Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO DE FAMILIA, CIVIL, COMERCIAL, MINERIA Y SUCESIONES N° 11 - EL BOLSON
Sentencia64 - 27/12/2023 - HOMOLOGADA
ExpedienteEB-00304-F-2023 - C.J. C/ A.V.J. S/ SUMARÍSIMO - REGIMEN DE COMUNICACION
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

El Bolsón, 27 de diciembre de 2023.-


VISTO: El expediente "C.J. C/ A.V.J. S/ SUMARÍSIMO - REGIMEN DE COMUNICACION" que se encuentra para dictar sentencia;
ANALISIS Y SOLUCIÓN DEL CASO:
Que conforme consta en el acta de audiencia celebrada el 6 de noviembre de 2023 las partes han arribado a un acuerdo relativo a régimen de comunicación a favor de sus hijos, en presencia de los letrados Dra. Mariana Schwartzman, patrocinante de la actora y la Defensora Oficial, Dra. María Teresa Hube, patrocinante del demandado. También estuvo presente el Defensor de Menores e Incapaces Dr. Horacio Cabrera.
Las costas se imponen por su orden conforme lo acordado.
Por ello, y encontrándose cumplidos los requisitos exigidos por ley:
RESUELVO:
I) Homologar el convenio suscripto en autos relativo a Régimen de Comunicación.
II) Imponer las costas por su orden.
III) Regular los honorarios profesionales de la Dra. Mariana Schwartzman, patrocinante de la actora en la suma equivalente a 5 jus, con más IVA en caso de corresponder, de conformidad con el criterio fijado por la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial en el fallo a "M.I.N.I.C.B.B.A. S/ SUMARÍSIMO - ALIMENTOS," sosteniendo que se ha cumplido sólo una de las dos etapas del proceso y conforme las pautas fijadas en los arts. 6, 8, 9 y 26 de la L.A. Dichos honorarios deberán abonarse dentro del plazo de diez días de notificados, con más sus intereses, si correspondiere, y los aportes de Caja Forense.
Atento lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en los autos "O, J. C. C/ V., P. V. S/ DIVORCIO" Expte. G-3EB-163-F2018 ( RC 03132-19), difiérase la regulación de honorarios que pueda corresponderle a María Teresa Hube y Alejandro Morera en su carácter de Defensores Oficiales, para el momento en que su cliente mejore su fortuna
IV) Hacer saber que la presente se protocoliza y se notifica en los términos de la Acordada 36, Anexo I, Punto 9.



Paola Bernardini
Jueza
FIRMADO DIGITALMENTE

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