Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia31 - 14/05/2021 - MONITORIA
ExpedienteRO-00117-L-2021 - ZUAIN, EZEQUIEL HERNAN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia ZUAIN, EZEQUIEL HERNAN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓNRO-00117-L-2021EJECUCIÓN

General Roca, 06 de Mayo de 2021.-

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-------Y VISTOS: Estos autos caratulados "RO-00117-L-2021" ZUAIN , EZEQUIEL HERNAN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. S/ EJECUCIÓN".

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-------CONSIDERANDO: Teniendo en cuenta el Acuerdo alcanzado en acta de fecha 01/03/2021, labrado en Expediente N° 59.253/20 S.R.T., homologado por Disposición DIAPC- 2021-312-APN-SHC35#SRT, en el que se establecieran los honorarios profesionales del letrado presentante, encontrándose dicha resolución debidamente notificada a las partes , y de conformidad a lo dispuesto por los arts 500 y cc. CPCC, art 6 y cc. ley 1504, art. 5 ley 5253 y ley 2212, corresponde dictar sentencia monitoria y mandar a llevar adelante la ejecución solicitada.

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------- Por ello, LA CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL;

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--------RESUELVE: llevar adelante ­la ejecución de contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. CUIT N° 30-68825409-0; para que haga al acreedor Dr. EZEQUIEL HERNAN ZUAIN pago íntegro de la suma de $ 67.976,59 en concepto de honorarios con más la suma de $33.988 presupuestada para intereses y costas, incluyendo este último concepto el 5% de aportes a cargo del condenado al pago de los honorarios de conformidad a lo dispuesto por el art.14 inc.b) de la Ley n° 869. Costas a la ejecutada.

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-----Difíerase la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutoriada.

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-----Notifíquese mediante cédula al domicilio legal de la ejecutada, quien dentro del quinto día podrá oponer las excepciones previstas en el art. 544 del C.P.C. y C, utilizando el Código para Contestar Demanda IORN-TZVJ: , lo
que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de continuarse el trámite de cumplimiento de esta sentencia (art.542 del C.P.C. y C).

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-----Téngase presente el bien denunciado a embargo y ofíciese como se solicita haciéndole saber a las entidades mencionadas que deberán informar al facultado para el diligenciamiento, ante la presentación del oficio, el saldo existente a favor de la demandada en la entidad.- El facultado se abstendrá, una vez efectivizada la medida sobre una de las instituciones oficiadas, de diligenciar los otros oficios ordenados.- Los fondos embargados deberán ser transferidos a la cuenta de autos que oportunamente se le informará, todo en el plazo de CINCO (5) días de realizado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 804 del Código Civil.-

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------Se hace saber al ejecutante que deberá indicar en el texto de los oficios ordenados que la respuesta a la diligencia que le fuera solicitada debe ser remitida a través del sistema de gestón PUMA L, y en caso de no contarse con clave de acceso, de modo excepcional podrá ser remitida al correo electrónico oficial del organismo: camlabroca@jusrionegro.gov.ar. Asimismo se hace saber que no se recepcionará la misma en soporte papel.-

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-----Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A a efectos de que proceda a la apertura de una cuenta judicial a nombre de estos autos y a la orden del Tribunal, haciéndole saber que deberá dar cumplimiento con la medida en plazo
de 48 hs. de recibido el mail, informando número de cuenta y de CBU, bajo apercibimiento de aplicar la suma de $2.000 diarios en concepto de astreintes, al correo electrónico oficial de este Tribunal camlabroca@jusrionegro.gov.ar. El
mismo deberá ser confeccionado por el letrado ejecutante y agregado en el sistema de gestión PUMA L en para su firma digital por la actuaria y remisión del oficio a la entidad bancaria. Una vez controlado será remitido por el tribunal
a la siguiente casilla de correo electrónico, la cual fuera provista por el Banco Patagonia: DepositosJudiciales2dajurisdiccion@bancopatagonia.com.ar.

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-----Publíquese, regístrese.
gc/


DRA.PAULA INÉS BISOGNI
-PRESIDENTE-
CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA



DR. NELSON WALTER PEÑA
-JUEZ


DR. JOSE LUIS RODRIGUEZ
-JUEZ

Ante mi:

DRA.MARCELA B. LÓPEZ
Secretaria











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