Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - BARILOCHE
Sentencia286 - 27/11/2013 - DEFINITIVA
Expediente24743/13 - MARTIN, Yolanda M. C/ ENARGAS S/ SUMARIO (l) (Conc. Biglieri)
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaSan Carlos de Bariloche, 27 de noviembre de 2013.-
---VISTOS: Los autos caratulados “MARTIN, Yolanda M. C/ ENARGAS S/ SUMARIO (l) (Conc. Biglieri)” Expte. N° 24743/13; y el planteo de excepción de incompetencia interpuesto por la demandada a fs. 18/21, cuto traslado fuere contestado por la actora a fs. 34/35.-
---CONSIDERANDO:
---1) Que a fs. 16/ 32, comparece la Dra. Valeria Neculqueo, invocando gestión procesal a favor del organismo "ENARGAS" y opone excepción de incompetencia en razón de la persona, frente a la demanda promovida en autos. \n---Como fundamento de dicha defensa, señala que el Ente Nacional Regulador del Gas, según su ley de creación Nro. 24067, es un organismo autárquico Nacional de derecho público.-\n---2) Corrido el pertinente traslado, fue contestado por la actora a fs. 34/35, postulando el rechazo de la excepción. Argumenta en su favor que la actora ha ejercido el derecho a opción que le confiere el art. 10 de la ley 1.504.-\n---3) A fs. 37 se expidió el Agente Fiscal, dictaminando en favor de la postura de la excepcionante, manifestando que tratándose de un ente Nacional y pudiendo verse afectados sus intereses, corresponde en virtud de lo previsto en el art. 116 de la C.N. y arts. 65 y 66 de la ley 24.076, entender en la presente causa a la justicia federal.-.\n---4) Así planteada la cuestión, cabe adelantar un pronunciamiento favorable a la defensa opuesta por la accionada.-\n--- De acuerdo a lo que establece el art. 116 de la Constitución Nacional “Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión ... de los asuntos en que la Nación sea parte ...”, regla que ha sido interpretada en el sentido de que la competencia de los jueces federales se extiende -entre otros casos- a aquéllos en que la Nación o uno de sus organismos autárquicos es parte, teniendo en cuenta que en tales supuestos puede hallarse comprometido el interés o la responsabilidad patrimonial del Estado Nacional.-\n--- Sobre el particular tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que: “Conforme con lo dispuesto por los arts. 100 -actual 116- de la Constitución Nacional y 2, inc. 6 y 12 de la ley 48, corresponde a la justicia federal y no a la provincial entender en las causas en que la Nación o uno de sus organismos autárquicos sea parte, aun aquellas emergentes de relaciones laborales y a pesar de la existencia de demandados no aforados. Ello es así, toda vez que se encuentran comprometidos el interés nacional o la responsabilidad civil de la Nación” (CS, Marzo 22 1977, Heredia, Fidel c. Sarmiento, Julio y Otra; en idéntico sentido, CSJN, Septiembre 17 1985 en E.D. 118-291).- \n--- Siendo la demandada "ENARGAS" un ente autónomo perteneciente al Estado Nacional, los juicios en que intervenga comprometen la responsabilidad de la Nación, circunstancia que determina la jurisdicción federal en razón de la persona.-\n--- Adviértase, además, que la competencia federal se establece como un privilegio en favor del Estado Nacional -de orden público y como tal improrrogable- no rige a su respecto lo dispuesto en el art. 10 de la ley Provincial nº 1504.-\n--- Por ello, la CAMARA DEL TRABAJO de la IIIa. Circunscripción Judicial RESUELVE:\n--- I) HACER LUGAR a la excepción planteada, con costas. \n--- II) DECLARAR LA incompetencia de este Tribunal para entender en los presentes autos.- \n--- III) Regular los honorarios de la abogada Valeria Anahi Neculqueo en la suma de $ 2.559 y de María Lucrecia Ranzini, en la suma de $ 2.011 -conf. arts. 6, 7, 9 y 33 de la L.A.- (15% de $ 17.064 y 15% de $ 13.407, tomando como base al monto de demanda -$ 87.063-, sobre la que se aplicó un 14 % y un 11 %, respectivamente, mas el 40 %).\n--- IV) Regístrese, protocolícese, notifíquese y, oportunamente archívense.-
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RUBEN O. MARIGO JUAN A. LAGOMARSINO MARINA VENERANDI
Juez de Cámara Presidente Juez de Cámara
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