Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 9 - CIPOLLETTI
Sentencia70 - 17/04/2026 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCI-02192-C-2025 - RIVERAS ALVIAL, GRACIELA DE LA CRUZ S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Cipolletti, 17 de abril de 2026.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en los presentes autos caratulados "RIVERAS ALVIAL, GRACIELA DE LA CRUZ S/ SUCESIÓN INTESTADA" (Expte. Nº CI-02192-C-2025); y
CONSIDERANDO: Con la partida de defunción presentada el 26/12/2025 se acredita el fallecimiento de GRACIELA DE LA CRUZ RIVERAS ALVIAL (DNI N° 18.760.868), ocurrido el día 24/11/2025, en la ciudad de Cinco Saltos, provincia de Río Negro.
La causante era de estado civil viuda.
Sus hijos MAURICIO DANIEL BERNAL (DNI N° 28.443.441), GRECIA SOLEDAD BERNAL (DNI N° 33.823.367) y CRISTIAN ORLANDO RIVERAS (DNI N° 25.196.200), tal como surge de las copias certificadas de las partidas de nacimiento, agregadas el 26/12/2025.
En fecha 03/02/2026 se tiene por competente la Unidad Jurisdiccional y por iniciado el presente trámite sucesorio.
Asimismo, en fecha 06/02/2026, obra la constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales y en fecha 07/04/2026, se emite el informe del Registro de Testamentos, de lo que resulta que a nombre de la causante, no se iniciaron juicios similares, ni se registró disposición testamentaria alguna.
El 09/02/2026, se efectúa la publicación de edictos en el sitio web del Poder Judicial y en fecha 19/02/2026, en el Boletín Oficial, sin que se hayan presentado dentro del plazo de citación más herederos ni interesados que los precedentemente indicados.
Por lo expuesto y lo establecido por los arts. 2424, 2426 y concordantes del Código Civil y Comercial y arts. 625, 627 y ccds. del Código Procesal;
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de GRACIELA DE LA CRUZ RIVERAS ALVIAL, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MAURICIO DANIEL BERNAL, GRECIA SOLEDAD BERNAL y CRISTIAN ORLANDO RIVERAS.-
Queda registrada mediante PROTOCOLO DIGITAL. 
NOTIFÍQUESE conforme art. 120 CPCC. Expídase testimonio, común o de Ley 22.172.
 
 
Mauro Marinucci
Juez
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