| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA |
|---|---|
| Sentencia | 773 - 19/08/2024 - SOBRESEIMIENTO |
| Expediente | MPF-RO-03227-2023 - HERNANDEZ FRANCO AGUSTÍN Y RIVAS LAUTARO DANIEL S/ ATENTADO Y RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDAD |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | General Roca, 19 de Agosto de 2024.- VISTOS: La solicitud de sobreseimiento por aplicación de un criterio de oportunidad legajo N° MPF-RO-03227-2023, caratulado HERNANDEZ FRANCO AGUSTÍN Y RIVAS LAUTARO DANIEL S/ ATENTADO Y RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDAD en relación al imputado: RIVAS LAUTARO DANIEL. CONSIDERANDO: que se imputa al nombrado el siguiente HECHO: ocurrido en la ciudad de GENERAL ROCA, en fecha 02-06-2023 aproximadamente a las 07:00 hs, en calle Vinter y Los tilos. En dicha circunstancias los imputados se encontraban dentro de una garita ingiriendo bebidas alcohólicas, esto es advertido por el móvil policial, que patrullaba la zona. Al momento de proceder los efectivos policiales a solicitar su identificación, HERNÁNDEZ sacó de su bolsillo izquierdo un cuchillo, tipo carnicero, color plateado de 20 cm, con el cual apuntó e intento atentar contra la integridad física del efectivo Cabo Valdebenito Facundo, mientras que RIVAS encontrándose en un estado agresivo realizó ademanes contra los efectivos, situación por la cual se procedió a utilizar el empleo de la fuerza y se procedió a la aprehensión de ambos sujetos. Que se calificó el hecho como constitutivo del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD en calidad de AUTOR, arts. 45 y 239 del Código Penal. Que la Fiscalía informa que en uso de facultades propias aplicó un Criterio de Oportuidad a fin de resolver la presente investigación, conforme lo prescripe el art. 96 inc. 1 del CPP. En tal sentido argumentó que teniendo en cuenta la características del hecho que se le imputa y que abonó en concepto de reparación la suma de 5000 pesos en favor del Estado, la salida alternativa soluciona el conflicto. Que como consecuencia de haber aplicado un criterio de oportunidad la Fiscalia solicita EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y consecuentemente dicte el SOBRESEIMIENTO de LAUTARIO DANIEL RIVAS,de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 154, 155 inc. 5, 96 inc. 1, 97 y ccdtes. del CPP. En virtud de lo expuesto y, de conformidad con lo normado en los arts. 96, 97 del CPP, corresponde admitir el criterio sustentado por el Ministerio Público Fiscal atento la fundamentación expuesta. Por ello, y oído que fue el agente fiscal, RESUELVO: 1) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL en relación al hecho por el cual fuera imputado LAUTARO DANIEL RIVAS, filiado“ut supra” (arts 96 inc.1° y 97 CPP), en la investigación RO-3227-2023 y consecuentemente DICTAR EL SOBRESEIMIENTO del nombrado por aplicación del art. 155 inc. 5 del CPP.- 2) Registrar, comunicar y archivar.- Firmado digitalmente por QUELIN Gustavo Omar Fecha: 2024.08.19 09:24:32 -03'00' |
| Dictamen | Buscar Dictamen |
| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
| Ver en el móvil |