Organismo | CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 285 - 20/12/2011 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | 2CT-22558-10 - LONCOMAN LEOPOLDO JACINTO C/ LOVATTO ISMAEL ANTONIO Y PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | "LONCOMAN LEOPOLDO JACINTO C/ LOVATTO ISMAEL ANTONIO Y PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO" (EXPTE. Nº 2CT-22558-10) En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro a los 19 de diciembre de 2011, siendo las 9:30 horas, comparecen ante los SRES.JUECES de la SALA II de ésta CÁMARA DEL TRABAJO y Secretaria autorizante el Dr.JUAN ANGEL ELIZONDO APODERADO del actor:LONCOMAN, LEOPOLDO JACINTO presente en el acto;la Dra.JUDITH MARTHA MARCO APODERADA del demandado:ISMAEL ANTONIO LOVATTO y el Dr. TOMAS ALBERTO RODRIGUEZ APODERADO de la demandada:PREVENCION ART. S.A..-Abierto el acto sin perjuicio del cumplimiento de lo preceptuado por la Ley 3926 (art. 1º) las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo conciliatorio: 1) Las demandadas abonarán al actor -sin que ello signifique reconocimiento alguno de hechos y derechos y al solo efecto de poner fin a esta contienda judicial- por la totalidad de los conceptos reclamados en autos la suma de $ 150.000.- los que serán abonados mediante depósito judicial en autos de la siguiente forma: a cargo de PREVENCION ART. S.A.: $ 100.000.- en un solo pago el día 11 de Enero de 2012; y a cargo de ISMAEL ANTONIO LOVATTO: $ 50.000.- en cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas: la 1era. de $ 10.000.- el día 11/2/2012; la 2da. de $ 10.000.- el 11/3/2012; la 3era. de $ 15.000.- el 11/4/2012 y la 4ta. de $ 15.000.-. el día 11/5/2012.- 2) La falta de pago en término de una de las cuotas, provocará la caída de los plazos de las restantes, viabilizando la ejecución de la totalidad de la deuda impaga a esa fecha. 3) Costas a cargo de PREVENCION ART. S.A. a excepción de los honorarios de la Dra. Marcó y de la parte proporcional de los honorarios del Elizondo conforme lo que se acuerda en el presente.-Se pactan los honorarios del Dr. Juan Angel Elizondo en la suma de $ 30.000.- pagadero de la siguiente forma: $ 20.000.- a cargo de PREVENCION ART. S.A. el día 11-1-2012 y $ 10.000. a cargo del demandado ISMAEL ANTONIO LOVATTO ;debiendo el Tribunal regular los honorarios de los restantes letrados y peritos interviniente.- 4) Las partes solicitan que una vez cumplido el presente acuerdo pecuniario se archiven éstas actuaciones.-Oído lo cual:los SRES. JUECES de la SALA II de ésta CAMARA DEL TRABAJO,RESUELVEN:1) Implicando el presente acuerdo conciliatorio una justa composición de los derechos e intereses de las partes HOMOLÓGASE el mismo con fuerza de Sentencia.-Costas a cargo de PREVENCION ART. S.A. a excepción de los honorarios de la Dra. Marcó y de la parte proporcional de los honorarios del Elizondo conforme lo que se acuerda en el presente.-Admítanse los honorarios pactados respecto del letrado de la parte actora y regúlanse los de la Dra. Judith M. Marcó en la suma de $ 10.000.-; los de los Dres. Tomas Rodriguez y Tomas Alberto Rodriguez en la suma conjunta de $ 20.000.-; los del la psicóloga Maria Viviana Ibarguen en $ 6.750.-, los de la Dra. Alicia Fabiana Rendon y los del Ing. Hugo Donald Castro en $ 4.500., siendo los honorarios de los peritos a cargo de PREVENCION ART. S.A..-(MB: $ 150.000.--Arts.6,8,10 y 40 Ley 2212 ).- 2) Atento lo resuelto, DEJASE SIN EFECTO la audiencia de vista de causa fijada a fs.446 de autos-, quedando notificados en este acto el actor y los letrados compareciente.-Se deja constancia que los honorarios de los profesionales intervinientes se han regulado teniendo en cuenta el monto conciliado, la importancia de los trabajos realizados la calidad y extensión de los mismos.-Vista a la Afip y a la Asociación Sindical respectiva.-Por Secretaría practíquese planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Cúmplase con la ley 869. Cumplido el presente archívense las presentes actuaciones, tal lo peticionado por las partes.No siendo para más se da por finalizado el acto firmando los comparecientes previa lectura y ratificación y después de los Sres.Jueces por ante mi que certifico.- sa.- FDO. DRA.GABRIELA GADANO Vocal de Trámite-Sala II DR:NELSON WALTER PEÑA Vocal- Sala II DR.DIEGO JORGE BROGGINI -Vocal- Sala II DRA. ZULEMA VIGUERA -Secretaria Subrogante- "LONCOMAN LEOPOLDO JACINTO C/ LOVATTO ISMAEL ANTONIO Y PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO" (EXPTE. Nº 2CT-22558-10) PLANILLA DE LIQUIDACION DE IMPUESTOS SELLADOS Y CONTRIBUCIONES A CARGO DE: "PREVENCION ART S.A." MONTO HISTÓRICO: $ 150.000.- DETALLE DE LIQUIDACION DE COSTAS IMPUESTO DE JUSTICIA 2,5% del monto) $ 3.750,00 SELLADO DE ACTUACIÓN (25% del 2,5% min.3 max.30$-) $ 30,00 COLEGIO DE ABOGADOS (2 x mil del monto-min.$20,00) $ 300,00 SITRAJUR (2 x mil del monto-min.$20,00) $ 300,00 TOTAL ...........................$ 4.380,00 Secretaría Única -SALA II, 19 de diciembre de 2011 sa.- DRA. ZULEMA VIGUERA -SECRETARIA SUBROGANTE- |
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