Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - GENERAL ROCA
Sentencia14 - 20/02/2020 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-2RO-2116-C2019 - GARCIA ROBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia DECLARATORIA DE HEREDEROS :
General Roca, 20 de febrero de 2020.-RG
AUTOS Y VISTOS: Este expediente caratulado: "GARCIA ROBERTO S/SUCESION AB INTESTATO" (Expte. F-2RO-2116-C1-19) para dictar la declaratoria de herederos solicitada a fs. 48.-
CONSIDERANDO: Que con la partida de defunción obrante a fs. 2, se acredita el fallecimiento de ROBERTO GARCIA D.N.I. 7.567.461 ocurrido el día 14 de noviembre de 2018 en Villa Pehuenia, provincia de Neuquén.-
Que el causante era de estado civil divorciado con la sra. Dora Estela Rial, por sentencia dictada en fecha 07/07/2005 (certificación obrante a fs. 42).-
De aquella unión nacieron las siguientes hijas:
- Griselda Mariel: Nacida el 07 de junio de 1975 en la localidad de Allen provincia de Rio Negro (certificado de nacimiento obrante a fs. 3).-
- Melisa: Nacida en fecha 27 de febrero de 1979, en Cipolletti, provincia de Rio Negro (partida de fs. 4).-
A fs. 13 se tiene por aprobada la información sumaria respecto al último domicilio del causante e iniciado el presente sucesorio, declarándose la competencia del Juzgado para entender en su sustanciación.-
Que a fs. 14 y 44 obran oficios al Registro de Juicios Universales y al Registro de Testamentos, respectivamente, diligenciados ambos con resultado negativos.-
Que a fs. 15 y 43 corren agregados los ejemplares de los edictos de ley, certificando en este acto el actuario que el término de citación se encuentra vencido.-
Se aclara que en relación a la ley aplicable, ante la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial a partir del 1° de Agosto de 2015, se debe tener en cuenta la fecha del fallecimiento del causante, que en el caso de marras ocurrió el 14/11/2018. Ante ello, la normativa que rige ésta sucesión es la vigente al tiempo del fallecimiento del causante, correspondiente a su último domicilio (art.2644 CCyC), es decir que resulta aplicable el nuevo CCyC.-
Que por todo lo expuesto y atento lo dispuesto por los arts. 2426 sgtes. y cctes. del CCyC.-
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por el fallecimiento de Roberto Garcia le suceden en carácter de únicas y universales herederas sus hijas Griselda Mariel y Melisa, ambas de apellido Garcia.- Not. y Reg.-


DRA. MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Juez


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VocesDECLARATORIA DE HEREDEROS - SUCESIÓN AB INTESTATO
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