Organismo | CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 28 - 19/03/2012 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | 2CT-24554-11 - GOMEZ OSCAR C/ BEZICH ANTONIO S/ RECLAMO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | "GOMEZ OSCAR C/ BEZICH ANTONIO S/ RECLAMO" (Expte. Nº 2CT-24554-11) En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro a los 19 de marzo de 2012, siendo las 8:40 horas, comparecen ante la DRA. GABRIELA GADANO -Jueza Unipersonal Subrogante atento a la licencia del Dr.Diego Jorge Broggini y Secretaria autorizante la Dra.MARIA DEL CARMEN VICENTE APODERADA del actor: GOMEZ, OSCAR presente en el acto y el Dr. MIGUEL OSVALDO CALVO PATROCINANTE del demandado:ANTONIO BEZICH tambien presente.- Abierto el acto sin perjuicio del cumplimiento de lo preceptuado por la Ley 3926 (art. 1º) las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo conciliatorio: 1) El demandado:ANTONIO BEZICH abonará al actor -sin que ello signifique reconocimiento alguno de hechos y derechos y al solo efecto de poner fin a esta contienda judicial-por la totalidad de los conceptos reclamados en autos la suma de $ 8.000.- los que serán abonados mediante depósito judicial en autos en siete (7) cuotas mensuales y consecutivas de la siguiente forma: la 1era. de $ 2.000.- el 10 de Abril de 2012 y las restantes seis cuotas de $ 1.000.- cada una de ellas con vencimiento la 1era. el 10 de Mayo de 2012 y las restantes los días 10 y/o día siguiente hábil de los meses posteriores. 2) La falta de pago en término de una de las cuotas, provocará la caída de los plazos de las restantes,viabilizando la ejecución de la totalidad de la deuda impaga a esa fecha, como asimismo la aplicación del art. 275 tercer párrafo de la LCT (t.o Ley 26.696).-3) Costas a cargo del demandado:ANTONIO BEZICH, pactándose los honorarios de las letradas de la parte actora Dras.Maria del Carmen Vicente y Elisa E. Vicente en la suma conjunta de $ 1.600.- pagaderos en dos cuotas con la 1era y 2da. cuota del actor, ;debiendo el Tribunal regular los honorarios del letrado de la parte demandada.- 4) Las partes solicitan que una vez cumplido el presente acuerdo pecuniario se archiven éstas actuaciones.-Oído lo cual:a DRA. GABRIELA GADANO-Juez Unipersonal Subrogante de la SALA II de ésta CAMARA DEL TRABAJO,RESUELVE:1) Implicando el presente acuerdo conciliatorio una justa composición de los derechos e intereses de las partes HOMOLÓGASE el mismo con fuerza de Sentencia. Con costas a cargo del demandado:ANTONIO BEZICH.- Admítanse los honorarios pactados respecto de las letradas de la parte actora y regúlanse los del Dres. Maria Cecilia Calvo y Miguel Osvaldo Calvo en la suma conjunta de $ 1.600.- (MB: $ 8.000.-Arts.6,8,10 y 40 Ley 2212).- Se deja constancia que los honorarios de los profesionales intervinientes se han regulado teniendo en cuenta el monto conciliado, la importancia de los trabajos realizados la calidad y extensión de los mismos.-Vista a la Afip y a la Asociación Sindical respectiva.-Por Secretaría practíquese planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Cúmplase con la ley 869. Cumplido el presente archívense las presentes actuaciones, tal lo peticionado por las partes.No siendo para más se da por finalizado el acto firmando los comparecientes previa lectura y ratificación y después de los Sra.Jueza por ante mi que certifico.- sa.- FDO. DRA.GABRIELA GADANO Vocal de Trámite-Sala II DRA. DANIELA A.C.PERRAMON -Secretaria- "GOMEZ OSCAR C/ BEZICH ANTONIO S/ RECLAMO" (Expte. Nº 2CT-24554-11) PLANILLA DE LIQUIDACION DE IMPUESTOS SELLADOS Y CONTRIBUCIONES A CARGO DE: "BEZICH ANTONIO " MONTO HISTÓRICO: $ 8.000.- DETALLE DE LIQUIDACION DE COSTAS IMPUESTO DE JUSTICIA 2,5% del monto) $ 200,00 SELLADO DE ACTUACIÓN (25% del 2,5% min.3 max.30$-) $ 30,00 COLEGIO DE ABOGADOS (2 x mil del monto-min.$20,00) $ 20,00 SITRAJUR (2 x mil del monto-min.$20,00) $ 20,00 TOTAL ............................ $ 270,00 Secretaría Única -SALA II, 19 de marzo de 2012 sa.- DRA. DANIELA A.C.PERRAMON -SECRETARIA- |
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