Fallo Completo STJ

OrganismoUNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 3 - BARILOCHE
Sentencia415 - 07/11/2023 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteBA-01514-C-2023 - RODRIGUEZ GAMES, RODOLFO HECTOR S/ SUCESION INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

San Carlos de Bariloche, 7 de noviembre de 2023


VISTOS: Los autos RODRIGUEZ GAMES, RODOLFO HECTOR S/ SUCESION INTESTADA BA-01514-C-2023

Y CONSIDERANDO:

1º) Que se acreditó la defunción de Rodolfo Héctor Rodríguez Games ocurrida el 17/07/2023 (acreditado en fecha 10/08/2023), cónyuge de Alicia Susana Gatius (acreditada en fecha 9/8/2023) y padre de Juan Javier Rodríguez Games y Nicolás Eduardo Rodríguez Games (acredita en fecha 9/08/2023), quienes gozan de vocación hereditaria (artículos 2424, 2426, 2433 y ccdtes del C.C. y.C.) y se han presentado pidiendo ser declarados herederos.
2º) Que se citó por edictos a los demás herederos que pudiera haber sin que nadie se presentara, tal como la Secretaria de OTICCA lo certifica (fecha de certificación: 30/10/2023-I0013).
3º) Que se inscribió este proceso en el Registro de Juicios Universales donde no consta la inscripción de otro similar (ley 788: fecha de inscripción en el Registro de Juicios Universales: 25/08/2023-I0005).
4º) Que el Registro de la Propiedad Inmueble no registra disposiciones testamentarias (artículo 6 de la ley 133: certificado del Registro de Disposiciones Testamentarias: 11/10/2023-E0009).
5º) Que el Ministerio Público Fiscal no tiene objeciones (fecha 31/10/2023-E0012).
En consecuencia,

RESUELVO: I) Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Rodolfo Héctor Rodríguez Games le heredan en carácter de únicos y universales herederos sus hijos Juan Javier Rodríguez Games y Nicolás Eduardo Rodríguez Games y su cónyuge supérstite Alicia Susana Gatius, ésta en cuanto a los bienes propios -si los hubiere- y sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales. II) Disponer que cese la intervención del Ministerio Público Fiscal. III) Notificar la presente de conformidad a la Ac. 36/22.

Santiago Moran

Juez

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