tiene obligación de demostrar su inocencia.
[2] Desde el principio hasta el final, es la fiscalía quien debe probar la culpabilidad de
A.F. así como la existencia del delito y sus agravantes, más allá de toda duda
razonable. Ustedes deben encontrar a A.F. no culpable de/los delito/s a menos
que el fiscal los convenza más allá de duda razonable que es culpable por haber cometido
dicho/s delito/s.


DUDA RAZONABLE
[1] La frase “más allá de duda razonable” constituye una parte muy importante de
nuestro sistema de justicia constitucional en materia penal. Cada vez que usen la palabra
"duda razonable" en sus deliberaciones, deberán considerar lo siguiente:
[2] Una duda razonable no es una duda inverosímil, forzada, especulativa o imaginaria.
No es una duda basada en lástima, piedad o prejuicio. Es una duda basada en la razón y
en el sentido común. Es la duda que surge de una serena, justa e imparcial consideración
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de toda la prueba admitida en el juicio. Es aquella duda que de manera lógica puede
surgir de las pruebas, de la debilidad de las pruebas, por contradicción entre las pruebas
o por falta de pruebas en apoyo de la acusación.
[3] No es suficiente con que ustedes crean que A.F. es probable o posiblemente
culpable. En esas circunstancias, ustedes deben declarar al acusado no culpable, ya que
el fiscal no los ha convencido de la culpabilidad de la persona acusada más allá de duda
razonable.
[4] Deben también recordar, sin embargo, que resulta casi imposible probar un hecho con
certeza absoluta o matemática. No se exige que la fiscalía así lo haga. La certeza absoluta
es un estándar de prueba que es imposible de alcanzar en el mundo humano. Sin embargo,
el principio de prueba más allá de duda razonable es lo más cercano que existe a la certeza
absoluta. Es mucho más que un simple balance de probabilidades.
[5] Si al finalizar el caso y después de haber valorado toda la prueba rendida en el juicio,
ustedes están seguros de que los delitos imputados fueron probados y que A.F.
fue quien lo cometió, deberán emitir un veredicto de culpabilidad, ya que ustedes
habrán sido convencidos de su culpabilidad por ese delito más allá de duda razonable.
[6] Si al finalizar el caso y basándose en toda la prueba, ustedes tienen una duda razonable
en cuanto al grado o grados del delito o entre delitos de distinta gravedad, sólo podrán
declarar culpable a A.F. por el grado inferior del delito o por el delito de menor
gravedad.
[7] Si al finalizar el caso y basándose en toda la prueba o en la inexistencia de prueba en
apoyo de la imputación, ustedes no están seguros de que el delito imputado haya existido
o que A.F. fue quien lo cometió, ustedes deberán declararlo no culpable de
dicho delito, ya que la fiscalía fracasó al intentar convencerlos más allá de duda razonable.


PERSPECTIVA DE GÉNERO
Nuestra Constitución establece que la violencia contra la mujer no solo constituye una
violación de los derechos humanos, sino que es “una ofensa a la dignidad humana y una
manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y
hombres”.
La Constitución también establece que toda mujer tiene el derecho a una vida libre de
violencia, y que ser valorada libre de prejuicios forma parte del ejercicio de ese derecho.
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En otras palabras, los prejuicios y estereotipos en contra de la mujer son en sí mismos
violencia. Por esta razón, ustedes recibirán una serie de instrucciones legales para que
puedan juzgar este caso y aplicar la ley sin alterar en lo más mínimo los derechos y
garantías que amparan a las personas acusadas, pero tampoco sin caer en estereotipos ni
prejuicios de género discriminatorios contra las mujeres al valorar la prueba del juicio.
Se asegura así un juicio justo para las personas acusadas y, a la vez, se protege la vida
libre de violencias de las mujeres.


NEGATIVA A DECLARAR DE LA PERSONA ACUSADA
[1] Otro principio fundamental de nuestra Constitución es el que establece que toda
persona acusada de un delito tiene el derecho a negarse a declarar sin que esa negativa
haga presunción alguna en su contra.
[2] La Constitución exige que la fiscalía pruebe sus acusaciones contra la persona acusada.
No es necesario para la persona imputada desmentir nada, ni se le exige demostrar su
inocencia. Es a la fiscalía a quien le incumbe la prueba de su culpabilidad mediante prueba
más allá de toda duda razonable.
[3] La persona acusada ejercitó su derecho fundamental de la Constitución al elegir no
declarar en este caso. No deben ver esto como una admisión de su culpabilidad o ser
influenciados de ningún modo por esta decisión de él
[4] Ningún jurado puede alguna vez preocuparse porque la persona acusada/a haya o no
declarado en este caso.


VALORACION DE LA PRUEBA
[1] A fin de tomar una decisión, ustedes deben considerar cuidadosamente, y con una
mente abierta, la totalidad de la prueba presentada durante el juicio. Son ustedes quienes
deciden qué prueba es fidedigna y creíble. Pueden encontrar algunas pruebas no
confiables o menos confiables que otras. Dependerá exclusivamente de ustedes qué tanto
o qué tan poco creerán y confiarán en el testimonio de cualquier testigo. Ustedes pueden
no creer o creer sólo una parte o en la totalidad de la prueba.
[2] Cuando ustedes estén en la sala de deliberaciones del jurado para analizar el caso,
utilicen el mismo sentido común que usan a diario para saber si las personas con las que
se relacionan saben de lo que están hablando y si están diciendo la verdad. No existe una
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fórmula mágica para decidir qué tanto o qué tan poco creerle al testimonio de un testigo
o la medida en la que confiarán en él para decidir este caso.
Pero algunas cosas que deben considerar son las siguientes:
[3] ¿Pareció sincero el testigo? ¿Existe algún motivo por el cual el testigo no estaría
diciendo la verdad?
[4] ¿Tenía el testigo un interés en el resultado del juicio, o tuvo alguna razón para aportar
prueba más favorable a una parte que a la otra?
[5] ¿Parecía el testigo capaz de formular observaciones precisas y completas acerca del
evento? ¿Tuvo él o ella una buena oportunidad para hacerlo? ¿Cuáles fueron las
circunstancias en las cuales realizó la observación? ¿En qué condición se encontraba el
testigo? ¿Fue el evento en sí mismo algo inusual o parte de una rutina?
[6] ¿Parecía el testigo tener buena memoria? ¿Tiene el testigo alguna razón para recordar
las cosas sobre las que testifica? ¿Parecía genuina la incapacidad o dificultad que tuvo el
testigo para recordar los eventos, o parecía algo armado como excusa para evitar
responder las preguntas?
[7] ¿Parecía razonable y consistente el testimonio del testigo mientras declaraba? ¿Era
“similar a” o “distinto de” lo que otros testigos dijeron acerca del mismo evento? ¿Dijo
el testigo o hizo algo diferente en una ocasión anterior?
[8] ¿Pudo cualquier inconsistencia en el relato del testigo hacer más o menos creíble la
parte principal de su testimonio? ¿Esta inconsistencia es sobre algo importante, o sobre
un detalle menor? ¿Parece ser un error honesto? ¿Es una mentira deliberada? ¿La
inconsistencia se debe a que el testigo manifestó algo diferente, porque no mencionó algo?
¿Hay alguna explicación del porqué? ¿Tiene sentido dicha explicación?
[9] ¿Cuál fue la actitud del testigo al momento de dar su testimonio? ¿Cómo se veía ante
ustedes? No obstante, no se precipiten a conclusiones basadas enteramente en cómo ha
declarado el testigo. Las apariencias pueden ser engañosas. Dar testimonio en un juicio
no es una experiencia común para muchos testigos. Las personas reaccionan y se
muestran de maneras diferentes. Los testigos provienen de distintos ámbitos. Tienen
diferentes capacidades, valores y experiencias de vida. Simplemente existen demasiadas
variables para hacer que la actitud del testigo al declarar sea el único o más importante
factor en vuestra decisión.


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[10] ¿Le han ofrecido al testigo o recibió dinero, o tratamiento preferente o cualquier otro
beneficio para que éste testificara como lo hizo?
[11] ¿Hubo alguna presión o amenaza usada contra el testigo que afectara la verdad de su
testimonio?
[12] Estos son sólo algunos de los factores que ustedes podrían tener en cuenta al tomar
una decisión en la sala de deliberaciones. Estos factores podrían ayudarlos a decidir qué
tanto o qué tan poco le creerán o confiarán en el testimonio de un testigo. Ustedes también
pueden evaluar otros factores.
Recuerden: un jurado puede creer o descreer de toda o de una parte del testimonio
de cualquier testigo.
[13] Al tomar vuestra decisión no consideren solamente el testimonio de los testigos.
También tengan en cuenta el resto de la pruebas que se presentaron. Decidan qué tanto o
qué tan poco confiarán en ellas, tanto como en los testimonios o cualquier admisión, para
ayudarlos a decidir el caso.


CANTIDAD DE TESTIGOS
[1] Qué tanto o qué tan poco confiarán en el testimonio de los testigos no depende
necesariamente del número de testigos que testifiquen, sea a favor o en contra de cada
parte.
[2] Vuestro deber es considerar la totalidad de la prueba. Ustedes pueden considerar que
el testimonio de unos pocos testigos es más confiable que la prueba aportada por un
número mayor de testigos. Ustedes son los que deben decidir en este aspecto.
[3] Vuestra tarea es considerar cuidadosamente el testimonio de cada testigo. Decidan
qué tanto o qué tan poco le van a creer acerca de lo que dijo. No decidan el caso
simplemente contando la cantidad de testigos.


PRUEBA PRESENTADA POR LA DEFENSA
[1] Si ustedes creen, por la prueba presentada por A.F. que no existió el delito
o que no lo cometió, o que existe una duda razonable, deben emitir un veredicto de no
culpabilidad.
[2] A falta de prueba de la defensa o si la presentada por esa parte no los dejara con una
duda razonable con respecto a su culpabilidad, o a un elemento esencial del delito que se
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le imputa, sólo podrán condenarlo si consideran que el resto de la evidencia que
analizaron, prueba su culpabilidad más allá de duda razonable.
[3] La defensa ha presentado como prueba alternativa que A.F. es inimputable.
Alega que padeció, al momento del hecho, un trastorno mental transitorio, que le impidió
comprender la criminalidad del acto por el que se lo acusa o dirigir sus acciones. Si
ustedes están convencidos, por la prueba presentada por la defensa, que él es inimputable,
deberán declararlo no culpable por razones de inimputabilidad. Yo se les explicaré
más adelante con todo detalle.


C. PRINCIPIOS DE LA PRUEBA


TIPOS DE PRUEBA
DEFINICIÓN DE PRUEBA
[1] Para decidir cuáles son los hechos del caso, ustedes deben considerar sólo la prueba
que vieron y escucharon en la sala del juicio. Consideren toda la prueba al decidir el caso.
[2] La prueba incluye lo que cada testigo declaró al contestar las preguntas formuladas
por los abogados. Las preguntas en sí mismas no constituyen prueba, a menos que el
testigo esté de acuerdo en que lo que se le preguntó era correcto. Las respuestas del
testigo constituyen prueba.
[3] La prueba también incluye a todas las cosas materiales que fueron exhibidas en el
juicio. Se las llama pruebas materiales. Cuando se retiren a deliberar a la sala del jurado,
dichas cosas irán con ustedes al recinto. Ustedes pueden, pero no tienen la obligación de
examinar dicha prueba allí. De qué manera y en qué medida lo hagan, dependerá de
ustedes.
[4] La prueba también incluye las estipulaciones de las partes. Las estipulaciones son
prueba. Se llama estipulaciones a los hechos que las partes acordaron dar por probados.
Ustedes deben considerar a esos hechos como prueba en este caso.


CONVENCIONES PROBATORIAS
En este caso, las partes estuvieron de acuerdo en relación a los siguientes hechos:
1) “A.F. no tenía autorización para portar ni tener armas al momento del suceso
emitida por autoridad correspondiente”.
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2) “La fiscalía no requirió un informe de armas a la ANMAC respecto de la víctima
S.E.”.
3) “F.F.A contrajo matrimonio igualitario con R.R.M., el 14/03/2019, el cual se registró mediante Acta xxx de esta ciudad, suscripto por H.J.”.
4) “A.F. radicó una denuncia penal en fecha 22/02/23 contra un interno del
Penal III por un hecho de violencia sexual en su contra”.
5) “Las partes convienen que no discutirán la procedencia y veracidad de los registros
fílmicos ingresados a través de la Brigada de Investigaciones, obtenidos del domicilio de
calle xxx; del local comercial cervecería “Dagda y del local comercial
cervecería “Modo Bar”, todos de esta ciudad”.
6) “P.D.D, DNI Nro. xxx; P.F.O. DNI Nro. xxx y V.D. DNI Nro. xxx, son quienes efectuaron los llamados
cuyas grabaciones ingresan mediante el supervisor del Servicio 911”.
7) “La defensa no cuestionará la legalidad de los procedimientos llevadas a cabo por los
funcionarios policiales que intervinieron en allanamientos, secuestros y demás diligencias,
por lo que se prescindirá de los testigos de actuación convocados a tales actos”.
8) “La Defensa no incorpora dentro de su teoría del caso incriminar como autor del hecho
a D.S.F.”.
9) Las partes acuerdan que informarán al Tribunal respecto a las entradas y salidas del
país de S.E., prescindiendo de la testigo de la Dirección de Migraciones.


DEFINICIÓN DE LO QUE NO ES PRUEBA
[1] Según les expliqué antes, hay ciertas cosas que no son prueba. No deben valorarlas o
basarse en las mismas para decidir este caso. Los alegatos de apertura y de clausura de
los abogados no son prueba.
[2] Los cargos que la fiscalía les expuso y que ustedes escucharon al comienzo de este
juicio no son prueba. Tampoco es prueba nada de lo que yo o los abogados hayamos
dicho durante este juicio, incluyendo lo que yo les estoy diciendo ahora. Sólo son prueba
lo dicho por los testigos, los peritos y las pruebas exhibidas.
[3] En ocasiones durante el juicio, uno de los abogados objetó una pregunta que el otro le
efectuó a un testigo. Lo que los abogados hayan dicho al formular o contestar dicha
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objeción no es prueba. Tampoco deben darle importancia al hecho de que yo haya
declarado procedente o no la objeción, o de que ustedes hayan sido excluidos de la sala
cuando yo la decidí.


PRUEBA DIRECTA Y PRUEBA CIRCUNSTANCIAL
[1] Alguno de ustedes pueden haber escuchado los términos “prueba directa” y “prueba
circunstancial”. Ustedes pueden creer o basarse en cualquiera de las dos en mayor o
menor medida para decidir este caso.
[2] En ciertas ocasiones, los testigos nos cuentan lo que vieron o escucharon
personalmente. Por ejemplo, un testigo podría decir que vio que llovía afuera. Esto se
denomina “prueba directa”.
[3] Sin embargo, a menudo los testigos declaran cosas respecto de las cuales a ustedes se
les pedirá que saquen ciertas conclusiones. Por ejemplo, un testigo podría decir que vio
entrar a alguien con un impermeable y un paraguas, ambos mojados y goteando. Si
ustedes le creen a este testigo, podrían concluir que afuera llovía, a pesar que la evidencia
sea indirecta. La prueba indirecta es llamada a veces prueba circunstancial.
[4] Al igual que los testigos, las pruebas materiales exhibidas en el juicio pueden aportar
evidencia directa o circunstancial.
[5] Para decidir el caso, ambos tipos de prueba valen lo mismo. La ley las trata a ambas
de igual manera. Ninguna es necesariamene mejor o peor que la otra. En cada caso,
vuestra tarea es decidir a qué conclusiones llegarán basándose en la prueba como un todo,
tanto directa como circunstancial. Para poder decidirse, utilicen vuestro sentido común y
experiencia.


PRUEBA PERICIAL
[1] Durante el juicio, han escuchado el testimonio de peritos expertos. Los peritos son
iguales a cualquier testigo, con una excepción: la ley le permite al perito experto dar su
opinión. El perito da su opinión en un campo donde él demostró poseer conocimiento y
una especializada destreza.
[2] Sin embargo, la opinión de un experto sólo es confiable si fue vertida sobre un asunto
en el que ustedes crean que él o ella sean expertos.


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[3] Tal como los instruí, ustedes son los únicos jueces de la credibilidad de cada testigo y
del peso que debe dársele al testimonio de cada uno. Al hacer esta determinación sobre el
testimonio del perito experto, y sumado al otro test de credibilidad que les dije respecto
de los testigos comunes, ustedes deben valorar y sopesar lo que sigue:
a) el entrenamiento del perito;
b) su experiencia y sus títulos, o la falta de ambos;
c) las razones, si es que fueron dadas, para cada opinión;
d) si la opinión es apoyada por hechos que ustedes encuentran de la evidencia;
e) si la opinión es razonable; y
f) si es consistente con el resto de la evidencia creíble del caso.
[4] Pueden tomar en cuenta la opinión del experto, más ella no es vinculante para ustedes.
En otras palabras, no se les exige que acepten la opinión de un experto al costo de excluir
los hechos y circunstancias revelados por otros testimonios o pruebas.
[5] Como con todos los demás testigos, ustedes pueden creer o descreer todo o una parte
del testimonio del perito experto.
PRUEBA MATERIAL
[1] En el transcurso de este juicio se han exhibido diferentes tipos de pruebas materiales,
como documentos, armas, vestimentas, etc. Las mismas forman parte de la evidencia.
Ustedes pueden basarse en ellas, como con cualquier otra prueba, en mayor o menor
medida en que las consideren procedentes cuando decidan el caso.
[2] Las pruebas materiales entran con ustedes a la sala del jurado. Ustedes podrán, aunque
no tienen que hacerlo, examinar la misma allí. De ustedes dependen si lo hacen, cómo y
en qué medida.
[3] Las pruebas materiales exhibidas son sólo una parte de la evidencia. Considérenlas
junto con el resto de la prueba, y exactamente del mismo modo.


MOTIVO
[1] El motivo es la razón por la cual alguien hace algo. No es uno de los elementos
esenciales que el fiscal debe probar. Es sólo una parte de la prueba; una de las tantas que
ustedes pueden valorar para determinar si A.F. es o no culpable.


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[2] Una persona puede ser encontrada autora de un delito sea cual fuere su motivo, o aún
sin motivo. Una persona también puede ser encontrada no culpable de haber cometido un
delito, aun teniendo un motivo para cometerlo.
[3] Al decidir este caso, dependerá de ustedes determinar si la persona acusada/a tenía o
no motivo para cometer el delito, y qué tanto o qué tan poco se basarán en dicha
circunstancia para rendir vuestro veredicto.


VALORACIÓN DE LA PRUEBA SIN ESTEREOTIPOS DE GÉNERO CONTRA
LA MUJER
[1] Todas las personas realizamos asunciones, tenemos sentimientos, creencias y
estereotipos sobre los demás. La mayor parte del tiempo no nos damos cuenta de que los
tenemos y de cómo influyen en nuestras decisiones.
[2] Los estereotipos pueden ser de género, raciales, religiosos, de categoría social, de
nacionalidad, etnia, edad, orientación sexual, procedencia geográfica, deportivos, etc.
Los estereotipos de género son características, actitudes y roles atribuidos a las mujeres
por el sólo hecho de ser mujeres.
[3] En las relaciones personales entre varones y mujeres, los estereotipos de género
negativos generan una relación desigual de poder a favor de los varones y provocan
desventajas para las mujeres en el plano social, cultural y económico. Esos estereotipos
dan lugar a numerosos prejuicios.
[4] Los prejuicios pueden ser explícitos (conscientes) o implícitos (inconscientes). No
importa cuán imparciales pensamos que somos: nuestra mente naturalmente toma
decisiones basadas en prejuicios y la mayor paprte de las veces son inconscientes.
[5] Debido a que todas las personas hacemos esto, a menudo vemos la vida y valoramos
la prueba de una manera que tiende a favorecer a las personas que nos agradan (o que
tienen experiencias similares a las nuestras) y de desfavorecer a las personas por las que
sentimos rechazo. También podemos tener prejuicios sobre personas parecidas a nosotros.
[6] Les reitero: los prejuicios no son prueba y no deben basar sus decisiones en ellos. A
modo de ejemplo, un clásico estereotipo de género es el de la “buena madre”. Es decir,
la creencia de que la mujer “todo lo puede y todo lo debe”, incluso cuando signifique
poner en riesgo su propia vida o integridad. Otro ejemplo muy común es la automática
asociación de que el varón “es el que trabaja y trae la plata a la casa” y que la mujer
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“es la que se ocupa de la casa y los hijos”. O el de que “las mujeres manejan mal”, o de
que “ciertas mujeres son busconas, atorrantas” y que provocan reacciones violentas en
los hombres que son parejas por cómo se visten, por cómo y con quién hablan, por
enumerar solo algunos.
[7] Esos prejuicios pueden afectar nuestros pensamientos, afectar cómo recordamos lo
que vimos y escuchamos, a quién le creemos o no le creemos, y la toma de importancia
de las decisiones. Ustedes han sido convocados como jurados para tomar una importante
decisión en este caso. Deben tomarse el tiempo necesario para valorar cuidadosa y
reflexivamente la prueba.
Deben reconsiderar las primeras impresiones sobre las personas y la prueba y no dejarse
influenciar por sus preferencias personales, generalizaciones, sentimientos, simpatía,
estereotipos o prejuicios conscientes o inconscientes. Cuando estén deliberando para
decidir su veredicto, escuchar las diferentes perspectivas que ustedes tienen, pueden
ayudarlos para identificar los posibles efectos de los prejuicios ocultos en el proceso de
toma de decisión.
[8] La ley les demanda que tomen decisiones justas basadas únicamente en la prueba, su
buen juicio y su sentido común. Nunca basadas en prejuicios.


2. INSTRUCCIONES ESPECIALES


UTILIZACION DE NOTAS DURANTE LAS DELIBERACIONES
[1] Cuando empezamos este juicio, les informé que ustedes podían tomar notas que les
sirvieran como recordatorio de lo dicho por los testigos. Algunos de ustedes lo han hecho.
Pueden llevar sus anotaciones a la sala del jurado para ser utilizadas durante las
deliberaciones.
[2] Vuestras anotaciones no son prueba, como tampoco lo son las anotaciones realizadas
por mi o por los abogados. El único propósito por el cual ustedes pueden usar sus notas
durante sus deliberaciones es para ayudarlos a ustedes a recordar lo que el testigo dijo o
mostró, por ejemplo, en la exhibición de alguna prueba material.
[3] Es importante recordar que las anotaciones pertenecen a quien las tomó y a ninguna
otra persona. Las mismas pueden coincidir o no con los recuerdos de los demás jurados
sobre la prueba presentada.
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[4] La decisión de un jurado es una decisión grupal. Cada miembro tiene una opinión y
cada opinión tiene el mismo valor. Nosotros dependemos de la memoria y del juicio de
cada uno de ustedes para decidir el caso. No adhieran simplemente a la opinión de aquél
jurado que sea o que parezca ser el que ha tomado las mejores anotaciones. Las
anotaciones no toman decisiones. Las decisiones las toman los jurados.
D. EL DERECHO PENAL APLICABLE
La acusación según la cual se juzga a A.F., alega que cometió dos (2) hechos,
que fueron leídos al momento de informarle formalmente a la persona acusada los cargos
en su contra.
El hecho nº 1 es el relativo a la muerte de S.E.
El hecho nº 2 es el relativo a la portación ilegal de arma de uso civil.
No obstante, ustedes hallarán varias opciones de veredicto en los dos formularios de
veredicto que les entregaré y que luego les explicaré cómo llenar.
[2] Ustedes deben tomar una decisión sólo basándose en la prueba que se relaciona con
el hecho, y en los principios legales que yo les diga que se deben aplicar a vuestra decisión
sobre ese hecho.
[3] Se presume que A.F. es inocente de los hechos que se le imputan. Ustedes
deben considerar toda la prueba y dictar un veredicto basándose solamente en la prueba
y en los principios legales a aplicar. Inmediatamente los instruiré sobre el delito aplicable,
sus elementos esenciales y cómo se prueban.
[4] Es su tarea y rol como jurado: 1) deliberar sobre la prueba y determinar cuáles son los
hechos; 2) aplicar la ley que les daré ahora a los hechos que han obtenido de esa prueba;
y 3) alcanzar un veredicto unánime en los dos hechos sometidos a decisión.
Les explicaré ahora el delito principal y los delitos menores incluidos, sus elementos
esenciales y cómo se prueban.


HECHO Nº 1


OPCIÓN N° 2: HOMICIDIO AGRAVADO POR FEMICIDIO, ALEVOSÍA Y EL
EMPLEO DE ARMA DE FUEGO
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La fiscalía acusa a A.F. por haber matado intencionalmente con un arma de
fuego, con alevosía y con violencia de género (femicidio) a S.E.
Comete "homicidio", según lo define la ley, "quien matare a otro"; es decir, "homicidio"
es dar muerte a un ser humano, con intención de causársela. Les explicaré luego qué
significa “intención criminal”.
Pero, además, la ley agrava especialmente al homicidio cuando este se produce contra
una mujer en un contexto de violencia de género (femicidio).
También lo agrava si el homicidio es cometido con alevosía y con un arma de fuego.
Como les decía, los acusadores han decidido imputarle a A.F. estas tres
agravantes, que pasaré a explicar. También les explicaré que ustedes pueden
considerar probadas más allá de toda duda razonable las tres agravantes, dos de
ellas, sólo una o ninguna de estas agravantes.


ARMA DE FUEGO
“Arma de fuego” significa cualquier clase de arma, sin importar el nombre por el cual
se conozca, diseñada o que pueda ser fácilmente convertida para ser o que sea capaz de
lanzar una munición o municiones por la acción de una explosión y que sea apta para el
disparo. La aptitud para el disparo es una cuestión de hecho que ustedes deben determinar
tras escuchar toda la prueba del juicio. Ustedes deben determinar que el arma de fuego
estaba operable al momento del delito. Si el arma no estaba operable al momento del
delito, entonces el arma de fuego no es apta para el disparo y se considera que el delito se
cometió sin el empleo de arma de fuego.


ALEVOSÍA
Existe homicidio agravado por alevosía cuando el autor mata “sobre seguro” o “a
traición” y “sin riesgo para sí”. Es decir, cuando se aprovecha de la situación de la
víctima para tomarla por sorpresa y matarla sin ningún riesgo para sí, por el estado de
indefensión de la víctima. La alevosía denota cautela para asegurar la comisión del
homicidio, sin riesgo para el delincuente. Implica un actuar a traición y sobre seguro. Se
caracteriza por el empleo de maniobras tendientes a realizar el crimen sin peligro para el
autor.
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Es necesario para la configuración de la agravante, que el agente: haya procurado la
indefensión de la víctima; o que haya conocido esa circunstancia y obrado en
consecuencia, aprovechando esa indefensión. Un individuo puede cometer un
homicidio sin haber corrido peligro alguno, pero si él no buscó la circunstancia especial
o si no la conocía, no debe considerarse que actuó con alevosía.
De modo que, si el estado de indefensión no existió, o no fue buscado o aprovechado por
el agresor, o la víctima tuvo, aunque sea mínimas chances de defenderse, no habrá
alevosía y dicha agravante debe ser descartada.
Es el fiscal quien debe convencerlos más allá de toda duda razonable de todos estos
elementos.


FEMICIDIO
Hay femicidio cuando un varón mata a una mujer en un contexto de violencia de
género. De tal modo que no toda muerte de una mujer a manos de un varón constituye
un femicidio. Sólo lo será si esa muerte se produjo, además, en un contexto de violencia
de género.
Entonces, para que exista la agravante de femicidio, el Fiscal deberá probar, más allá de
toda duda razonable, que:
1. Un varón mató a una mujer.
2. Que la mató en un contexto de violencia de género.


AUTOPERCEPCIÓN DE GÉNERO
1. La ley 26.743 reconoce el derecho a la identidad de género, la cual conceptualiza como
la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual
puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento,
incluyendo la vivencia personal del cuerpo.
El derecho humano a la identidad de género implica, para cada individuo el
reconocimiento a la identidad de género y el libre desarrollo de su persona conforme a
dicha autopercepción, como así también que se trate a la persona de acuerdo a esa
vivencia interna.
2. En el presente caso la defensa afirma que A.F. se autopercibía mujer al
momento de ocurrido el hecho, por lo que no corresponde le sea aplicada la agravante
del femicidio que exige que el sujeto activo sea varón -primer requisito-.
La Fiscalía niega esa circunstancia y sostiene que, al momento del hecho, A.F.
era varón y que su afirmación de autopercibirse mujer constituye una estrategia que
procura evitar la aplicación de la agravante de femicidio.
Esta controversia es una cuestión de hechos y prueba que deberán decidir como jurado.
Si los convenció la defensa, no deben declarar a A.F. culpable de femicidio.
En tanto, si es la Fiscalía quien los convenció, deben proceder a analizar la presencia
del segundo requisito del “femicidio” -contexto de violencia de género-.


VIOLENCIA DE GÉNERO
Nuestra ley define a la violencia contra las mujeres como "toda conducta, acción u
omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado,
basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad
física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad
personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se
considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción
omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en
desventaja con respecto al varón".
Vale decir, comprende cualquier acción o conducta física o psicológica de un hombre
contra la mujer basada en una relación desigual de poder, que le cause la muerte,
daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o económico, tanto en el ámbito público
como en el privado, que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier
relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo
domicilio que la mujer.
Por “relación desigual de poder” se entiende la actitud de un hombre que se considera
con derecho a disponer del tiempo, el cuerpo y las vidas de las mujeres, como si les
pertenecieran. Son actos especiales de violencia de género en relación desigual de poder
aquellos actos de un hombre hacia una mujer que buscan controlar sus acciones y
decisiones mediante amenaza y/o acoso y/o hostigamiento y/o vigilancia constante y/o
exigencia de obediencia y sumisión, y/o coerción verbal y/o celos excesivos.
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CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Sólo en caso que consideren que no está probado que A.F. se autopercibía mujer
al momento del hecho, deben analizar la existencia de este segundo requisito, necesario
para que se configure la agravante del femicidio. Habrá femicidio cuando un varón mate
a una mujer en un contexto de violencia de género. Es decir, que la haya matado por
la condición de mujer de la víctima. En este caso, para decidir la responsabilidad penal
del acusado, ustedes deberán determinar si los hechos ocurrieron en ese contexto de
violencia contra la mujer o no.
Ya les expliqué los conceptos legales de “violencia de género” y de “relación desigual de
poder”. Pero ahora les explicaré qué significa “contexto de violencia de género” para
nuestra ley para poder aplicar o no la agravante de femicidio.
Un contexto de violencia de género se caracteriza por la ocurrencia de actos u omisiones
que constituyen violencia de un hombre contra la mujer por su condición de mujer. Son
aquellos que se basan en una relación desigual de poder y afectan la vida de la mujer, su
libertad, su dignidad, su integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial,
como así también su seguridad personal.
La relación desigual de poder entre el varón y la mujer se presenta como un contexto de
dominación del varón sobre la mujer, de anulación de su poder de decisión, de su
autonomía como persona, o como manifestación de control general sobre ella. La
violencia contra la mujer puede ser física, sexual, psicológica, verbal, económica y puede
probarse por cualquiera de los medios de prueba que les he explicado.
Es responsabilidad de la fiscalía probarlos más allá de toda duda razonable. De lo
contrario, deberán descartar esta agravante de femicidio.
No es un requisito que los hechos hayan sido denunciados ante las autoridades ni que
hayan sido dictadas resoluciones judiciales en contra de la persona violenta. Tampoco es
un requisito la existencia de una certificación médica o psicológica de los daños sufridos
por la mujer.
Hay varios factores que pueden determinar la existencia de un contexto de vulnerabilidad
de la mujer, es decir, que la ponen en riesgo y/o peligro de sufrir un mayor grado de
violencia y de violaciones de sus derechos. En ese sentido, ustedes como jurados deben
valorar si se encuentran probados en este caso factores como: la calidad de adulta mayor
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de S.E.cómo fue criada, su entorno familiar, sus posibilidades de escapar de
esa violencia, la pobreza, las dificultades para el acceso a la educación, a los servicios de
salud, a la asistencia social, al servicio de justicia, la inserción laboral, la precariedad
laboral, la maternidad, etc.
La existencia o no de este contexto de violencia de género o de vulnerabilidad de la
mujer es una cuestión de hecho a ser determinada por el jurado a través de la prueba
más allá de toda duda razonable presentada por la fiscalía.
En síntesis: Si consideran que no se probó, más allá de toda duda razonable, que A.F. mató a
S.E. en un contexto de violencia de género, deben descartar
esta agravante de femicidio. Sólo podrán condenar por femicidio si consideran que: 1)
A.F. no se autopercibía mujer al momento del hecho; y 2) mató a S.E. en un contexto de violencia de género.
OPCIÓN 3: HOMICIDIO SIMPLE
Si consideran que se ha probado que A.F. dio muerte a S.E. pero no
lo hizo mediante el empleo de un arma de fuego, ni tampoco se encuentran presentes las
agravantes de femicidio ni alevosía, deberán marcar la opción N° 3.


INTENCIÓN CRIMINAL DE MATAR (EN GENERAL)
La cuestión de la intención de matar es una cuestión de hecho a ser exclusivamente
determinada por ustedes a través de la prueba. Pueden llegar a sus propias
conclusiones sobre la existencia o ausencia de intención de matar. Corresponde al fiscal
probar más allá de duda razonable la existencia la intención de matar a otro.
Siendo la intención un estado mental, la fiscalía no está obligada a establecerlo con prueba
directa. Se les permite a ustedes inferir o deducir la intención matar a otro de la prueba
presentada sobre los actos y eventos que le provocaron la muerte; es decir, de los actos y
circunstancias que rodearon a su muerte, la capacidad mental, motivación,
manifestaciones y conducta de la persona acusada, que permita inferir racionalmente la
existencia o ausencia de la intención de matar a la víctima.
Será suficiente prueba de la intención de matar a otro si las circunstancias del homicidio
y la conducta de la persona acusada los convencen más allá de toda duda razonable de la
existencia de intención de matar a S.E. al momento del asesinato.


MODO DE DECISIÓN
a) Si ustedes estiman, luego de un análisis cuidadoso de toda la prueba presentada y
admitida y de conformidad con las instrucciones que les he impartido, que el Ministerio
Fiscal no probó más allá de duda razonable que la persona acusada cometió el delito que
se le imputa, o si tienen duda razonable en cuanto a su culpabilidad, deberán declararla
no culpable (opción nº 1).
b) Si después de ustedes analizar cuidadosamente toda la prueba presentada y admitida y
de conformidad con las instrucciones que les he impartido, están convencidos de que el
fiscal ha probado más allá de duda razonable que A.F. cometió los hechos que
se le imputan y que lo hizo en presencia de todas las agravantes -alevosía, violencia de
género y empleo de un arma de fuego, deberán marcar la opción N° 2 y deberán colocarar
una cruz en cada una de los tres agravantes que consideren el fiscal probó más allá
de toda duda razonable.
c) Si ustedes estiman, luego de un análisis cuidadoso de toda la prueba presentada y
admitida y de conformidad con las instrucciones que les he impartido, que la fiscalía
probó más allá de duda razonable sólo una o dos de esas tres agravantes, colocarán una
cruz en la que consideren probada, dejando en blanco aquélla agravante que
consideren que no se probó más allá de toda duda razonable (opción n° 2).
d) Si después de ustedes analizar cuidadosamente toda la prueba presentada y admitida y
de conformidad con las instrucciones que les he impartido, están convencidos de que el
fiscal ha probado más allá de duda razonable que A.F. cometió el hecho que se
le imputa pero que no se han probado ninguna de las tres agravantes mencionadas
anteriormente, deberán marcar la opción nº 3.
A continuación les explicaré la opción número 4.


OPCIÓN N° 4: NO CULPABLE POR RAZONES DE INIMPUTABILIDAD




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1) Ustedes deben saber que la ley presume la capacidad mental como el estado normal
del ser humano. Esto significa que la ley asume que las personas tienen aptitud para
comprender que los actos que realizan son ilícitos y que pueden adecuar su
comportamiento a esa comprensión de ilicitud. Esta es la regla para el común de los casos.
No obstante, existen determinadas alteraciones mentales o estados de inconciencia que
impiden aquellas posibilidades. Si una persona, al momento de cometer un delito, ya sea
por insuficiencia de sus facultades psíquicas, por alteración de las mismas, o por su estado
de inconciencia, carece de la capacidad de comprender la criminalidad del acto o dirigir
sus acciones, esa persona es inimputable.
2) Los abogados de A.F. han planteado como defensa que, al momento de los
hechos por los que se la acusa, padecía de un trastorno mental transitorio que le impedía
comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones. Un trastorno mental transitorio
es una enfermedad o un defecto mental que impide efectivamente, que la persona
comprenda la criminalidad del acto, esto es que distinga lo que está bien de lo que está
mal, o que se comporte de acuerdo con el mandato de la ley.
Para considerar que la persona acusada de cometer un delito es inimputable, se deben
cumplir con los siguientes requisitos:
La persona acusada debe padecer una enfermedad mental: quedan incluidas aquí
las enfermedades mentales psicóticas, los trastornos mentales graves permanentes o
transitorios equiparables en sus efectos a las enfermedades de psicosis, en cuanto
caracterizadas por la pérdida de contacto con la realidad, siempre y cuando
imposibiliten que la persona pueda comprender la criminalidad del acto y dirigir sus
acciones. En este caso, la Defensa sostiene que A.F. padeció de un trastorno
mental transitorio.
Esa enfermedad o trastorno debe impedir que, efectivamente, A.F. haya
podido comprender la criminalidad del acto o dirigido sus acciones. La
“imposibilidad de comprender la criminalidad de los actos” es la falta de aptitud para
entender que los actos que se realizan son ilícitos, contrarios a la ley. Es la falta de juicio
crítico para diferenciar entre el bien y el mal. La “imposibilidad de dirigir las acciones”
es la falta de aptitud para comportarse de una manera adecuada a la comprensión de que
aquellos actos son ilícitos. Es no poder respetar la ley. En cambio, si puede dirigir
libremente sus acciones quien, en un caso concreto, hubiera tenido la posibilidad y
libertad suficiente como para haber actuado de otro modo.
Para que pueda invocarse con éxito la defensa de inimputabilidad, ésta tiene
necesariamente que referirse al momento específico de la comisión de los hechos. Es
en ese momento que tiene aplicación o vigencia, no antes o después de la comisión de los
hechos imputados. El momento en que el agresor realiza la acción para dar muerte a la
víctima debe necesariamente coincidir con el particular estado mental del agresor con
relación a la posibilidad de comprender la criminalidad de sus actos o dirigir sus acciones.
3) Si ustedes están convencidos que se ha probado más allá de toda duda razonable, que
A.F. padeció al momento del hecho de un trastorno mental transitorio que le
impidió comprender la criminalidad de sus actos o dirigir sus acciones, prospera la
defensa de inimputabilidad y deberán declarar a A.F. no culpable por
inimputabilidad (Opción n° 4). En este caso habrá un debate posterior sin la presencia
de los miembros del jurado para evaluar la medida de seguridad a disponer respecto de la
persona acusada, en un establecimiento adecuado a su condición psíquica.
Si consideran probado que al momento del hecho pudo comprender la criminalidad de su
conducta y dirigir sus acciones, deben declarar culpable a A.F. respecto de la
muerte de S.E., utilizando la Opción n° 2 ó 3 que expliqué anteriormente.


E. INSTRUCCIONES FINALES


MODO DE LLENAR LOS FORMULARIOS DE VEREDICTO
[1] Les entregaré dos formularios diferentes de veredicto -uno para el delito de homicidio,
otro para el de portación de arma de fuego- para que ustedes decidan junto con las
opciones posibles.
[2] Si ustedes alcanzaran un veredicto unánime, el presidente debe marcar con una cruz
en la línea situada a la izquierda de la opción que ustedes hayan acordado. Recuerden:
sólo podrán elegir una sola opción en los recuadros de la izquierda: Opción 1, 2 3 ó
4. No pueden seleccionar más de una opción. El presidente debe firmar la hoja en el
lugar indicado al pie de la misma. Sólo pueden marcar más de un casillero, si han optado
por la opción N° 2, la cual contiene sub-opciones conforme qué agravante o agravantes
consideren probada.
Pág. -147-
[3] Repasaré ahora con ustedes de nuevo el formulario de veredicto y sus cuatro
opciones.

Formulario de VEREDICTO
Hecho nº 1

1) _____ Nosotros, el jurado, por unanimidad encontramos a A.F. NO
CULPABLE.


2) ______ Nosotros, el jurado, de manera unánime y conforme el requerimiento
de la acusación, encontramos a A.F. CULPABLE del delito de
homicidio agravado por haber sido cometido mediante:

____ arma de fuego
____ alevosía
____ violencia de género (femicidio)


3) ______ Nosotros, el jurado, de manera unánime y conforme el requerimiento
de la acusación, encontramos a A.F. CULPABLE del delito de
homicidio simple.

4) ______ Nosotros, el jurado, de manera unánime, encontramos a A.F.
NO CULPABLE por razones de inimputabilidad.



Así lo declaramos el día ___ del mes de junio del año 2023, en la ciudad de
Bariloche, provincia de Río Negro.

_________________________________

Firma y aclaración del presidente del jurado




Pág. -148-
Pág. -149-
HECHO N° 2


PORTACIÓN ILEGAL DE ARMA DE USO CIVIL CONDICIONAL
También se le imputa a A.F. del delito de portación ilegal de arma de guerra de
uso civil condicional (HECHO n° 2).
Comete ese delito quien posee en su poder un arma de guerra de uso civil condicional, en
condiciones de uso inmediato sin la debida autorización legal. Los elementos de este
delito que deben ser probados por la fiscalía más allá de duda razonable son cuatro (4):
1) A.F. portaba un arma de fuego guerra de uso civil condicional, en
condiciones de uso inmediato.
2) El arma era apta para producir disparos.
3) A.F. carecía de una autorización legal que lo habilitase como portador de
arma de fuego de uso civil condicional.
4) El acusado portaba ilegalmente el arma de uso civil condicional, con intención de
hacerlo.
Repasen la instrucción que les di sobre “Arma de fuego” e “intención criminal”, pues
aplican íntegramente aquí.
Por “intención” se entiende que A.F. tenía pleno conocimiento y voluntad de
portar de manera ilegal un arma de guerra de uso civil condicional.
a) Si después de analizar cuidadosamente toda la prueba presentada y admitida y de
conformidad con las instrucciones que les he impartido, ustedes están convencidos que la
Fiscalía ha probado más allá de toda duda razonable que A.F. cometió los
hechos de esta forma, deberán rendir un veredicto de culpabilidad por ese delito (opción
nº 1).
b) Si ustedes estiman, luego de un análisis cuidadoso de toda la prueba presentada y
admitida y de conformidad con las instrucciones que les he impartido, que el Ministerio
Fiscal no probó más allá de duda razonable que la persona acusada cometió este delito, o
que el arma de fuego no era apta para el disparo, o que no estaba en condiciones de uso
inmediato o si tienen duda razonable en cuanto a su culpabilidad, deberán declararla no
culpable (opción nº 2).


Formulario de VEREDICTO
Pág. -150-
Hecho nº 2

1) ______ Nosotros, el jurado, de manera unánime y conforme el requerimiento
de la acusación, encontramos a A.F. CULPABLE del delito de
portación ilegal de arma de guerra de uso civil condicional.

2) ______ Nosotros, el jurado, por unanimidad encontramos a A.F. NO
CULPABLE.



Así lo declaramos el día ___ del mes de junio del año 2023, en la ciudad de
Bariloche, provincia de Río Negro.



_________________________________

Firma y aclaración del presidente del jurado



IX.- Seguidamente a tenor de lo dispuesto por el art. 201 del C.P.P., se
explicaron al Jurado las instrucciones finales y los formularios de veredictos. Se les hizo
entrega de una copia a cada uno de ellos de todas las instrucciones, de los veredictos
dispuestos y del esquema elaborado, con consentimiento de partes, para simplificar el
llenado de los formularios. Tras ello los jurados titulares fueron acompañados por la
Oficial de Sala a la sala dispuesta al efecto y comenzaron a deliberar.
Tras poco menos de tres horas de deliberación, la Oficial de Sala
informó que el Jurado había arribado a una decisión por unanimidad.
Ante ello, el jurado fue convocado a la sala de audiencias, donde
procedí a comprobar que los veredictos estuviesen debidamente conformados y firmados
por el Sr. Presidente del Jurado de acuerdo a las instrucciones brindadas.
Verificado ello, le solicité al Presidente del Jurado que diera lectura a
los veredictos a los que había arribado el jurado. Entonces, en relación al VEREDICTO
N° 1 (HECHO 1) el Sr. Presidente leyó “Nosotros el jurado encontramos al acusado
A.F. culpable del delito de homicidio agravado por haber sido cometido
mediante el empleo de un arma de fuego y alevosía”. En relación al VEREDICTO N°

Pág. -151-
2 (hecho 2) dijo “ Nosotros el jurado encontramos al acusado A.F. culpable
del delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil condicional”.
Seguidamente, de conformidad a lo dispuesto en el art. 205 del C.P.P.,
se hizo saber al Jurado que finalizó su intervención, se los desocupó e instruyó sobre las
disposiciones del art. 204 del C.P.P.
Finalmente y ante los veredictos a los que arribó el jurado, se otorgó a
las partes a tenor del art. 197 del C.P.P., el plazo legal para ofrecer pruebas a fin de fijar
la pena y se dispuso continuar la segunda fase del juicio el 7 de septiembre a las 09.00 hs.




JUICIO SOBRE LA PENA


I.- Ante el veredicto de culpabilidad al que arribó el Jurado Popular, en
la fecha se llevó a cabo la audiencia de cesura a los fines de imponer el monto de pena a
A.F.
El defensor planteó la inconstitucionalidad, para el caso concreto, de la
pena de prisión o reclusión perpetua establecida por el art. 80 inc. 2 del C.P.
En subsidio, planteó la inconstitucionalidad de los artículos 13 -en
cuanto elevó de 20 a 35 años el plazo para acceder a la libertad condicional a los
condenados a penas perpetuas- y 14 inc. 1 del C.P. -en cuanto veda el acceso a la soltura
anticipada a los condenados por homicidios agravados del art. 80-.
Los argumentos expuestos por la defensa, así como los expresados por
la Fiscalía al oponerse a tales planteos, obran en la video filmación de la audiencia.
II.- Retomada la audiencia, procedí a dar respuesta a los planteos traídos:
1. Inconstitucionalidad de las penas perpetuas en general:
Sostiene la defensa que las penas perpetuas son crueles, inhumanas,
degradantes, que violan el fin de resocialización y el art. 18 de la C.N.
Se trata de una cuestión que ha sido ampliamente planteada y discutida
en los tribunales. Tanto la CSJN como el STJ se han pronunciado en torno a la validez de
las penas perpetuas. La CIDH jamás sostuvo que las mismas transgreden los pactos
internacionales. Cabe citar el fallo “Maldonado “ de la CSJN y los precedentes “Rubio
Espinoza” y sentencia nro. 74/2013 del STJ.
Pág. -152-
El caso citado por la defensa “Álvarez c/Argentina” que se encuentra
en trámite ante la CIDH -que aun no se expidió- no es aplicable, pues en aquél se aplicó
la accesoria por tiempo indeterminado del art. 52 del C.P. que transformaría la pena en un
encierro a perpetuidad, que es una cuestión distinta, que trataré más adelante.
La calidad de pena cruel, inhumana o degradante no viene dada por la
duración del encierro. Así lo tiene dicho el STJ en el fallo 158/2016 en cuanto sostuvo
que “... cuando los mencionados tratados internacionales hablan de 'tortura u otros
tratos crueles, inhumanos o degradantes' no se refieren a las penas privativas de libertad
ni a su duración, en tanto la Convención contra la Tortura... excluye de su ámbito de
aplicación a los dolores o sufrimientos que sean consecuencia exclusiva de sanciones
legítimas”.
2. Inconstitucionalidad de la pena perpetua en el caso concreto:
a) Sostiene la defensa que la Dra. Verónica Martínez y el Licenciado
Fernícola hicieron referencia a la posibilidad que la personalidad e ideas paranoides de
A.F. hubiesen podido condicionar su accionar al momento del hecho. En su
mente “era la vida de ella o la de él”, dijo el defensor. Por lo que el respeto al principio
de culpabilidad impide brindar igual tratamiento a situaciones que son diferentes, pues
distinto reproche merece quien no presenta un cuadro de ideas paranoides que quien sí lo
presenta y esa distinción debe verse reflejada en el monto de la pena a imponer. Ello
obliga a apartarse de la pena fija y abrir paso a una escala penal divisible.
Al respecto debo señalar que debo ser muy prudente y evitar ingresar
en el análisis de los extremos que ya fueron materia de juzgamiento por parte del jurado
popular. Advierto una delgada línea entre una “imputabilidad disminuida” como
argumento para perforar el mínimo legal y las “ideas paranoides” que habrían podido
condicionaron el obrar de A.F. al momento del hecho, como plantea la defensa.
El Jurado descartó el planteo vinculado a la inimputabilidad, que formó
parte del thema decidendum que le tocó resolver, conforme las instrucciones impartidas.
El planteo de hoy guarda cierta reedición con aquel planteo, no ya vinculado a si debe ser
declarado inimputable, sino en torno a si existe una causal que tenga entidad tal como
para perforar el mínimo legal, en el caso prisión perpetua y abrir paso a una escala
divisible. Pero es un planteo que roza el de imputabilidad disminuida, que está dentro del
ámbito del art. 34 del C.P. y, por tanto, materia reservada al jurado que dictó veredicto
Pág. -153-
cuando se llevó a cabo el juicio de responsabilidad.
Me permito hacer la siguiente analogía. En los hechos, considerar ese
aspecto de la personalidad de A.F. , operaría como una suerte de “causal
extraordinaria de atenuación” como la que el legislador previó para los homicidios
agravados del art. 80 inc. 1 para dejar a un lado la pena indivisible y aplicar una divisible.
Repárese que pudiendo haberlo hecho en el caso de la alevosía, el
legislador no lo hizo. No obstante, así como las causales extraordinarias de atenuación
deben tenerse por probadas en el juicio, en la primera etapa durante el juicio de
responsabilidad, pues hacen al hecho, entiendo que lo propio ocurre si se pretende hacer
desaparecer la escala indivisible y aplicar una divisible en este caso a partir de invocar
que A.F. tuvo su conciencia afectada por ideas paranoides. Es un extremo que
debió haber sido sometido a consideración del jurado.
No obstante lo expuesto, considero que la defensa tiene derecho a traer
la cuestión en esta instancia, por lo que habré de ingresar a la misma, pues el planteo lo
impone, con suma prudencia para no alterar aspectos que formaron parte de lo ya resuelto
por el jurado popular soberano. Se habla de “posibilidad” de haber actuado con la
consciencia condicionada. Se dice que “era la vida de ella o la de él”. Considero que ello
pierde todo sustento cuando estamos en presencia de un homicidio alevoso en el cual el
actor obró sin riesgo alguno para sí. Procuró un estado de indefensión en la víctima y lo
aprovechó para obrar sobre seguro, tal lo que tuvo por probado el jurado y no podemos
modificar un ápice esa conclusión.
Entonces, si no podemos desvirtuar que A.F. procuró un
estado de indefensión y obró sin riesgo alguno para sí, entonces esa “posibilidad” de haber
actuado con la conciencia condicionada por ideas paranoides por considerar que corría un
peligro serio para su vida, cae por su propio peso. Resulta incompatible actuar creyéndose
en peligro de vida y paralelamente haber procurado y aprovechado un estado de
indefensión en la víctima, que excluye todo riesgo para el atacante. Además, cabe añadir
que la Psiquiatra Martínez descartó de plano que haya existido pérdida de contacto con la
realidad al momento de llevar a cabo el homicidio.
b) Ello basta y torna ocioso ingresar en analizar otras circunstancias del
hecho, que mencionaré a modo de obiter dictum, como son los mensajes de texto que
A.F. envió a su amiga por Whatsapp, donde le refirió que haría aquéllo que el
jurado tuvo por probado que hizo 48 hs después. Ese contexto en que se planificó y
concretó la muerte de S.E. es incompatible con un cuadro en que las ideas
paranoides tuviesen entidad tal como para abrir paso a una declaración de
inconstitucionalidad de la pena perpetua en el caso concreto.
c) Por último, cabe señalar que la gravedad de un homicidio alevoso, a
juicio del legislador, opaca las condiciones personales del art. 41 del C.P. Tendría que
existir una circunstancia de tal intensidad, palmaria y manifiesta, como para acudir al acto
extremo de declarar inconstitucional una norma. Sobre el punto, cabe citar jurisprudencia
de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, que tiene dicho que: “En rigor, las
penas perpetuas, a diferencia de las temporales, se caracterizan por ser aplicables a
hechos tan graves que no admiten atenuantes. Por tal razón no exigen ningún esfuerzo
argumental adicional para su determinación: son penas fijas y absolutas, que en nuestro
sistema pueden ser de prisión perpetua, o la más onerosa de reclusión perpetua...” -
sentencia P.134213-.
Como dijo el Fiscal Lozada, la declaración de inconstitucionalidad es
un acto de gravedad institucional que opera como última ratio y exige sobriedad y
prudencia en los jueces, que no podemos inmiscuirnos en competencias propias de otros
poderes del estado. Se debe procurar evitar correr el riesgo de alterar el equilibrio de la
división de poderes propia de un sistema republicano de gobierno.
d) Al analizar planteos de inconstitucionalidad, no se trata de si una
norma “nos gusta” a los Jueces o si estamos de acuerdo con la misma. Nuestra opinión
personal deviene irrelevante, pues la declaración de inconstitucionalidad requiere mucho
más que una disconformidad personal del juzgador. Se debe constatar la existencia de una
flagrante violación a la constitución, que en el caso, por lo dicho hasta aquí, no se advierte
y ello lleva al rechazo del planteo.
3. Inconstitucionalidad de los arts. 13 del C.P.:
El agravio respecto a la modificación realizada por el Congreso de la
Nación al texto del art. 13 del C.P. en cuando amplió el plazo para acceder a la libertad
condicional a los condenados a penas perpetuas de 20 a 35 años debe ser rechazado.
Se desliza que el Poder Legislativo nacional tomó una decisión
“apresurada” por no decir “trasnochada” al llevar a cabo esa reforma al texto de la citada
norma. No me atrevo a calificar de tal forma la decisión adoptada por uno de los poderes
Pág. -155-
del estado en respuesta a un masivo reclamo popular que imperaba por entonces.
Nuevamente, la división de poderes no permite que uno tenga supremacía sobre otros.
Transcurrieron varios años desde la cuestionada modificación, que fue hecha en el año
2004 hasta el día de hoy. Casi 20 años, sin que el congreso revise o modifique esa
modificación que cuestiona la defensa. Si hubiese sido producto de una decisión
irreflexiva, existió tiempo suficiente para reparar el error causado.
El legislador tiene potestad para determinar cuánta duración considera
que debe tener el tratamiento penitenciario requerido para lograr la reinserción social de
una persona que comete alguno de los delitos más graves que prevé nuestro ordenamiento.
Delitos más graves tornan razonables plazos mayores de encierro para brindar tratamiento
resocializador durante mayor cantidad de tiempo. Ello no transgrede per se, la finalidad
constirucional de resocialización. Es materia propia del Congreso. Repito que no importa
si nos parece bien o mal, nos gusta o no la modificación legislativa a los jueces, en la
medida que no se anule la finalidad constitucional de resocialización que tienen las penas
privativas de libertad.
La invocación del principio Pro homine traída por el defensor, no tiene
el alcance que pretende asignarle la defensa. De ser así, no se podría jamás elevar una
escala penal o legislar sobre nuevos tipos penales. El derecho adquirido al que hace
referencia la defensa, es para quien ya cometió un delito y no se le puede agravar la pena
ni empeorar los plazos para egresos anticipados vigentes al momento de comisión del
delito, pero para eso basta la invocación de las reglas previstas por el art. 2 del C.P. Pero
sin dudas no implica que no se puedan elevar penas a futuro y ningún derecho adquiere
la ciudadanía a cometer un delito y que se le aplique la pena que regía antes de la
modificación legislativa.
A lo expuesto, cabe añadir que la inconstitucionalidad de una norma
debe declararse al momento en que la misma es aplicada, lo que aquí no ocurre, pues a
todo evento la defensa podrá efectuar el planteo dentro de 20 años, cuando considere que
debe aplicarse la anterior redacción del art. 13 del C.P.
4. Inconstitucionalidad del art. 14 del C.P.
Como vengo de señalar, la inconstitucionalidad de una norma debe
dictarse al momento en que la misma debe ser aplicada. El agravio debe ser vigente y
actual.
Pág. -156-
Tal lo expresado por el STJ en la sentencia N° 53 del 4/5/15, en que el
STJ sostuvo que “… resulta de aplicación al caso el precedente Troche Toledo (292/10)
y “Mesa” (195/12) por lo que el agravio debe ser rechazado en los términos de la
doctrina legal de este Cuerpo que considera incompatible con la Constitución Nacional
sólo la pena verdaderamente perpetua por el impedimento de libertad condicional según
lo establecido en el art. 14 del C.P. En el sub examine, ‘… el concepto de perpetuidad no
es tal , por efectos del gozo de la libertad condicional que, en definitiva, deberá ser
planteada por el justiciable al momento de la ejecución de la pena’”.
En la misma línea, cabe citar el fallo P134.213 de la Suprema Corte de
Buenos Aires en cuanto tiene dicho que “Aun para el caso de las penas perpetuas (prisión
o reclusión), éstas no son realmente tales porque de lo contrario lesionarían la
intangibilidad de la persona humana, por lo cual deberá fijarse, eventual y
oportunamente, el momento de su agotamiento”.
En síntesis, el planteo traído remite a una cuestión de cómputo y por lo
tanto conjetural en esta instancia. El planteo debe ser hecho en el momento procesal
oportuno y ante el órgano con competencia para resolver en torno al pedido de libertad
condicional, toda vez que el egreso anticipado requiere la presencia de los demás
requisitos legales exigidos por el art. 13, más allá del mero transcurso del tiempo. Resulta
de aplicación los criterios jurisprudenciales sentados por el máximo tribunal provincial,
en Se. 292/2016; 302/2016 y 195/2012, que fueron leídos en la Audiencia.
Cuando la defensa considere que se encuentran reunidos tales requisitos,
solicitará la libertad condicional. Si la soltura se deniega por aplicación del art. 14 del
C.P., podrá invocar la doctrina legal del STJ que surge de los precedentes citados.
No hace falta acudir a lejanas doctrinas del T.E.D.H. sino que en el
orden local, contamos con doctrina legal que establece lo que dicen esos fallos, que
permiten a A.F. tener hoy una expectativa concreta de retorno al medio libre a
través del instituto de la libertad condicional, retorno que nuestro S.T.J. garantiza -si se
reúnen los demás requisitos exigidos legalmente- al considerar incompatible con nuestro
estándar constitucional la existencia de penas “a perpetuidad”.
Pero, como dije, no corresponde que declare ahora inconstitucional una
norma que no se está aplica en este momento. Es materia propia del Juzgado de Ejecución,
cuando llegue el momento oportuno, resolver la cuestión en ocasión de decidir respecto
Pág. -157-
a un pedido concreto de libertad condicional.
III.- En atención a lo expuesto y al veredicto de culpabilidad emitido
por el jurado popular, siendo que la imposición de una pena indivisible torna ocioso
pronunciarse en torno a los baremos de individualización de la sanción previstos en los
arts. 40 y 41 del C.P., corresponde imponer a A.F. la pena de prisión perpetua,
accesorias legales y costas, como autor responsable de los delitos de homicidio agravado
por haber sido cometido mediante el empleo de un arma de fuego y con alevosía en
perjuicio de E.S.A., en concurso real con portación de arma de uso
civil condicional rigen los arts. 41 bis, 45, 55, 79, 80 inc. 2, 189 bis 7mo párrafo del C.P.-.
IV.- Atento la falta de controversia sobre el punto y los argumentos
esgrimidos durante la audiencia, corresponde prorrogar la prisión preventiva impuesta
oportunamente respecto de A.F. hasta que la presente adquiera firmeza o se
revoque su condena.
V.- Finalmente, en punto a los honorarios profesionales de la perito
intérprete del idioma portugués, Marianela Orozco, cabe ponderar su labor desplegada
durante el debate, por lo que considero justo establecerlos en la suma de quince (15) JUS
-art. 267 del código de rito y art. 4 de la Ley 5069; art. 8 de la Ley H N° 2959-
Por lo expuesto,
RESUELVO:
I.- Declarar, por decisión del Jurado, a F. “A.” A.F., cuyos datos personales se encuentran transcriptos al comienzo de la presente,
autor penalmente responsable de los hechos materia de acusación, configurativos de los
delitos de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con un arma de fuego
y con alevosía, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional,
-art. 41 bis, 45, 55, 80 inc. 2, 189 bis 7mo párrafo, del C.P.; 202, 205 y 206 del C.P.P.-.
II.- Condenar a F. “A.” A.F. a la pena de prisión
perpetua, accesorias legales y costas -art. 80 inc. 2 del C.P.-.
III.- Prorrogar, conforme los argumentos expuestos durante la audiencia
de cesura, la prisión preventiva dispuesta oportunamente respecto de A.F. hasta
tanto quede firme esta sentencia se revoque la condena impuesta.
IV.- Solicitar a la Fiscalía haga saber a los familiares de la víctima, las
facultades que le otorga el art. 11 bis de la Ley 24.660.
Pág. -158-
V.- Regular los honorarios de Marianela Orozco en la suma de quince
(15) JUS -art. 267 inc. 3ro. del C.P.P. y art. 6, 8, 9 y conc. Ley 2212-.
VI.- Protocolizar, registrar, oportunamente, comunicar por mail a las
partes y demás organismos. Firme que se encuentre la presente, formar incidente con
remisión al juzgado de Ejecución Nro. 12.



ARROYO Firmado
digitalmente por

Juan ARROYO Juan
Martín

Martín Fecha: 2023.09.12
16:37:24 -03'00'




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