El Bolsón, 15 de marzo de 2024
VISTOS: Los autos caratulados <.A.A.C.G.G.A. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE ALIMENTOS (PERIODO COMPRENDIDO A PARTIR DE ABRIL 2023 INICIO ALIMENTOS) expediente EB-00242-F-2023
CONSIDERANDO:
Que los presentes se encuentran a despacho en estado de resolver respecto a la liquidación liquidación practicada por la actora conforme surge del movimiento I0001, publicado el 04/09/2023.-
Que el alimentante Sr. G.A.G. se notifica personalmente de la ejecución al movimiento E0006, reconociendo la deuda reclamada.
Encontrándose reconocida la deuda, y no habiéndose formalizando el pago de la misma, corresponde la aprobación de la liquidación oportunamente practicada en los términos de los artículos 93, 94 y 95 del Código de Procedimiento de Familia.-
La presente se dicta en el marco de la delegación efectuada por la Sra. Jueza en su oportunidad, en los términos del art. 93 del CPF.-
En mérito a lo expuesto;
RESUELVO:
I) Apruébese en cuanto ha lugar y por derecho la liquidación obrante movimiento I0001, publicado el 04/09/2023por la suma de $ 222.889,07
II) Líbrese oficio al Registro de Deudores Alimentarios Provincial y Municipal , el cual debe contener los siguientes datos:
1- Apellido/s y nombre/s completo/s del moroso/a, no admitiéndose iniciales.
2- Domicilio del deudor/a. Si fuere desconocido se hará constar tal circunstancia.
3- Fecha de nacimiento y nacionalidad. Si fuere desconocido se hará constar tal circunstancia.
4- Número de Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica o Documento Nacional de Identidad para los ciudadanos argentinos. Para los extranjeros residentes en el país, el número de Documento Nacional de Identidad o en su defecto el número de Cédula de Identidad, o en su caso de Pasaporte. Para los extranjeros no residentes el número de Pasaporte o del Documento que corresponda según su país de residencia u origen.
5- Estado Civil y en su caso, datos personales del cónyuge. Si fuere desconocido se hará constar tal circunstancia.
6- Profesión u oficio del deudor/a moroso/a. Si fuere desconocido se hará constar tal circunstancia.
7- Monto de la deuda del moroso/a.
8- Nombre/s y Apellido/s del reclamante por incumplimiento y el del o los beneficiarios/as.
9- Actuaciones Judiciales, Tribunal y Secretaría donde tramite la causa.
10- Transcripción o copia de la resolución que ordena la medida.
11- Cualquier otro dato que el tribunal considere pertinente.-
Asimismo, deberá dejarse constancia que la inscripción deberá permanecer hasta tanto no se disponga una resolución en contrario.-
Confección y diligenciamiento del oficio a cargo del/ la letrado/a patrocinante.-
Se hace saber que los oficios al registro de esta localidad deben ser remitido a las siguientes direcciones de correo electrónico: asesoria@elbolson.gov.ar; o desarrollo@elbolson.gov.ar
III) Costas al alimentante art. 121 CPF-
IV) Encontrándose ambas partes patrocinadas por la defensa Pública, difiérase la regulación de honorarios para el momento en que sus clientes mejoren su condición y fortuna.-
V) Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor correspondiente a fin de que tome nota del embargo del automotor identificado como GIU 160 por la suma de $ 222.888,07 , con más $74.296 presupuestado provisoriamente para atender costas e intereses, siempre y cuando el vehículo se encuentre a nombre del Sr. GIANATTI, GABRIEL ALEJANDRO DNI 38.431.940.-
VI) Hacer saber que la presente se protocoliza y se notifica en los términos de la Acordada 36, Anexo I, Punto 9
Ma. Paula Gagliardo
Secretaria
FIRMADO DIGITALMENTE