Organismo | CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - BARILOCHE |
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Sentencia | 182 - 02/10/2009 - DEFINITIVA |
Expediente | 21412/09 - PEREZ, Claudia Rosa c/ FERRETERIA BARBERIS S.R.L. S/ Sumario |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 1 días del mes de octubre del año 2009, siendo la hora 10,30, se reúnen ante el actuario en la sala de audiencias de esta Cámara del Trabajo, en autos caratulados: “PEREZ, Claudia Rosa c/ FERRETERIA BARBERIS S.R.L. S/ Sumario (T.U:)” Expte. Nro. 21412/09, por la parte actora, Claudia PEREZ y su letrada apoderada, doctora Blanca Carballo, y por la demandada Jose BARBERIS (Socio gerente FERRETERIA BARBERIS SRL) junto al letrado patrocinante, doctor Juan Carlos Garrafa.- --- Abierto el acto, las partes arriban a la siguiente conciliación: --- 1) La parte demandada abonará a la actora, sin que ello implique reconocimiento de hechos ni de derecho alguno y al solo efecto conciliatorio, la suma total de $ 4.000 (pesos cuatro mil) en 1 pago, con vencimiento el día Martes 6 de octubre de 2009.- --- 2) Las costas serán a cargo de la demandada.- --- 3) Los aportes serán abonados conforme ley 869.- --- 4) Se pactan los honorarios de la Dra. Blanca Carballo, por la representación ejercida de la parte actora, en la suma de $ 800.- (pesos ochocientos) con más el IVA correspondiente.- --- 5) El incumplimiento de cualquiera de los pagos pactados dará derecho a la parte actora a la ejecución del presente acuerdo. Asimismo, la parte actora manifiesta que una vez concretados los pagos en tiempo y modo pactados, nada más tendrá que reclamar a la demandada en virtud de la relación laboral habida entre las partes.- --- 6) Las partes ratifican el acuerdo celebrado.- --- Oído lo cual, el Tribunal RESUELVE: --- I) Teniendo en cuenta que se ha arribado a una justa composición del litigio, contando las partes con asesoramiento letrado, HOMOLOGASE el acuerdo celebrado.- --- II) TENER PRESENTE los honorarios pactados para el Dr. Blanca Carballo, por la representación ejercida de la parte actora, en la suma de $ 800.- con más el IVA correspondiente, y REGULAR los honorarios del Dr. Juan Carlos Garrafa, por la demandada, en idéntica suma, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6, 7, 9 y ccdtes. de la L.A..- --- III) NOTIFIQUESE, regístrese y protocolícese. Oportunamente ARCHÍVESE.- ab CARLOS M. SALABERRY Presidente CERTIFICO: Que la sentencia que antecede ha sido protocolizada bajo el N°________ en el Tomo N°_______ del año 2009 bajo Folios N°___________________. CONSTE.- SECRETARÍA, ____ de _______________ de 2009.- MANUEL CAFFERATA Secretario |
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