Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - CIPOLLETTI
Sentencia300 - 30/11/2015 - INTERLOCUTORIA
Expediente34944 - PARRA BELISARIO Y TELLECHEA ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia





PROVINCIA DE RIO NEGRO
JUZGADO CIVIL Nro. 1 (Cipolletti)

Tomo
Interlocutorio
Folio
Secretaria


Cipolletti, 30 de noviembre de 2015.j.d.
Agréguense.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "PARRA BELISARIO Y TELLECHEA ANGELA S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expte. Nº 34944) y,
CONSIDERANDO: Que a fs. 11 se acredita el fallecimiento del Sr. BELISARIO PARRA, hecho ocurrido el día 03 de Marzo de 2014 en General Roca, Provincia de Río Negro; y a fs. 3 se acredita el fallecimiento de la Sra. ANGELA TELLECHEA, hecho ocurrido el día 02 de Agosto de 2014 en Cinco Saltos, Provincia de Río Negro.
Los causantes eran de estado civil CASADOS, lo que se acredita con la copia certificada del certificado de matrimonio agregado a fs. 4.
De dicha unión nacio el siguiente hijo: RUBEN PARRA, lo que se acredita con la copia certificada de la partida de nacimiento agregada a fs. 5.
A fs. 19 se tiene por competente el Juzgado y por iniciado el presente trámite sucesorio.
A fs. 19vta, 35 y 37 obran los oficios al registro de Testamentos y constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales, de los que surge que, a nombre de los causantes, no se iniciaron juicios similares y no se registró disposición testamentaria alguna.
A fs. 22/24 y 28/30 se agregan ejemplares del Boletin Oficial y Diario Rio Negro, acreditándose la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto el actuario, informando asimismo que no se han presentado más herederos ni interesados que el precedentemente indicado.
Por lo expuesto y lo dispuesto por los Arts. 3565, del C.C. y 699 y 700 del C.P.C.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar y por derecho que por el fallecimiento del Sr. BELISARIO PARRA, le suceden en carácter de únicos y universales herederos su hijo RUBEN PARRA y la cónyuge supérstite ANGELA TELLECHEA, respecto de los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los gananciales.
Declarar en cuanto ha lugar y por derecho que por el fallecimiento de la Sra. ANGELA TELLECHEA, le sucede en carácter de único y universal heredero su hijo RUBEN PARRA.
NOTIFIQUESE - REGISTRESE.

Dr. Alejandro Cabral y Vedia
Juez
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