Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL
Sentencia249 - 29/11/2021 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-2CH-642-C2021 - ALTIERI COSTANZO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia RECEPTORIA Nº F-2CH-642-C2021
CAUSA Nº F-2CH-642-C31-21

///ele Choel, 29 de noviembre de 2021.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "ALTIERI COSTANZO S/ SUCESION AB INTESTATO", RECEPTORIA Nº F-2CH-642-C2021 - EXPTE. Nº F-2CH-642-C31-21 y;
CONSIDERANDO: Que con el acta de defunción presentada en fecha 30/08/2021 se acredita el fallecimiento de COSTANZO ALTIERI, ocurrido en Río Colorado, Provincia Río Negro, el 02/07/2021.
El causante era de estado civil casado con NELI MABEL COLMEGNA (D.N.I Nº 10.875.306) en acto celebrado en Río Colorado, provincia de Río Negro, el 26/11/1971 , según acta de matrimonio presentada en fecha 30/08/2021.
Que se presentan a hacer valer sus derechos, su cónyuge supérstite y sus hijos:
RICARDO MIGUEL ALTIERI (D.N.I Nº 22.469.951), nacido en Jacinto Arauz, provincia de La Pampa, el 03/09/1972 según acta de nacimiento presentada en fecha 30/08/2021.
EDUARDO MARTIN ALTIERI (D.N.I Nº 23.525.704), nacido en Jacinto Arauz, provincia de La Pampa, el 25/10/1973 según acta de nacimiento presentada en fecha 30/08/2021.
CONSTANZA GEORGINA ALTIERI (D.N.I Nº 28.789.083), nacida en Rio Colorado, provincia de Río Negro, el 03/04/1982 según acta de nacimiento presentada en fecha 23/11/2021.
Que en fecha 07/09/2021 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo.
A fs. 26/11/2021 obra constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales.
Que en fecha 23/11/2021 obra informe expedida por el Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares y en fecha 17/11/2021 se agrega ejemplar del Boletín Oficial con el que se acredita la correspondiente publicación del edicto, sobre cuyo vencimiento certifica en estos autos la Actuaria, informando que no se han presentado más herederos, ni interesados que los ya indicados precedentemente.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.433, 2.434 del Código Civil y Comercial y 700 del CPCyC,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de COSTANZO ALTIERI le suceden en su carácter de universales herederos sus hijos RICARDO MIGUEL, EDUARDO MARTIN y CONSTANZA GEORGINA, todos de apellido ALTIERI, sin perjuicio de los derechos que le corresponden a la cónyuge supérstite sobre los bienes propios si los hubiere, y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los bienes gananciales.
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE Y EXPÍDASE TESTIMONIO.
pnt

Dra. Natalia Costanzo
Jueza




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