Fallo Completo STJ

OrganismoUNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 1 - BARILOCHE
Sentencia242 - 01/08/2024 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteBA-10040-C-0000 - MATO, EDUARDO Y OTRA C/ DIRECTORIO DE LOS ALPES S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR(C) (EX Nº 31517-11 JUZGADO CIVIL Nº 3)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

San Carlos de Bariloche, 1 de agosto de 2024.- 
VISTOS: Estos autos caratulados: "MATO, EDUARDO Y OTRA C/ DIRECTORIO DE LOS ALPES S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR(C) (EX Nº 31517-11 JUZGADO CIVIL Nº 3)",  BA-10040-C-0000
CONSIDERANDO:

1º) Que de conformidad a lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en los autos: "GONZALEZ, CARMEN BEATRIZ Y OTRO C/ LOS ALPES S.A. S/DISOLUCION DE SOCIEDAD (ORDINARIO), BA-08109-C-0000 en fecha 10/08/2023 y lo advertido por el suscripto en los autos: "GONZALEZ, CARMEN BEATRIZ Y OTRO C/ LOS ALPES S/DISOLUCION DE SOCIEDAD (ORD) S/ MEDIDA CAUTELAR", BA-09365-C-000 en fecha 28/02/2024, providencia que se encuentra firme y consentida, habiéndose presentado el informe final (art. 227 CPCC) en dichos obrados, corresponde regular los honorarios definitivos en estas actuaciones al Contador Fernando González, por su intervención en estas actuaciones como Interventor Veedor Informante de la Sociedad Los Alpes S.A. (conforme designación efectuada en fecha 11 de mayo de 2012 fs. 266/270,  aceptación del cargo en fecha 22 de mayo 2012 y  toma posesión cargo por mandamiento realizado en fecha 19 de junio 2012 (fs. 283/284).-
2º) Que el interventor presentó primer informe en fecha 23/08/2012 (fs. 300/303), 2do. informe (fs. 323/325 en fecha 19/10/2012) y 3er. informe fs. 347/535 en fecha 13/05/2013, todos debidamente sustanciados.-

3º) Que en este estado de las actuaciones, corresponde aprobar la gestión desempeñada por el Interventor veedor Fernando Gonzalez y practicar regulación de honorarios definitivos y compresiva de la regulación provisoria efectuada en fecha 22/11/2013 (fs. 561), tomando como base regulatoria el informe final (art. 227 CPCC) de ingresos brutos de la sociedad intervenida aprobada en los autos: "GONZALEZ, CARMEN BEATRIZ Y OTRO C/ LOS ALPES S/DISOLUCION DE SOCIEDAD (ORD) S/ MEDIDA CAUTELAR", BA-09365-C-000 y que asciende a la suma de $ 718.880.631.- sobre la que se aplica el 5% de la escala establecida en el art. 26 de la 5069, reducida en un 50% conforme artículo 27 de la misma norma.- 
Por todo lo expuesto, RESUELVO: I) Aprobar la gestión realizada por el Interventor Veedor Informante, Contador Fernando Gonzalez. II) Regular los honorarios del Interventor Veedor Informante, Contador Fernando González,  por todas las tareas realizadas en autos con carácter definitivo y compresivo de honorarios provisorios regulados en autos (fs.561) , en la suma de $ 17.972.015,77, con más el 5% destinado al Consejo de Ciencias Económicas, conforme art. 58 Dec. 199/66.

Se deja constancia que a los fines regulatorios se ha tomado como base regulatoria el monto del informe final (art. 227 CPCC) de Ingresos Brutos efectuada en presentación Nro. E0008 de fecha 04/06/2024, aprobado en el día de la fecha en los autos: "GONZALEZ, CARMEN BEATRIZ Y OTRO C/ LOS ALPES S/DISOLUCION DE SOCIEDAD (ORD) S/ MEDIDA CAUTELAR, BA-09365-C-000, sobre la que se aplica el 5% de la escala legal establecida en el art. 26 de la ley 5069, reducida en un 50% conforme art. 27 de la misma norma.-  Todo ello, conforme lo resuelto oportunamente por la Alzada.- III) Regístrese, protocolícese, notifíquese a tenor de lo dispuesto en la Ac. 36/2022 STJ.-

Mariano A. Castro
Juez

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