Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia179 - 15/05/2019 - DEFINITIVA
ExpedienteR-2RO-300-L1-13 - FARIAS CARLOS OMAR C/ SERVICENTRO EL BEBE S.R.L.;AXION ENERGY ARGENTINA S.R.L.;BENINI JUAN JOSE por sí y en su carácter de heredero de BENINI ERNESTO COLOMBO y BENINI MARIO RAUL S/ RECLAMO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
//neral Roca, 15 de mayo de 2019.-

VISTOS:Los presentes autos caratulados: "FARIAS CARLOS OMAR C/ SERVICENTRO EL BEBE S.R.L.;AXION ENERGY ARGENTINA S.R.L.;BENINI JUAN JOSE por sí y en su carácter de heredero de BENINI ERNESTO COLOMBO y BENINI MARIO RAUL S/ RECLAMO" (Expte.Nº R-2RO-300-L2013/R-2RO-300-L1-13) venidos al acuerdo a los efectos de que sea homologado el convenio obrante a fs.469
CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses de las partes que no vulnera el orden público por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia dicho acuerdo en todas sus partes .-
Costas a cargo Servicentro El Bebe S.R.L. y Juan Jose Benini con excepción de las generadas por la defensa de la co-demandada Axion Energy Argentina S.R.L., los que serán a cargo de su respectivo instituyente
Regúlanse los honorarios en favor de los Dres.Maria Julia Suer, Marcela Lopez y Gabriel Motylicki en forma conjunta en la suma de $5.000, los del Dr.Ariel Balladini en la suma de $3.500 y los de los Dres. Ignacio Pujante y Mariano Brillo en forma conjunta en la suma de $3.500.-(MB:$20.000.-Arts.6, 8, 10 y 40 Ley 2212).-
Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso,importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos. Vista a la Afip.-.
Hágase saber a las partes, letrados y peritos que en función de lo dispuesto por la Resolución N° 812/16 del Superior Tribunal de Justicia, el pago deberá efectivizarse a través de transferencia mediante Sistema de pagos Patagonia e-Bank, debiendo a tales fines denunciar los siguientes datos: Nombre completo, Cuil ó Cuit, CONSTANCIA IMPRESA de CBU de la cuenta del beneficiario del cobro, tipo de cuenta, Banco y sucursal y Correo Electrónico donde se cursará el aviso de transferencia.
Junto a la presente practique Secretaría planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal.
Regístrese, notifíquese, cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.
sv
Dr. José Luis Rodriguez
Presidente Camara Primera del Trabajo

Dr. Nelson Walter Peña Dra. Paula Bisogni
Vocal Cámara Primera Vocal Cámara Primera

Ante mi: Dra. Lucia Meheuech
-Secretaria Cámara Primera-
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