Organismo | UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA |
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Sentencia | 319 - 12/04/2024 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | RO-17351-F-0000 - URIZ, PAULINA C/ PRISELAC, PABLO SEBASTIAN S/ VIOLENCIA (f) |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
U.P.C.P.P.S. S/ VIOLENCIA (f) Por recibida denuncia. Atento a la identidad de partes y objetos acumúlense a las presentes las actuaciones RO-01072-F-2024 "U.P. C/ P.P.S. S/ VIOLENCIA". VISTO Y CONSIDERANDO: Atento lo peticionado por la denunciante, los hechos relatados en la nueva denuncia, RESUELVO: Ampliar la resolución de fecha 17/12/2021 en las presentes y ordenar como medida protectoria y preventiva la PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO en un radio no menor a 200 mts. del señor <.P.S. hacia la persona de la señora U.P., su domicilio sito en calle L.C.N.1.B.P.A., y donde se encuentre. Las medidas deberán ser cumplidas por el denunciado y la denunciante y tendrán vigencia hasta tanto existan elementos que permitan modificarlas. En caso, de incumplimiento se solicitará la intervención de la justicia penal por la comisión del delito de desobediencia (art. 239, Cód. Penal y arts. 153 y 154 CPF). Hágase saber a la denunciante que para futuras presentaciones en relación a los hechos de violencia aquí denunciados deberá hacerlo mediante su abogado/a de parte. Pudiendo solicitar Audiencia conforme Art. 16 de la ley 26.485. CUMPLASE POR OTIF. Notifíquese a las partes, hágase saber que la notificación al denunciado debe ser en forma personal. NOTIFÍQUESE CON HABILITACIÓN DE DÍA Y HORA. CÚMPLASE POR OTIF.
Vincúlense las actuaciones RO-30331-F-0000 "P.P.S.C.U.P.S/ CUIDADO PERSONAL(F) (MODIFICACION)"; RO-00266-F-2024 "U.P. C/ P.P.S. S/ ALIMENTOS"; RO-01072-F-2024 "U.P. C/ P.P.S. S/ VIOLENCIA"; RO-25147-F-0000 "U.P.Y.P.P.S. S/ DIVORCIO(F)"
Dra. Ángela Sosa
Jueza de Familia
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