| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA |
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| Sentencia | 1017 - 05/11/2021 - DEFINITIVA |
| Expediente | MPF-RO-05976-2019 - C.M. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | ///SENTENCIA. En la ciudad de General Roca, Río Negro, a los cinco días del mes de noviembre del año 2.021, el Tribunal integrado por el Dr. Gustavo Quelin, el Dr. Oscar Gatti y el Dr. Gastón Martín, Jueces de Juicio, del Foro de Jueces de esta Segunda Circunscripción Judicial, dictan sentencia en estos autos caratulados: "C.M. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL”; LEGAJO N° MPFRO: 05976-2019.I.- PARTES: Por la Acusación Publica la Dra. Teresa Giuffrida, Fiscal Jefe, la defensa técnica a cargo de los Dres. Fernando Ramoa y Oscar Pineda.II.- IMPUTADO: C.N.M.. Sin antecedentes penales.III.- HECHOS: El acusado deberá responder por el siguiente hecho admitido en el Control de Acusación: "Ocurrido en fecha 30 de septiembre de 2019 aproximadamente a las 14.00 hs. en el domicilio sito en ... de General Roca. En dichas circunstancias, N.M.C. luego de seguir a G.F.C. por un par de cuadras en su automóvil Fiat Uno azul, cuando ella ingresaba a su domicilio no le dio tiempo a cerrar la puerta, la empujó y la tiró sobre el sillón grande ubicado en la sala. Allí mediante la fuerza intentó desabrocharle el pantalón, mientras ella se resistía forcejeando con él para sacárselo de encima, él le decía "callate porque te voy a matar. ..porque si se entera mi mujer me van a echar de casa y vaya perder el trabajo". Luego de esto C.le tocó los pechos por debajo de la ropa, la besó en el cuello, y cuando C. logró darse vuelta, la agarró por la fuerza, la sacó del sillón y la tiró contra la pared, le desprendió y le bajó el pantalón, él se bajó su pantalón, la agarró de las caderas con fuerza, y mientras ella le pedía que la dejara, estando ella de espalda, la penetró vía anal, ante lo cual C. le decía que la soltar, que la iba a lastimar, que le dolía, manifestándole C. que se callara tirándole el pelo muy fuerte hacia atrás, y penetrándola pero esta vez vía vaginal, luego que acabó en la vagina, la penetró nuevamente vía anal. Después la tomó del pelo, la hizo arrodillarse frente a él y le exigió que le practique sexo oral, no haciéndolo la denunciante, por lo cual la levantó del cuello, la besó y ante el grito de ella de andate, se retiró del domicilio en su vehículo a toda velocidad".IV.- ALEGATOS DE APERTURA: En los términos del art. 176 del C.P.P., la Sra. Fiscal manifiesta, se acusa a N.M.C. de haber abusado G. C.. Relata el hecho imputado igual al del control de acusación. Lo califico como abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor. Para acreditar el hecho y la responsabilidad, lo va hacer con la declaración de la víctima, G.C., de donde lo conocía, la circunstancia de lo ocurrido y le conto a su marido, como se siente hoy. R.T. como encontró a G., que le conto su mujer sobre lo pasado y la situación emocional de la víctima. C.Z., taxista que llevaba y traía a la sra. C., que ese día no la llevo a la escuela y como se enteró. Dr. Bustos Ariel va explicar las lesiones que encontró cuando examino a G.C., las muestras de examen. Licenciada Almendra, situación social y familiar y su situación de vulnerabilidad. La licenciada Hussain de la Ofavi. La pericia Psicológica que hizo licenciada Murias, sobre el estado psicológico del a víctima. Las pruebas de ADN donde se encontró perfil genético de C.. Las tareas que realizo el personal de criminalística. En la audiencia de control de acusación se realizaron convenciones probatorias. Lee las convenciones probatorias: 1. El Dr. Ariel Bustos del Cuerpo de Investigación Forense realizó en fecha 24/10/2019 hisopados bucales a N.M.C. para estudio genético, conforme planilla de custodia NIR 335 - CIF ROCA.- 2. En la cédula de identificación del vehículo marca FIAT UNO SCR-SP, dominio ...., figura como titular C.N.M.. 3. María Julieta Eschudi, empleada del Gabinete de Criminalística realizó tomas fotográficas, en fecha 05/10/2019, remitidas en un DVD y ofrecidas como Evidencia Material n° 2, de un automóvil marca Fiat Uno color azul dominio ..... 4. El Cabo 1° Víctor Hankel, del Gabinete de Criminalística de General Roca, con fecha 22/04/2020 realizó acta de relevamiento fotográfico y fotografías en la OFICINA JUDICIAL 11°CIRCUNSCRIPCiÓN TOMO; RESOLUCIÓN N° FOLIO N° vivienda sita en calle ... de General Roca; (evidencia material n°3). 5. El Dr. Luis Turi del Cuerpo de Investigación Forense realizó en fecha 28/02/2020 hisopados bucales a R.E.T. para estudios genéticos. Con la prueba y las convenciones la fiscalía va estar en condiciones de acreditar la responsabilidad penal de cofre en el hecho que se le atribuye.Por su parte la Defensa, sostuvo que el abordaje de este caso es complicado. La defensa se encuentra en situación compleja. La fiscalía ha subsumido la supuesta conducta de C. en el art. 119 del C. Penal ese tipo penal exige amenazas, fuerza para violentar el consentimiento de la víctima. Si hubo un vicio del consentimiento es como consecuencia de una relación traumática entre T. y la víctima, que es lo que llevo a denunciar este hecho. También vamos a probar que no es la primera vez que estuvo con mi asistido que había habido relaciones sexuales y también porque no, afectivas. La situación es totalmente distinta a la que plantea la fiscalía. Se van a confrontar. No escapa máxima si se aborda desde la perspectiva de género. Lo cierto es que traemos a colación esta relación traumática que los informes sociales lo van a probar, que también con acciones legales y prohibición de acercamiento y denuncia de mal trato. Hoy estarían separados y cuando se inicia esta relación ya estaban separados, pero viviendo en el mismo techo. Nuestro asistido también tenía una relación que se finalizaba para poder estar juntos. La pregunta es y la razón de todo esto es como lo vamos hacer. Según dice la propia víctima que en dos oportunidades fue a su domicilio y que en la segunda se produjo el hecho. De las pericias telefónicas que diligenciamos a través de Nilles y Asereny, probaremos los llamados telefónicos anteriores y posteriores al hecho de dos o tres minutos cada uno. Esa situación en que marca la victima que fue sorprendida y que fue un solo hecho no ha sido así. Las contradicciones que hay entre C. y el marido T.. Es una víctima vulnerable, por dependencia económica de t., afectiva y de amedrentamiento. Lo que si le sorprende a la defensa que no haya hecho mención que cuando venía a Tribunales C. la aborda no manifiesta que venía a los juzgados de familia por la prohibición de acercamiento y también denuncia en la fiscalía. Me adelanto a mencionarle que vamos a ver que declara la victima según manifiesta su número de teléfono C. lo obtuvo recurriendo a la defensora oficial y que esa operadora judicial le facilito ese teléfono y desde ya le vamos a solicitar que sea llamada a declarar. Nosotros creemos que no . Que la señora C.le suministro voluntariamente su teléfono a C.. Creemos que en función de lo dicho por la fiscalía, la prueba que menciono, no supera el estándar de la duda y en función de eso lo vamos a convencer que esta denuncia es falaz. No quiero ser duro con la víctima, dos hijos en una relación violenta, es absolutamente comprensible la actitud que asumió. Cuando vean las pericias y el informe ambiental se vera la situación de C.. Cada uno de los testimonios que se van a dar y tengan especial hincapié las pericias de adn que diferenciamos en el cuerpo de la víctima y la ropa. Un dato no menor la denuncia se presenta tres días después del hecho. Estamos en condiciones de probar estas proposiciones fácticas. No la hemos querido mencionar puntualmente, pero en el relato de la víctima van a surgir circunstancias que no conocemos del relato de la víctima.V.- PRODUCCION DE LA PRUEBA: (Se hará una breve reseña, dado que se cuenta con los mismo en la videograbación integra realizada en las audiencias). - Las partes arribaron a la siguiente Convención Probatoria: 1. El Dr. Ariel Bustos del Cuerpo de Investigación Forense realizó en fecha 24/10/2019 hisopados bucales a N.M.C. para estudio genético, conforme planilla de custodia NIR 335 - CIF ROCA.- 2. En la cédula de identificación del vehículo marca FIAT UNO SCR-SP, dominio ..., figura como titular C.N.M.. 3. María Julieta Eschudi, empleada del Gabinete de Criminalística realizó tomas fotográficas, en fecha 05/10/2019, remitidas en un DVD y ofrecidas como Evidencia Material n° 2, de un automóvil marca Fiat Uno color azul dominio .... 4. El Cabo 1° Víctor Hankel, del Gabinete de Criminalística de General Roca, con fecha 22/04/2020 realizó acta de relevamiento fotográfico y fotografías en la OFICINA JUDICIAL 11°CIRCUNSCRIPCiÓN TOMO; RESOLUCIÓN N° FOLIO N° vivienda sita en calle ....de General Roca; (evidencia material n°3). 5. El Dr. Luis Turi del Cuerpo de Investigación Forense realizó en fecha 28/02/2020 hisopados bucales a R.E.T. para estudios genéticos. Con la prueba y las convenciones la fiscalía va estar en condiciones de acreditar la responsabilidad penal de cofre en el hecho que se le atribuye. Oralizadas por al fiscalía.La prueba inicia con el ingreso de la testigo G.F.C., declara sin la presencia de C.. Tiene 29 años. El último trabajo lo tuvo en San Martin de los Andes como operadora en una radio de taxi. Cuido chicos y trabajo en un hotel. Vive con su marido R.T. y sus hijos R. y G.. Están en pareja desde 2008. Antes iban a la escuela del barrio Los Olmos, escuela 253, ubicada en calle Bahía Blanca, fueron ahí hasta el anteaño pasado. Este año los cambio. Si conoce a C., lo conoce de vista y de la relación que tenía con mi papá. Con mi papá se conocían desde hace años, yo era chica, tenía 8 años. Mi papá trabajaba en el Bora y el estaba en donde están los canes. Lo conocía porque mi papa nombraba M., yo me acuerdo de él cuando volvimos a Roca en el 2015 íbamos con mi marido en la Tucumán y el iba con su pareja y me saludo. Le dije a mi marido lo conozco y no se donde. Y después se me vino a la cabeza quien era. Mi papa le decía el negro. Yo lo denuncie. Yo dejo los chicos en la escuela del barrio Los Olmos, el taxista no pudo llevarme, me aviso sobre la hora que tenía un viaje, yo salí y lo lleve a los chicos, cuando regreso, en barrio los olivos, escuchó que viene un auto, lo normal, escucha que ve que el auto sigue despacio atrás mío. Era un barrio desolado, ahora no se si esta más poblado, y cuando voy llegando a casa, la casa tenía doble cerradura, abro, y escucho que un auto frena y lo reconozco y el me sorprende y no tuve tiempo a entrar y cerrar la puerta. Y no me dio tiempo a nada. Me agarro empezó a forcejearme, no pude sacármelo de encima, mi cuerpo se debilito. Con una mano de espalda, me empieza a desabrochar le pantalón y tocarme los pechos, empiezo a gritar, y no había nadie en los departamentos de al lado, hasta que me logra bajar el pantalón. El me penetra por el ano y yo trato de querer sacármelo de encima y me decía constantemente calláte la boca y me decía que me calle, le decía que me suelte y me decía que no le importa, que no le importa, y lo saca y me lo pone en la vagina y yo gritando y me dice que me calle la boca, en tanto forcejeo porque me agarraba fuerte, mis piernas se debilitan y me agarra del cuello y me baja hasta su miembro y me obliga a practicarle sexo oral y me dice calláte la boca y no grites. No me acuerdo el día exacto, fue en el año 2019. el taxista es C.Z., trabajo en la base de San Martín de los andes, aún continua ahí. Mi marido entraba de las 7 a las 15 y como son dos nenes y el me llevaba a la escuela por un tema de comodidad de los nenes. El me llevaba dejaba los chicos y me llevaba de vuelta a casa. Este hecho ocurrió en barrio los olmos en calle ..... iba caminando y a quien viste, dijiste al verlo a quien viste. A M. C.. Su pene me puso en la vagina, fue todo muy brusco, nadie se lo espera, jamás me imagine pasar por una situación así. Modifico toda mi vida. Mis estudios que estaba haciendo radiología en Cipolletti y hacia fotografías para una modista de villa regina. Mi marido trabaja en LP -plástico canguro- y es chofer de camión. A las 6 de la mañana se iba y a las 3, 10 de la tarde ya estaba en casa otra vez. Ese día fue todo tan rápido que obviamente no estaba ahí. Dijiste me obligo a practicarle sexo oral? Yo le decía que me suelte y el me decía que me calle porque sino me iba a matar y me agarra del cuello muy fuerte y me obligo a que le practique sexo oral y el forcejeo fue continuo y yo como que me desvanezco y el sale corriendo. No alcance a practicarle sexo oral. Ese día llego mi esposo a las 3,15 siempre llegaba a la misma hora. Cuando llego la puerta estaba entreabierta no estaba cerrada y los sillones estaban corridos fue donde se produjo el forcejeo. La mesa ratona estaba volcada en el piso, era una mesa oval que no en sus patas muy resistentes. Yo cuando se retira y quedo en el piso, llego a mi teléfono y llamo a mi marido y no me atendía, y con el tiempo me explico que el estaba en ese momento saliendo del trabajo o entrando el auto. Cuando me devuelve la llamada y como estaba manchada con semen abrí la canilla de agua fría y me tire en las piernas. Abro las canillas de abajo y me pongo agua fría en las piernas, me quite la bombacha. Luego me volví a vestir con la misma ropa. Cuando mi marido llego, tenía miedo por las amenazas. Yo le decía que me iba a ir de Roca y me decía que en cualquier lado me iba a encontrar y era mucho miedo que tenía. No podía contar, trataba de no creer que me había pasado eso. Y me costó muchísimo volcar todo en un rato. Lo conté por etapas. Me trababa los llantos. Le conté a mi marido. Y me dijo si llamaba a la policía y le dije que no. estaba como en una nube. El me insistía que lo mejor era ir a la policía. Eso fue en el momento. Al día siguiente las cosas seguían igual empeoraba, tenía llanto y paso el miércoles y el jueves vine con mi marido hacer la denuncia. Me reviso el médico. Me hizo poner una bata y me vi las marcas que tenía, me dijo que tenía que revisarme y tomar fotografías de las marcas. Me acostó en una camilla y me reviso la vagina y el ano. Yo tenía mucho dolor y me dijo que tenía que tranquilizarme para que me pueda revisar. Me tomo la presión y la fiebre. Tenía puesto al momento del hecho, un jean, la bombacha que era la misma, no me la quise cambiar. Por una cuestión mía, no me sacaba la ropa ni para dormir, no tenía ganas de nada, ni de higienizarme, ni tocarme. Y el corpiño. Se analizo la prueba. Que encontraron restos de semen de cofre y de mi marido. Con mi marido el día anterior habíamos tenido relaciones. Con Z. hablaste del hecho? Ya lo sabía porque le había contado mi marido. Yo le conté por encima. Y me dijo como me vio tan mal que el ya sabía. Yo con C. no tenía relación. Lo veía en el poder judicial cuando yo venía a realizar trámites con los chicos. El me atendía y me decía como andaba. Al principio no notaba la maldad. Yo venía donde sacan turnos los abogados yo venía ahí. Yo subía por la escalera y me lo encontraba arriba, si subía por ascensor el subía por la escalera, eso era muy repetitivo. Me decía si me podía ayudar. Si quería contar con él. Algo raro empecé a notar, yo llegaba al edificio y el me seguía. Y cuando salía en el edificio me decía Y. para, como te fue. Y yo le decía que hinchas pelotas que sos, vengo ha hacer tramites. El me llama un día por teléfono y yo estaba preparando el desayuno de los chicos, me suena el teléfono y como agendada no lo atiendo. No atiendo la primera llamada. Y reflexioné a la segunda llamada común atendí, y digo hola y dijo hola Y.. Me dice soy M. del poder judicial, M.c. y yo le digo ah, y como tenés mi número, y yo en ese momento tenía característica 011 y como tenía inconvenientes para discar le pidió la defensora Oficial que le pidió a el como lo veía conmigo que se comunicará. Desde ese día quedo con mi número y empezó con los mensajes, hace rato que no te veo, te extraño, hace rato que no venís. Después me llama por WhatsApp y me llama. La Defensora Oficial, se disculpó por haberle dado el teléfono a C.. ¿Durante que periodos se dieron esas llamadas? No recuerdo las fechas, pero eran antes de que llegaran mi marido, yo siempre lo atendí. No eran llamadas, siempre era para preguntar como estaba, anterior al hecho él había ido a casa, a las 2,30 y me golpean la puerta y atiendo y le digo que haces acá, yo no tenía vínculo con él ni amistad. El me saludo un día de festejos de un partido de River y Boca, el andaba con su pareja y yo con la mía. A la pareja de él no le cayó bien. Pasaron unos 20 días del hecho al día que fue a mi casa. Ese día le digo que haces acá, y le digo que haces acá, y me dice vine a ver como estas, yo cansada de aguantar un año y medio . Yo le digo querés pasar, querés tomar algo, y el como que iba a querer entrar y como baja mi hija y la ve, dice no, pensé que estabas sola y no quiso entrar. Yo le dije pasa que ya viene mi marido y se fue. Yo venía al poder judicial porque tenía una denuncia de mi mama, por los chicos. Yo un día por un problema con mi mama porque no dejaba hablar con mi papa y contarle como me iba en la facultad me quise tirar por la ventana. Ese trámite me llevo a tribunales y me llevo 6 meses acá en el edificio y yo le conté que lo veía a M.. Y M. todas las veces que me veía, me decía que no le contara a mi papa ni a mi marido, y me decía que no diga que el se acercaba a mi. Es la única denuncia contra C.? Hice al menos 10 denuncias más. Se pacto una perimetral. Yo me había mudado al aeroclub y trate de buscar algo seguro que no sea a la calle. Hoy estoy en un complejo donde el que no tiene llave no entra. Como sabia C. donde vivías? La verdad que yo también me hago la misma pregunta. Él me decía que tenía acceso a todas las cosas de las personas. ¿Como es tu vida social? Entorno muy chico, mis chicos mi marido. Antes no era así. Antes iba a la facultad, y modelaba en Regina. Salía mucho. Los sábados y domingos salíamos a todos lados, con los chicos. Si me tocaba ir a regina iba. Hoy en día me cambia todo. Después del hecho no pude estar más sola. Hasta el día de hoy no puedo entrar a ducharme sola, se me viene una desesperación. Hoy si mi marido me dice salgamos, yo no tengo ganas de salir, cuando salgo me lo cruzo. Un gesto, acelera el auto, yo no lo quiero pasar. No hice tratamiento psicológico, por una decisión mía, no quería contarle . Venía a la Ofavi pero las charlas eran en mi casa con mi marido. Lo que paso no se me borra, siempre en un momento del día me acuerdo y todo lo bueno se me apagó y no lo puedo retomar. Lo único que hago estudio por zoom de la escuela de capacitación judicial. Después del hecho me llamo por WhatsApp y lo atendí y lo que recuerdo es que me decía que no diga nada porque me iba a matar, que él tenía muchos conocidos que me iba a encontrar. Que no contara nada . El me amenazaba con mi vida. Cambie el número. El me llamaba. Si yo le devolví alguna llamada, no recuerdo, tiene que haber sido si el me llamaba. Siempre me preguntaba como me iban las cosas, porque no te separas, dejalo. La Licenciada Almendra, recuerdo que me pregunto como me sentía, como transitaba los días. No me quedó otra que ir a la plaza. Ese día mi marido estaba trabajando. No entiendo porque la licenciada dijo que estaba separada. No se que interpreto. Yo nunca estuve separada de él, ni antes ni mucho menos después de ocurrido el hecho. Se exhiben las fotos. Reconoce el departamento donde ocurrió el hecho, ese es el dpto..... indica la puerta y las cerraduras de la casa. Cuando meto la llave en la cerradura de abajo, el frena, quiero abrir más rápido la puerta. Cuando logro abrir la puerta de abajo es cuando el me empuja. En otra foto explica, donde está el sillón de dos cuerpos, debajo de la ventana está el otro sillón y en la esquina el tv., señala la puerta, el forcejeo empieza contra la pared entre la puerta y el sillón, ahí se pone detrás mío y me empieza a sacar la ropa. Yo tengo entendido que las fotos se sacaron un año después yo me había mudado, el mobiliario no es mío. El sillón de dos cuerpos estaba contra la pared. La ventana tiene una traba fina en el medio, se abría una de las hojas unos cinco cm siempre estaba la cortina cerrada, por el sol. Dr. Ramoa. Ud no tiene trabajo. Su autonomía es por los ingresos de su marido. Desde el 2019 desde un mes antes del hecho. Y los estudios en los días del hecho. A Z. lo conoce desde hace 8 años de la pareja, de la base de taxi. Se encargaba de transportar a los niños. No le conté el hecho, todo no. es muy difícil contar, de no querer recordarlo, también pasa por vergüenza, hasta el día de hoy quiero hacerme creer que eso no paso. Como conoce a M.C., ud. menciono que lo conoce de vista más que nada por la relación con su padre. Así es contesta, y aclara que estaba en la primaria, ocho a 9 años lo conoce. Ud. asegura no conocerlo ni tener algo con él. Contesta: no para nada. No tuve ni amistad. No se como llamarlo, esas coincidencias de las personas de juntarnos a tomar algo. Nada con el. Ese día Z. me mando un WhatsApp que había un viaje. No ofrecí mi teléfono para que sea peritado. Ud. tuvo un abogado particular Dr. Perarramon, si el ofreció un escrito ofreciendo su celular, presentamos las denuncias. A una cuadra de casa, giro la cabeza y veo el auto de C., pero no estaba segura. Si cuando frena frente a mi casa me di cuenta que era C.. Si me acuerdo que fue un lunes. Estaba intranquila. Eso ocurrió alrededor d ellas dos de la tarde. Me pareció extraño la manera en que llego bruscamente freno como si hubiera llegado urgente, y como queriendo que no abra la puerta. Antes del hecho mantenía conversaciones por WhatsApp con C.. Si, pero eran referida al poder judicial pero no eran trámites judiciales. Dos o tres veces por semana venia al poder judicial, yo me ocupaba de todo no tenía abogada. Si igual me parecían extrañas las conversaciones y que me preguntara por mi papa, me parecía extraño si yo sabía que se veían. Ud relata que C. entra sin su permiso y sorpresiva. Si, ingresa a mi domicilio forcejeándome, entra por la fuerza. Me agarro del brazo me empujo adentro y me golpeé la cabeza en un costado, fue un dolo grande, tuve que tomar medicamento, no podía dormir de ese costado. Me toma de los brazos para que no pueda moverme, me golpeo brazos, cabeza y los omóplatos por la fuerza en los brazos. Cuando me reviso Bustos me dejo marcas, y pregunto porque, y el Dr. Bustos vio y fotografió las marcas. Ud relata que gritó fuerte. Tenía vecinos? Mis dos vecinas no estaban hasta las 3 o 4 de la tarde igual ese día llegaron más tarde, no sabe si fueron entrevistadas por el ministerio fiscal, me hubiera gustado que alguien viera lo que estaba pasando para ayudarme, pero no ese día no había nadie. Ni el repartidor del agua paso ese día. Parecía preparado para que le pase lo que le paso. UD dijo que introdujo en el ano y vagina. Si correcto contesta, me agarro de los hombros y me decía chupame la pija y yo le decía vasta, me bajo hasta ahí, hice un forcejeo , no se si subió el pantalón y salió rápido y la puerta quedo entreabierta hasta que llego mi marido. Ud aporto un teléfono 011.... ese fue el teléfono que cambie porque era el primer número y era la manera de cortar eso. C. eyaculo en su cuerpo? si. No me fui a higienizarme, solo abrí la canilla de agua fría y me puse agua en las piernas, me estoy enjuagando sin champú, ni nada, llego mi marido, me vestí como pude, busqué mi celular y mi marido venia llegando estaciona la camioneta. La denuncia en la fiscalía de la Dra. Reyes? ¿Era por privación de la libertad? no. esa causa venia porque por lo que conto un vecino parecía que mi marido había tenido participación en el hecho que conté de la ventana. El juez de familia le habían puesto la prohibición de T. hacia ud. y sus hijos? Si exactamente. La denuncia de su madre hacia ud. es por violencia de usted contra su hijo G.? si . ¿Denuncia en la fiscalía de Reyes donde el imputado era T.? Si, por las marcas, en menos de una semana se aclaro y volví a mi domicilio, no tenia necesidad de estar lejos de mi marido. A la Licenciada Almendra no se que tomo ella para apuntar algo así, fue en el marco de una entrevista, yo le relate como me sentía, como llevaba mi vida, si estaba estudiando, me pregunto por mi marido y le dije que estaba trabajando. Estos hechos en la fiscalía y familia fueron en febrero de 2019. Pregunta la defensa si recuerda haberle dicho que tenia problemas con su marido por celos a A.? Contesto: yo le dije que tenía ganas de irme a San Martin por unos días, nunca le relate a A. situaciones de forcejeo con T.. Ud dijo que cuando termina la relación ud. se desvanece? Yo le dije durante el hecho que me soltara y que se vaya. Yo recuerdo que tenía el cuerpo débil, no tenía fuerza en los brazos, estaba como en una nube. Ud no recuerda abrirle la puerta a C. para que se vaya? no. reconoce la firma en la denuncia que utiliza como declaración previa. Lee la testigo, en eso abrí la puerta para que se vaya agarro el diciéndole que iba a llamar a la policía, a lo que C. le decía que si le hacia denuncia iba a perder su trabajo y su mujer y que la iba a encontrar. Ud. fue la que abrió la puerta a C.. Contesto: La puerta quedo entreabierta vuelvo a repetir. Cuando se acerca la policía y me ve raspones en las piernas y codos, había llamado un vecino. Enseguida se puso una prohibición de acercamiento hasta que se aclarezca lo que paso. Licenciada Almendra: que el año pasado por una discusión por celos forcejearon e intento tirarse desde el primer piso, y pusieron una perimetral para su pareja: el hecho de la ventana si ocurrió. el forcejeo ocurrió si o no . Contesto: No. como obtiene el teléfono suyo el Sr. C.: la dra. Le pidió un favor si podía llamar del celular.R.E.T., pareja de la víctima., dijo, soy chofer de la empresa LP SRL desde el año 2015, mi horario en reparto, por lo general es de 7 a 15 horas. Tengo 4 hijas, dos hijos con C. y otros dos de anterior matrimonio. Vivimos en pareja desde el 2008. vivimos tres años y medio en San Martin de los Andes, yo era taxista y ella trabajaba en hostería, limpieza. Volvimos en 2015 para trabajar en LP. Mis hijos son de 8 y 10 años. Antes iban a la escuela 253 de Barrio Los Olmos, hasta el año que inicio la pandemia. Por cercanías los cambiamos a la escuela que van ahora. A C. me lo presento unos días después de llegar de San Martín de los andes, andábamos cerca de la heladería Grido y el la saludo a ella, y G. le comentó que era amigo de su papa, el es M.C. amigo de mi papá. Otra vez en una final de libertadores, nos encontramos en una plaza y fue un saludo y nada más. Tengo entendido que lo conocía desde que ella era chica, porque solía ir a la casa de su papa. Con G. no tenía relación, con el papa de ella si habían compartido un ámbito laboral. El papa se llama R.C.. La denuncia de G. se hizo el 3 de octubre de 2019 por un abuso sexual que provoco C.. Yo salí a las 15 de mi trabajo, eso fue el 30 de septiembre del 2019, fue un lunes, hasta el barrio Los Olivos me lleva unos 15 a 20 minutos, cuando llego a mi domicilio vi la puerta entreabierta y en la puerta había un derrape, pensé que eran los que iban a dejar embotellando agua que iban todos los lunes. Cuando entre vi el panorama fue distinto a lo que esperaba ver. La vi en el piso con la ropa a medio acomodársela una mesa ratona volcada, los sillones corridos ese fue el panorama que vi. La ayude y le dije voy a llamar a la policía y le dije que paso, atine a mirar si faltaba algo, cuando dije que iba a llamar a la policía me hizo señas que no. Me dijo que quería subir al baño, la ayude, subimos, le pregunte que había pasado. Lavo sus partes íntimas en el bidet, y estando hice mis necesidades al lado de ella, le preguntaba que pasaba, lloraba y no me decía que pasó, no le salían palabras. Salió del baño, se recostó, lloraba se hizo la hora d ir a buscar los chicos, fui a buscar los chicos a la escuela eran las cinco y veinte, cuando volví estaba medio dormitada y le digo a los chicos que dejen a mamá porque no estaba bien. Igual tuve la intención de llamar a la policía, pero por respeto a la decisión de ella que no quería. Algo tenía que decirle a la policía para decirle que había pasado. El martes a la noche cuando estábamos solos tomando mate, le pude sacar lo que había pasado. No me dijo nada en ese momento. El martes, cuando me dijo dice que tenía miedo de decirme porque podía enojarme con ella. Me dijo que había ido una persona y que la había abusado. Yo sentado en un sillón y yo en otro hasta que me dijo que había pasado y quien había sido, primero me dijo que si me contaba no me iba a enojar, me dijo que no quería llamar a la policía porque tenía miedo, vergüenza. Fue su decisión, no me conformaba, pero dije esperare. El miércoles se largó a llorar, eran pasadas las 12 de la noche, mucho más de las 12, mañana cuando llegue vamos hacer las cosas como corresponden ahí fue que el jueves 3 de octubre la traje a hacer la denuncia. El martes me entere cuando estaba más tranquila y me pudo hablar, antes de ser pareja fuimos amigos, nos escuchamos mucho a pesar d ella diferencia de edad. Me dijo yo llegue de la escuela, sentí que me seguían, cuando meto la llave en la cerradura, escucho que frenan y vino el negro de mi...me golpeo y me hizo de todo acá adentro. Conoce a C.Z.? Nos conocimos en el 2013 de relación de trabajo y nos hicimos amigos. En San Martín de los Andes. Él se vino en el 2016. Z. llevaba los chicos a la escuela. Estábamos a 800 metros. Los llevaba casi todos los días, salvo que tuviera la suerte de hacer un viaje largo. Z. sabe porque yo se lo dije, es un amigo y al no hablarlo con nadie, lo hablé con él. El 30 de septiembre tuvo que hacer un viaje largo y el lunes que no fuiste vos, G. fue caminando y le paso lo peor que le pudo pasar a una mujer, no pude evitar que se me cayera una lagrima, un poco flojo pero le dije. Que había entrado un tipo y que la había abusado. Yo le dije quien era, y el no lo conoce en este momento no trabaja, G. estudia, algo similar a abogacía. Había empezado radiología la dejo. Acá no trabajo. Que le dijo que había pasado? Cuando pudo hablar, el martes, después que dijo que tenía miedo de decirme porque me iba a enojar, yo le dije que confiara en mi, que entro una persona a la casa la forcejeo y la abusó sexualmente, cuando le dije quien fue, me dijo fue el negro... C.. Me dijo me violo con estas palabras. Al otro día, miércoles, cuando rompió en llanto, le dije vamos a la policía, me dijo que no, porque la había amenazado que si decía algo la iba a limpiar. Ese día me dijo que cuando quise entrar a la puerta la forcejeo, metió su pene en la vagina y en su parte trasera abruptamente y sintió en una parte como que se desvanece que la tomo del pelo y la arrastraba. El derrape lo vio, en la entrada de la casa, estaba sobre un cordón de tierra donde la camioneta subía. Primero no le llamo la atención y luego cuando le comento G. lo que paso, lo relaciono. Cuando la ayude a levantarse del piso me hizo señas que quería subir la acompañe, pensé que quería ir a la cama, entró en el baño, termino de bajarse la ropa, la tenía subida abruptamente y la ayude a sentarse en videt y empezó a higienizarse, se echó agua, le alcance la toallita, no se quiso cambiar la ropa interior y la ayude a ir hasta la cama. En que lugar la encontró cuando llego a la casa? Entro , la puerta abriéndola daba a un sillón de dos cuerpos, pasando el sillón estaba la escalera, entre el sillón de un cuerpo y el de dos cuerpos casi llegando a la escalera estaba G., en la planta baja. Como esta G. hoy? Esta mal, si tengo que decir la verdad. Agarro como un cierto rechazo a todas las amistades masculinas. G. era mucho de compartir, tenía mucho contacto por internet, ella rompió contacto con todo el mundo, con el único que tiene relaciones es con Z. porque es un amigo. Ella me cuenta que cuando venía a tribunales hacer un trámite no sabía como esquivarlo, él siempre la estaba persiguiendo. Tenía G. el número de teléfono de C.? Si lo tenía. Porque una abogada de acá le pidió al señor C. que la llamara porque tenía un 011. fue cuando le había entrado una denuncia d e la mama de G. por temas familiares . Esa abogada era Ana María Stramberguer. Recuerda haber prestado declaración en fiscalía? Vine en junio d 2019 por otro tema. después vine por este tema a declarar. Fiscalía exhibe una declaración previa, reconoce su firma, la fecha de la declaración 5-11-19. Yo cuando volví de buscar a los chicos, ahora dice me lo dijo ese dia. Que entro M., y la violo, dice que fue ese mismo día. Que le dijo que le hizo C.? me dijo me violo. El martes no hubo dialogo, el miércoles lo que le había hecho precisamente, que la forcejeo, le bajo sus ropas con una mano y con la otra lo sujetaba y que la abuso sexualmente anal y vaginalmente. Que ella no se acordaba muy bien que sintió que la arrastraba del pelo. Sintió miedo, como que la arrastro hasta la mesada y sintió miedo porque sobre la mesada hay cuchillos. Se lee lo declarado: Que le metió la mano en la vagina como quería romper todo, eso lo hace un ginecólogo, por eso no lo menciono como practica sexual. Dije en esa declaración que tenemos relación normalmente como una pareja. Es una relación de tipo vaginal. Tenía sexo anal. Si, esporádico con mucho juego previo. Para mí es negrita o mamá así se refiere a su señora. Pregunta. Le dijo concretamente si le dio una explicación, lo único que le dijo que no alcanzó a entrar cuando escucho un auto atrás. C. le dijo algo a su señora? Creo que recordó en un momento que le dijo que iba a tomar un mate. Una vez mi seora me comento que le había dicho a C. que vaya a la casa cuando este el declarante a compartir algo a tomar unos mates, y en ese momento C. le contesto, que él no tomaba mate. 1 1 de los motivos por los que los conoce a c. es por venir a hacer trámites al Poder Judicial y él trabaja acá y antes lo conocía por la amistad entre c. y su padre. Al Poder Judicial viene por una denuncia contra usted: sí.- C.A.Z., soy taxista, chofer. Declaró, yo los llevo a la escuela a los chicos. R. me pidió y le hice un precio y llevaba a G. con los nenes a la escuela, desde que empezó a jardín el más chiquito, hasta el día que se mudaron al nuevo domicilio. El marido me conto que el Sr C. la había violado. El marido a los dos o tres días me comento, venia medio llorisqueando, imaginate lo que le paso a G., la violación. Y se largó a llorar. Ahí quede. Le dije bueno vamos ha hablar. Va lo primero que le dije si hiciste la denuncia, a bueno, le dije, conta conmigo para todo. Yo siempre la iba a buscar una y cuarto ese día la llame diciéndole que tenía un viaje largo que no iba a llegar a horario y ella decidió irse con los chicos caminando y va a dejar los chicos y cuando volvió eso paso . Ella me dijo que un señor en un Fiat uno la venia siguiéndola, diciéndole cosas, ella intenta trotar, ella llega a la casa, y cuando llega a la casa abre la puerta y el señor la empuja y pasa eso. No se si C. y G. se conocían. Lo que sabe del hecho se lo contó T. ? si. Esta seguro que fue a decirle dos o tres días? Fue un jueves que me fue a ver, esto paso un lunes. Ud declaro en fiscalía? si. Le exhibe la declaración en fiscalía? Lee una parte. “al día siguiente de que paso el hecho me conto que había entrado un tipo de la calle y me había violado”.Ariel Bustos Diaz, Médico Forense, dijo que, conoce a C. del Poder Judicial. A C. la conoce por haberla examinado y entrevistado. La pericia la hizo el 3 de octubre de 2019. a las 20,30 la examine. Denuncio que había sido abusada el 30 de septiembre vía anal y vaginal. Hice un interrogatorio, antecedentes en salud y después un examen completo, y concretamente en relación con abuso lesiones perigenital, genital y anal. Si es un hecho reciente se procede la recolección de muestras. Se incautaron prendas de vestir e hisopados. Lesiones equimóticas muy tenues. Lesiones en antebrazo y una de las piernas. Lee: en los miembros superiores discreto eritema que estaba en antebrazo derecho, donde la examinada refería dolor, 1,8 . lesión equimótica (moretón) de color violáceo, en cara ventral del antebrazo en tercio medio brazo izquierdo. Un cm en cara anterior pierna derecha, se señala la tibia. Otra lesión 2,3 x 3,2 cm en muslo derecho. La data de lesiones en 3 o 4 días tiene variación entre personas. Si es compatible con el relato de ellas es compatible. Mecanismo de producción puede ser comprensión con manos con un algún objeto, no había lesión figura que reprodujera el elemento con el que se produjo. Las partes pudendas no encontré ninguna lesión. Si encontré fisura en márgenes anales en hora 12 con el abdomen hacia abajo. Se veía en parte tejido de color claro, sana o repara en una semana, puede tener una data mayor. En el examen anal fue superficial es una zona dolorosa. en el cuello observó lesiones?. no. Em cuero cabelludo observo lesiones?. No.Lorena Gallegos, empleada policial, trabaja en criminalística en laboratorio. Desde el año 2014. Lo conoce a C. de vista, lo ha visto en la entrada del Poder Judicial. Me solicitaron recolectar muestras o indicios sobre fluidos para determinar perfil genético. Obtuve resultado positivo en determinación de fluido seminal en una camisa celeste, en un pantalón de jean y una bombacha que pertenecían a G.C.. Fue en el año 2019. – Licenciada Silvia Vanelli Rey, Licenciada en Ciencias Biológicas. Maestría en genética forense. Hice dos pericias. Nro. 19 y 20 del 22 de diciembre del 2020. Se remitieron prendas de la víctima y se solicitó análisis y se compare con perfiles genéticos de C. y C.. Que resultados obtuvo? Hisopados perianales y vaginales, retazos de un jean y una camisa azul y una porción de una bombacha, un recorte de una prenda íntima, se obtuvo material genético en todas ellas. En el hisopado se dio con la víctima. En el trozo camisa azul y jean se obtuvo perfil de dos personas, de los cuales se obtenía mayor el perfil de C. y el perfil de otro individuo que era igual al punto anterior, que no coincida con el de C.. Se obtuvo cromosoma Y, igual al punto anterior. En el trozo de bombacha volvimos a tener una mezcla de dos personas, no coincidía con el de C. al analizar cromosomas y había dos aportantes masculinos y el otro es compatible con el cromosoma y de C., ese fue el resultado de la pericia de febrero del año 20, pericia 19. En la bombacha el cromosoma y de dos masculinos, uno era de C.. La otra pericia, la numero 20, se solicitó que se comparen todos los perfiles con la muestra de una persona que es R.T.. Cuando hicimos el cotejo, el perfil masculino que se observó en la camisa azul, hisopado vaginal fracción espermática coincidía con T., con el cromosoma y de t.. Al analizar la prenda intima, el trozo de bombacha se pudo observar que la mezcla de dos cromosomas uno era del señor T. y el otro coincidía con anglotipo del señor C.. Cuando dice en forma minoritaria el anglotipo de no se descarta , todos los individuos masculinos de una misma línea paterna, su padre e hijo comparten el mismo cromosoma Y, se hereda de hijos varones. Eso significa lo que esta escrito entre paréntesis. Pregunta: en la primer pericia a las consideraciones y aclaraciones manifiesta en sobre 5 que es la bombacha ya había sido procesada por el gabinete, procesada que quiere decir? Quiere decir que el gabinete realizo un análisis previo que determine si hay antígeno prostático, deben haber hecho una análisis de PSA que se toma una parte de esa muestra, se levanta. Pericial nro. 2 que le pide la fiscal, en el punto 4, dice que en forma minoritaria de cromosoma, en forma minoritaria que quiere decir ¿puede tener la misma o que este uno en mayor que otro, porque hay más cantidad de material genético nada más. Ocurre en los hisopados que hay mucho material de la víctima, y poco del otro aportante, no significa que no esta, sino que hay exceso en la otra personal. Por eso se hace el análisis de cromosoma.Victoria Elisa Almendra, Licenciada en Servicio Social. Conoce a C. de vista por compartir espacio laboral, no personalmente. A C. por haberla entrevistado. Realizo una entrevista semiestructurada en el domicilio. Estuve en la zona de enfrente. Articule con la Ofavi para hacer una intervención conjunta, al menos para lograr una apertura. La señora tenía 28 años, fue en septiembre de 2020. que estaba haciendo un curso de modelaje a distancia. Se encontraba separada de su pareja de 47 años, señor T.. Historicidad de violencia en familia de origen, del padre y madre entre ellos. Y de la madre para con ella. La señora fue excluida del grupo de origen y criada por sus abuelos paternos. A los 17 años se pone en pareja con T. de 35 años. En ese seno familiar hubo situaciones de violencia y en una discusión por celos se intentó arrojar del primer piso, intervinieron paralelamente, la denuncio la madre por violencia contra sus hijos, que intervino el Senaf. En ese marco concurrió con asiduidad al edificio de tribunales, y tomo contacto con el C.. Se sintió acosada en los tribunales, que solicito su dirección y número de teléfono sin su consentimiento y concurrió en dos oportunidades en su domicilio. En la primera lo invito a tomar mates, estaban sus hijos y se marchó. En la segunda oportunidad ocurrió el abuso. Que esto trastoco su vida, los vínculos familiares se quebraron. Tenía pesadillas, temor a salir a la vía pública, tenía sentimiento de desesperación, realizo tratamiento con ansiolíticos, no pudo estar presente en las actividades de la vida cotidiana de sus hijos. Se acentúa por incumplimientos de las medidas cautelares que llevo a realizar otras denuncias con el imputado. Existía vulnerabilidad y de sus hijos. Carecía de una red de contención familiar. Dependía de T. porque la sostenía económicamente. No le comentó relación con el padre. Había sido denunciada recientemente con su padre. Dijo que una abogada le dio el teléfono sin su consentimiento, dijo que había sido una abogada. En agosto del 2020 intento interpretarla y hablo con su abogado y no se pudo realizar porque estuvo toda la noche sin dormir. Después pudo lograr la entrevista. ¿A que se refiere con dependencia económica? T. sustenta la familia. Ella no tiene trabajo. Al preguntarle si tenía otro recurso, no había, ni familiar, ni social.- Graciela Hussein, Licenciada en Psicopedagogía, integra el equipo interdisciplinario de Ofavi. El 7 octubre de 2019 la señora es derivada en tanto días anteriores había denunciado abuso sexual. Fue entrevistada por mi y la Licenciada Gzain. Se considero imprescindible incorporar a la psicóloga Ansola. Hace extensivo al grupo familiar, ella debía ser acompañada. Lo hacia su esposo el sr. T.. Dificultades permeables a la intervención, deja el equipo agenda abierta, para que la persona solicite un turno cuando lo considere. El Dr. Parramón reclamo la intervención y el equipo en el año 2019 informa estas cuestiones de disponibilidad permanente. En el año 2020 se hizo un seguimiento fue muy participativa, lo hace en la pericia psicológica en marzo de 2020 y volvemos a tener contacto en agosto, cuando la Licenciada Almendra contacta a la Ofavi intentando articular con la señora porque había obstáculos para el acceso, yo hable por teléfono y luego se realiza la pericia. Con la pandemia se intentó telefónicamente tener contacto. En el año2021 la Ofavi la contacta pero no por movimiento personal de la señora. La intervención no es obligatoria. El tratamiento psicológico, fue una sugerencia de Ofavi y lamentablemente no se ha conseguido, en el 2019 ha sido de mucha conmoción para la señora y en el 2020 la pandemia presento un obstáculo. Ella ha manifestado que una vez que concluya el proceso penal en la afanosa búsqueda de la verdad está dispuesta a realizar tratamiento. Ha demostrado temor a salir, temor permanente de hecho siempre se traslada en compañía de su esposo. Ella manifiesta que en muchísimas oportunidades que sale se encuentra a C., reconoce que en oportunidades pueden haber sido causales, pero estos posibles encuentros le producen un temor extremo. Refiere que C.era conocido de su padre y lo conocía de cuando era pequeña. En el año 2019 fueron tres, de octubre a diciembre. 2020 una presencial y 5 telefónicas. 2021 cinco o seis entrevistas telefónicas. Y en la proximidad del debate 2 entrevistas presenciales. De hecho la señora C. había asistido en virtud de tener una denuncia con su esposo en el mes de febrero, abordaje acotado en tanto la señora manifestó una confusión un hecho que no había sido lo que quedo plasmado por eso no se le dio continuidad, en este expediente siempre manifestó una situación de escucha, refugio eso manifestaba en sus expresiones.Verónica Murias, Licenciada en Psicología, trabaja en el cuerpo de investigación forense. Si conoce a C., tiene recuerdos de haberlo visto en el edificio. A C. porque la entrevisto en su pericia. Hizo pericia en el año 2020 en el mes de febrero. características personalidad angustiada. La metodología entrevista semiestructurada, en varios días, uno de los días falto, su marido aviso que tenía mucho dolor de cabeza. Se realizaron pruebas de personalidad y de estrés postraumáticas. Pruebas gráficas, otra de personalidad de prueba de colores. también se tomo un test novedoso EGEP 5 esta emparentado. también tomo el test bajo la lluvia, si bien es adulta lo considero pertinente por el estado. Ella es la hija mayor de la pareja de sus padres. Que fue criada por sus abuelos y hablo de cuestiones familiares que no venían al caso. Que estaba en pareja con la persona que la acompañaba que tenía 2 hijos de y también convivían con los hijos de T.. Había recibido atención de la OFAVI. Que había desestimado el tratamiento psicológico porque entendía que estaba mejor. Que desde los hechos denunciados había tenido muchos cambios, temor a estar sola, sensación de desconfianza en el entorno social y en el medio, dejar de ir algún lado. Había empezado a tener miedo con la gente y lo asociaba con esto. No estaba trabajando que era un acuerdo con su pareja estaba estudiando, que antes había trabajado cuidando niños y en una agencia de taxi y de la adolescencia modelaba lencería. Y solicitaba que sacaran las fotos. Le dijo que se había cortado el pelo, después de esto no quería sentirse bonita. Cuando se presentó a la evaluación se presentó ubicada en tiempo y espacio. Podía entender en que situación nos encontramos, que estaba siendo evaluada. Al tercer encuentro no asistió y el esposo dijo que tenía dolor de cabeza. No había dificultad cognitiva. Mantenía el criterio de realidad. Sus defensas en relación con el test bajo la lluvia, no tenía mayores recursos, cuando un adulto debe tener mayores recursos. En cuanto a su personalidad habían indicadores de angustia, ansiedad, manifestó que solía despertar que le costaba dormir, estaba incluso con alguna medicación, que podía tomarse como un depresor. Tenía síntomas ansiosos. Tenía indicado después del segundo embarazado indicado Clonazepan. Luego de la denuncia estaba con una situación cardiaca. Ella refiere que esta cuestión cardiaca, y manifestaciones ansiosas refiere que surgieron después de la denuncia. Estrés postraumático tomo varias pruebas, aparecían todos los indicadores eso es llamativo, por eso lo corroboró con otras pruebas. Tiene una afectación de estrés postraumático, su discurso era coherente, no se infería cuestiones de simulación. Aparecían muchas características y otra había elevaciones en los resultados, tomo otros pruebas para corroborar. L.A., Conoce a C. de vista, cuando fue al estudio de Iribarren y asociados. Trabajo con computadoras. Trabajo con informática, arreglos, teléfonos lo mismo. Se le encomendó un trabajo. Tenía que realizar una especie de peritaje de teléfono a ver que encontraba. Hice análisis y recuperación de un celular Motorola G de M. C., el número 2984..., el informe trataba de la relación de llamadas de WhatsApp de él teléfono de G.: 11...La primera llamada entre ellos 27 de agosto, de 4 min 32 segundos, 28 de agosto a las 10,50 de 2 m 35, y la otra se llamó en el mismo minuto se atendió. 2 sept 11,21 am de 10 minutos 4 segu. 11,12 5 sept 12,37 duro 6 min 24 . otra mas tarde 13,46 duro 2 m 45 seg. 6 sept 13,46 , 13,25 sin contestar. Hay llamadas sin contestar ¡y otras que si. Esto es de C. al contacto. 27 de agosto 13,40 12 de septiembre 11,59. En octubre 1 de octubre 3 minutos. Son todas llamadas salientes. El informe es del 8 de octubre de 2019. no recuerdo bien cuando lo hice, el informe lo dice. Según la lógica que hace WhatsApp es de 2019. Soy técnico electromecánico. Tengo dos cursos d en informática. Gerardo Andres Nilles, Licenciado en Ciencias de la Computación. Pericia le interesaba conocer las comunicaciones del imputado con el teléfono 11.... primero se hace una adquisición lógica y luego una física. No se pudo realizar el roteo. Lógica permite obtener registro de llamadas, mensajes intercambiados. Se pudieron contactar que entre los contactos estaba el numero solicitado estaba agendado como J.... Habían llamadas entrantes y salientes. Son llamadas telefónicas 12-9.19 5 MIN 35 a las 5 de la tarde; 17.9.19; 17.09.19 DE 2 SEG; 27.9.19 , entrante , significa que el teléfono peritado recibió llamadas del teléfono peritado. 29 DEL 8, tres llamadas salientes. Queda el registro del intento aunque no se haya conectado.Ana María Steridenberger, Defensora de Pobres y Ausentes, Si conoce a C., formaba parte de la seguridad del Poder Judicial. Conoce a G.C., fui designada como su abogada en un proceso de violencia a fines del año 2019. En general ella venia, la gente accedía fácilmente. Lo hemos hecho telefónicamente. Ella me facilito el número de teléfono. Las personas que tienen una causa, vienen a consultarla. Nunca me hizo un reclamo de ella, ni de Nadie.Con esto concluyó la prueba.VI.- ALEGATOS DE CLAUSURA: Cedida la palabra a la Sra. Fiscal, manifestó que, concluidas las dos jornadas de juicio y escuchado los testigos se ha logrado acreditar la existencia de los hechos y la autoría culpable de C.. Se debe evaluar este caso con perspectiva de género y amplitud probatoria como lo estableció el STJ. Este hecho ocurrido el 30 de septiembre del 2019 no hay controversia de que ese día tuvo relaciones sexuales con C., no está discutido esto. El sr c. dice que este hecho fue con consentimiento y una víctima que relata todo lo contrario, que cuando se sentó y relato da una versión totalmente opuesta. Ella dice que venía de dejar a sus hijos a la escuela, porque el taxista no había ido y cuando llega a su casa, que c. ingreso sin consentimiento a su casa, que ingreso por la fuerza que la penetro vaginal analmente y también un intento de sexo oral. El relato de la víctima que fue una relación no consentida, no es una prueba que esté sola. Hay otras pruebas que apoyan el relato de la víctima, en cuanto el relato de R.T. que cuenta cuando llego ese día el 30 de septiembre como la encontró a la víctima que le dijo que había sido abusado, que de inmediato no le conto todo, pero después si, recordemos que la víctima habla de la relación sexual no consentida sino también de las amenazas que le hizo cofre. Además, el relato de Z. el taxista que ese día no fue porque le había salido un viaje y con posterioridad t. le había contado lo que le había ocurrido a G.C., dijo que después G. algo le contó pero no le dio mayores detalles. Respecto si C.C. si mantenían conversaciones telefónicas, de antes, no está en discusión, la propia C. reconoció eso, que c. la llamaba que la acosaba, lo que dijo la victima si el teléfono se lo había dado loa defensora. La defensora en principio dijo que nunca tuvo inconvenientes para comunicarse con G.. Que el le dio el teléfono a la doctora algo hubo con el teléfono con la defensoría hubo. Están probadas las llamadas telefónicas con anterioridad e incluso con posterioridad. Hay llamadas de línea y de WhatsApp G. reconoce esas llamadas. Esto la fiscalía reconoce la llamada posterior sobre la cual la victima le dio explicación, era una llamada qu ele hizo cofre para decirle que no diga nada. Cuando se le presento el octubre era una llamada saliente del teléfono de C., se compadece con lo que dice la víctima, esa llamada salió del teléfono de c.. Tenemos las pericias del gabinete de criminalística y del laboratorio forense de Vanelli. No es controvertido porque el acepto que tenían relaciones sexuales. Se encontró material biológico de t., porque es importante dice que la victima le había dicho que no mantenía relaciones sexuales con su pareja. C. y t. dijeron que habían tenido relaciones sexuales el día antes de ese hecho. Acompaña el relato de la víctima de una relación no consentida, habla de violencia y la declaración de bustos el médico forense. Está acreditado con las lesiones que eran lesiones extra genitales en el brazo y en la pierna y que podían ser por mecanismo de comprensión está acreditado el mecanismo de la victima de sufrir una relación violenta. También se refiere la victima que la penetro por el ano y el Dr. bustos encontró una lesión anal y que por la data de esas lesiones son compatibles con la que menciono la víctima, por la fecha. La licenciada Almendra se refiere a la situación de vulnerabilidad de C. desde el inicio de su vida, con sus padres, con lo sucedido por c.. Se le puede atribuir todo a este hecho, la fiscalía tiene que ser objetiva en eso, el día de hoy de esta chica que tenía un trabajo, que modelaba, cambio abruptamente su vida. La Licenciada Hussein también se refirió al cambio ocurrido en la vida de C.. La pericia psicológica por la licenciada Murias hay un dato que Sres. Jueces tienen que tener en cuenta que lo pinta como ha viviendo este hecho y como ha sido su vida con posterioridad a este hecho, ella misma le dijo que ella misma se cortó el pelo porque no se quería verse linda, esto lo hemos visto muchas veces en las victimas sexuales. No advirtió ningún indicador de simulación y se encargó de explicar, que hizo test para descartar eso, y que encontró la exacerbación en indicadores como mecanismo de defensa. Todo lo que rodea la declaración de la víctima y le da fuerza convictiva, tenemos la declaración del imputado prestada en el día de la fecha que es opuesta a toda esta prueba, esta declaración de C. negando terminantemente los abusos sexuales, tienen alguna apoyatura, son lógicas, con la prueba. No puede tener ningún andamiento, su declaración que ha sido extensa hay que desmenuzarla se da de patadas con lo que ocurrió, una de las cosas que el la venia viendo de antes que ella era la que lo avanzaba que no había tenido ningún inconvenientes que no lo quería ver a T. y que no tenía relaciones sexuales con T. desde más de dos meses, más allá de lo que declaro G. y T., yo entiendo que del día 30 de septiembre c. dice que habían hablado por teléfono, que G. le había dicho gracias por estar, quiero estar con vos, los dos salieron se despidieron con un beso, que no quería ver mas a t., que incluso le dijo que por unos días no se iban a ver porque t. se iba a tomar unos días de licencia. Esto que dice c. ocurrió a las 3 de la tarde. Yo pregunto si C. era la que no quería tener nada con t., si lo había pasado genial, que paso desde ella lo despide con un beso, venga a realizar una denuncia de abuso sexual con acceso carnal que sabe lo gravoso de esa denuncia, contra alguien con la que lo pasaba genial con el porque con el marido no quería saber nada más, porque viene hacer esa denuncia días después. Porque dice el marido que la encuentra en esa situación, y que después de unos días le dijo que había sido c. y hablan de las amenazas y después le cuenta a Z.. Nadie a traído a juicio que entre c. y t. y C. y C. haya un problema para que inventen algo con las consecuencias gravosas para c.. Acá la verdad no se ha traído nada que permita inferir o suponer porque pudo traer esta mentira porque pudo inventar esto. También que c. dejaba el auto a la vista de todos se trajo algo que permita acreditar la relación anterior. Se acredito que los dichos de la señora C. explican los abusos sexuales y han sido acreditados en la manera que lo hizo y voy a solicitar un veredicto de culpabilidad y se lo declare autor de abuso sexual con acceso carnal art. 119 tercer párrafo del Código Penal.Cedida la palabra a la defensa, el Dr. Pineda manifestó, a mí me da miedo la perspectiva de género, me da miedo. Ante esta significación la acción de la defensa es muy difícil y compleja. Ojalá los estudios procesales puedan equilibrar la balanza. Son muy pocos los casos que se obtienen una absolución. Porque razón C. hizo la denuncia, yo no lo se, pero no soy ingenuo, hay casos donde se ha denunciado y la victima ha mentido. Lo que cuesta a la defensa. Que pruebas podemos colectar ante la presunción de esta naturaleza. Siempre me pregunto cual fue la razón, la razón era T., vieron la diferencia. Había una diferencia grande de edad. A mi no me causo buena impresión T. para mi estaba mintiendo. La vulnerabilidad de la víctima la reconocimos y también con t. es una relación asimétrica, lo dice a., era celoso y dependía de t. económicamente. Quiero llevar a suponer que t. pudo haber sospechado algo y había que hacer la denuncia y justificar. Siempre la victima escondió y minimizo una denuncia penal y prohibición de acercamiento de t. y dice que se solucionó. Cuando la señor Fiscal le dice si estaba separada dice yo no dije eso decía C., cosa que dijo A.. Cual era la razón si tenía un problema con el marido no contarlo. No me vengan a decir que es un mecanismo psicológico para no sufrir tanto. Cual fue la razón entonces. Analicemos básicamente la credibilidad de G.C., estuvo serias contradicciones desde mentir falazmente de no solo mentir el tema del marido, cuando manifiesta que quedo tirada y la puerta estaba entreabierta; la segunda dice que se lava y se saca la ropa también es otra contradicción importante y el tema del celular que lo minimiza el ministerio público, nosotros no, porque está mintiendo. La defensora si es funcionaria pública debe decir la verdad. Ahí también mintió, quería seguir la línea de razonamiento que la persecución la tenía C. por eso tenía su número de teléfono. La minimiza la fiscalía, las llamadas de 4 o 5 minutos. Cuando una mujer no quiere no atiende el teléfono, no sigue la comunicación, es raro, es llamativo, no es poca cosa y si además hubo una extorsión en la llamada posterior al hecho, que hace una persona corta el teléfono. Porque lo escuchaba. Estas cosas no tienen explicación, salvo que esto demuestra que había una relación previa con G.C.. Con respecto a T. es impresentable, primero dijo que la encontró tirada mal y al segundo día dice que le cuenta era C.. Después dice que fue el primer día. En la declaración coincidían ambos, C. hacia aparecer lar relación sexual como que C. era un gorila primitivo que no tenía limites, era brutal. T. le agrega, le metió la mano en la vagina. Cosa que no manifestó acá, la defensa le hizo acordar, después que lo leyó. Corrobora la falta de credibilidad de T. que lleva como colación la falta de credibilidad de C.. Tres días para denunciar en una situación tan grave como la que se vivió. Yo quisiera saber que pasa en una situación que se siente tan mal por la semejante violación con el grado de violencia, hace una denuncia tres días después, me van a decir se sentía mal, a la defensa no alcanza con esto. Los casos así se denuncian el mismo día, y quedan detenidos el mismo día. Nosotros creemos que se pusieron de acuerdo y porque, la supervivencia, que no la golpee nuevamente, la supervivencia económica. Si T. no es violento, yo soy papá Noel, esto no es prejuicio, lo tiene que merituar el tribunal independientemente de la diferencia. Y se olvidaba que en sus prácticas tenía sexo anal, T., yo no tengo ninguna duda que este hombre incidió sexualmente en una menor que no tenía gran experiencia. Además, vulnerable porque tenía problemas con su padre y apareció t., el redentor ahí es T.. Y después el que paga el pato es C., es una interpretación. El tema de las equimosis en el cuerpo, conforme la declaración que había hecho C. y T., la había agarrado del cuello y le tiro el cuello, cuando se le pregunto al médico no había ninguna lesión. Con respecto al tema del ano el mismo T. dice que era común sus prácticas con T.. La implicancia de los tres días posteriores se podría haber obtenido más resultado. En el adn aparece t. había eventualmente de c. en la bombacha. Solamente en la bombacha había adn de c.. Según t. habían tenido relaciones anteriores al hecho, podría haber sido posteriores, yo no se si fue así. La pericia psicológica yo siempre digo que son probabilidades, yo no he visto ninguna que diga que hay tendencia a simulación, por más que apliquen los test que tienen, es relativa. Como esta, su situación es respecto de esta situación o de lo que está viviendo con t.. Yo creo que esa chica vive en un infierno. Yo no puedo agregar más de todo esto. Es una situación compleja me parece que a fiscalía ha sido una planchuela, para un hombre que no tiene antecedentes, nosotros creemos que lo que dice C. es creíble porque había una relación previa. Acá nos encontramos con la perspectiva de género y con una pena que tiene 6 años de prisión. Que esa perspectiva de género no sea un copia y pegue y condenemos. Acá no se ha superado el estándar d ella duda la fiscalía y por eso obviamente voy a solicitar la absolución, no lo ha superado. La defensa puedo haber hecho la diferencia, creo que si, pero saben cual es la perspectiva de género, porque es una presunción a favor de una mujer. El Dr. Ramoa, por su parte dijo, el planteo G. C. es víctima de T. y esta depende de T. y es sumamente lógico y porque si estaba todo mal con T. porque denunció a C.. Porque si está todo mal con T. porque esta hoy al lado de T.. La perspectiva de género se entiende porque una persona sigue ligada a una persona que ejerce violencia contra ella. En este juicio quedaron claros contradicciones, la evidencia objetiva, relataron como fue el ataque violento, dice que la agarró de los pelos que la arrastro por la casa, que tenía la cabeza hinchada y la pericia médica solo da lesiones leves y no corrobora la intensidad con la que dice que sufrió esos golpes. Supuestamente introdujo el pene en el ano y vagina y no hay rastros de c.. La aceptación de la víctima y marido que habían tenido relación sexual antes. Las lesiones en los brazos se pueden explicar con la relación violenta que tiene con T.. El día de los hechos después de desvanecerse se lava con agua fría y que estaba sola. T. dice que llega y la lleva al baño y ella se lava. Son errores de parte estructurales de la historia. Es llamativo que hayan contradicciones así. La misma contradicción con el taxista, C. dice lo comente yo. T. dice comento él. Z. dice que le comento T.. Hay adn de muestras sacadas 3 días después del hecho. Como puede una víctima que quedo como quedo como puede atender una llamada y como puede tener una relación sexual. Que hacía adn de T. después de haber sido abusada. T. dijo que C. le metió la mano en la vagina y no tiene lesiones en la vagina. Son cosas llamativas. La teoría del caso de la defensa tiene imposibilidades de ser corroborado con evidencia directa. Las declaraciones de la víctima y su marido, dejan duda razonable. Esta defensa no niega que C. y C. tenían relaciones sexuales. Porque estamos hoy acá, porque la relación de C. y C. era extramatrimonial y la relación de C. con T. era violenta y que por esa dependencia podemos sospechar que C. cambio los hechos por esta relación con T..VII.- DELIBERACIÓN: Concluida las audiencias de juicio; El Dr. GASTÓN S. MARTÍN, dijo: Primera Cuestión (sobre la existencia del hecho y la intervención del imputado): N.M.C., haciendo uso del derecho constitucional que la asiste declaró en el juicio. En primer lugar, niego totalmente la imputación de acusación de la violación, en segundo lugar en el mes de junio o julio con mucha frecuencia empezó a venir a tribunales G.C. y empezamos a tener dialogo me empezó a comentar que venía al juzgado de familia y defensoría. Con el correr de los meses me empezó a invitar a su casa, yo ya conocía al padre. Con el correr de los meses me comentó en el pasillo que sufrió agresión por parte de T. me empieza a decir que era su ex, que sufría de violencia y era muy celoso. En el mes de julio, otra vez empezamos a charla, ella concurría dos otres veces, venia especialmente al poder judicial y se acercaba a mesa de entrada porque en defensoría no la atendían y hablaba mal de la defensora. En esos meses me decía nos podemos juntar a tomar mate. Te puedo agendar y si yo te doy mi teléfono vos me das el mío. En esos meses me da un teléfono de buenos aires y con ese teléfono prácticamente no nos comunicamos. Con frecuencia me invitaba a su casa y tuvimos onda. Con el correr de los meses aparece corriendo, ando en taxi y me dice cambie mi celular y me había dado otra característica. Tenía característica porque mi pareja y mis padres no quiero que me llamen y vos no vas nunca y no me das bolilla. Yo andaba de novio. Y me dice agenda mi teléfono y yo estuve una hora esperando a la Dra. Stargerberger. Y me dice agenda mi teléfono y cambie el chip y yo la agende como J. ese día. Me dice te voy a pedir un favor, le podes alcanzar el teléfono este a la defensora y se lo alcanzo a la Dra. Y ahí lo empecé a agendar el teléfono como J.. Yo le paso el paso el teléfono desde un interno a la Dra. Stargerberger le dije estuvo G. C. y me dio este teléfono. A partir de ese momento me empecé a comunicar. En agosto empezaron a venir los días lindos, te invito a tomar mate a mi casa. Con mi pareja yo le digo mi ex ya fue R.T.. Me contaba cosas intimas y personales. En julio empezamos a tener onda. Vos tenes que ir a mi caso porque tengo hablar con vos. El 27 de agosto había estado en el edificio para ver personalmente si vas a ir a mi casa. Cuando salgo 13,30, te llamo yo así no te gastas el crédito. Y el 27 voy a la casa. Ese día fui a su casa y me pase de largo, ella sale con sus hijos a buscarme, yo vuelvo me había pasado una cuadra me reciben, dejo el auto hacia calle La Plata. Ahí conocí la casa de G. C.. Vení todas las veces que quiera y nos encontramos en este horario, me mostro el departamento, bueno tomamos unos mates, yo ya lo prepare y comenzamos a tomar mate y les dice a los chicos que se vayan arriba y yo me quede con ella el 27 de agosto de 2019 y yo te quiero decir la verdad, a mi me tienen por loca, pero yo te quiero decir la verdad M.. Mira M. te lo voy a decir frontalmente nosotros nos conocemos desde grande ahora personalmente yo varias veces te invito, yo gusto mucho de vos, bueno gracias y quiero seguir viéndote, porque ando mal con mi pareja, a mis padres los odio y a T. le dije que se vaya el o yo. Quiero decirte que te quiero que gusto de vos. Yo le decía que estás segura, que estás separada. Convivimos en el mismo techo porque me tiene. Las condiciones horarias las pongo yo, de lunes a viernes de 13,30 hasta las 3 estoy sola y podes venir cuando quieras, Bueno le digo yo, a veces no voy a poder venir, bueno igual, sino nos llamamos, así que cuando no tengas crédito te llamo,. A partir del 27 de agosto empezamos una relación, y yo le dije si podíamos tener un problema. ¡gracias por venir. Espero contar con vos y me agarra la mano, yo le dije a T. que se vaya, es violento y no me deja hacer ninguna actividad, me comentaba que la justicia la rechazaba. Son todos iguales me hacen ir de gusto me dan turno a las 11,30 y tengo que venir a cocinar. Yo le digo mi ex marido llega a las 15,30 el horario y el lugar lo pongo yo, y acordamos eso con ella. Yo ese día eran más de las 3 menos veinte, yo salía y me iba sin comer y me esperaba con ella en el departamento. El 28 de agosto me dice verbalmente acá y me dice si nos juntamos. habíamos acordado que verbalmente acá si iba. El 27 me retiro, me recibió, me dijo que gustaba de mi. Empezamos una relación de dialogo. El 28 de agosto vino y me pregunto si iba a su casa. Si le dije. Nos juntamos. El 28 voy a su domicilio, fui en mi auto, me atendió y te estaba esperando, me da un beso en la boca la saludo nos quedamos sentados, en la parte de adelante en los sillones, como veraz mi departamento es chiquito, vos vení. En el horario, yo le dije deja que fluya, acordate que te quiero. Estuvimos 20 minutos sentados de frente. Me trae un mate y me da un beso. Se sienta en mis piernas. Y nos acariciamos y me daba la mano. Mira este hdp T. se tiene que ir, espero que vos, quiero empezar a conocerte a vos, yo le decía tranquila G.. En ese momento tenía el pelo rubio y usaba lente de contacto celeste. Me decía si le gustaba el pelo. Me da un caramelo y se pone un caramelo en la boca y se sienta arriba mío y me dice no tomamos más mate, me gustas mucho ayer te dije espero seguir viéndote y empezamos a tocarnos. Que numero de zapatos o zapatillas usas, que lindo perfume que tenés, y me daba besos en el cuello y boca y en esos 20 minutos ella me tocaba las partes íntimas, en un momento me lleva para el comedor, estoy fogosa hace varios meses que no tengo relaciones con este hdp hay noche que no duermo porque discutimos. Me da un beso en la boca y empezamos a tener contacto, me die que estoy operada así que acábame adentro porque yo estoy operado. Si tranquila J.. Me dice te gusta esto, se apoya en el bajo mesada y penetrame un poquito lindo, habíamos tenido una previa de 20 minutos, me toca la parte íntima y con su consentimiento tuvimos relaciones, acá es el único lugar donde podemos, empezamos a tener sexo, arriba no quería ir porque arriba tenía todo despelotado. Estuvimos 15 minutos y me dice ya se hace la hora nos subimos el pantalón los dos, nos acomodamos la ropa y nos sentamos en el sillón eran las 3 menos 10 y me dice espero verte otra vez, yo le digo tranquila J.. Entre charla yo le digo me voy, ella abría la puerta miraba y esta todo tranquilo, se veía movimiento, habían obreros trabajando, a unos 50 metros había gente, entonces, me dice gracias lindo por venir , mañana nos vemos. Si voy para el poder judicial nos avisamos o si se complica. El 29 otra vez fui. Siempre iba con mi auto y me esperaba en el mismo horario, fue charla otra vez hablo mal de su pareja. No tuvimos relaciones. Con el correr de los días seguimos viéndonos. Empezaba septiembre y me decía si en ese horario podíamos ir a una plaza. Continue yendo a su domicilio, en agosto fui tres días consecutivos. En septiembre continue yendo, ella me esperaba con mate. Algunos días no fui, porque no podía. Los tres últimos días de septiembre no fui porque ella decía que le dolía una muela. El 4 o 5 de septiembre me decía si podíamos ir a tomar mate a la plaza. El 5 llego tomamos mate conversamos tuvimos una previa, ambos nos besamos, nos tranquilizamos, ella estaba muy ansiosa porque decía que tenía problemas con t.. Se sube y tuvimos relaciones sexuales. Me decía echame otro cortito. Yo estoy operada. No te preocupes por mi. Se bajaba el pantalón hasta los tobillos. Me decía ponerme las manos en los hombros, ella ponía el tórax en el bajo mesada. Eran 15o 20 vos no terminas nunca. Yo le decía que estaba incomodo. Pero arriba no podemos ir. Ella me decía que gracias por estar. Cuando hablaba de su expareja hablaba mal y también de sus padres. Mi expareja me cela por cualquier cosa. Lo bueno es que te estoy conociendo a vos. A fines de septiembre me comento que se tenía que arreglarse una muela. Sigue hablando mal de su pareja. Me contaba que la habían echado de la casa sus padres. T. había tenido problemas con sus padres y su abuela. A t. le tengo prohibido que me toque el teléfono. A veces iba en el Fíat uno me abría con total tranquilidad. Me conto que a veces los chicos los mandaba en taxi. A veces los mandaba en cualquier taxi. Me decía que a veces los llevaba caminando. El 30 de septiembre nos comunicamos, en ese ínterin el 27 viene y me dice que se iba a cortar el pelo se iba a teñir, pero va a ser una sorpresa para vos. Vino acá y le dije que iba el dìa30. El 30 la llamo por teléfono que iba. Cuando llego al departamento ella me estaba esperando y me dice te gusta mi pelo, sorpresa, le dije que le quedaba hermoso, se había teñido de oscuro, yo la veía siempre rubia. Yo pase como todas las veces y me senté. Me invita unos mates. Me abraza como 20 segundos y nos tocamos con el consentimiento de ella, yo me quedo sola y vos siempre estas. Yo llegue 2 y 5 o 2,10 y me decía que había tenido problemas con su expraeja que no había podido dormir y se sienta en mis piernas, comenzamos a tocarnos. Yo le decía tranquila G.. Me decía que con t. no tenia relaciones de mas de dos meses. Me da la mano y me lleva al bajomesada, este es el lugar nuestro. Se saca el pantalón y hasta los tobillos y me dice penetrame despacito, nos sacamos la ropa, echame un cortito y previa a tener contacto. Ella se ponía con las manos y el tórax contra el bajo mesada y yo en la parte d atrás, siempre vaginal. Todas fueron sexo vaginal. Nunca tuvimos sexo oral. Nada. Yo estaba incomodo y me siento en una silla y ella se sienta arriba y me dice dale despacito bombón despacito dale, dale, tuvimos acto sexual vaginal con el consentimiento de ella siempre. Yo estaba incomodo, y me dice termine, arriba de la silla tenía una remera, limpiémonos con esto, y nos fuimos a la parte d la mesa donde estaba la mesa ratona y los dos sillones. Se acomodo la ropa, charlamos 5 minutos, la pasamos genial, y me decía vos no me decís nada. Para mi T. es mi ex. Espero seguir viéndote. Yo le había comentado que más adelante me iba a vivir solo. Abre la puerta y salimos los dos para afuera y eran los 3, me dice acordate que entre el jueves y viernes mi expareja va a salir de vacaciones y no nos vamos a poder ver. Me da un beso y me abraza. Yo me voy con total tranquilidad. Así entablamos esa relación. ¿En que horario trabajaba? yo entraba a las 7,30 y siempre me iba 13,30 o a las 14,00 salía.Haciendo uso de la última palabra en el juicio dijo: Todo lo que mencione del 27 al 30 de septiembre, las condiciones, horarios y el lugar y que avanzaba ella más que yo, durante más de un mes y las veces que tuvimos relaciones sexuales, ella siempre estaba dispuesta y ella quería seguir y no entiendo que es lo que quiso hacer.Ingresando en el análisis del plexo probatorio, debo mencionar que rige en estos delitos la amplitud y libertad probatoria, en el marco de lo dispuesto por la Ley 26485 (“Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer...”), al que adhirió la Provincia de Rio Negro mediante Ley 4.650, donde se indica poner especial énfasis en el testimonio de la victima.Es decir que estas causas que tienen por víctima a una mujer, deben ser analizadas desde una perspectiva de género, esto de ninguna manera debe menguar las garantías constitucionales del debido proceso, de la defensa en juicio y de la presunción de inocencia.Un examen integral de la totalidad de la prueba recibida en juicio oral, la cual fue analizada según las reglas de la sana crítica racional, que nos ha permitido tener por acreditado con la certeza que requiere un pronunciamiento de esta naturaleza; tanto la existencia histórica del hecho traído a juicio, como la responsabilidad penal que le cupo en el mismo al imputado.Nos encontramos, frente a un plexo probatorio el cual emerge como preciso, convergente y concordante, lo que hace posible establecer un estado de certeza positiva en el sentido incriminador hacia el enjuiciado. Resultando la pretensión de culpabilidad sostenida por el Ministerio Público Fiscal compartida por los suscriptos, dado el análisis integral de la prueba y las conclusiones a las que arriba.En estos delitos cometidos entre cuatro paredes, sin testigos, debe ponerse especial atención en los dichos de la víctima, en este contexto el relato de la Sra. C., ha sido claro, concreto, veraz, no da margen a duda, en cuanto a que el hecho existió, quién es su autor y dónde ocurrió. Es un relato de una vivencia real de algo que aconteció. La víctima impresionó como verosímil en toda su declaración y aun a requerimientos de la defensa, quien tuvo un amplio interrogatorio, contestó con veracidad sobre lo que le era preguntado.- Hemos podido apreciar en la audiencia que no hay fabulación o incoherencias en su declaración, tanto en el examen como el contra-examen la testigo permaneció incólume en su relato. Resultando esto dirimente, en este delitos ocurrido, sin testigos, donde el agresor premeditadamente busca su impunidad, realizando su acción sustraído de la vista de los demás.-G.F.C., con angustia, relató con claridad, el hecho del que fue víctima..Por otra parte no se ha indicado, ni insinuado, ningún motivo que nos haga sospechar que miente para perjudicar a su agresor o que existan veladas intenciones de perjudicarlo. En este sentido, la defensa tratando de invalidar el testimonio de la víctima, sospecha de R.T., pareja de la denunciante, pero no señala, cual es concreta y puntualmente la relación -de T.-, con esta agresión sexual denunciada por C..R.E.T. pareja de la víctima vino a corroborar en un todo los dichos de la denunciante esto es que el día del hecho regresó del trabajo pasadas las 15:00 hs. y encontró desorden en la casa y a su mujer en un estado prácticamente catatónico. Ella no podía hablar, recién le contó esa noche o al otro día el ataque sexual que había sufrido en la casa por parte de C., cuando venía de dejar los chicos de la escuela y él ingresó intempestivamente a la casa cuando abría la puerta atacándola sexualmente. Respetó el silencio de su mujer que casi no podía hablar, porque estaba shokeada por el ataque, pero cuando ella decidió hacer la denuncia, la acompañó, eso fue unos días después cuando pudo hablar.C.A.Z., taxista y amigos de la pareja C.-T., confirmó que llevaba habitualmente a la señora C. y a sus hijos a la escuela, pero que justo ese día no lo hizo, porque otras obligaciones laborales se lo impidieron. Su amigo, R. T. le contó -llorando- el ataque sexual que había sufrido su mujer en su casa, que T. cuando se lo contó estaba muy mal.La empleada policial Lorena Vallejos, del gabinete de criminalística, reconoció las tomas fotográficas del lugar del hecho en el departamento de la señora C., indicando la puerta de entrada tiene dos cerraduras. Se indica que no existe violencia en la puerta de ingreso a la vivienda.Ingresando en los testimonios técnicos-científicos, en primer término corresponde valorar el testimonio de la Licenciada Verónica Murias del cuerpo de investigación forense, el mismo es muy claro y sumamente relevante. Esta profesional indica que, la víctima no simula, que el ataque sexual existió, que se cortó el pelo y dejó de teñirse para no verse más linda lo que suele ser habitual en las mujeres agredidas sexualmente. Todos los indicadores de estrés postraumático se encontraban presentes, esto le llamó la atención, pero fue así, todos estaban presentes. El discurso era coherente, no había simulación en lo que decía. La víctima se presentó ubicada en tiempo y espacio con mucha angustia y ansiedad relató lo sucedido.La información que aporta la Licenciada Vannelli Rey, corrobora el acto sexual denunciado por C., la presencia de antígeno prostático de C. en las prendas íntimas de C., dan cuenta de esa relación sexual. Conocido este resultado, C. indica que ha tenido relaciones sexuales -consentidas- con la denunciante, sin embargo es relevante la prueba genética para contradecir las afirmaciones de la falaz declaración dada por el acusado, toda vez que él indica una y otra vez que la relación T.-C. había terminado, pero la presencia de semen de T. en la pericia genética realizadas sobre las muestras extraídas en el cuerpo de la víctima, indican que como señala C., su relación con T. nunca cesó, convivían y eran una pareja de ahí la presencia de semen, tanto de T. pareja de la víctima, como de C. su agresor sexual.Resulta importante lo declarado por el médico forense Dr. Ariel Bustos, en cuanto a las lesiones verificadas en el cuerpo de la víctima, se correspondían tanto en el modo de producción, como en la data, con lo relatado por la víctima al momento del examen que fue en fecha 03-10-19. El forense informó, equimosis en los brazos por sujeción y la lesión anal en hora 12, compatible con un acceso carnal violento por esa vía. En cuanto a la ausencia de lesiones vaginales, se explican porque se trata de una mujer adulta con practica sexual habitual, por otra parte no es un elemento del tipo penal la existencia de lesiones genitales en la víctima.La Licenciada Hussein, de la Ofavi, señalo que C. es una mujer vulnerable, que carece de redes de contención afectiva, viene de una problemática en su familia de origen. La Licenciada Almendra, relató que en su entrevistas con C., ésta le refirió que C. la acosaba y molestaba cuando iba al edificio judicial y fuera de éste también, que se lo encontraba en muchas oportunidades y todas parecían como una casualidad. Esta actitud de su agresor le hizo cambiar sus hábitos de vida, abandonar actividades laborales y de estudio.Así es que, el testimonio de la víctima no aparece solo, o como prueba única, está corroborado y sostenido por los testimonios de las profesionales mencionadas, la defensa ha sorteado en análisis de esta parte del plexo probatorio, ignorándolo por completo.En cuanto a la declaración prestada por el acusado esta resulta pueril y nada creíble. Carece de todo viso de realidad, señalar que él fue seducido por C., que ella fue a quien lo abordó sexualmente. Según sus afirmaciones, esta mujer, realizaba sobre él todo tipo de actos sexuales, besos, tocamiento de su genitales, etc. La que ahora lo denuncia, era quien, además, le decía cosas como: “te quiero bombón”, “como me gustas”, “penetrame”, “échame un cortito” y otras por el estilo. Es infantil la historia que cuenta el acusado, es un relato extenso, reiterativo y falaz, donde él fue seducido y sometido sexualmente.Por lo demás, carece de asidero sus afirmaciones, dado que están huérfanas de toda prueba que pueda corrobórala. Se dirá -con razón-, que la defensa no tiene que probar la inocencia, sin embargo, si tienen que probar los hechos positivos, sobre los que declara que ocurrieron.Respecto de las circunstancias en las que M. C. conoció el número de teléfono de C., no ha quedado claro, dado que tenemos por lo menos 2 versiones de lo sucedido. C. dice que la Defensora Oficial Ana Maria Streidenberger, se lo facilitó a C., para que éste la llame porque la necesitaban urgente en la defensoría, esto fue desmentido por la defensora oficial y manifestó que en ningún caso dan información privada de los justiciables. Por otro lado, tenemos la otra versión, es la del propio C., quien señala que fue C. quién le dio el número de su teléfono celular, para que él se lo alcance a la defensora oficial. Cualquiera haya sido la situación, es irrelevante a la hora de evaluar el hecho aquí acontecido. Como también resulta, de poca o ninguna importancia, algunas comunicaciones, vía WhatsApp o telefónicas, que han tenido C.e y C., que según dicen C. estaban referidas a los trámites judiciales que ella llevaba adelante, lo que probablemente sea así, ya que ese era el punto de contacto entre víctima y victimario: él trabajaba en el Poder Judicial y ella realizaba trámites el Poder Judicial y se conocían. Lo cierto es que, en ninguna de esas comunicaciones, existe el mínimo dato de que acrediten entre ellos una relación de tipo amorosa, o que hayan combinado telefónicamente algún tipo de cita de características o connotaciones sexuales, como lo señala el acusado.Los testigos aportados por la defensa Lucio Asereny y el Licenciado Gerardo Andrés Nilles, declararon sobre la comunicación que existía entre el abonado telefónico de la Sra. C. y del Sr. C., estos se comunicaban mediante llamados telefónicos y mediante mensajes en la aplicación de WhatsApp. La información que aportan los testigos, ya era conocida porque tanto C., como C., ambos manifestaron que mantenían comunicación telefónica.- Ahora lo dirimente hubiera sido que, éstos testigos aporten el contenido de esas comunicaciones, pero los testigos no aportan información sobre el tenor de estas comunicaciones, lo que -reitero- hubiera resultado importante, dado que cada uno de ellos, le da una connotación completamente distinta a esas comunicaciones. C., sostiene que era acosada por un empleado judicial -M.C.-, que aprovechaba su presencia en ese lugar para dirigirse a ella y seguirla por el edificio, con todo tipo de preguntas banales, que le resultaban incomodas y molestas y que esta actividad continuaba telefónicamente. De hecho las llamadas por WhatsApp, todas eran salientes del teléfono de C..Reitero, en lo sustantivo estos testigos, no han develado el contenido de esas comunicaciones, por lo que, en ningún caso, de las comunicaciones telefónicas, ha podido corroborarse la información que sostiene el acusado, en cuanto a que con C. mantenía una relación amorosa. La defensa en su alegato de apertura sostuvo que iba probar con el tenor de estas comunicaciones telefónicas, la relación entre C. y C., cosa que no se ha realizado en lo más mínimo. Y si bien como he dicho en reiteradas oportunidades, la defensa no tiene que probar nada, dado que la inocencia está presumida y no es objeto de prueba, ahora, cuando la defensa tiene una teoría del caso, sí está obligada a aportar prueba objetiva y concreta que acredite con certeza su teoría del caso, lo que no ha ocurrido -como ya he dicho- en las presentes actuaciones.Para finalizar, debo mencionar que, la teoría del caso de la defensa, referida a que C. pretende ocultar una infidelidad denunciando a su amante y afirmando que C. la violó, no tiene asidero alguno a la luz de la prueba producida, más aún, el plexo probatorio examinado contradice esa afirmación. Los señores defensores técnicos, no indagaron a los testigos con preguntas que puedan acreditar la teoría del caso, nada se hizo en ese sentido. Como he dicho la defensa no tienen que probar la inocencia, que se presume, pero si la defensa tiene una teoría del caso, la debe probar. Ninguna pregunta se hizo en este sentido, tanto a T., como a C., de ahí que llama la atención las afirmaciones, en cuanto a que C. viene a pagar los platos rotos de esta relación -supuestamente- desavenida entre T. y C.. Por otra parte una actividad temeraria de tal magnitud como la que se le asigna a C., no ha sido vislumbrada, ni sospechada por este Tribunal, dado que ninguna prueba se presentó en ese sentido.En definitiva, no es sólo el testimonio firme y creíble de la víctima lo que compromete la responsabilidad penal de N.M.C., sino que es un plexo probatorio firme, conteste y suficiente, con prueba científica e indicios corroborantes, los que valorados íntegramente y en su conjunto, bajo las reglas de la sana crítica racional, nos han permitido alcanzar el grado de certeza necesario, respecto de la existencia material del hecho y la participación del imputado en carácter de autor del mismo.– Estos elementos de prueba con que se cuenta, que se han enunciado y valorado, que constan completos en la video-grabación, demuestran que el hecho ocurrió tal y como está acusado y que él lo cometió, con capacidad de comprensión del sentido de sus actos, y plena dirección de sus acciones.Por lo dicho, conforme los elementos de prueba que hemos analizado y valorado, tenemos por comprobado que G.F.C., fue abusada sexualmente por N.M.C., en las condiciones de tiempo y lugar que fueron señaladas por la acusación pública.Es oportuno repetir, que carecemos de motivos para descreer o poner en duda el relato de la víctima, no solo por la firmeza y coherencia de su dichos, que resultan veraces, no tiene sentido y carece de lógica pensar que todo esto es un mentira. No tiene ninguna motivación, ni evidente, ni aparente, porque mentiría exponiéndose públicamente como lo ha hecho. Como ya he mencionado, los dichos de la víctima adquieren mayor relevancia, situándonos en este plano de los delitos sexuales. Por lo que los dichos de las víctimas adquieren una especial dimensión en cuanto a su valor determinante, siempre que se encuentren respaldados por otros elementos indiciarios, como ocurre en el presente caso. Nada hace suponer que esta mujer mienta o fabule sobre lo ocurrido.En definitiva, no es sólo el testimonio el firme y creíble testimonio de la víctima lo que compromete la responsabilidad penal de N.M.C., sino que es un plexo probatorio suficiente con indicios corroborantes, los que valorados íntegramente y en su conjunto, bajo las reglas de la sana crítica racional, nos han permitido alcanzar el grado de certeza necesario, respecto de la existencia material del hecho y la participación del imputado en carácter de autor en el mismo. – A la segunda cuestión (sobre la calificación legal): Por lo expuesto, N.M.C., deberá responder como autor penalmente responsable del delito Abuso Sexual con acceso Carnal, a título de autor, art. 45 y 119 3er. párrafo del Código Penal, resultada ajustada los hecho y al derecho la calificación dada en la acusación efectuada por el Ministerio Público Fiscal.El acceso carnal violento de un hombre a una mujer por vía anal y vaginal, vulnera el bien jurídico protegido, cual es la integridad sexual de la víctima. La acción descripta es objetiva y subjetivamente típica en el delito asignado por el Ministerio Publico Fiscal, esa penetración del órgano erecto masculino en el cuerpo de la mujer de manera violenta es típico en el delito de violación, por el que está acusado.El tipo penal, se completa con el elemento subjetivo cual es, dolo directo de su autor. Este elemento subjetivo está debidamente probado, C., actuó deliberadamente realizando su accionar violento contra la voluntad de la víctima., la sorprendió y sometió sexualmente con violencia física. Sabía y conocía lo que hacía, ajustó su conducta al logro de su objetivo.El Dr. OSCAR GATTI, dijo que adhería en un todo a la opinión del Juez preopinante y votaba en igual sentido.El Dr. GUSTAVO QUELIN, dijo que adhería en un todo a la opinión del Juez preopinante y votaba en igual sentido.VIII.- JUICIO DE CESURA (Segunda etapa del Juicio): Inicia la audiencia con el ingreso de las testigos ofrecidas por el Sr. Defensor.M.C.N., dijo que conoce a M.C. desde el año 93/94. Que vivió con él y su familia. trabaja en un estudio jurídico viene habitualmente a tribunales, donde es atendida de manera muy gentil por el señor C.. Es una persona amable, que nunca se propasó, muy correcto atento. Agregó, no conozco a nadie que hable mal de él.L.M.C., manifestó que lo conoce desde hace 24 años más o menos vivieron juntos en una residencia estudiantil. Luego fueron pareja durante 10 años aproximadamente, hasta el año 2007 que se separaron. Tienen dos hijos en común, es un buen padre, proveedor, siempre trabajo. La separación fue de común acuerdo, nunca hubo violencia, no hubo insultos, ni conflicto. Hasta el día de hoy siguen teniendo buen trato y en lo que pueden se ayudan.Cedida la palabra a la Fiscalía se expresó en los siguientes términos, oralizó la prueba documental presentada en la que se acredita que el acusado no tiene antecedentes penales, planilla de filiación e informes de abono y arraigo, valorando atenuantes y agravantes en el marco de la dispuesto por los art. 40 y 41 del C. Penal, solicitó se le imponga la pena de siete años de prisión, accesorias legales y costas, todo de acuerdo a la doctrina de nuestro S.T.J.La Defensa Técnica, manifestó que, si bien entienden que su asistido es inocente y plantearan recurso para que la sentencia sea revocada, dado que carece de antecedentes penales y es un hombre de trabajo, solicitan se le imponga el mínimo de la pena.- El DR. GASTON MARTIN dijo: Sobre la imposición de pena a imponer en concreto en el presente caso y habiendo escuchado a las partes, he de manifestar que la modalidad y cantidad de pena que se ha de imponer a la imputada, esencialmente está decidida por el legislador, quien indica el tipo de pena, su mínimo y su máximo, como así también la modalidad de su cumplimiento.Sin perjuicio de ello, puesto a decidir sobre la pena a imponer, a partir de las peticiones formuladas por las partes en la audiencia, corresponde evaluar el grado de culpabilidad del imputado y el reproche punitivo atado a esa culpabilidad y demás pautas indicadas por la ley y así determinar el monto de la pena a imponer conforme las pautas mensurativas de los arts. 40 y 41 Código Penal.En ese sentido, nuestro STJ tiene dicho “...la determinación del monto de la pena aplicable debe seguir los parámetros correspondientes para tal fin. Concretamente, la ponderación de las constancias conducentes del proceso para seguir las pautas vinculadas con la pena, que “es la herramienta que emplea el derecho penal para ejercer su función de control social de carácter formal. Se trata de una temática que exige la máxima prudencia en los jueces y en cuya individualización judicial deben liberarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones, y orientar su sentencia exclusivamente atento a criterios objetivos de valoración. Además, hemos establecido que la argumentación de la imposición de pena –dentro de la escala penal aplicable- de acuerdo con el art. 40 del Código Penal manda a merituar la totalidad de los atenuantes y agravantes que surgen de las constancias de la causa; el inc. 1º del art. 41 reconoce cuatro elementos posibles, mientras que el inciso siguiente se refiere a diez, más el conocimiento 'de visu' del imputado, la víctima y las circunstancias del hecho en la medida requerida para el caso” (Se. 190/06; 131/07; 45/08; 134/08 y 190/08 STJRNSP, entre otras)...” (“Yacopino”, sent. nro. 299 del 23-12-2010).Corresponde valorar de manera positiva la edad, su arraigo, que tiene hábitos de trabajo, el grado de instrucción, tiene un buen concepto en general, tiene arraigo, es psdre de familia presente. Si bien el hecho esta dado en el marco de la violencia de un hombre contra una mujer, no surge que esta sea una práctica misógina, habitual o reiterada del acusado.Se valora como agravante, el tipo de hecho, su modo de realización, el abuso sexual tuvo presente todas las modalidades posibles.En base a los argumentos expuestos por las partes y las valoraciones realizadas, considero que se ajusta a la culpabilidad por los hechos, en el marco de las consideraciones de los arts. 40 y 41 del Código Penal, imponerle a N.M.C., la pena de seis (6) años de prisión, no se encuentran elementos que nos permitan apartarnos de mínimo legal, resultando en definitiva un reproche punitivo justo.El Dr. OSCAR GATTI, dijo que adhería en un todo a la opinión del Juez preopinante y votaba en igual sentido.El Dr. GUSTAVO QUELIN, dijo que adhería en un todo a la opinión del Juez preopinante y votaba en igual sentido.Por todo ello, el Tribunal de Juicio por unanimidad; IX.- FALLA: 1) CONDENAR a N.M.C., cuyos restantes datos de identificación constan al comienzo de esta sentencia, como autor del delito de Abuso sexual con acceso carnal ( arts. 45, 119 3er. del C. Penal), a la pena de SEIS (6) AÑOS PRISIÓN, accesorias legales y costas (arts. 29 inc. 3, del Código Penal y 191 del Código Procesal Penal).2) Dispóngase la inscripción de la presente en el Re.Pro.Co.ln.S.3) Regular los honorarios profesionales de los Dres. Pineda y Ramoa, en orden a la extensión y pertinencia de la tarea realizada en la cantidad de 40 Jus, en forma conjunta, de conformidad con la pautas de la Ley 2.212 y Ley 4.540.4) Ordenar la prohibición de acercamiento a la víctima o, a su familia y abstenerse de cualquier acto de hostigamiento personal o por cualquier medio.5) Notifíquese el resultado de éste proceso a la víctima, la facultad que se le otorga de ser notificada e informada de todas las cuestiones a que aluden los arts. 51, 52, 53 y 59 párrafos 3 y 4 del C.P.P. y lo dispuesto por el art. 11 bis de la Ley 24.660.6) Disponer como medida cautelar, hasta tanto quede firme la sentencia, una presentación mensual -primer día hábil de cada mes- en la Oficina Judicial de ésta ciudad.7) Firme la presente, procédase a la destrucción de la totalidad de los elementos secuestrados: NIR: 335, 320, 478, 1831,1832,1833,1835, 1836, 1884.8) Practíquense las comunicaciones y registraciones correspondientes. Cúmplase con la Acordada Nº15/19 y pase al Juzgado de Ejecución Penal.- MARTIN Firmado digitalmente por Sandro Sandro MARTIN Gaston Fecha: 2021.11.04 Gaston 21:26:35 -03'00' GATTI Firmado digitalmente por Oscar Oscar GATTI Alberto Fecha: 2021.11.05 Alberto 09:12:02 -03'00' QUELIN Gustavo Omar Firmado digitalmente por QUELIN Gustavo Omar Fecha: 2021.11.05 10:04:09 -03'00' |
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