Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - CIPOLLETTI
Sentencia244 - 14/12/2022 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCI-38563-C-0000 - ROSSI LUCIANA S/ INSCRIPCIÓN MATRÍCULA ESCRIBANA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Cipolletti, 14 de diciembre de 2022
AUTOS Y VISTOS: Los presentes caratulados "ROSSI LUCIANA S/ INSCRIPCIÓN MATRÍCULA ESCRIBANA" (Expte. CI-38563-C-0000); y
CONSIDERANDO: Que en fecha 13/05/2022 se presentó Luciana Rossi, por derecho propio y con patrocinio letrado, e inició el trámite con el objeto de obtener su matriculación en el Colegio Notarial de la provincia de Río Negro, de conformidad con lo dispuesto por Ley G 4193.
A tal efecto acompañó: fotocopia certificada de su acta de nacimiento y de los títulos de abogada y escribana; certificado de antecedentes penales (no registra) expedido por el Registro Nacional de Reincidencia; certificados de no matriculación expedidos por colegios notariales y/o de escribanos de la República Argentina; primera copia del acta de notoriedad con la cual acredita su buena conducta. Obrando reservada la documental original en sobre N° 37513.
Solicitó se de intervención al Colegio Notarial de la Provincia de Río Negro a fin que se expida acerca del cumplimiento de las exigencias para obtener la matrícula pretendida.
Por providencia de fecha 27/06/2022 se ordenó librar oficio a dicho colegio profesional para que tome conocimiento de los presentes actuados y fiscalice (art. 6 Ley 4193).
En fecha 12/12/2022 dicha institución se expidió, manifestando que no tiene observación alguna que realizar a la documentación presentada y enviada, y admitiendo de manera expresa que se encuentran correctos y completos los extremos requeridos para proceder a la matriculación.
En consonancia con ello, en fecha 1/12/2022 la solicitante acreditó una certificación expedida por el Colegio Notarial de la Provincia de Río Negro, de la que resulta que ya se encuentra inscripta -desde el 02 de noviembre de 2022- en la Matrícula respectiva bajo N° 171, Folio 171, Libro II.
Por ello, RESUELVO:
I.- Declarar justificados por la escribana LUCIANA ROSSI, DNI. 39.075.526, los requisitos exigidos por el art. 5 de la Ley G 4.193 y su reglamentación para inscribirse en la matrícula profesional (no obstante lo señalado en el último párrafo de los considerandos).
II.- Regístrese, notifíquese (cfr. Ac. 36/2022, Anexo I, ap. 9 a) y expídase testimonio y/o copia certificada.-
Diego De Vergilio
Juez
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