Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA
Sentencia429 - 19/05/2025 - DEFINITIVA
ExpedienteMPF-RO-06720-2022 - C, N K Y D, P A S/ ABUSO SEXUAL
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
SENTENCIA: En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, a los 19 días del mes de mayo del año 2025, el Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro, integrado por la Dra. Laura Pérez y por los Dres. Oscar Gatti y Emilio Stadler, dicta Sentencia en el Legajo individualizado como MPF-RO-06720-2022, caratulado: "C, N K Y D, P A S/ ABUSO SEXUAL"; en relación a la audiencia de juicio, cuya primera fase fue realizada los días 12 y 13 de marzo de 2025, y la segunda, de cesura, el día 12 de mayo de 2025 y en las que intervinieron: por la Acusación Pública la Dra. María Belén Calarco; y por la Asistencia Técnica de los imputados el abogado particular, Dr. Dario Sujonitzky.-
IMPUTADOS: Se encuentran imputados en la presente causa: N K C, ... y P A D, ... Ambos actualmente en libertad.-
HECHOS IMPUTADOS: se le atribuye a los nombrados los siguientes hechos, admitidos al momento de la audiencia de control de acusación: Ocurridos el día 23 de noviembre de 2022, en horas no precisadas con exactitud pero ubicables al atardecer, en la localidad de Maquinchao. En dichas circunstancias, N K C y P A D ..., quienes se movilizaban en un vehículo marca ... comenzaron a seguir a P A C D, de 19 años, quien caminaba por calle … Primero la llamaron con la mano para que se acerque, ella respondió que no con el dedo, y siguió caminando hasta llegar a su casa ubicada en calle ... Allí los imputados le insistían en que fuera con ellos a dar una vuelta, entonces en un momento P se acercó unos pasos hasta el vehículo y antes de llegar al mismo, C, quien iba del lado del acompañante, abrió la puerta, la tomó por la cintura y por la fuerza la ingresó al rodado, colocándola arriba de sus piernas. Seguidamente, subió la ventanilla y cerró la puerta con la traba. Mientras el auto circulaba, se trasladaron por las avenidas de la localidad, allí N K C, y P A D, abusaron sexualmente de P A C D, mientras el primero la accedió carnalmente con los dedos vía vaginal y anal, D, mientras manejaba le tocaba la cola por debajo de la ropa, todo ello, en contra de la voluntad de la víctima, ya que les decía que no quería y se defendía mediante golpes. En un momento, la víctima, se tiró para atrás para tomar envión, y poder patear la puerta del acompañante y escapar, pero D se lo impidió ya que la inmovilizó tomándola del cuello, mientras C le sostenía fuerte sus piernas, y allí aprovechó el momento para bajarle el short y la bombacha hasta la rodilla. Seguidamente D le soltó el cuello, dado que seguía conduciendo y tenía que cruzar la ruta. Se dirigieron al Establecimiento … estacionando allí, momento en que la víctima se tiró al piso del lado del acompañante. Seguidamente los imputados bajaron a P del auto, pese a la resistencia que oponía, C la tomó por la fuerza y acomodó en la parte trasera del auto, mientras D se subió también en la parte de atrás, quedando P entre ellos dos. Allí tanto C como D, al mismo tiempo, abusaron sexualmente de P, primero mediante tocamientos en los senos, y cola y vagina por debajo de la ropa, y luego la accedieron carnalmente vía vaginal y anal con sus dedos; mientras esto pasaba P continuamente les pedía que pararan y se defendía mediante golpes de puño. En un momento le sacaron el short y la bombacha; y allí C, mediante la fuerza y en contra de su voluntad la accedió carnalmente con su pene por la boca y por la vagina, mientras D buscaba un preservativo. Al regresar D, C colocó a la víctima en "cuatro patas" y D la accedió carnalmente con su pene, vía oral. Al terminar éste, nuevamente C la acostó y la accedió nuevamente con su pene vía vaginal. También, alternadamente, mientras era accedida por uno de los imputados, el otro le refregaba el pene desnudo por la cara. Asimismo, en fecha 01/12/2022, el imputado P A D, tenía en su poder 03 imágenes de abuso sexual infantil de menores de 13 años de edad, en su dispositivo celular marca Samsung modelo A23 color celeste, funda color negro...
Hechos que han sido calificados legalmente del siguiente modo, respecto de N K C: ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL ANAL, VAGINAL Y ORAL AGRAVADO POR LA PARTICIPACIÓN DE DOS O MÁS PERSONAS (arts. 45, 119, 3er y 4to párrafo, inc. D, CPenal); y respecto de P A D como ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL ANAL, VAGINAL Y ORAL AGRAVADO POR LA PARTICIPACIÓN DE DOS O MÁS PERSONAS EN CONCURSO REAL CON TENENCIA DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, AGRAVADO POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, 3 HECHOS (arts. 45, 55, 119, 3er. y 4to. párrafo, inc. D, y 128, 2do. y último párrafo, CPenal).-
PRIMERA FASE DEL JUICIO I.- ALEGATOS DE APERTURA
Al momento de la apertura del presente caso, la Fiscalía, en la palabra de la Dra. Belén Calarco, conforme lo establece el art. 176 del CPP, explicó los hechos incriminados, en los mismos términos en que fueran admitidos en la audiencia de control de acusación, manteniendo también la calificación legal del auto de apertura a juicio, refiriendo que a lo largo de la audiencia probaría la responsabilidad penal de los imputados, motivo por el cual pedirá que sean declarados culpables. Luego hizo referencia al objeto de las pruebas que se producirán en el juicio a instancias de la acusación, haciendo hincapié en la declaración de la víctima. Expresa que es una situación compleja de probar porque ellos se conocían. Vienen a corroborar este relato de la víctima las personas que la acompañaron en esos momentos. No había otra circunstancia grave que pudiese afectar psicológicamente a la joven. Se escuchará a la amiga que la impulsa a denunciar. En un pueblo chico es difícil denunciar estos hechos. También se escuchará a una prima de la víctima que recibió su relato sobre el hecho. Las declaraciones del personal del hospital; asistente social, psicóloga. Ansola y Murias también dan cuenta de las afectaciones emocionales que tuvo la víctima a partir de este hecho. Con todo se podrá acreditar la acusación.-
Por la Defensa técnica de ambos imputados, el Dr. Sujonitzky expresa que su teoría del caso es diametralmente opuesta a la que acaba de exponer la Sra. Fiscal. Es cierto que se conocían y que habían tenido relaciones, con P continuaba manteniendo relaciones sexuales hasta pocos días antes del hecho, jamás habían dejado de tenerlas. Ese día hubo un paseo en el auto, de los tres, hubo relaciones sexuales pero fueron consentidas. Lamentablemente no contamos con testigos propios porque en Maquinchao es difícil que en un hecho como este alguien quiera testificar. Mis asistidos no quisieron exponer a nadie. Pero entiendo que con las declaraciones que desde ya solicito que hagan previo a la ronda de testigos, con las declaraciones de P y de N y con los dichos de P vamos a lograr acreditar esto que estamos diciendo. Las relaciones fueron consentidas. Con P ha estado en innumerables oportunidades, incluso han hecho tríos, P ha estado con otros amigos de mis asistidos, han hecho fiestas sexuales, entiendo que todo esto P no va a poder negarlo. Y como mínimo creo que van a emerger infinidad de dudas respecto del consentimiento. Por algún motivo u otro yo creo que P o se arrepintió después del hecho o se arrepintió estando ahí, no lo sabemos. Lo denunció cinco días después, el médico la ve cinco días después. Ellos no reconocen el hecho. Tampoco es que se ríen. Reconocen sí que han estado con P pero en ningún momento reconocen que la han forzado. Por todo esto considero que una vez producida la prueba ustedes van a declarar la no responsabilidad penal de mis asistidos.-
CONVENCIONES PROBATORIAS: oralizadas por la Fiscalía, a saber:
El 28 de noviembre de 2022 a las 20.10 hs, personal de la Cria. 25 de Maquinchao, conformado por el Of. Insp. Morales Héctor, Sgto. 1ero. Chico Carlos, la Cabo Álvarez Fernanda y el Agte. Real Fabio; junto con los testigos de actuación G N B y G D A, proceden junto con personal del Gabinete de Criminalística de Los Menucos a cargo del Of. Ppal. Quichan Mario a realizar diligencias en el vehículo marca VW Gol … Realizan las pericias de rigor como levantamiento de rastros y proceden al traslado del vehículo hacia la Unidad policial nro. 25 en carácter de secuestro.
En fecha 10/02/2023, el Dr. Luis Turi, médico forense, realizó un examen médico a P A C D, concluyendo que, según constancia médica, presentó hematomas en ambos muslos, genitales labios mayores y menores sin lesiones, orificio cuello uterino eritematoso, hiperemico, leve inflamación sin sangrado. Las lesiones se produjeron por elemento contuso y son de carácter leves. 
El 28 de noviembre de 2022 a las 20.00 hs. la Cabo Wanda Nuin, del Gabinete de Criminalística de Los Menucos, mediante acta nro. 95/22, procedió a realizar fotografías de la parte externa e interna del vehículo marca VW... en una cantidad de 27 fotos.
El 28 de noviembre de 2022 a las 20.00 hs. la Cabo Wanda Nuin, del Gabinete de Criminalística de Los Menucos, mediante acta 96/22, procede al levantamiento de rastros del vehículo antes mencionado y en lo principal, del informe nro. 80 del Gabinete de Criminalística de Los Menucos de fecha 28/11/2022 surge que:
el sobre nro. 02 contiene muestra de filamentos pilosos, levantado de sector de piso de alfombra en la parte trasera lado del conductor del vehículo.
el sobre nro. 03 contiene una muestra de filamento piloso para el estudio de ADN, levantado de sector de piso de alfombra ubicado en la parte trasera lado del conductor del vehículo.
el sobre nro. 04 contiene una muestra de filamento piloso para el estudio de ADN levantado de alfombra inferior próximo a habitáculo trasero lado del conductor.
el sobre nro. 05 contiene muestra de filamento piloso para el estudio de ADN, levantada de parte trasera de asiento próximo a anclajes inferiores de parte media de asiento trasero de vehículo.
el sobre nro. 08 contiene un hisopo con muestra para el estudio de ADN, levantado del apoyacabeza trasero lado derecho, es decir, lado del acompañante, del vehículo.
el sobre nro. 01 contiene una funda cubre asiento color negra, de material tipo cuero, no posee inscripción visible a simple vista, la misma corresponde al habitáculo trasero del vehículo marca
VW Gol...
El 28 de noviembre de 2022 a las 20.00 hs., la Cabo Wanda Nuin, del Gabinete de Criminalística de Los Menucos, mediante acta 97/22, procedió a secuestrar un cubre asiento de color negro, de cuero, correspondiente al habitáculo trasero del vehículo antes mencionado.
El 28 de noviembre de 2022 a las 21.25 hs. el Of. Ppal. Quichan Mario del Gabinete de Criminalística de Los Menucos, mediante acta nro. 99/22, se constituye en el Hospital de Maquinchao y procede a tomar fotografías a la denunciante-víctima P A C D. Se ilustró mediante 6 fotografías: hematoma en miembro inferior derecho en sector de cuádriceps, hematoma en miembro inferior izquierdo sector de cuádriceps, hematoma en región anterosuperior lateral derecho del tronco.
El 01/12/2022 siendo las 19.20 hs. la Cabo Nuin Wanda junto con Ismael Morales, ambos del Gabinete de Criminalística de Los Menucos, mediante acta nro. 103/22 procedieron al secuestro de un teléfono celular marca Samsung A23 de color celeste, con funda color negro...con inscripción en la parte trasera Samsung, perteneciente a P A D, quien hizo entrega voluntaria del mismo.
 El 22/02/2023, siendo las 16.00 hs la Cabo Nuin Wanda, junto con la Sgto. Arias Teresa y el Cabo 1ero. Morales Ismael, del Gabinete de Criminalística de Los Menucos, proceden a la confección del croquis referencial, planimetría (3) y tomas fotográficas (16) del lugar donde ocurrieron los hechos, como así también respecto del recorrido realizado por los autores del hecho y la víctima, quienes se movilizaban a bordo de un vehículo VW gol... desde el domicilio de la víctima ...de Maquinchao hasta ... El recorrido fue desde la vivienda ubicada en calle ... realizando un recorrido ...Seguidamente giraron hacia la mano izquierda, con dirección a Ruta Provincial nro. 05 orientado hacia el cardinal Oeste, lugar en donde se transita una distancia de 1 km por la misma dirección hasta llegar a la altura de la rotonda, cruzando por mano derecha, retomando la segunda salida que conduce a la Ruta Provincial nro. 05. Por esa ruta se transita una distancia de 750 mts. hasta llegar a un camino vecinal situado en el sector de la mano derecha orientado hacia el cardinal suroeste. Tomando este camino vecinal se transita una distancia de 500 mts. hasta llegar al lugar de los hechos orientado hacia el cardinal suroeste... La víctima indicó que habían ingresado al predio por el espacio tipo portón ubicado en la parte frontal en relación al cardinal suroeste, que el vehículo en el que circulaban tenía su frente orientado hacia la estructura tipo tinglado, es decir, hacia el cardinal sur.
En momentos en que la Sgto. Arias Teresa y la Cabo Nuin Wanda se encontraban leyendo el acta de constatación fotográfica para así dar por finalizada la diligencia, cuando se acerca el agente policial Araneda Joan y les informa que había arribado al lugar de los hechos el imputado P D, contra quien pesaba una prohibición de acercamiento respecto de la víctima de autos.
El 07/06/2023, el Ing. Leandro Aguiar, Analista Técnico de la OITEL, informó mediante nota nro. 03753/23/RES-APM, que P A D, era titular de la línea nro. ... durante el período 01/11/2022 al 17/05/2023, y que la Empresa prestataria era Movistar.
En fecha 12/06/2023 a las 09.25 hs. el Dr. Ariel Bustos, médico forense, procedió a la extracción de muestras de ADN bucal a la víctima P A C D.
En fecha 16/06/2023 a las 08.13 hs. el Dr. Ariel Bustos, médico forense, procedió a la extracción de muestras de ADN bucal al imputado N K C.
En fecha 16/06/2023 a las 08.36 hs., el Dr. Ariel Bustos, médico forense, procedió a la extracción de muestras de ADN bucal al imputado P A D.
En fecha 11/03/2024, la Lic. Silvia A. Vanelli Rey, del Laboratorio Regional de Genética Forense realizó la pericia nro. 24-004 LRGF, concluyendo que:
Mediante estudio de marcadores autosómicos en las muestras: NIR nro. 836/23, sobre nro. 01: hisopado de mancha opaca de 2cm por 2cm aprox. ubicada en cubre asiento RN-E-24-004/0038 y NIR nro. 72 sobre nro. 02: filamento piloso levantado de sector de piso de alfombra en parte trasera lado conductor de vehículo marca VW Gol … se obtuvo un único e idéntico perfil genético femenino que presenta identidad con el perfil genético obtenido de la muestra atribuible a P A C D.
Mediante estudio de marcadores autosómicos en la muestra NIR nro. 79 sobre nro. 08 hisopo con muestra para el estudio de ADN, levantado de sector apoya cabeza de habitáculo trasero lado derecho de vehículo marca VW ...se obtuvo un perfil genético mezclado perteneciente a la mezcla de material genético de por los menos cuatro individuos. En el mismo se puede observar un perfil genético mayoritario y perfiles genéticos muy minoritarios. Dada la característica del perfil hallado, sólo el perfil mayoritario es apto para realizar cotejo. Este perfil genético mayoritario presenta identidad con el perfil genético obtenido a partir de la muestra atribuida a P A C D.
El 22 de junio de 2023, la aux. en Bioquímica, Jaquelina Mariaca, del Gabinete de Criminalística de General Roca, elevó el informe nro. 16/23 conforme el cual se recolectó en el sobre nro. 01 un hisopo embebido en solución fisiológica conteniendo una mancha opaca de 2cm por 2cm aprox. ubicada en el cubre asiento (NIR nro. 836-2023).-
Luego de ello ambos imputados prestaron declaración.- II.-PRODUCCION DE PRUEBA
De acuerdo con el orden propuesto por las partes, fueron oídos los siguientes testigos: …III.-ALEGATOS DE CLAUSURA. La Fiscalía comienza diciendo que tal lo prometido en los alegatos de apertura ha logrado demostrar la acusación, más allá de toda duda razonable. No hay una negación de los hechos por parte de la Defensa y de los imputados. No hay controversia al respecto. Hay detalles que P no prestó su consentimiento para que esto sucediera. La declaración de P es central. La vimos más posicionada, diferente a lo que dicen los testigos que fue al comienzo. Necesitamos ver víctimas más vulnerables, por la estructura patriarcal que tenemos. Hubo un proceso en ella que iba de la mano con este proceso. Desde el inicio ella refirió que no quería. Entendía que dar una vuelta al pueblo era tener relaciones sexuales. Había mantenido relaciones sexuales con ambos y más recientemente con N. En este caso, este día dijo no, no quería tener relaciones sexuales. Entonces la agarraron por la fuerza. Si realmente hubiera ido voluntariamente hubiera subido atrás, no hacía falta subirla adelante y agarrarla del cuerpo. Fuerza y resistencia de ella. Hay un estado confusional en ella, no podía entender lo que estaba pasando. Porque estoy diciendo que no pero a la vez ellos siguen y persisten en su accionar. La empezaron a tocar desde arriba del auto, bajándole el short, bajándole la bombacha, le metieron los dedos ya en el auto, en movimiento, estaba claro que la idea de los dos era vamos a abordar a P para esto. Habrán pensado, va a decir que sí, porque antes lo había hecho, pero estas son suposiciones de ellos, pero la negativa expresa de la víctima no pueden desoírla, no pueden decir, no importa, si a P ya la cogimos antes podemos seguir cogiéndola ahora, no, ella esta vez dijo no. No desde el inicio. No contentos con el no, con la resistencia, llegan a un lugar que hay que cruzar la ruta, salir, donde nadie los iba a ver, tenían control del lugar, ... estaban cómodos en ese lugar, porque sabían que no había nadie. En ese lugar ella sigue diciendo que no, y para esto están los moretones que tiene. Puede suceder que la relación sea consentida pero violenta, pero ella dijo que no. Es poder diferenciar cuando sí y cuándo no. Las mujeres no somos objetos, porque una vez dijimos que sí, listo ya está, siempre a partir de ahí, no, es cada momento. La agarran entre los dos atrás del auto. En frases de ellos que surgen de los audios, cuando “ la agarramos de las patas”, como si fuera un animal, que cada uno la agarra de las patas y del hombro, y la abren para accederla. Claramente ese acto no es consentido. Tenía moretones en sus piernas, tenía moretones en su pecho, y claramente quedó desconcertada, sorprendida, porque uno los conoce, no es un extraño que te agarra y el pánico es total, uno los conoce, en algún punto sabe hasta dónde van a llegar. Y ella, escuchamos cuando decía yo lo quería morder pero no lo quería lastimar, eso habla del vínculo que tenían antes. De qué se hace en esos casos. Qué se hace?. Hay una guía?, no, no hay una guía. Y es por eso que estas posibles inconsistencias que hay que analizarlas por supuesto, que ella atendiera el teléfono, que para que no le rompan la bombacha se la saca ella, ¿esto quita el consentimiento?, no. Esto lo que habla es de qué está pasando?, yo estoy diciendo que no y ellos siguen abordándome, ...qué hago, hay una guía para eso, no, no hay. Y en este caso, como dije al principio, empiezan a haber bienes jurídicos, uno empieza a intentar proteger su integridad física, su vida, ante esto que es sorpresivo. Está bien que podía presentir que no la iban a matar, ero hasta dónde iban a llegar?. Eso no lo puede saber. Es muy desordenado, tal cual su relato, porque además fueron desordenados en su accionar. La suben, la manipulan adentro del auto, después la arrastran para bajarla y ella dice no, me bajo yo, no me lastimen, la ponen atrás, es como un objeto. Y la clara connivencia entre ellos, lo confirman ellos mismo al conversar el día después sobre este hecho. Tenemos una chica, que sufre esta victimización, que después se sienta adelante para resguardarse. Podrá decirse, hubiera salido corriendo, ¿a dónde iba a salir corriendo?, estaba corriendo, o sea, llévenme a mi casa. Unos botines y un partido de fútbol tienen más relevancia que ella que quería ir a su casa, pero eso tenía menos relevancia que un partido de fútbol. El “qué dirán” en un pueblo es relevante, piensan que son putas si ven que la dejan en la casa. Una adolescente. P se vio sorprendida y con culpa y llena de vergüenza. Ha sido totalmente coherente en su estado emocional. Ninguna otra cuestión que la motivara en sus dichos. Dejar la escuela y seguir sufriendo. Verlos en el pueblo. No respetaban la perimetral. Esto del pueblo realmente afecta. Acá la vimos más empoderada. Se quiebra cuando habla de lo que le contó a la mamá. Pero sigue siendo una adolescente. Cómo podemos decir que hubo consentimiento. Esta lesión en su vagina, en las piernas, en el pecho, no se hubiera sostenido el relato en el tiempo. Los imputados sabían lo que hacían. Fueron los dos a tener relaciones con ella, como sea, siguieron con su accionar hasta que concluyeron. Al otro día cuando ella dice miren qué me hicieron, las conversaciones denotan que sabían lo que hicieron “nos va a escrachar”, no hubo real arrepentimiento, algo que denotara que ellos tuvieron dudas, sabían perfectamente que no tenían autorización de P para hacerle absolutamente nada, ni siquiera para subirla al auto, y así y todo no les importó. Entonces esto claramente encuadra en la figura que se les imputa, que es el abuso sexual con acceso carnal, agravado por la participación de dos o más personas, esto es así, no hay elementos para suponer lo contrario. Además se encontraron tres imágenes en el teléfono de P D, estas tres imágenes se podrá decir que son stickers, la ley no distingue entre imagen, sticker o alguna otra forma, son imágenes, y la imagen comprende al sticker, de hecho el sticker conlleva mayor peligrosidad que una imagen que pueda estar guardada en una galería, porque el sticker como dijo el ingeniero Baffoni está preparado o listo por el whatsapp para compartirse. Con lo cual habla del dolo de tener y podríamos llegar a adelantarnos y decir que está listo para compartir, con lo cual entraríamos en otra figura, pero no voy a entrar ahí, porque se lo acusó por tenencia. Estas tres imágenes, ustedes las vieron, son niños, que no se requiere una prueba forense para entender que son tres niños menores de trece años, y que están en clara situación de abuso sexual, porque están expuestos sus genitales, o están en actos concretos de abuso sexual, son tres imágenes que están en su teléfono celular al tiempo de la pericia. Con lo cual se configura el delito de tenencia. Voy a solicitar que se los declare culpables en los términos de la acusación. C coautor de abuso sexual con acceso carnal anal, vaginal y oral, agravado por la participación de dos personas (arts. 45 y 119 3er. y 4to. Párrafo inc. d, CPenal); y contra D por la concurrencia de dos delitos, abuso sexual con acceso carnal anal, vaginal y oral, agravado por la participación de dos personas, en concurso real con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, agravado por la edad de la víctima -tres hechos- (arts. 45, 55, 119, 3er y 4to párrafo inc. d. y 128, 2do y último párrafo del CPenal).-
A su turno por la Defensa, expresa el Dr. Sujonitzky que es cierto lo que dice la señora Fiscal, ese día mis asistidos llevaron a P en el auto, ... hubo sexo, la disidencia es por el consentimiento. Todos repiten lo que ella dijo. Pero entiendo que hay al menos indicios de la conducta de P que dan cuenta que: o bien prestó el consentimiento, o bien no fue clara con ellos de que no quería tener relaciones. Me sentí culpable por romper el auto, la bombacha me la saqué yo para que no se rompa; quise morderle el pene pero no lo quería lastimar; atiendo el teléfono y digo ahora va. Son actitudes realmente llamativas. Como mínimo esto ha generado una duda que debe ser valorada en favor de mis asistidos. Pasamos por lo de su papá para buscar los botines...qué, no querés mimos le decía P; le preguntaba si se había separado de su pareja; yo no sabía si era grave o no, si estaba exagerando o no. los dos ya habían tenido sexo con P, con P había formato tríos. Que no recordaba si estuvo con otros. Si los dos tenían sexo con P, porqué forzarla y obligarla. No estuvo a los 14 con P, sino algunos días antes. La propia madre dice que le decía tal vez había exagerado la situación; tal vez no fue clara con ellos y ellos interpretaron que sí. Lo mismo con el sentimiento de culpa por la situación, reiteradamente, por qué se sentía tan culpable. No lo sabemos. Hay dudas en cuanto al consentimiento por parte de P. En relación al delito de tenencia de imágenes ...debe ser rechazado., los stickers son imágenes que no necesariamente son reales, pueden ser editadas, son humoradas, ninguna se le ve parte íntima a los chicos, en otra se ve la cola de una persona, imagen inventada, eso no es real, no estamos en presencia de imágenes de abuso sexual infantil, inventadas con inteligencia artificial, no son imágenes reales, debe decretarse la falta de responsabilidad. Murias, infancia feliz, llama la atención que diga ese es mi progenitor no es mi padre, no es que tuvo una vida perfecta.
Ultima palabra a los imputados: no se expresaron.-
Se informa que el veredicto sería pronunciado el día 18/3/2025, a las 12,30 horas
IV.- VEREDICTO DE LA PRIMERA FASE DEL JUICIO: Concluida la audiencia pública los miembros del Tribunal pasaron a deliberar y habiéndose arribado a una decisión por unanimidad, el día 18 de marzo de 2025 se dio a conocer el veredicto, según el cual: “... el Tribunal de Juicio, por unanimidad: RESUELVE: I.- DECLARAR no culpable al imputado P A D por los delitos que han sido calificados como TENENCIA DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, AGRAVADO POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, 3 HECHOS, sin costas (art. 128,segundo y último párrafo, CPenal).-
II.- DECLARAR CULPABLES a los imputados P A D y N K C, como COAUTORES penalmente responsables del delito de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA PARTICIPACIÓN DE DOS PERSONAS (arts. 45 y 119, tercer párrafo en función del primero y cuarto, letra d, CPenal)...”.-
SEGUNDA FASE DEL JUICIO V.- AUDIENCIA DE CESURA
La misma se llevó a cabo el día 12 de mayo de 2025, de todo ello se dejará constancia al tratar la tercera cuestión de la sentencia.-
VI.- FUNDAMENTACIÓN INTEGRAL DE LA SENTENCIA: Concluida la audiencia de cesura, luego de la deliberación correspondiente se pasó a redactar la sentencia y según el sorteo efectuado los señores jueces emitieron sus votos en el siguiente orden: en primer lugar el Sr. Juez Dr. EMILIO STADLER, luego el Dr. OSCAR GATTI y finalmente la Dra. LAURA PEREZ, haciéndole saber a las partes que la lectura integral de los fundamentos se efectuarían en el día de la fecha, conforme lo establecido por Acordada Nro. 6/2018-STJRN.-
Se plantearon las siguientes cuestiones:
PRIMERA CUESTION: ¿La Acusación logró probar los hechos y la autoría responsable objeto de reproche?
SEGUNDA CUESTION: ¿Cuál es la calificación jurídica aplicable al caso?
TERCERA CUESTION: ¿Cuál es la pena a imponer al caso en concreto, costas y temas accesorios?
A LA PRIMERA CUESTION EL DR. EMILIO STADLER, DIJO: Demás está decir que las respuestas a estas cuestiones ya han sido adelantadas por el Tribunal en oportunidad de informar el veredicto de la primera fase del juicio. Por lo tanto, los párrafos que siguen constituyen el fundamento lógico y jurídico de esas decisiones con más la relativa a la graduación de la pena.- DEFENSA MATERIAL DE LOS IMPUTADOS 
N K C, expresa: yo viví acá en Roca desde los seis años, tengo mis estudios hechos acá, siempre en las vacaciones iba a Maquinchao, entonces siempre la había visto, la empecé a conocer, pero nunca personalmente. En los últimos años empecé a tener contacto con ella a través de las redes sociales, en Instagram y eso, hasta que en un viaje que yo fui a Maquinchao, porque antes no nos habíamos podido ver, nos encontramos, yo la pasé a buscar una noche. Yo no tenía casa y un primo me prestó. No tenía donde quedarme. Me fui a quedar a la casa de mi primo con ella. Era la primera vez que nos veíamos. Yo había estado todo el día trabajando así que le digo “yo me tengo que bañar, me esperás”, “sí”, me dice. Ella subió a la pieza y me esperó en la pieza. Ese fue el primer encuentro donde en una primera instancia ya tuvimos relaciones, conversaciones, todo, esa noche. Y desde ahí, yo ya sabía que había estado con P, con M, con otros amigos, que habían tenido relaciones, que habían hecho trío y todo. Y entre tantas conversaciones salió esa, si yo tendría un trío, me pregunta, y le digo no sé, y empezamos así esa conversación, yo sabiendo todo lo que ya había pasado con los chicos. Yo le pregunto, con este no, con este no, y voy nombrando personas así del pueblo, entre joda y risa, estaba todo bien. Así que bueno, esa fue la primera instancia con ella. Al otro día yo la pasé a dejar a la vuelta de su casa. Creo que ella le había dicho a su madre que se iba a quedar en la casa de una amiga. Que ella había salido por un rato nomás, pero se terminó quedando toda la noche en la casa de mi primo conmigo. Después de eso seguimos manteniendo conversaciones y de vez en cuando relacionarme en las redes sociales, hasta que ella vino un día acá a Roca y no recuerdo por qué motivo no nos pudimos ver y bueno, de ahí no nos habíamos visto nuevamente hasta el día de lo sucedido. Ese día yo estaba en la casa de P, él había llegado de trabajar, eran como las ocho y media más o menos ahí. Está la casa de P y dos casas más hacia la derecha está la casa de P. Cuando nosotros salimos marcha atrás en el auto, ella estaba saliendo de la casa del vecino, entonces P sale marcha atrás y se pone de la mano de la calle, quedando del lado mío hacia la casa de ella y del vecino de donde estaba saliendo. Nosotros la llamamos y hablamos unos cinco minutos más o menos. Que ella decía que tenía que ir a cocinar y eso. Nosotros decíamos que era temprano, que vamos a dar una vuelta. En lo cual yo abro la puerta y se sube con nosotros. Ahí damos unas vueltas por las avenidas principales del pueblo. Ya entre todo esto ya íbamos así, toqueteo y hablando, riéndonos. Ahí sí enfila hacia... como había dicho la señora, donde nos estacionamos y pasamos a la parte de atrás del vehículo. Donde ella en un momento me hace sexo oral a mi, voluntariamente, sin ninguna oposición, nada, estaba todo bien, después ella misma se saca la ropa interior para que no se le dañe, porque el auto es chico y somos tres personas, después P fue a buscar preservativos. Donde conmigo hubo franeleo, estuvimos ahí mientras P venía, y después de ese momento yo tenía un turno de fútbol a las nueve, de fútbol cinco, a las nueve o a las diez era, a las nueve. Después de que me llaman reiteradamente en un momento ella tiene mi teléfono y lo agarra, dice como que yo estoy ocupado, algo así viste, y corta. Y de ahí digo yo me tengo que ir a jugar al fútbol, me están llamando, se me hace tarde. Así que nos acomodamos y volvimos al pueblo, que está ahí cerquita. Yo iba en el asiento de atrás. Pasamos por mi casa, estacionó afuera, en mi casa, en la vereda, yo en ese momento estaba viviendo en la esquina, yo me bajo y ella dice voy a ir a hablar con tu papá, no sé, jodiendo viste, yo le digo bajá sí, no hay problema, o ahí está, algo así. Quedó la puerta del auto abierta, yo entré a mi casa, estaba la puerta abierta, porque así es en el pueblo, yo entré, busqué los pantalones cortos, los botines y me volví subir al auto. Mientras tanto ellos estaban hablando ahí. Me pasaron a dejar a la cancha de fútbol, que está a seis cuadras más o menos. Yo me bajo, saludo y ellos siguen viaje. Ahí yo me quedé jugando al fútbol, estaba todo bien. En ningún momento ella dijo lo contrario. Y desde ahí no tuve más contacto hasta que me llegó la notificación.-
P A D, manifiesta: a P la conozco de chico del barrio, pero nunca tuvimos contacto. Tuvimos contacto una vuelta que salió con mi amigo, que se empezó a ver con él primero, y de ahí arrancó todo, va, salimos, dimos unas vueltas, con P y M, nos fuimos a la salida del pueblo, con P y dos chicos más, y amiga de ella, dejamos los chicos ahí y nos fuimos con P, con el auto, tuvimos relaciones desde que arrancamos el auto. Y bueno, fuimos, la dejamos y todo y arrancamos a seguirnos en Instagram, a escribirnos, pasó como dos años, supimos que éramos parientes, igual seguíamos viéndonos, no nos perjudicó. De ahí le digo si se animaba a hacer un trío, con M, M A, amigo, y me dice que sí, así que arreglamos todo, hicimos un trío, y después varias veces más hicimos trío. Hasta que un día salí yo, andaba con M dando vueltas, en un Gol ... y ella andaba con otro amigo mío, con O V, los cruzamos y bajo el vidrio, y ahí me dice “yo me voy con P”, M se sube al auto con O y se van. Le digo a P¿no te animás a hacer con los cuatro?, bueno dijo, nunca pasándola a ella. Fuimos con P a comprar preservativos, todo, a un kiosquito y nos fuimos al taller de O V. Y bueno, pasó lo que pasó, O no tuvo, no se animó, y bueno, terminamos con M y yo me llevé a P para el barrio. Ella se empezó a ver con O ahí, un tiempo. Y después nos empezamos a escribir de vuelta y nos empezamos a ver más seguido. Antes de que pasara habremos estado dos semanas antes, quince días, habremos estado juntos, y hasta que sucedió esto. Ahí estábamos con Nl en mi casa, salgo para llevarlos y P que salía de la casa de mi vecino, T M, que dijo que estaba cuidando. Nos paramos ahí y estuvimos charlando con P. Le dijimos de dar una vuelta. Y salimos por las calles de Maquinchao ahí, habremos pegado una vuelta ahí en el pueblo... Fuimos y pasamos para atrás con P y N. Siempre toqueteándonos, hablando así, jodiendo. Pero nunca pasándola por encima a ella, siempre le preguntamos así viste, y nunca pasándola. Y bueno, me bajo yo y le voy a buscar preservativos a N que estaba en el auto. Voy a la cocina, busco preservativos, de ahí se terminó todo, hubo toqueteo así, y lo llaman a N que tenía que ir a jugar al fútbol. Así que lo fui a dejar yo a N, todo, y quedamos con P, que iba adelante conmigo, N iba atrás. Lo pasé a dejar a N y le digo vamos para el barrio, dale dice, y mientras tanto íbamos charlando todo bien, me dice ¿estás en pareja?, yo le digo, no, estoy conociendo a alguien. Y me dice, nos podemos dar un abrazo, así que nos abrazamos, porque había pasado mucho tiempo junto con ella y le había agarrado como un cariño. Le digo, otro día salimos a tomar un helado si querés, y la pasé a dejar. Le digo te dejo en tu casa, no, dejame a la vuelta me dice. Así que la pasé a dejar a la vuelta de su casa, de la cuadra, yo me fui para mi casa y ella para su casa. Eso es todo.-
DESCRIPCIÓN DE LA PRUEBA: Declaraciones testimoniales
S A M T: A P la conozco del pueblo, ella era mi mejor amiga. A los imputados los conozco del pueblo, porque nos conocemos todos. P. me podés contar cuándo tomaste conocimiento de lo que le había pasado a P?, ella un día antes antes fue a mi trabajo, creo que salía del gimnasio, pasó a verme a ..., estuvimos hablando, eran siete u ocho de la tarde, estuvimos ahí, no recuerdo cuándo era, pasó, estuvimos hablando, se fue a su casa y al día siguiente vuelve a mi trabajo al mediodía. La noto rara y se larga a llorar. Yo no entendía porqué, la abrazo, y no me decía nada, le digo P me podés contar qué te pasa, me preocupaba porque estaba así llorando, lloraba mal, temblaba, como que lloraba lloraba y no se calmaba. P contame qué es lo que te pasa. Me cuenta que ella ese día que se fue a la tarde a su casa estuvo limpiando y al sacar la basura se encontraban ellos dos afuera en casa de P, y no sé si uno de ellos le dijo que se acercara a saludar, ella estaba limpiando porque su mamá en cualquier momento llegaba. Así que me dijo que ella se acercó a saludar y preguntaron si daban unas vueltas, ella no podía porque estaba limpiando. Me dijo que la subieron a la fuerza al auto y ahí es donde se la llevaron, no recuerdo bien si es un lugar fuera del pueblo. Sí, se la llevaron afuera del pueblo y ahí me dijo que es donde pasó toda esa situación, que la empezaron a tocar y a la fuerza abusaron de ella. Como que primero uno y después el otro. Y ahí donde me mostró las marcas que tenía en el brazo y entre las piernas. Yo le digo bueno, esto no puede quedar así, tenemos que hacer algo, vamos a denunciar, vamos al hospital, le digo. Ella no quería por miedo a lo que va a decir la gente del pueblo, se enteran en el hospital y corren la bola enseguida. P entonces no quiso. Entonces le digo vamos a contarle a tu mamá de lo que pasó y no quería, no quería, estaba negada. Pasaron 3 días y le contó a su mamá porque ya no podía más, soñaba, no podía dormir, lloraba. Yo hablaba con ella para ver cómo estaba. Llegó el momento en el que le dijo a la mamá y se ve que la mamá es donde empezó esto de llevarla al hospital y hacer la denuncia. P.¿con respecto a los moretones vos le sugeriste algo?, sí, yo le dije que se sacara fotos para mostrar si llegaba a hacer la denuncia. Le digo que no puede dejar pasar los días porque las evidencias se borran. P.¿cómo estaba P ese día que te contó?, estaba super mal, lloraba y lloraba, no se podía calmar. Yo también me largué a llorar con ella porque la veía tan mal, yo de la bronca imaginate que quería verlos a ellos y decirles por qué hicieron eso sabiendo que nos conocemos todos en el pueblo, o llevarla al hospital para que la vean y pueda hacer la denuncia. P.¿te contó específicamente cómo había sido el abuso, las cosas que le hicieron?, no, solamente me dijo que a la fuerza la violaron, primero arrancaba uno y después seguía el otro, así nomás me dijo.-
Defensa: P.¿te contó P antes o después si alguna vez había estado con ellos por separado, antes de este día?, no, no no no, no me contó. P.¿te contó si alguna vez participó de tríos, de cuartetos, de situaciones de ese tipo?, no, nunca.-
J S C: empleado administrativo del hospital de Maquinchao, soy yo y cuatro hijos, mi familia; soy el tío de P, hermano de la mamá de P y aparte el padrino. Siempre tuve buen vínculo con ella. A los imputados los conozco de vista. Somos vecinos. Un domingo estoy acostado y me llama mi hermana A, la mamá de P, si podía ir, fui, P dijo que fue abusada por C y D, lloraba mucho, lo único que hice fue llevarla al hospital. Estaba muy angustiada. En algún momento me comentó que ella lo único que hizo fue atinar a tocar lugares del auto donde no puedan limpiar, como tirar la mano por abajo de la guantera, o algún lugar donde queden sus huellas y no las puedan limpiar. P.¿pudiste ver si tenía algún tipo de lesiones en su cuerpo?, en las piernas le vi los moretones, en ambas piernas. P.¿vos viste si este hecho le impactó de alguna manera?, esto ella me lo cuenta el domingo, el sábado, el día anterior nosotros teníamos el cumpleaños de mi hija, ella estuvo todo el tiempo sentada en diagonal a mi con una campera encima, mi hija cumple el 26 de noviembre, pero no sé si era el propio 26 de noviembre o si era 25, no recuerdo en este momento. Ella estuvo todo el tiempo con una campera, muy a la defensiva, como si se tapara, no sé si tendría lesiones acá arriba, pero ella algo se tapaba. P.¿después del hospital la acompañaste a algún otro lado más?, la acompañé, la vez que fue Criminalística, al lugar del hecho... Lo conocía de pasada, pero nunca entré, esa vez nos quedamos lejos... El lugar propiamente no lo conozco, lo he visto de lejos, cuando salgo a correr... Se le exhiben fotografías: ese era el lugar, ahí se ve el acceso; en noviembre oscurece aproximadamente a las 9 de la noche, hasta diciembre los días se van estirando, el sol se pone por detrás de la construcción esa de chapa. Se ve la imagen de un mapa de Maquinchao, señalando donde vive la víctima y el lugar indicado ...es un lugar donde no hay nadie. D se movilizaba en el auto de su mamá, un Volkswagen Gol, le exhibe foto y dice que ese es. P. ¿pudiste observar en P que este hecho lo hubiese ocasionado alguna consecuencia?, sí, todo el tiempo ella no decía me quiero matar pero decía no quiero vivir, y preguntaba por qué, por qué me hicieron esto. Pasamos de verla a bien a tener que ir a buscarla yo porque se había tomado todas las pastillas, porque estuvo medicada mucho tiempo. La afectó muchísimo, cambió mucho su forma de ser. Le daban pastillas en Salud Mental, necesitaba dormir. Eran ansiolíticos y antidepresivos. El miedo a salir todo el tiempo, el miedo a estar en la casa, sola. El miedo a tener contacto con la gente. Tenía su bajada de quinto año y no quiso participar porque se sentía observada. No sabía qué hacer, entraba, salía, muy mal la pasó. P.¿y ahora cómo está?, dentro de todo se la ve mucho mejor. No no he podido hablar mucho del tema porque es difícil hablar de esto con ella. Tiene días que son muy difíciles para ella, lo sé por ella y por la mamá. Ahora tiene la costumbre de estar mucho tiempo en la casa. Necesita como sentirse protegida todo el tiempo. Estuvo con mucho miedo todo el tiempo.-
Defensor: P.¿dijiste que no quiso ir a su bajada P?, fue a su bajada, pero no quiso hacer la bajada, porque se sentía muy observaba, estuvo sentada con toda la familia. P.¿la pregunta era, terminó el quinto año?, no terminó, porque le quedaron todas las materias, que las está sacando ahora. No terminó de cursar, terminó el quinto año porque ya la sacaban de quinto, pero se llevó todas las materias, empezó a estudiar ahora.-
P A C D: tengo 21 años, vivo en Maquinchao, en la mañana trabajo de niñera, estoy terminando materias pendientes producto del abuso, porque abandoné la escuela y no salía de mi casa, así que estoy terminando el secundario. Vivo con mi mamá... P.¿qué vínculo tenías con los imputados?, a C, tuvimos relaciones sexuales, una pasada nomás, antes del hecho, dormimos una noche nomás, con consentimiento, después ya no tuve más nada. Con D tuve relaciones con él cuando yo tenía 14 o 15 años, no sabía muy bien el parentesco. Fue ocasional también. Fueron más de una vez y con consentimiento. Era bastante brusco a la hora de tener relaciones pero fue con consentimiento. P.¿tenías algún tipo de diálogo con ellos por ejemplo a través de alguna red social?, por Instagram sabían responder historias, mensajes con ellos diariamente no. P.¿más cercano al hecho tuviste algún tipo de conversación con ellos?, sí. No recuerdo qué cosas hablábamos. Eran sus nombres y apellidos en perfiles de Instagram. P.¿ahora sí, quiero que cuentes qué pasó ese 23/11/2022, que pasó de distinto a lo demás, vos que estabas haciendo?, era un miércoles normal de mi vida, había salido a comprar unas cosas, fui a ver a mi amiga que trabajaba a dos cuadras de mi casa en una tienda... fui a verla, estábamos hablando de que tenía que comprar unas cosas ... fui y le hice el favor de comprárselas, ya que ella tenía el mismo horario de trabajo ..., se las alcancé a la tienda y de ahí me fui a mi casa, era aproximadamente las 8,40, 8,30 cuando me fui a mi casa, y me fui justamente porque se me había apagado el celu. Cuando iba llegando, a dos casas antes de mi casa, donde vive ...me chistaron y yo no hice caso, seguí de largo. P.¿quién te chistó?, no estoy muy segura de quién fue, pero yo sabía que era para mí. De todas formas seguí con ir a mi casa, cuando llegué me cambio el buzo que tenía puesto, me puse short de jeans de color azul, cargué agua para limpiar el piso, puse el celu a cargar, mi pulsera a cargar, y en esos momentos, mi mamá estaba trabajando, había entrado a las 19 horas a su trabajo, que duraba hasta las 11. Ahí escucho a mi vecino, una voz de hombre que estaban hablando y yo, como sabía que en esos días iba a volver mi vecino fui a dejarle la llave. Y resulta que no era mi vecino, era la cuñada de mi vecino, cuidándole la casa, me dijo que no le dejara la llave igual. De ahí cuando me doy vuelta para volver a mi casa, el auto de ... la mamá de P, salen, me llaman, me chistan de vuelta o me silban, no sé muy bien, no recuerdo y yo miro y ellos dos me llaman, me hacen señas para que vaya. Yo con el dedo les digo que no. Me doy vuelta para irme a mi casa y cuando giro, ellos ya estaban al frente de mi casa, en el auto. P iba de conductor y N de acompañante, que había bajado el vidrio. Ahí me invitan a dar una vuelta. Yo ya sabía con qué intenciones. P.¿por qué sabías con qué intenciones?, porque P antes con sus amigos, cuando teníamos 14 o 15 años, sabían andar en auto y siempre tenían eso de dar una vueltas y esas vueltas no eran vueltas sino con otras intenciones de tener relaciones o de tener algo más. Yo ya había pasado por eso y sabía. Entonces me invitaron a dar una vuelta, N abrió la puerta de atrás, y me dijo vamos a dar una vuelta y yo le dije que no, le cerré la puerta y me alejé del auto, de ahí, me dicen bueno, pero vení, saludanos, y yo le saludé con la mano, pero que no, quiero con un beso y esto y el otro, entonces a N le di un beso y a P creo que le saludé con la mano, porque tenía que pasar para el otro lado, y ahí fue un momento muy rápido en el cual N me agarra de la cintura, me sube a upa de él del lado del acompañante, del lado del frente, y cierra la puerta. P quiere salir rápido en el auto, se le para el auto, y lo vuelve a encender rápido, en eso N cierra la ventana, y ahí damos la vuelta a la manzana y recorremos la calle cortadera hasta el cruce de vías, de ahí nos dirigimos por la avenida Independencia y en ese transcurso N ya me iba desabrochando el short y ya me iban tocando. P¿dónde te tocaban?, en la vagina y en la cola. P.¿cómo era la forma de tocarte?, eran bruscos y desesperante el querer tocar. Como que querían hacer todo rápido y querían sacarme todo rápido. P.¿en ese momento hacían algo más con sus manos?, sí, en ese momento me han penetrado con sus dedos, la vagina y el ano. P. ¿podés recordar en ese momento si eran los dos?, no, no lo recuerdo. P.¿puede ser C?, sí, sí sí. Ambos igual de todas formas durante el abuso me metieron. P.¿en ese momento que iban circulando por la ciudad, eso es lo que te hacían?, sí sí. P.¿vos qué hacías a todo esto, qué les decías?, en todo momento les decía que no quería, que me iba a largar del auto, que me dejaran.
Ellos me decían ah no, pero te vas a caer, te vas a raspar toda que esto y el otro, yo como que ya había dicho que no quería. Después recuerdo que fuimos por ... y de ahí nos fuimos para una calle que es ..., y ahí sabía yo que estaba a media cuadra de la casa de mi abuela, donde yo podía irme rápido del lugar. De ahí atiné a, yo estaba sentada mirando para la puerta del acompañante, yo atiné a querer patear la puerta, la ventana, cualquier cosa, para poder salir e esa situación. Anteriormente N había cerrado con traba la puerta, entonces como que atiné a patear para salir, en ese momento en el que me doy vuelta para patear P me agarra del cuello y ahí ya me quedo como inmóvil de alguna forma. P iba manejando con una mano y me agarró con el brazo y antebrazo el cuello, acostada. En esa posición me tuvo hasta cruzar la ruta. En ese transcurso que él me tenía del cuello N me bajó el short y la bombacha hasta las rodillas, y ahí siguió metiéndome los dedos en la vagina, y en el ano, N, mientras P me tenía del cuello. Luego P me soltó porque tenía que cambiar los cambios para cruzar la ruta, entonces no era para él como para tenerme entre sus piernas y yo haciéndole fuerza para que me suelte. Yo de la casa de mi abuela hasta la ruta no sé qué camino tomaron, porque estaba mirando para el techo y en la ventana no recuerdo el camino, y de ahí vi que, nada, cruzamos la ruta, yo ahí me largué al suelo en la parte del acompañante, me hice un bollito, adelante, a los pies de N. Y de ahí fuimos como para la ruta de la laguna, y se desviaron, yo miré para el costado y vi un cartel, pero la parte de atrás, yo no vi lo que decía el cartel. Para ese momento yo no sabía dónde estaba, yo a ese lugar nunca había ido. P.¿quedaba luz todavía?, sí, era al atardecer. Llegamos, estacionaron el auto. Yo todavía seguía en el piso. Me agarré de una parte de abajo donde sale el aire acondicionado. P me empujaba desde el lado del conductor, para afuera. Y N me estiraba de ahí. Después P le dijo a N que se bajara y que me estirara, N hizo caso, se bajó y me estiraba desde afuera del auto, ya él abajo, y en un momento de tanta fuerza que ellos me hacían para que yo bajara del auto, sonó el plástico del auto y ahí P me dice que le iba a romper el auto, yo ahí me sentí culpable por romper algo, entonces me solté y le dije bueno, yo me bajo sola, pero no me empujen más porque me duele todo el cuerpo ya, porque de toda la fuerza que había hecho ya me dolían las piernas y los brazos de hacer fuerza. P.¿vos ibas diciendo que no en todo ese tiempo?, sí, y puse resistencia muchísimas veces. De ahí, de que me bajé sola del auto, solamente tengo pantallazos del momento. No recuerdo mucho y hay cosas que me las olvidé. Me bajé del auto del lado del acompañante. P se fue a la parte de atrás del auto, atrás del conductor, N abrió la puerta y me empujó a la parte de atrás, yo caí baca abajo en el asiento de atrás, se subió él. Ahí P ya estaba con el pantalón y el boxer bajo, con su pene parado ya, ahí yo ya no tenía el pantalón. P.¿para entender, vos estabas en el medio de ellos dos?, sí, los tres atrás del auto, yo en el medio, P del lado del conductor y N del lado del acompañante. P.¿ahí qué recordás que hacían ellos; qué recordás que te hicieran ahí en ese momento?, ahí donde N me empujó yo caí cerca de las piernas de P, P me empujaba la cabeza para que yo le chupara el pene, a lo cual yo no quería, entonces le corría la cara, me pasó todo el pene por la cara, en ese momento N estaba atrás, penetrándome con el pene, por la vagina, en ese momento de no querer chuparle vi que P tenía la panza al aire y yo atiné a morderle, ahí fue donde él me empujó la cabeza para atrás porque le mordí, y ahí pude zafar un poco de estar en esa posición. P.¿en ese momento te tuviste que sacar la ropa de abajo, de arriba?, sí, la ropa le dije que me la sacaba yo, porque ellos me la estaban rompiendo ya, la bombacha, es más, creo que está descosida porque sonó super fuerte, pero sí, yo. Le exhibe a la testigo un secuestro identificado con Nir 89, y manifiesta: ese es el jeans que tenía puesto, corto. Otro, Nir 86: esa es la bombacha (rosada) que estaba usando ese día, se observa descosido el elástico y dice que eso no estaba roto antes del hecho. P.¿entonces, vos te la sacaste la bombacha?, sí. P.¿ahora lo que quiero que trates de recordar es qué acciones hacen ellos, cada uno, por ejemplo, D, dijiste que te obligó a que le chuparas el pene, se concretó esa situación?, no. P¿no le chupaste el pene al final?, no. P.¿de C, le chupaste el pene en algún momento?, sí. P. ¿y con respecto a que dijiste que habían sido accedida en tu vagina, por quién fue?, solamente por N. P.¿te hicieron algo más, después de esa situación en la que estabas como entre los dos?, sí, tengo pantallazos ellos en el mismo lugar, en la parte de atrás, yo en el medio, mirando para atrás, del baúl sería, y ellos me tenían de los tobillos, uno de cada tobillo, de piernas abiertas, mientras me manoseaban y yo en ese momento no me podía defender porque cada uno tenía una de mis manos, o uno de los dos tenía mis manos agarradas desde las muñecas, por lo tanto yo no me podía tapar la vagina ni nada, y ahí fue donde también me metieron los dedos en la vagina y en el ano. En esa posición no podía salir yo. En un momento yo boca arriba me tenían tomada cada uno de una de mis piernas, de mis tobillos, y mis piernas abiertas, y ahí fue donde P se aflojó un poco y yo lo empujé con mis piernas para poder zafar, cosa que no pude. Ahí N me empujó la cabeza para atrás y se me quedó trabada entre los asientos, y ahí no podía ver, no podía taparme, no me podía defender. P.¿necesitamos saber bien qué acción hizo cada uno, entonces P con qué te accede?, con las manos, en la vagina y el ano, y me pasa el pene por la cara. P.¿respecto de C, con qué te accede?, con el pene y los dedos, en la vagina y en el ano. P.¿él también te pasa el pene por la cara?, no, pero accedí a chuparle el pene por tenerlos a los dos encima. Le exhibe fotos: ese es el lugar donde ocurrió el hecho, es la primera vez que lo veía en detalle, fuimos con Criminalística. Durante el hecho estacionaron el auto frente a ese galpón, no había nadie en ese lugar, P dijo que fue a buscar un preservativo a la cocina, habían dicho que en la cocina había preservativos. Exhibe fotos de un auto: este es el auto, ahí y en la parte de adelante. P.¿vos dijiste que en todo momento habían dicho que no, y que hacías fuerza digamos?, sí, en varias ocasiones opuse resistencia, pegándole en las partes donde a un hombre son sus debilidades, como el pene, en la nuez de la garganta y bueno, mordiéndoles. P.¿y a vos te quedó algún tipo de marca, lesión?, sí, me quedó, en las piernas, en el pecho donde me pellizcaba N, en los senos, en las piernas, marcas del abuso. En el pecho porque N me intentaba tocar los pechos, yo en ese momento tenía un corpiño deportivo, que va al cuerpo, era difícil, pero no imposible tocarme los pechos, y él me pellizcaba los pechos intentando. Y en las piernas era por el esfuerzo que ejercieron para abrirme las piernas, o la violencia que ejercieron durante el abuso. Le exhibe fotografías de la testigo, dice: sí, recuerdo. P.¿esas lesiones que se ven ahí son las que vos referís?, sí, moretones cerca de las rodillas y en el pecho derecho, es donde me pellizcó N.- P.¿qué pasa para que dejen de hacer lo que estaban haciendo?, recuerdo que a N lo estaban llamando por teléfono, constantemente, él cortaba, en un momento de esos él baja del auto, yo bajo atrás de él, y le respondo el teléfono y le digo “ahí va”. Y él agarra el teléfono rápido y corta. Y me empieza a decir que cómo voy a atender el teléfono, que no es mío. P.¿y por qué hiciste eso?, y para una forma de escape, para que ya termine todo eso, y no tenga que sufrir más, en ese momento no pensé en decir más que nada “ya va”, porque no estaba cayendo muy bien en todo lo que me estaban haciendo. Ahí yo me subí en el auto en la parte de adelante del acompañante, cerré la puerta y le puse el seguro, para que ellos no me vuelvan a abrir la puerta y sigan abusándome, y empecé a buscar mi bombacha y mi pantalón corto, que estaban por cualquier lado, mi short estaba en la parte de adelante del acompañante, mi bombacha la encontré en otro lugar, y ahí fue donde N se subió en la parte de atrás del acompañante, y P en el lugar del conductor. De ahí yo pedí que me llevaran a mi casa. P me decía que no, que lo tenía que llevar a N a jugar al fútbol, yo me quería ir a mi casa, me dijeron primero vamos a llevar a N y después a vos. Entonces de ahí fuimos a la casa del padre de N, no recuerdo el nombre, no lo conozco, de ahí bajó N en la parte de atrás, fue, buscó sus botines y en ese transcurso tuvimos una discusión con P, porque hasta que fuimos ahí P me seguía agarrando del cuello y P seguía como queriendo acariciarme las piernas, y yo le decía que no me toque y él me preguntaba “qué, no querés mimos?”, y yo le decía que no quería. Empezó otra conversación de por qué yo había terminado con mi ex pareja. Y yo mucho no le quería comentar porque eran cosas mías. Y en ese momento llega N y tira un comentario como que los muchachitos me revolearon todo, o algo así. Ahí fuimos y dejamos a N en la cancha del sintético. Cuando bajó N nos fuimos P y yo directo para nuestra cuadra, para nuestro barrio. En silencio. Un silencio muy incómodo porque creo que él sabía lo que había hecho. Y yo estaba muy mal. Todavía no caía en lo que me habían hecho. Yo no sabía si era grave o no era grave, si estaba exagerando, si no estaba exagerando, trataba de verme las piernas para ver si tenía algo, no recuerdo si vi algo en ese momento. Llegamos y fue directo al frente de mi casa, yo no me quería bajar ahí porque en ese momento ya había abierto el almacén, y había gente afuera, había gente en la YPF, me daba vergüenza bajarme del auto, también es que, el que dirán el bajar del auto de un primo lejano. Ahí dio la vuelta en “U” y me dejó al costado de la cuadra donde no hay casas, están los patios. Y ahí me bajé yo y me fui a mi casa. Cuando llegué ya estaba mi mamá, había llegado antes, había salido antes. Me miré las piernas y ya tenía chichones, porque resaltaban de la piel, de los moretones que tenía, así que pasé al baño, me miré, me miré el cuello, me miré todo porque me dolía todo, me miré las muñecas, me miré los tobillos, me miré todo el cuerpo para ver dónde me dolía más que nada, nada, como encontré moretones en las piernas fui a ponerme el buzo negro que tenía puesto anteriormente. Antes de irme a dormir, no me podía dormir, la ropa me la saque y la metí al lavarropas, zapatillas, medias, bombacha, short, remera, corpiño, todo lo metí a lavar, porque lo sentía sucio y me sentía sucia a la vez. P. ¿le contaste a alguien?, en ese momento solamente le envié un mensaje a S, mi amiga, de que me había pasado algo, de que no estaba bien y que mañana la iba a ir a ver. Al siguiente día, no sé si no había colegio o si falté, fui y le comenté lo que me estaba pasando. Ella me dijo que tenía que hacer algo. Que le tenía que contar a mi mamá, que esto no se puede quedar así, que se tiene que hacer justicia porque yo no me lo merecía. Ahí estuve cinco días pensando en que si era grave o no era grave, cómo me estaba afectando, de no comer, de no dormir, de no poder salir por miedo. P.¿qué es eso de grave o menos grave, habías estado con ellos, qué era distinto entonces?, en que en varias oportunidades les dije que no quería y no me hicieron caso, en que la vez que nos hemos encontrado para tener relaciones fueron humanos, fueron personas, y en ese momento no lo eran. P.¿en algún momento vos diste a entender que bueno, sigan, no hay problema, tengamos relaciones, en algún momento de ese hecho, o siempre dijiste que no?, no, siempre dije que no, que no quería, y que no me sigan tocando. Anteriormente le había comentado a mi prima, A C, que también quedó en shock de verme los moretones, no recuerdo qué me había dicho, pero sí que había quedado en shock y había llorado. Había su cumpleaños, estábamos festejando su cumpleaños, habíamos ido a buscar una torta que creo que yo la había hecho, a mi casa, solas, y ahí fue el momento adonde le comenté, antes de comentarle a mi mamá. P.¿tanto a tu amiga como a A, les contaste detalles o solo así en general?, le conté que me habían agarrado al frente de mi casa, que me habían llevado a... y nada, más que eso no, no fui más explícita. P.¿después que hablaste con tu prima, volviste a hablar con alguien más?, con mi mamá. Estaba acostada en la cama de mi mamá, ella estaba en el baño y le digo mamá te tengo que contar algo, me dice bueno, contame, le digo no, necesito que estés acá, cuando la vi entrar ya (aquí la víctima se angustia y comienza a llorar, mientras la Sra. Fiscal la tranquiliza), logra decir: ahí cuando la ví entrar ya me había largado a llorar, y yo sabía que no iba haber vuelta atrás, pero le tenía que contar a ella, no podía aguantar más, de no dormir, de no comer, de no estar bien, de llorar todo el día, y ahí le comenté que había sido abusada. Ahí ella se desespera para saber quién había sido, y yo le dije, no fue uno, fueron dos. Ahí se desesperó más, y le comenté, le dije que fue P D y N C. Ahí ella me abrazó, me dijo qué quería hacer yo, yo le dije que quería hacer una denuncia. Y ahí empezó el movimiento de ella, de buscar ayuda, de cómo se iba haciendo todo el proceso, de esto, porque nunca nos había pasado esto. De tener que hacer una denuncia. Y ahí fue donde llamó a mi tía A, no pudo venir porque estaba llevando a otra persona a su casa, a otro familiar, porque estaba en una cena. Vino mi tío Ja y ahí fue donde le comenté, entre lágrimas, yo no quería y me abusaron, y ahí fue donde me abrazó él y nada, nos fuimos al hospital, ya eran once y media o doce de la noche, me sacaron pruebas, sangre, y pude hablar con una psicóloga, me dio la pastilla para poder dormir después de cinco días. Y pude más o menos desahogarme de lo que me había pasado. En este estado releva del juramento a las profesionales que la atendieron. P.¿en algún momento antes de hacer la denuncia vos hablaste con los imputados, te comunicaste con ellos?, después de dos días del abuso, como no veía respuesta de ellos pidiendo disculpas, les escribí, no recuerdo con exactitud lo que les escribí, les dije que hace dos días que no dormía, que por qué lo hicieron si yo les había dicho que no quería, y que miraran todos los moretones que me habían hecho. Les mandé fotos de los moretones, solamente de las piernas en ese momento, porque eran los que más se notaban. La respuesta de P es que él en ningún momento me había pegado. La respuesta de N había sido que me iba a escribir, que ayer me iba a escribir, que si quería yo nos juntábamos a hablar. Después la conversación con P siguió por chat, por vía Instagram, en el cual él me pedía disculpas. Envió un audio que escuchamos con mi amiga, S, que luego lo eliminó de Instagram y ya desapareció. Ya nadie lo escuchó. Él sonaba como que como “bueno, disculpame”, era un audio normal, sin dolor, y bueno los mensajes después donde pedía disculpas y decía que fue un gil haber seguido la corriente. P.¿a raíz de este hecho vos notaste algún cambio en tu vida, además de no poder dormir, comer, notaste algún cambio más?, sí, en que yo hoy en día no puedo salir si no es con alguien, en tener miedo en que ellos, estando en el pueblo me puedan llegar a hacer algo, por eso tienen perimetral, bueno igual la rompen, pasan por donde no tienen que pasar, más que nada N rompe la perimetral, y nada, tengo miedo de estar sola. P.¿tomaste o tomabas pastillas para dormir?, sí, por día tomaba cinco pastillas, para la ansiedad, para la depresión y para dormir. P.¿vos asocias esto solamente al abuso o a alguna otra cosa?, solamente al abuso, porque yo antes no tenía que usar pastillas para vivir el día a día bien, producto al abuso fue que me sacaron de psiquis y yo ya no pude seguir con mi vida normal. P.¿tuviste algún episodio de ingresar al hospital por consumo de pastillas?, sí, me tomé 7 Clonazepam para poder dormirme, no podía callar mis voces, de la cabeza, y lo único que quería era poder descansar de esas voces por un rato, y me las tomé. Mi mamá se dio cuenta rápido, de que yo me había dormido muy rápido, llamó a mi tío J, llamó a la ambulancia y al hospital, no recuerdo cuándo fue que volví después de esas pastillas, estuve internada. P.¿hoy cómo estás, cómo te sentís?, me siento tranquila, sí nerviosa, de recordar todas estas cosas me siento mal, pero me siento tranquila porque me están dando un espacio para poder hablar lo que me sucedió.-
El interrogatorio de la Fiscalía demandó algo más de 45 minutos.-
Defensor: expresa el Dr. Sujonitzky, te voy hacer una o dos preguntitas nada más, P. ¿en esas conversaciones que tenían por Instagram, con N y con P previo a este día, tenían conversaciones acerca de hacer tríos o cosas por el estilo, en algún momento?, no, nunca. P.¿a M, amigo de P, lo conocés?, sí. P. ¿saliste con él?, sí. P.¿estuviste alguna vez con P y con M juntos?, sí. P.¿y en otras situaciones sexuales con P y con otra gente?, no recuerdo. P. ¿pensás que ese día tal vez ellos interpretaron que vos querías tener relaciones con ellos, se pueden haber confundido?, no, porque en todo momento les dije que no, desde el primer momento en que me dijeron “vamos a dar una vuelta” les dije que no.-
El contrainterrogatorio de la defensa insumió 1 minuto y cinco segundos.-
LUCIA VERONICA PEREZ RUIZ: soy médica general del hospital de Maquinchao, Río Negro. Preguntada por la atención de P C D: la atendí el 27/11/2022 ingresó por guardia general en la noche, muy angustiada, lloraba incluso, ella me refirió que fue abusada sexualmente el día 23/11/22, o sea unos 3 o 4 días antes de presentarse a mi guardia. Estaba orientada, lúcida, estable, signos vitales normales, pero sí se encontraba angustiada. Me comentó lo que le había pasado. Al examen físico evidencié dos lesiones, tipo hematomas en ambos muslos. Al examen ginecológico lo único pertinente positivo que evidenció fue que el cuello uterino estaba levemente inflamado, no tenía secreción ni de sangre ni de exudado, tipo pus o semen en ese momento, pero sí estaba inflamado. Se hizo un diagnóstico de abuso sexual y se hizo todo lo que indica el protocolo para este tipo de situaciones. P. ¿qué puede provocar la inflamación en cuello de útero?, el hematoma puede ser producto de contusiones, directamente hacia la región donde fue afectada la paciente, por contusiones, porque hay vasodilatación de las arterias en ese lugar y ocasiona ese hematoma, pero sí fue producto de una contusión. No puedo decir con qué, porque no vi el hecho, pero sí por contusiones. P.¿es compatible con una relación sexual fuerte, un pene que ingrese de manera fuerte ahí a la vagina al útero?, sí.-
M C: soy la mamá de P, vivo solamente con P en Maquinchao, hace 4 años vivimos solas, ... Un día domingo tomo conocimiento, había ido a una actividad a la laguna, empezó a llover, tuvimos que volver a la localidad, se hizo la hora de la cena, veo que P estaba mirando tele, sin prestarme mucha atención, como que estaba en otra situación. Durante la cena me dice cómo es ir al psicólogo en Maquinchao. Le digo que desconozco. Pensaba que era por el tema del tes vocacional. Me dice a mi me gustaría ir. Ella se va a acostar. Voy atrás de ella y trato de abrazarla porque parecía que tenía algo. Se larga a llorar. Le empecé a preguntar qué le pasaba, me dijo que la habían violado. Le empecé a preguntar cómo, cuándo, quiénes. Me dijo que fueron dos personas. Fue el miércoles mamá. Cuando yo volví ella no estaba. Ahí me di cuenta que desde ese día ella estaba rara. Le pregunté qué quería, cómo quería que la acompañara, me dijo que quería hacer la denuncia, porque las marcas de sus piernas “se me están borrando”. Ese momento para mi fue muy duro. Me querés decir quién fue y me dice fue P y fue N. Era como que no quería hablar muchas cosas conmigo. Atiné a llamar a mi hermana A y a mi hermano J, me acompañaron al hospital. Son los dos que han andado conmigo. No me contó qué hicieron, sí que la violaron, el miércoles anterior, yo la acompañé al hospital el domingo a la noche y al otro día hicimos la denuncia. Ella nunca se retractó, siempre sostuvo que fue una violación y que ella estaba consciente que era una violación. Ella pensaba si exageraba o no, lo tuvo que madurar para poder explicarlo y decirlo. Vi lesiones en ella, moretones a la altura de las rodillas. P.¿ en qué afectó esto en la vida de ella?, antes de ese día era una chica independiente, y después siempre sintió mucha inseguridad, no sale sola más que a su trabajo, turnarnos para ir a retirarla del trabajo (llora) como si tuviera cinco años, retirarla del colegio. P dejó todo, el estudio, dejó quinto año sin terminar, también se endureció mucho, empezó a trabajar, a buscar cosas como para tapar esto. No le pasaron cosas en la infancia similares a esta.
Defensa: un día tomó muchas pastillas y la tuvimos que llevar al hospital, nos dimos cuenta al toque que tomó de más.-
S C: hermana de la testigo anterior y tía de la víctima. Vivo entre Maquinchao y Aguada de Guerra. Me llama mi hermana que estaba en el hospital, pregunté qué había pasado, no, estoy con P porque sufrió un abuso, y entonces ahí fui al hospital. P estaba mal, ya estaba con los profesionales, anímicamente mal, estaba angustiada, no dijo nada. Notó algún cambio?, sí, angustia, tristeza, iba periódicamente al hospital porque sufría angustia o ataques de pánico, he ido cuando ha estado así, un día me dijo J que había tomado pastillas.- A A C C: soy prima con P, nos vemos seguido, soy hija de J C. P me contó en su casa, cerca de mi cumpleaños, cumplo el 26 de noviembre, me contó que le había pasado algo, empezamos a hablar, me dice que la violaron, y lo dijo muy triste, estaba llorando, nos pusimos a llorar los dos, me dijo que fueron P y N, yo los conocía del pueblo, ningún vínculo con ellos. P.¿te pudo contar cómo había sido?, estaba limpiando su casa, salió afuera y ahí se la llevaron, en un auto rojo. Le dije que tenía que hablar con su mamá o con alguien de la familia. Sé que después le contó a su mamá. Los dos imputados me escribieron por Instagram. Después de esto estuvo mucho tiempo encerrada, no salía, se aisló de la familia también un poco, no podía comer ni dormir. Tema delicado para hablar entre nosotros.-
DAVID ANDRES BAFFONI: ingeniero en sistemas de información, titular de la OITEL, organismo dependiente de la Procuración General. Pericia al teléfono de la víctima: 15/5/2023 se realizó el procedimiento, informe 053/23-OITEL; se ingresó a la cuenta de Instagram, se ingresó al perfil “P C”, se mostraron los datos de interés para la Fiscalía, todo quedó grabado en video. P. por las conversaciones con el perfil “P D”, minuto 11,02, conversación 16/9/2022 con P D, ...18/9 ...9/10...26/10, 12/11, 17/11, 25/11, P dice: “por qué lo hiciste si yo te dije que no quería, en algún momento voy a poder contar lo que me hicieron vos y N, ya es la segunda noche de lo que me hicieron y no puedo dormir pensando en el horrible momento que me hicieron pasar, un momento de mierda”. Y le manda como si fueron dos mensajes temporales y abajo dice “para que veas las marcas que me dejaron” (aclara que no están las fotos en la conversación pero después se extraen del dispositivo). A esto P dice: “P, perdoná pero yo nunca te golpeé de ninguna manera”. A esto P le contesta: “esos moretones no son porque me pegaron son producto de la fuerza que me hicieron para poder abrirme de piernas entre los dos. No acepto tu disculpa, ese momento de mierda no se me va a olvidar en mi puta vida P. Ya no hay solución, lo hecho hecho está y van a tener que cargar por hijos de puta ”. A esto P le contesta: “sí, lo sé, te comprendo y te pido mil disculpas por este momento de mierda, fui un gil haber seguido la corriente, vos sabés que cuando estuvimos juntos nunca te falté el respeto ni nada, un decir.”. Muestra las dos fotografías, donde se ven moretones cerca de las rodillas. Conversación con el usuario N C, minuto 18,10 del 25/11, P dice: “por qué lo hiciste si te dije que no quería, ya la segunda noche que no puedo dormir pensando en ese momento horrible que me hicieron pasar”..., le manda también un mensaje temporal con las fotos de las marcas en su cuerpo. A esto N le contesta: “si tenés ganas después nos podríamos juntar a charlar”. Y P le contesta: “te pensás que voy a querer verte la cara de esto”. Otra pericia del teléfono del imputado P D, extracción forense, procedimiento en el informe 139/23 del 31/7/2023, Samsung SMA235M, IMEI 354081169782010, tarjeta movistar; extracción física no fue posible, pero sí extracción lógica. Anexo 1/1 crudo; Anexo 01_A, el teléfono tenía un whatsapp instalado con el perfil “P”, la línea era ..., conversación con abonado agendado como “N”, abonado …, del 23/11/2022 a partir del minuto 3,42, imágenes que manda el dispositivo de N, muestra una foto, dice “la del macario también está”. 24/11/23, minuto 6,54, 20,20, “te encargo la bolsa” dice N; P dice “qué bolsa?”; N le dice “la W estaba en el Gol tuyo”; después el dueño del dispositivo le manda el audio: “después te la paso a dejar, o pasala a buscar a la casa”. N le contesta: “sí boludo porque no tengo más y tengo que llevar bastante avena, si le pedí prestado hoy a la mañana y ahora a la tarde también le manguié, así que ya le comí como media bolsa”. Después de eso se mandan unos estickers. En otra conversación N le dice “no te escribió la P, escrachado, ja ja ja?”, P le contesta: “sí, anoche jajaja culpa tuya”, a esto N le contesta con un audio: “culpa tuya degenerado, qué te puso?, por bicho sucio me dijo que tenía la pija muy sucia...” (riendo). Contesta P con otro audio: “no sé, me dijo que no podía dormir que no sé qué, después te mando la captura, y a vos qué te dijo?, me dijo que podría llegar a hablar, la concha pelada, culpa tuya boludo, sos más degenerado que la mierda vos, no sé para qué mierda me junté con vos, a ver si ahora nos escracha bolu” (todo esto riéndose). N le responde también con un audio, riéndose, “la concha pija, sí a mi también, que no podía dormir, que no sé qué, viste boludo por eso yo me hubiese ido caminando y estaría piola ahora”; “Y le contestaste vos, qué le dijiste vos?”. Responde: “a mi me puso eso, va, lo mismo que a vos, pero me puso otra cosa, que podría llegar a contar en algún momento; y le puse yo que en ningún momento le pegué no sé le pegamos, y claro, donde le hacíamos fuerza para abrirle las patas, ahí era...no y eso nomás le puse, que si quería después salíamos a hablar tranquilos, pero todavía no me contesta; y vos qué le pusiste que le dijiste?; vamos a tener que inventar algo bolú, sino cagamos fuego; por eso a mí me gustan las grandotas, las mayores de edad dijo, esa le podés hacer todo que no te dicen nada”. Y N le manda otro audio: “ y sí, a ver qué dice; ahora quiere que nos disculpemos seguro”. P responde con otro audio: “si bolú sabés que feo que se, si no, vamos a tener que escribirle vamo a disculparnos, vamo a quedar re feo, va, disculparnos bien, sino capaz que después nos caga escrachando así que la vamos a cagar”. Lo siguientes audios de N: “después no vamos a poder coger tranquilos; che, qué andás haciendo vos, por dónde andás ahora?”. Después pasa a otro mensaje y N le dice: “ahí contestó ja ja ja, muy ofendida”. A esto P manda el siguiente audio: “yo también le mandé un audio medio largo, pidiendo mil disculpas, jajaja, culpa tuya ...andá pidiendo disculpas”; después N le responde: “nada, esto de charlar después, pero no, te pensás que te quiero ver la cara después de esto, jajaja”. P le responde con otro audio: “está recontra enojada está, yo le mandé un audio ahí, para que quede todo bien dijo”. N responde: “y, lo escuchó, te respondió?”. P escribe “no sé porque no tengo datos jajaja, trolo, y, le escribiste?”. N le contesta: “me dejó de seguir y todo”. P le dice “pero escribile”. N le contesta con otro audio: “yo la iba a llamar pero no tengo el número, así que por ahí hablando capaz que se le pasaba un poco, encima ahora mi abuelo sigue más complicado que la mierda, estoy buscando auto para irme a la mierda ahora, así que más rato no sé si no pico para Roca”. A esto P le dice: “sí, que vergas que somos jajaja seguí jodido nomás”; y a esto N contesta con un audio: “si boludo sí, sigue jodido, está internado, así que bueno...”.-
Seguidamente se refiere al Anexo 1/1, manifestando: es toda la información que sacamos de la memoria del teléfono que peritamos, que estaba en el teléfono porque hicimos una extracción lógica, no son elementos borrados sino que estaban en la memoria del teléfono peritado; en este anexo 1/1 en la página 422 vemos identificado con el 1970 un archivo y muestro la imagen (niño arriba de una mujer desnudos), son imágenes en miniatura por eso que no tienen buena resolución, son imágenes chiquititas; otra imagen en la página 426, identificada con el nro. 2018, otra imagen niño teniendo de atrás; otra imagen en página 411, foto nro. 1861, un niño desnudo.
Defensor: ¿estas tres últimas imágenes en miniatura, qué son, son sticker, son fotografías?, es un sticker de whatsapp, la última; 422, la 1970 también es un sticker de whatsapp, y la 426, imagen 2018, igual que las anteriores. Las tres imágenes se encuentran almacenadas en la carpetas de sticker de whatsapp. P.¿los stickers son creaciones digitales, son fotografías reales?, el stickers es una forma que tiene whatsapp de introducir una imagen en forma rápida en la conversación, pueden ser imágenes reales, dibujos, es una modificación de una imagen más allá de su contenido.- Fiscalía repregunta: P.¿puedo convertir una foto en sticker?, sí, claramente. P.¿tienen facilidad para compartir en una conversación?, sí, están pensados para eso, para compartirlos en forma rápida.- CARMINA DEL VALLE LIZARRALDE: trabajadora social del hospital de Maquinchao. Intervención con P C D, el día posterior a la guardia, entrevista con la joven, 27/11/22 la guardia, por abuso sexual, era un domingo, al día siguiente entrevista en conjunto, el día 28/11/22. estado emocional: bastante angustiada, ya había hecho la denuncia, refería que había cuestiones que no había podido relatar, por el estado emocional, la tranquilizamos, le dijimos que ya iba a poder ampliar la denuncia. De los agresores en esa entrevista no lo manifestó. P.¿usted suscribió un informe?, sí. P.¿Usted consignó algo de los agresores?, sí, pero no fue en esa entrevista, sino con salud mental. P.¿Cuál era el estado emocional en ese momento?, como muy angustiada, nerviosa, acompañada por su mamá, pero sí, como muy angustiada, muy preocupada también, como sentimientos de culpa por la situación, muchas veces sucede, se sienten con cierta culpa de la situación que pudo haber sucedido, con el temor, con la exposición social al hacer la denuncia. Yo no la volví a ver, solamente esa entrevista, luego el seguimiento el servicio de salud mental. Requería de un espacio terapéutico, en lo social estaba contenida por su grupo familiar, tenía un grupo de contención. No se evaluó el acompañamiento.-
MARCELA FERNANDA LAURIN: Psicóloga, trabajo en hospital de Maquinchao. Preguntada por P C: ingresó el 27/11/2022, me convoca la médica de guardia, al momento de la evaluación estaba orientada en tiempo y espacio, sentido coherente de realidad, por su relato la situación vivida le produjo cierta desorganización en su psiquismo, relato desordenado y gran carga de angustia. Por momentos cuando tenía que nombrar lo sucedido presentaba quiebre, llantos, le dije que no es necesario un detalle de la situación en sí, se priorizó brindarle contención porque la carga de angustia era muy grande, el hecho había ocurrido recientemente, su psiquismo no había podido organizar ciertas defensas, de ahí lo desordenado del relato. Se sugirió a ella y familia, el descanso ese día, insomnio y falta de apetito desde el momento del hecho. P.¿En cuanto a su relato, de los agresores, qué fue lo que consignó en el informe?, recuerdo que ella manifestó que había tenido un vínculo previo con ellos, uno tiene un lazo familiar con ella, vive en la misma cuadra, se vio sorprendida por eso, rechazó todo contacto con ellos, tanto verbal como físico, pero no se detuvieron, eso la sorprendió, de ahí que la develación no fue inmediata, además ella sentía mucha culpa. Por protocolo se realizó 6 a 8 entrevistas posteriores, se realizaron y se sugirió que siguiera con tratamiento psicopatológico, continuó. P.¿Indicadores?, en las primeras entrevistas no pudo asistir sola, requirió acompañamiento por sus familiares; abandonó actividades escolares, recreativas y de oseo, ideación suicida, ingirió psicofármacos, culpabilización y auto-reproche, insomnio de largo plazo. Se le indicó un esquema farmacológico, pastillas, por parte de la psiquiatra del hospital de Roca. En la actualidad la sigo viendo. Hoy se puede evaluar que está más estable emocionalmente, puede realizar proyectos, organizar su vida. P.¿Puede ser por otra cosa que estuviera mal?, no. Se trató de una situación disruptiva.-
LAURA ELISA CURBELO FORNEIRO: psiquiatra del hospital López Lima de General Roca. Preguntada por la paciente P C D: la vi en 2023, habitualmente hacemos patrulla a los hospitales, no recuerdo quién solicitó intervención. P en tratamiento hace un año con la Dra. Demasi. Me pidieron un control después de un año de tratamiento. Estaba con dificultades de sueño, aprovecharon que yo iba. Demasi había iniciado esquema con antidepresivo en dosis bajas, yo regularicé una Diazepina para el sueño, es un ansiolítico, para ir reevaluando si con eso podía conciliar el sueño.-
VERONICA DE LOS ANGELES MURIAS: Psicóloga del CIF de esta ciudad. Preguntada por la pericia realizada a la víctima P C D: tenía 19 años, en el año 2023, en marzo, con entrevista, antecedentes del expediente y las pruebas que se realizaron a los fines de los puntos de pericia. P. ¿Infancia, existieron otras situaciones traumáticas que la hayan afectado?, infancia feliz, sin dificultades, hermana menor de cinco hermanos, con su papá no tenía ningún vínculo, pero no refirió ninguna cuestión conflictiva. P.¿pudo decir que tratamientos psiquiátricos y medicación?, por la situación denunciada había cambiado radicalmente, iniciado tratamiento psicológico y psiquiátrico, ideación suicida, en tratamiento con psicóloga y psiquiátrica y tomando medicación, a partir de esta situación, luego del hecho denunciado. Viviendo en Roca porque era muy costoso estar en el lugar donde antes vivía, por la cercanía y las cosas que se habían desencadenado. P.¿por el develamiento de los hechos?, sentía temor, sentía como que podían venir, una situación vivenciada con un vecino, que ofreció llevarla, crisis de angustia, resignificó, dificultades académicas, se había visto interrumpido. P.¿cuál era su estado psíquico?, pudo dar cuenta, momentos de angustia a medida que iba relatando, se recomendó continuar con tratamiento psicoterapéutico, sobre todo por la idea de quitarse la vida. P.¿por indicadores de impacto psíquico?, no hay indicadores patognomónicos, adolescente que no tiene configurada aún su constitución psíquica; indicadores de impacto psíquico por todos estos cambios, malestar significativo, dependencia, inestabilidad emocional, inhibición, bloqueos psicológicos, había sido diagnosticada de esta manera, indefensión, insatisfacción, culpa, vergüenza. A nivel cognitivo dejado de estudiar o suspender por el momento, por falta de motivación, el shock cognitivo. P.¿A nivel afectivo?, de orden depresivo, apatía. P.¿del legajo surge alguna otra posible causal -de estos indicadores-?, no, la única causa que ella trae es el abuso sufrido. P.¿tendencia a la fabulación?, adolescente, le permite manipular información, pero no surgieron de las pruebas indicadores de simulación, ni psicopatología de tipo mitomanía, o alguna tendencia a la fabulación. P¿puede haber un relato desordenado en la víctima?, esto no surgió, puede ser incluso por cuestiones defensivas, por padecimiento psíquico, la represión.-
Defensor: P.¿de su relación con su papá, le dijo algo?, lo que refirió es que no tenía vínculo, “tengo progenitor pero no tengo papá”, eso fue lo que dijo. Dijo que no había existido ninguna situación de violencia, que había tenido una infancia feliz. No dijo cuándo dejó de tener vínculo con el padre.- VIRGINIA ANSOLA: soy licenciada en psicología y me desempeño en la OFAVI local hace 18 años. La intervención con P fue posterior a la denuncia, a lo largo del proceso, articulado con su psicóloga del hospital de Maquinchao, entrevistas con ella y con su mamá. Pude evaluar un proceso complejo por varias cuestiones. Por las características del delito que dice haber sufrido, un hecho realizado por dos personas; impactó en su vida, familiar, modificación de su vida, un antes y un después de este evento, se suma el lugar donde vive, impactante, un lugar chico, ya en la denuncia la comunidad tomó conocimiento, se sintió denigrada, descreída, por eso se trasladó temporalmente a Roca, también por el miedo al encuentro con estas personas, por el lugar pequeño, esto de verlos era muy angustiante, incluso ha tenido crisis de angustia por sus estados. No siempre les tomaron las denuncias que realizaba en la policía. Cierta impotencia. Por eso se trasladaba a Roca por períodos. A pesar de este esfuerzo no ha modificado su relato. Es su necesidad de dar cuenta de su sufrimiento. Afirma todo el tiempo no haber accedido a que esto sucediera. Necesidad de ser escuchada.-
CONCLUSIONES: Al pronunciar el veredicto dijimos que “luego de haber analizado en profundidad la prueba producida en el juicio, los descargos formulados por los imputados y las alegaciones de las partes, hemos llegado a la firme convicción que, con excepción de la tenencia de imágenes con contenido de abuso sexual infantil que se atribuye al imputado D, los restantes hechos enrostrados a los prevenidos, admitidos en la audiencia de control de acusación y que fueron descriptos de la misma forma durante el juicio por parte de la Fiscalía y por los que requirió la declaración de culpabilidad de los enjuiciados, se encuentran certeramente acreditados, con el estándar probatorio que es dable requerir para pronunciamientos de este tipo, esto es: más allá de duda razonable. Es más, en este caso es posible sostener sin la menor hesitación que la prueba de cargo para llegar a dicha certeza resulta superabundante”. La mera descripción de la prueba producida durante el juicio -con más las convenciones probatorias que han sido incorporadas- justifica plenamente esta última aseveración, incluso sin necesidad de mayor argumentación, resultando plenamente aplicable el brocardo según el cual “las pruebas hablan por sí mismas” (res ipsa loquitur).-
Reiterando conceptos ya expuestos y desarrollados en causas similares, debemos señalar que, como ocurre a menudo en el juzgamiento de delitos de esta naturaleza (contra la integridad sexual) con la modalidad “en soledad” o “entre paredes”, el peso de la prueba reposa en gran medida en los dichos de la víctima, lo que no implica, que ese testimonio constituya prueba única.-
En este caso la declaración de la víctima P A C D es el pivote o la pieza fundamental donde se asientan los demás elementos de ponderación, que analizados de manera integral (conf. lo dispone el art. 188, 3er. párrafo, CPP), concatenada y armónica, terminan confirmando su versión incriminatoria.-
Siendo la víctima mujer y sujeto pasivo de específicos delitos de género, el juzgamiento de los mismos debe ser abordado con esa especial y múltiple perspectiva protectiva y de garantía reforzada. Sin perjuicio de todo ello y cuanto trae aparejado, ese testimonio principal debe ser merituado -y así lo ha sido- con extrema prudencia. Como sostuvo el STJ en “Avin”, citando a Carlos Enrique Llera, ese análisis debe ser realizado: “...con la mayor severidad y rigor critico posibles, tratando de desentrañar el mérito o la inconsistencia de la declaración mediante su confrontación con las demás circunstancias de la causa, que corroboren o disminuyan su fuerza...” (Sent. 73/2004).-
Sometido a ese análisis el testimonio de la víctima, hemos considerado que el mismo resulta verdaderamente sólido. Es coherente, seguro y firme. Por su contenido y la información adicional (indirecta e indiciaria) recibida durante la recepción de las demás pruebas, hemos podido descartar patologías en curso y posibles errores de percepción. Intrínsecamente considerado el relato no contiene inconsistencia de ningún tipo, autocontradicciones o contradicciones relevantes y significativas con el resto del plexo probatorio. Muy por el contrario, toda la información que ha sido incorporada durante el juicio a instancia de la acusación ha confirmado o corroborado la versión brindada por la joven, otorgándole plena verosimilitud.-
Por tales razones sostenemos que se trata de un testimonio que debe ser catalogado como “ sin fisuras”, resultando plenamente confiable como base y sustento principal de la declaración de culpabilidad penal de los imputados. Tal como ha sido reclamado con sólidos fundamentos por la Fiscalía.-
En este caso P fue escuchada al deponer durante el juicio, haciéndolo en presencia de los imputados. En ese marco fue sometida a un más que intenso interrogatorio por parte de la Fiscalía, deponiendo por espacio de algo más de 45 minutos, mientras que a la Defensa le alcanzó con un minuto para llevar a cabo su contrainterrogatorio.-
A partir de sus dichos es posible construir la imputación sin mayor dificultad, puesto que pese a su mesurado y acotado relato de allí se desprenden todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo descriptas en la plataforma fáctica de atribución. Explicó de manera solvente la forma en la que fue inicialmente abordada por los imputados, e introducida por la fuerza en el interior del rodado Gol Trend color rojo (siendo de algún modo sorprendida en su buena fe por la vinculación previa que tenía con los enjuiciados), de allí en más fue retenida sobre la falda de C y luego por D, quien la inmovilizó tomándola del cuello, impidiendo cualquier escape o defensa. Mientras tanto y en el trayecto hasta llegar al establecimiento rural denominado ..., C le bajó el pantalón corto que vestía, hasta las rodillas, al igual que su bombacha y le introdujo sus dedos en la vagina y el ano, al tiempo que D, que conducía el vehículo, hacía lo propio como podía. Al llegar al mencionado lugar (en las afueras de la localidad de Maquinchao), una vez que estacionaron el automóvil, pese a la resistencia que opuso la víctima aferrándose al interior del rodado, finalmente pudieron llevarla y ponerla sobre el asiento en la parte trasera del habitáculo, colocándose cada uno de los imputados a ambos lados de P, donde fue reiteradamente abusada carnalmente por ambos prevenidos, ya sea mediante la introducción de sus dedos en su vagina y en su ano, y con su pene vaginalmente por parte de C. Ambos imputados tomaron a la víctima de sus tobillos, forzándola a abrir sus piernas, al tiempo que la sujetaban de sus muñecas. En un momento D pretendió que la víctima le succionara su pene erecto a lo que P se negó, restregándole entonces el miembro por su cara.-
Los imputados prestaron declaración durante el juicio. Ambos pusieron énfasis en la vinculación previa que tenían con la víctima y a partir de allí sostuvieron que todo cuanto ocurrió fue con su consentimiento. C dijo que en el primer encuentro que tuvo con P mantuvieron relaciones sexuales y que se mostró abierta a las relaciones sexuales múltiples. Otro tanto manifestó D, quien incuso fue más específico.-
La construcción argumental pretende significar que como la víctima ya anteriormente había mantenido relaciones sexuales con ambos y que también lo había hecho con más de una persona a la vez, era una especie de mujer dispuesta, que podía ser tomada en cualquier momento y de cualquier forma, tal como si fuese una cosa.-
Esta circunstancia se desprende de manera más que evidente de las conversaciones que mantuvieron los imputados a través de la red Instagram con posterioridad a la recriminación que les hiciera la víctima a raíz de lo sucedido. Allí, entre risas y bromas, no sólo admiten la existencia de los hechos, incluso la forma en que la forzaron para lograr abrirle sus piernas, banalizando claramente los gravísimos hechos que llevaron a cabo. Esto lo omiten por completo al deponer durante el juicio, puesto que -con excepción del sexo oral que menciona C- sugestivamente ninguno de los imputados se refirió de manera concreta a la forma en que ocurrieron las relaciones sexuales, pretendidamente “consentidas”.-
Sobre este último aspecto C adujo que fue la propia víctima quien se quitó la bombacha y que en un momento dado ella le atendió el teléfono. P C D no sólo admitió la vinculación previa que tenía con los imputados; también que había mantenido relaciones sexuales con ambos; que fue ella quien se quitó la bombacha y que efectivamente atendió el teléfono de C, brindando las explicaciones pertinentes que en mi consideración resultan perfectamente atendibles. Ninguna de estas circunstancias constituye una inconsistencia de su testimonio, más bien todo lo contrario, porque su versión responde a la más estricta realidad y a la verdad de lo acontecido.-
Aquí no hay autocontradicciones ni contradicción entre los dichos de los imputados con el relato de la víctima. A primera vista podría llamar la atención que, en ese contexto de violencia, en un momento dado P se quitara la bombacha. Al respecto, como sostuviera en la sentencia del legajo MPF-RO-02327-2020, “Trucchi”, son múltiples las formas que pueden asumir las acciones que quedan atrapadas en el art. 119, CPenal, y que vulgarmente se menciona como “violación” (para que entiendan los imputados). Desde la conducta del más típico y característico violador de callejón, de descampado, que sorprende y ataca violentamente a la víctima hasta lograr doblegarla física y sexualmente, hasta otros supuestos, si se quiere más sutiles, pero no menos intrusivos y agraviantes. Aquí la resistencia de la víctima fue totalmente controlada por el accionar violento de ambos imputados mientras la tenían en la parte delantera del rodado. Allí P consumió gran parte de sus fuerzas. La bombacha se la quitó a posteriori, estando en el sector trasero del habitáculo, con ambos imputados a sus lados. Qué sentido tenía que, además de los vejámenes que estaba padeciendo, también rompieran su ropa interior. Aunque parezca banal, es lo que podía y pudo preservar en ese momento. Otro tanto ocurre con relación a la circunstancia de que atendiera el teléfono, siendo que la agresión principal ya había cesado.-
Pero además, nótese que fue la propia víctima quien reconoció que el tiempo que le demandó denunciar obedeció, en gran medida, a los pensamientos que tenía acerca de si lo sucedido era verdaderamente grave, o si estaba exagerando. No debe perderse de vista que el concepto o “patrón machista”, basado en roles y estereotipos de género, no es privativo de los varones. De manera que si tuvo esa confusión en las horas y en los días subsiguientes al hecho, es posible que durante el suceso no fuera suficientemente consciente de la gravedad del abuso sexual que estaba padeciendo. Esto no resulta para nada extraño en el juzgamiento de este tipo de delitos, es más, observamos muy a menudo que, por distintos motivos y causales, habitualmente las víctimas se ven embargadas por sentimientos de culpa y vergüenza. El Defensor se preguntó, ¿por qué tanta culpa?. Seguramente no hay una sola respuesta, y tampoco resulta insoslayable encontrarla, porque no es la víctima quién está siendo juzgada. Así y todo, culpa porque podría haber hecho otra cosa: haber ingresado antes a su vivienda; por haberse acercado al auto; por haberse relacionado con los imputados, y quizás muchos más etcétera que no viene al caso señalar, pues no se trata de un aspecto verdaderamente significativo para la debida resolución del caso.-
Lo cierto es que aquí no existe ningún elemento relevante que pueda empañar la fidelidad del relato de la víctima. La Defensa lejos de sostener que la víctima miente al narrar esas secuencias, procura sacar un provecho indebido de su sinceridad.-
Básicamente la única controversia entre las partes radica en la existencia o inexistencia de consentimiento válido o eficaz por parte de la víctima, a las relaciones sexuales incriminadas. El acceso carnal puede ser con o sin consentimiento, no hay término medio. En este caso, no ha existido consentimiento eficaz por parte de la víctima. P no sólo reiteró que fue suficientemente explícita al respecto, sino que además resistió con su propio cuerpo hasta donde pudo la agresión que los imputados desencadenaron sobre ella. De su parte no hubo absolutamente nada que pudiese llevar a los imputados a interpretar un consentimiento inexistente. Desde el primer momento les dijo que no quería ir; la excusa de que se acercara al auto para saludarlos con un beso fue aprovechada por C para tomarla de la cintura e introducirla violentamente en la parte delantera del auto, sobre su falta. De ahí en más comenzaron a ultrajarla, tocando sus partes íntimas, mientras la sujetaban con fuerza. Al llegar a... también debieron forzarla para bajarla del auto, lo que no les resultó sencillo, pero lo lograron y la llevaron a la parte trasera, donde sujetada de ambos lados por los prevenidos fue abusada de manera reiterada.-
De esa forma ejecutaron el hecho los imputados, con enorme y persistente despliegue de fuerza y violencia sobre la permanente resistencia y negativa explícita de la víctima. Muestra de ello son las lesiones evidenciadas en su cuerpo, las que han sido debidamente acreditadas en juicio. De manera que sostener que quizás -por las relaciones previas que mantuvieron- se hayan “confundido” respecto del consentimiento de la víctima, no resiste el análisis más elemental.-
Asimismo, la verdad de lo acontecido es la única razón que impulsó el develamiento y casi inmediatamente después la formalización de la denuncia penal. No ha sido planteado ningún otro motivo que le de explicación. Tampoco se vislumbra de la totalidad del plexo probatorio. No surge ningún conflicto o inquina hacia los prevenidos. En fin, no existe motivo alguno que permita siquiera sospechar en una falsa imputación, lo que no ha sido siquiera sugerido por la Defensa técnica de los imputados, ni tampoco por estos últimos.-
Está muy claro, por lo ya expresado en lo atinente a la naturaleza de los episodios en juzgamiento, que la utilidad del plexo restante es apuntalar o restarle eficacia probatoria a la versión de la víctima. En definitiva esas pruebas actúan como una especie de filtros de la verdad judicial, tendientes a encontrar inconsistencias, contradicciones significativas ó cualquier otra circunstancia que pueda implicar el hallazgo de una duda razonable. En este último aspecto no puede perderse de vista que: “...la duda razonable que determina la aplicación del principio in dubio pro reo debe resultar de una situación de paridad invencible generada por la prueba producida en la causa que no permita decidir con el grado de certeza que la ley requiere, sin que pueda resolverse el beneficio de la duda cuando esta se sustenta en conjeturas y en apreciaciones subjetivas del magistrado que le restan fundamento a la sentencia y la tornan arbitraria, en tanto no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias efectivamente comprobadas en la causa..." (STJ, Sent. nro. 153/15 del 29/9/2015).-
En efecto, la prueba complementaria es tan contundente como la declaración de la víctima. Ésta explicó las razones (por demás atendibles) que la llevaron a dilatar la denuncia por algunos días. Sin embargo, al día siguiente del hecho le contó lo ocurrido a su mejor amiga, S T y también a su prima A C. Ambas jóvenes fueron contestes en cuanto al estado de P en ese momento, la angustia que evidenciaba al decirles que había sido abusada por P y N; dándoles escasos detalles de lo ocurrido, lo que resulta habitual en este tipo de situaciones, por el pudor y la vergüenza que suele embargar a las víctimas. Ellas también pudieron observar las lesiones que P presentaba en su cuerpo. Algunos días después, cuando ya no aguantó más, finalmente le contó a su madre, M C. También le transmitió lo más elemental, que el miércoles pasado había sido violada por P y N, mostrándole los moretones que todavía presentaba a la altura de las rodillas.-
La médica de la guardia del hospital de Maquinchao, Lucía Pérez Ruiz, que atendió a P el día domingo 27/11/2022, aseveró que la joven llegó muy angustiada y que no podía dejar de llorar. Expresó haber sido abusada sexualmente el día miércoles 23/11/2022. Al examen practicado presentaba hematomas en ambos muslos; en tanto que el cuello del útero se encontraba levemente inflamado, lo que resulta compatible con contusiones en cuanto a su modo o mecanismo de producción, como podrían ser relaciones sexuales fuertes. Agregó que se diagnosticó abuso sexual y se aplicó el protocolo respectivo.-
Carmina del Valle Lizarralde -trabajadora social del mencionado nosocomio- dio cuenta del estado de angustia de P cuando se presentó en el hospital; estaba nerviosa y tenía sentimientos de culpa, especialmente por la exposición social que implicaba hacer la denuncia.-
La Psicóloga del hospital, Marcela Fernanda Laurín, también la atendió en la guardia. Dijo que la situación vivida le produjo cierta desorganización en su psiquismo; un relato desordenado y gran carga de angustia. Cuando tenía que nombrar lo sucedido se quebraba en llanto. Aún su psiquismo no había podido organizar ciertas defensas. Presentaba insomnio y falta de apetito desde el día del hecho. Dijo que había tenido relaciones previas con los agresores y que por ello sentía mucha culpa. Se vio sorprendida por el accionar de los autores. Agregó que como consecuencia del hecho P abandonó sus actividades escolares, recreativas y de oseo. Presentaba ideación suicida, culpabilización y auto-reproche, además de insomnio de largo plazo. Preguntada si para ello pudo haber mediado alguna otra situación, respondió que no, ésta fue una situación disruptiva.-
La psiquiatra Laura Curbelo Foreneiro, evaluó a la víctima un año después de iniciado el tratamiento psicológico y psiquiátrico que estaba llevando a cabo, diciendo que aún presentaba dificultades de sueño.-
La Lic. Verónica Murias, Psicóloga del CIF, expresó que P por la situación denunciada había cambiado radicalmente. Se encontraba bajo tratamiento psicológico y psiquiátrico, tomando medicación. En cuanto a los indicadores que presentaba, refirió: temor, crisis de angustia, dificultades académicas. Fue presentando momentos de angustia a medida que iba relatando. Idea de quitarse la vida. Dependencia. Inestabilidad emocional; inhibición; bloqueos psicológicos; indefensión; insatisfacción; culpa; vergüenza; apatía. Si bien es sabido que no existen indicadores patognomónicos de abuso sexual, no es menos cierto que la experta aseveró que la única causa que ella trae (como desencadenante de esos síntomas o indicadores) es el abuso sufrido. Concluyó diciendo que de la integración de todas las pruebas realizadas no surgieron indicadores de simulación, ni psicopatología de tipo mitómana o alguna tendencia a la fabulación.-
Finalmente, la Lic. Virginia Ansola de la OFAVI local, entre otras cuestiones similares a las ya mencionadas anteriormente, destacó que P nunca ha modificado lo que fue su relato original.- Ahora bien, en otro orden, como ya fuera adelantado, el imputado P D fue declarado no culpable respecto de la TENENCIA DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, AGRAVADO POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, 3 HECHOS (art. 128, segundo y último párrafo, CPenal). Ello así básicamente por las consideraciones atendibles realizadas por la Defensa durante su alegato de clausura, las que compartimos y damos por reproducidas en la presente fundamentación. Ellas tienen que ver, en primer lugar, con la naturaleza equívoca de las imágenes que hemos observado durante el juicio, denominadas “stickers” por parte del Ingeniero Baffoni y por su ubicación en el dispositivo peritado. En definitiva entiendo que esas circunstancias resultan relevantes en lo atinente a la determinación del elemento subjetivo de la imputación jurídico delictiva que se ensaya sobre el mismo. De manera que, tratándose de un delito doloso, que implica el conocimiento y la intención más o menos perfecta de cometer un hecho contrario a derecho, en este caso particular no es posible descartar -a partir de la prueba producida- que las mismas hayan ingresado de manera automática en el dispositivo electrónico de figuración. Por tales razones corresponde la absolución por aplicación del beneficio de la duda en su favor (art. 8°, CPP), lo que no debe constar en la parte resolutiva del fallo.-
En otro orden, no han sido planteadas por las partes ni tampoco hemos advertido la existencia de causales de justificación, de inimputabilidad o de inculpabilidad que influyan sobre la declaración de culpabilidad penal requerida por la Acusación Pública sobre ambos imputados.-
El resto de la prueba y alegaciones de las partes, debidamente ponderadas, no modifican estas conclusiones. ASÍ LO VOTO.-
A LA SEGUNDA CUESTION, EL DR. EMILIO STADLER, DIJO: Tal como se desarrollaron los hechos incriminados, desde el comienzo, la figura penal que se verifica en la especie (más allá de la reiteración de abusos sexuales con acceso carnal de distinto tipo, en el mismo contexto de acción) es la de abuso sexual con acceso carnal, agravada por la participación de dos personas, quienes en todo momento actuaron en coautoría y deberán responder penalmente en tal sentido (arts. 45 y 119, tercer párrafo en función del primero y cuarto, letra d, CPenal).-
Hemos adelantado en el veredicto que en nuestra consideración también se verifica el delito de rapto (art. 130, CPenal) por parte de ambos imputados, el que no ha sido incluido en la acusación, y por lo tanto nos abstendremos de pronunciarnos al respecto (art. 191, CPP).-
A LA TERCERA CUESTION, EL DR. EMILIO STADLER, DIJO: Como ha quedado dicho, el día 12 de mayo de 2025 se llevó a cabo la segunda fase del juicio, produciéndose la siguiente prueba:
Por parte de la Fiscalía: informes del Registro Nacional de Reincidencia, conforme a los cuales los imputados no registran antecedentes penales.-
Por parte de la Defensa: declaraciones testimoniales
H M N: hermana mayor del imputado D, por parte de mamá, nos llevamos 9 años, somos tres hermanos, P no vive con nosotros. A P siempre le gustó el campo, trabajar en el campo, por eso dejó el colegio, es re bueno, labura; en el pueblo no tenemos muchas posibilidades de salir de noche; es familiero, trabaja para tener lo que hoy tiene, le encanta estar con sus sobrinos; el papá de él falleció; no tuvo mucha relación con su padre, falleció cuando él tenía 12 años; tiene un poco de contacto con la familia de su padre. Ayuda a mi mamá.-
K L C: pareja del imputado N C; hace dos años y medio que nos conocimos, convivimos hace un año. N es un excelente compañero; está siempre, no tengo nada que decir de él como persona, siempre está cuando lo necesito o cuando me surge algo, siempre está para acompañarme en las buenas y en las malas; él estudio ..., no está ejerciendo, está trabajando en el campo, es mensual, trabaja con su papá, salir a juntar, a recorrer; trabaja con animales; su familia son su papá, su madrastra, dos hermanos varones y tres nenas. N es el hermano más grande, todos los hermanos por parte del papá. Tiene dos hermanos más por parte de su mamá.-
No habiendo otras pruebas que producir se pasa a los ALEGATOS.
Fiscalía: Atenuantes: no tienen antecedentes, son personas jóvenes que trabajan; tienen familia que los contienen. Agravantes: adelanta que en su criterio pesan más que las circunstancias atenuantes; si bien es un solo hecho, existieron diferentes tipos de acceso en el cuerpo de la víctima, tres accesos, bucal, anal y vaginal en un mismo contexto, lo que implica un mayor desprecio por la integridad sexual de la víctima; nocturnidad, un lugar alejado, actuaron sobre seguro, mayor indefensión de la víctima; planificación previa para ir al lugar donde fueron, estaba previamente acordado. Comportamiento posterior: las conversaciones que se mostraron durante el juicio, burlas y desprecio hacia la víctima. La víctima quedó con lesiones en su cuerpo, padecimiento psicológico, perdida de voluntad, aislamiento, tristeza, tuvo que mudarse del pueblo, señalada en este tipo de pueblos, dejó sus estudios, no concluyó la secundaria; rasgos depresivos asociados a estos hechos, ingresos al hospital por ingesta de psicofármacos. El impacto de este hecho en la víctima es muy grande. Me debo apartar del mínimo legal, a ambos les corresponde la pena de 9 años y 6 meses de prisión, accesorias legales, costas e inscripción en el REPROCOINS. Solicita por último que continúen las medidas cautelares que tienen hasta el momento, hasta la firmeza del fallo o hasta que surja necesidad de modificarlas; la prohibición de salidas del país; presentaciones y la prohibición de acercamiento a la víctima, en un radio de 100 metros y la prohibición de realizar actos que impliquen hostigamiento por cualquier otro medio, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de Desobediencia.-
Defensor: tengo discordancia con la Fiscalía, en lo que entiende como agravantes. Coincido con las atenuantes, chicos jóvenes, más al momento del hecho, sin antecedentes, con buen contexto familiar; voy a solicitar se aplique el mínimo de la pena, que es altísimo, 8 años de prisión, mismo que para el homicidio; la vida es el bien jurídico más protegido; un hecho grave pero único, no tiene la entidad de un asesinato. Ya habían tenido relaciones sexuales con los dos, en tríos, con otros amigos, entiendo que por lo menos los llevaron a la confusión; el encuentro fue fortuito, se encuentran casualmente; no hay planificación; creyeron que el consentimiento estaba implícito, son chicos de campo con conductas diferentes; no iban a estar a la vista de todos, por eso fueron a ese lugar, lo mismo que la nocturnidad; en cuanto al comportamiento posterior no hubo ninguna burla sino pedidos de perdón; jamás se burlaron de P, de hecho le pidieron perdón. El padecimiento psicológico es lógico en hechos de este tipo, está dentro del tipo, no es que tenga un plus, de hecho volvió a estudiar y volvió al pueblo, si alguien tiene vergüenza de andar en el pueblo son estos dos señores. El mínimo es por demás suficiente.-
Se informa que la sentencia integral sería leída el día 19/5/2025, a las 12,30 horas.-
Llegado el momento de decidir qué calidad y qué cantidad de pena se debe imponer a los imputados, sabido es que corresponde analizar las características especiales del hecho al momento de su comisión, y que no forman parte los elementos típicos configurativos del ilícito atribuido; la actitud concomitante y posterior al delito asumida por los mismos; las circunstancias personales de los imputados y víctima del evento, todo ello siguiendo como parámetro las pautas previstas en los artículos 40 y 41 del Código Penal y que resulten ajustados a la culpabilidad de los imputados.-
En ese sentido, nuestro STJ tiene dicho que: “...la determinación del monto de la pena aplicable debe seguir los parámetros correspondientes para tal fin. Concretamente, la ponderación de las constancias conducentes del proceso para seguir las pautas vinculadas con la pena, que “es la herramienta que emplea el derecho penal para ejercer su función de control social de carácter formal. Se trata de una temática que exige la máxima prudencia en los jueces y en cuya individualización judicial deben liberarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones, y orientar su sentencia exclusivamente atento a criterios objetivos de valoración. Además, hemos establecido que la argumentación de la imposición de pena –dentro de la escala penal aplicable- de acuerdo con el art. 40 del Código Penal manda a merituar la totalidad de los atenuantes y agravantes que surgen de las constancias de la causa; el inc. 1º del art. 41 reconoce cuatro elementos posibles, mientras que el inciso siguiente se refiere a diez, más el conocimiento “de visu” del imputado, la víctima y las circunstancias del hecho en la medida requerida para el caso” (Se. 190/06; 131/07; 45/08; 134/08 y 190/08 STJRNSP, entre otras)...” (“Yacopino”, sent. nro. 299 del 23-12-2010). Asimismo, respecto del punto de arranque en la graduación, rige la doctrina legal del STJ, en el sentido que debe: “(...tenerse presente que en la tarea de individualización y determinación de la pena, la enumeración de circunstancias objetivas y subjetivas contenidas en la ley de fondo (arts. 40 y 41 C.P.) constituyen parámetros de ponderación a los fines de cuantificar el monto de la pena. Así, frente a la conminación de la escala del minimum y el maximum, esto es, frente a los topes mensurativos, el magistrado debe partir de un punto central (equidistante de ambos extremos) y a partir de allí correrse de un lado a otro motivado por los diferentes aspectos que la normativa le señala, sea para agravar, sea para atenuar la individualización de la sanción a imponer” (STJRN Se. 94/14 “Brione”). Por cierto, doctrina que ha venido siendo ratificada por el Alto Cuerpo (vid. Se. 46/2020-STJRN, “J.M.S”, del 14/7/2020). Lo importante de este último precedente es que aún cuando se parta del punto medio o equidistante de la escala punitiva aplicable, ello no impide que, en el marco de la ponderación de atenuantes y agravantes genéricos, cuando así corresponda, igualmente pueda arribarse a la imposición de la pena mínima conminada.-
Necesario es señalar, además, que la graduación de la pena, sin perjuicio de procurar que resulte lo más objetiva posible, lejos está de ser un procedimiento matemático. Es decir, no se halla reglado o cuantificado cuánto se debe subir o cuánto se debe bajar por las agravantes o atenuantes que resulten aplicadas, dependiendo en cada caso de la trascendencia que le asigne el juzgador a cada una de ellas. De allí que el STJ haya expresado que: “...resulta imposible construir una regla general a priori sobre los criterios eminentemente valorativos para determinar la pena aplicable dentro de la escala de los tipos legales, a la vez que se aconseja que la intervención del Superior Tribunal sea prudente y limitada a la función casatoria (STJRNS2 Se. 7/16, “Cifuentes Caro”)...” (Se. 249/16, 12/10/2016; voto del Dr. Barotto).-
Por último, también he tenido especialmente en cuenta los conceptos expuestos por el Tribunal de Impugnación de la provincia en los precedentes “Pereyra”, “Silva” y fundamentalmente “Calluheque” (Legajo MPF-VI-00365-2017), en los que se han fijado las pautas generales a los fines de la graduación de la pena.-
Con este marco, siendo en la especie la escala punitiva en abstracto de 8 a 20 años de prisión, el punto medio o equidistante es de 14 años. La pretensión punitiva de la Fiscalía ha sido de 9 años y seis meses de prisión respecto de cada uno de los imputados. Conforme a ello y a lo dispuesto por el art. 191, CPP, la escala de graduación aplicable para este TJ es de 8 a 9 años y seis meses de prisión; siendo la banda dentro de la cual deberá ubicarse la pena que se considere justa y equitativa de acuerdo a las circunstancias atenuantes y agravantes.-
Ahora bien, personalmente considero que debe ponderarse como atenuantes: la circunstancia de que ambos imputados carecen de antecedentes penales. Son personas jóvenes, de trabajo; tienen familia y arraigo en la zona; siempre han respetado y cumplido con sus obligaciones procesales. También pondero positivamente la actitud que han tenido durante el juicio, y la impresión que he tenido de los mismos.-
Como agravantes: las distintas circunstancias que acertadamente han sido mencionadas por la Fiscalía, que no habré de repetir, pero que comparto y remito a ellas a los fines de la presente fundamentación. La vinculación previa que la víctima tenía con los prevenidos, de confianza, ha implicado un aprovechamiento indebido de esa circunstancia. Por último, considero que la pena de C debe ser superior a la de D por el grado de formación académico que posee (es ...), lo que implica una mayor capacidad intelectual y social para conducirse de acuerdo a las normas.-
En función de todo ello, estimo justo y equitativo imponer al prevenido N K C la pena de ocho años y ocho meses de prisión efectiva, accesorias legales del art. 12 CPenal, costas del proceso por condición de perdidoso e inscripción en el REPROCOINS (art. 191, CPP); y para P A D la de ocho años y seis meses de prisión efectiva, accesorias legales del art. 12 CPenal, costas del proceso por condición de perdidoso e inscripción en el REPROCOINS (art. 191, CPP), lo que dejo propuesto al acuerdo. TAL MI VOTO.-
A LA PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA CUESTION, LOS SRES. JUECES, DRES. OSCAR GATTI y LAURA PEREZ, DIJERON: Que adhieren en un todo a los fundamentos y argumentos expuestos por el Sr. Juez que votara precedentemente y siendo los mismos producto de la deliberación realizada tras la audiencia de juicio y cesura, votan en igual sentido.- TAL NUESTRO VOTO.-
Por todo ello, los suscriptos, Jueces del Foro de Jueces de la Provincia de Rio Negro, con asiento de funciones en esta ciudad; FALLAN: I.- ABSOLVER de culpa y cargo al imputado P A D, ya filiado al comienzo, por los hechos que han sido calificados legalmente como TENENCIA DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, AGRAVADO POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, (3 HECHOS), sin costas (art. 128, segundo y último párrafo, CPenal).-
II.- CONDENANDO al imputado N K C, filiado al comienzo del presente pronunciamiento, a la pena de OCHO (8) AÑOS y OCHO (8) MESES de prisión efectiva, accesorias legales del art. 12 CPenal, costas del proceso e inscripción en el REPROCOINS (art. 191, CPP), por ser coautor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA PARTICIPACIÓN DE DOS PERSONAS (arts. 29, 45 y 119, tercer párrafo en función del primero y cuarto, letra d, CPenal).-
III.- CONDENANDO al imputado P A D, filiado al comienzo del presente pronunciamiento, a la pena de OCHO (8) AÑOS y SEIS (6) MESES de prisión efectiva, accesorias legales del art. 12 CPenal, costas del proceso e inscripción en el REPROCOINS (art. 191, CPP), por ser coautor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA PARTICIPACIÓN DE DOS PERSONAS (arts. 29, 45 y 119, tercer párrafo en función del primero y cuarto, letra d, CPenal).-
IV.- PRORROGANDO todas las medidas cautelares que hasta el momento pesan sobre los imputados, las que son impuestas bajo apercibimiento de incurrir en el delito de Desobediencia a una orden judicial, para el caso de incumplimiento (art. 239, CPenal), hasta la firmeza del fallo o hasta que surja la necesidad de requerir una modificación sobre las mismas; debiendo librarse las comunicaciones correspondientes.-
V.- REGULANDO los honorarios del Dr. DARIO SUJONITZKY, por la labor profesional desarrollada en la causa como Defensor de los imputados, en la cantidad de SETENTA (70) JUS en forma conjunta, teniendo en consideración la naturaleza del hecho investigado, la complejidad de la causa, la calidad y extensión de la labor profesional desarrollada y el resultado obtenido (arts. 6, inc. b, d y e y 8 de la ley G nro. 2.212 de la provincia de Río Negro). Notifíquese a la Caja Forense.-
VI.- Remítase la presente a la Oficina Judicial para su debido registro, comunicación y demás efectos. Firme que sea deberá comunicarse al REPROCOINS (art. 191, CPP); deberá formarse cuadernillo de ejecución de sentencia, practicar el cómputo de pena, las notificaciones y comunicaciones de ley para su posterior remisión al Juzgado de Ejecución con las siguientes constancias del legajo: a) de la sentencia; b) del cómputo de pena; c) de los antecedentes de los condenados; d) de los datos de la víctima y/o su representante, a los fines del art. 11 bis. de la ley 24.660, debiendo otorgársele la participación correspondiente en el marco de la ejecución de pena (conforme art. 258, sgtes. y cctes., CPP y Acordada 15/2019-STJ).-

Firmado digitalmente por:
Laura Pérez, Oscar Gatti y Emilio Stadler
Fecha: 2025.05.16
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil