Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 9 - GENERAL ROCA
Sentencia212 - 15/06/2015 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-2RO-371-C9-14 - MENDEZ COLMENERO TOMASA MARIA IGNACIA S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA Nº NUEVE
SECRETARIA UNICA__________________________
TOMO:_______________________________________
SENTENCIA Nº________________________________
FOLIO Nº:___________________________________
//neral Roca,15 de junio de 2015.
AUTOS Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs.53 de estos autos caratulados: "MENDEZ COLMENERO TOMASA MARIA IGNACIA S/ SUCESION AB INTESTATO " (Expte. N° F-2RO-371-C9-14),y
CONSIDERANDO: Que con la partida de defunción de fs.5 ,se prueba el fallecimiento de Tomasa María Ignacia Méndez Colmenero ocurrido en Allen, provincia de Río Negro,el día 21 de enero de 2013.
Que la causante era de estado civil viuda de Dositeo Hernández Silva,como se comprueba con el acta de matrimonio de fs.6 y expte. que corre agregado por cuerda caratulado:"HERNANDEZ SILVA DOSITEO S/SUCESION" (N°17181-IX-92)
Se presentan a hacer valer sus derechos:
JOAQUIN:( partida de fs. 7) nacido en Castillejo de Martín Viejo, provincia de Salamanca,España,el día 18 de mayo de 1948.
FRANCISCO: (partida de fs.8) nacido Castillejo de Martín Viejo, provincia de Salamanca,España el día 22 de junio de 1942.
MARIA DEL CARMEN: (partida de fs.9) nacida en Paz de Barquilla, provincia de Salamanca,España,el día 8 de octubre de 1945.
Que por auto de fs.25 se declara abierto el juicio sucesorio de la causante y competente el Tribunal para entender en su sustanciación.\n Asimismo se ordena la publicación de los edictos de Ley, cuyos ejemplares y recibos obran agregados a fs.28 /32 y 35/37.
Certificando en este acto la Actuaria que el término de publicación de los mismos se encuentra vencido,no habiéndose presentado más pretendientes a la herencia que los representados por Daniel Osvaldo Vona.
Que con el informe de fs. 47 del Registro de Testamentos de la Provincia se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art.6° de la Ley 133 y con el informe obrante a fs.27 se ha cumplimentado lo ordenado por la Ley 788-Acordada 90/73 del S.T.J.
Que por todo ello y lo dispuesto por el Art. 3565, y ccs.del Código Civil,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de doña TOMASA MARIA IGNACIA MENDEZ COLMENERO le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: JOAQUIN, FRANCISCO Y MARIA DEL CARMEN,de apellidos:HERNANDEZ MENDEZ..Not.y Reg.
Téngase presente lo dictaminado por el Ministrerio Público Fiscal.
Atento lo dispuesto por los Arts.3654/ 8 del C.C.,declárase extrínsecamente válido el testamento otorgado por el causante .




SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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