Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES Nº1 - BARILOCHE |
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Sentencia | 243 - 10/07/2015 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | F-933-15 - MAJO, EDUARDO JOSE S/ SUCESION AB INTESTATO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | \n\n\n\nPROVINCIA DE RIO NEGRO\nPODER JUDICIAL\n JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1\nIIIa. Circunscripción Judicial\n\nTOMO:\n\nSENTENCIA N°:\n\nFOLIOS:\n Mariano A. Castro Secretario SAN CARLOS DE BARILOCHE, 8 de julio de 2015.- Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "MAJO, EDUARDO JOSE S/ SUCESION AB INTESTATO - Expte. Nro. F-933-15" CONSIDERANDO: Que se ha acreditado el vínculo para suceder al causante EDUARDO JOSE MAJO, fallecido el día 13 de noviembre de 2014 en (cf fs. 7), con las constancias de autos (fs.9,10,11/13 certificados de nacimiento y certificado de matrimonio con anotación marginal divorcio) , de conformidad con lo dispuesto por la ley (arts. 3545, 3565, y cc del Código Civil y 700 del CPCC).- Por ello y habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución 275/11 del STJ (fs.20), art.6* de la ley 133 (fs.41), a la publicación de edictos (fs.23/25 y fs.34/38), sobre cuyo vencimiento y resultado certifica el Actuario (fs. 44), corresponde dictar declaratoria de herederos.- Obra asímismo la conformidad del Agente Fiscal a fs. 45.- Por lo expuesto, RESUELVO: I) DECLARAR en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de EDUARDO JOSE MAJO le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: NATALIA ALEJANDRA MAJO; CORINA LUJAN MAJO y VIRGINIA PILAR MAJO.- II) CESE la intervención del Sr. Agente fiscal y del Representante de Fiscalía de Estado.- III) NOTIFICAR lo aquí decidido, disponiendo su registro y protocolización.- Santiago V. Morán Juez Subrogante |
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