Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 3 - CIPOLLETTI
Sentencia69 - 07/04/2025 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCI-01172-C-2022 - MARTINEZ FIGUEROA, PEDRO ARMANDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

Cipolletti, 7 de abril de 2025

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en los presentes autos caratulados "MARTINEZ FIGUEROA, PEDRO ARMANDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO" (Expte. Nº CI-01172-C-2022); y

CONSIDERANDO: Con la partida de defunción presentada se acredita el fallecimiento de PEDRO ARMANDO MARTINEZ FIGUEROA, DNI 93.955.779, ocurrido el día 17 de diciembre 2020, en la ciudad de Cipolletti, provincia de Río Negro.

El causante era de estado civil soltero.- 

De la unión con la Sra. Celida Luz Barreda nacieron sus hijos; STELLA MARIS, DNI 23.629.330, presentada en autos, LAURA DEL CARMEN, DNI 24.667.504, OCTAVIO FABIAN, DNI 30.944.571, PEDRO ANTONIO, DNI 29.515.655, CARINA ALEJANDRA, DNI 28.093.165, ADRIANA ANDREA, DNI 26.777.290, MARCELO RUBEN, DNI 25.460.131, CECILIA DEL CARMEN, DNI 24.331.559, todos de apellido MARTINEZ, tal como surge de las copias certificadas de las partidas de nacimiento, presentadas (el 15/09/2022). Siendo todos citados y notificados en fecha 28-04-23, no compareciendo en autos. 

En fecha 30/09/2022 se tiene por competente la Unidad Jurisdiccional y por iniciado el presente trámite sucesorio.

Asimismo, en igual fecha, obra la constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales y en fecha 24/04/2023, se agrega el informe del Registro de Testamentos, de lo que resulta que a nombre del causante, no se iniciaron juicios similares, ni se registró disposición testamentaria alguna.

El 05/10/2022, se efectúa la publicación de edictos en el sitio Web del Poder Judicial y en fechas 17, 20 y 24 de octubre del 2022, en el Boletín Oficial, sin que se hayan presentado dentro del plazo de citación más herederos ni interesados que los precedentemente indicados.

Por lo expuesto y lo establecido por los arts. 2424, 2426 y concordantes del Código Civil y Comercial  y arts. 625, 627 y ccds. del Código Procesal;

RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de PEDRO ARMANDO MARTINEZ FIGUEROA, le sucede en carácter de universal heredera su hija STELLA MARIS MARTINEZ.-

Queda registrada mediante PROTOCOLO DIGITAL. 

NOTIFÍQUESE conforme art. 120 CPCC - Ley 5777. Expídase testimonio, común o de Ley 22.172.

 

Soledad Peruzzi

Jueza

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