Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CATRIEL
Sentencia303 - 23/10/2025 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCA-00719-JP-2025 - C.E.A.C.O.M.Á.S.V.(.
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

 
Expte. Nº C. <.i.E.A.C.O.M.Á.S.V.(.
Visto la denuncia formulada por <.i.E.A.<.  en la Comisaría de la Familia de esta ciudad el día 21 DE OCTUBRE DE 2025 y atento los antecedentes expuestos, la situación de riesgo, y al solo efecto de resguardar la integridad física y psíquica de la denunciante RESUELVO: RATIFICAR LA MEDIDA ORDENADA VIA TELEFÓNICA EL DÍA  21 DE OCTUBRE DE 2025 Y EN CONSECUENCIA: 
1º)ORDENAR la EXCLUSION DEL HOGAR del Sr.  <.i.M.Á.  del domicilio sito en AV. ROCA N° 1467 de esta ciudad.
2º)PROHIBIR EL ACERCAMIENTO Y EL CONTACTO del Sr.  <.i.M.Á. respecto de la Sra. <.i.E.A. con domicilio sito en A.R.N.1. debiendo mantenerse alejado a una distancia no menor a quinientos metros de la persona y residencia de la denunciante, como así de los lugares en que se encuentre o transite sean públicos o privados. Asimismo deberá, el denunciado, abstenerse de producir actos molestos o de hostigamiento ,  y abstenerse de mantener comunicación con la denunicante, cualquiera se el medio que se utilice (Art. 27 Inc. D ley 3040 y modificaciones ).

2º)El plazo de la presente medida se queda sujeto a lo que disponga el Juzgado de Familia que por sorteo corresponda.
3º) Asimismo se hace saber  a V.S. que las partes  ya han sido informadas que durante la sustanciación del proceso judicial deberán contar con patrocinio letrado, pudiendo requerir el servicio de Defensa Pública . Regístrese, protocolícese.   Cumplido remítanse las presentes actuaciones al Juzgado de Familia que corresponda .Catriel,

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.


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