| Organismo | UNIDAD PROCESAL N° 16 2DA CIRC. - G. ROCA |
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| Sentencia | 58 - 02/03/2026 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | RO-00006-F-2026 - A.J.I. C/ J.M.M. S/ VIOLENCIA |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | CARATULA: A.J.I. C/ J.M.M. S/ VIOLENCIA
EXPTE: RO-00006-F-2026 / EXPTE. SEON NRO.
TH
General Roca, 2 de Marzo de 2026.
Téngase presente lo manifestado.
Atento lo peticionado por la Sra. M.M.J. en fecha 20/02/2026 15:04:01 y la conformidad efectuada por el Sr. J.I.A. 27/02/2026 08:22:03, corresponde MODIFICAR la medida de prohibición de acercamiento ordenada en fecha 02/01/2026 de la Sra. M.M.J. al Sr. J.I.A., en su domicilio sito en calle E.N.3.B.Q.V.d.e.c. y a 100 mts. del lugar en que el se encuentre, haciéndole saber a la Sra. <.M.J. que se MANTIENE la medida de ABSTENCIÓN de realizar actos molestos o perturbadores respecto del mismo, ya sea por contacto directo o en forma telefónica y/o virtual (Se hace saber que se consideran actos molestos o perturbadores, las llamadas telefónicas, los mensajes de textos, los mails, uso de redes sociales, la persecución, la intimidación, amenazas, vigilancia, entre otros). TODO LO QUE ASI RESUELVO.
Hágase saber a las partes que quedan notificados según Ac. 36/22 STJ. Dra. Carolina Gaete
Jueza de Familia
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| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Sentencia Aclaratoria de | 2 - 02/01/2026 - DEFINITIVA |
| Voces | No posee voces. |
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