Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA
Sentencia494 - 04/06/2024 - SOBRESEIMIENTO
ExpedienteMPF-RC-00313-2021 - I., E. C. C/NN S/ ESTAFA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
///ele Choel, 4 de junio de 2024.-

AUTOS Y VISTOS: El presente requerimiento jurisdiccional de Sobreseimiento que fuera promovido por el Ministerio Público Fiscal en LEGAJO: MPF-RC-00313-2021 caratulado “I. E. C. C/NN S/ ESTAFA”, traída a conocimiento del suscripto, como JUEZ DE GARANTÍAS, para resolver la situación del imputado: MERVIN MANUEL PRADO;

CONSIDERANDO:

Se le atribuye al imputado los hechos que fueran explicitados oportunamente en momentos de formularse imputación en su contra: Ocurrido en fecha 17/05/2020 en horas de la tarde aproximadamente, en el domicilio de calle XX de Río Colorado, cuando la denunciante, I., E. C. constató que autores cuya identidad aún no se ha podido determinar habrían accedieron a su cuenta de Instagram "XX", modificando las claves de acceso y escribiendo a sus contactos solicitando la transferencia de dinero. Así, lograron defraudar con nombre supuesto, valiéndose de ardid para que: -E.V. transfiera en fecha 17/05/2021 a las 21:38 hs. la suma de pesos 13.000,00, a las 21:52 hs. la suma de $ 15.000,00 y a las 22:03 hs. la suma de pesos 12.000,00 desde su caja de ahorro XX a la cuenta de CBU/CVU 4150999718004825070023 de Arnaldo Ramon Reyes Garay. -N. A. S. transfiera en fecha 17/05/2021 a las 20:44 la suma de $ 15.000,00 desde su cuenta de CVU 0000003100051497898708 a la cuenta de CBU 0720038088000045516890 de Mervin Manuel Prado.

Que las presentes actuaciones se iniciaron por la correspondiente denuncia y/o actuación policial, sustanciándose sumario y causa judicial bajo el nuevo régimen procesal penal.

La calificación legal provisoria corresponde al delito de ESTAFA, por el que se formuló cargos a MERVIN MANUEL PRADO a título de PARTICIPE NECESARIO, de conformidad con los arts. 45 y 172 del Código Penal..-

Que el actual Sr. Fiscal interviniente, Dr. Matías Álvarez Reynolds, ha impulsado el sobreseimiento del imputado, conforme fundamentos vertidos en su petición jurisdiccional.

En tal inteligencia informa el Sr. Fiscal “...Luego de la formulación de cargos, no se ha podido incorporar prueba conducente a dilucidar lo ocurrido con lo cual no se cuenta con elementos para continuar con la acusación. Consecuentemente, por lo expuesto, corresponde solicitar el Sobreseimiento del imputado.” lo que así solicita expresamente.-

En concordancia, siendo el Ministerio Público quien ejerce la acción penal y estando los Jueces de Garantías en función de resolver y ajustarnos a las peticiones expresas de las partes, y controlar su constitucionalidad y legalidad, comparto excepcionalmente los argumentos vertidos para promover el sobreseimiento de quien resulta imputado, teniendo presente las circunstancias referidas respecto a la duración del proceso y el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, ponderándose en la evaluación las circunstancias enunciadas en la solicitud jurisdiccional y constancias de Legajo.

Por todo lo expuesto, en mi condición de Juez del Foro de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro corresponde y así

RESUELVO: I.- Dictar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de MERVIN MANUEL PRADO, por el delito de Estafa, acorde los art. 172 y 45 del C.P. y que le fuera enrostrado en el presente Legajo, dejando constancia que el presente proceso no ha afectado el buen nombre y honor del que hubiere gozado.
II.- Son de aplicación las disposiciones contenidas en Art. 155 inc. 6° y cctes. del Código Procesal Penal.
III.- Notifíquese a las partes.
IV.- Cumplído, archívese el legajo.

Firmado digitalmente por
GAVIÑA SANCHEZ Roberto Oscar
Fecha: 2024.06.04 11:05:15 -03'00'
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil