Organismo | CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 21 - 23/04/2021 - MONITORIA |
Expediente | RO-00100-L-2021 - INCIDENTE - DR. BAZZO JORGE ARTURO EN AUTOS: RIVAS CERDA JUAN CARLOS C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L) |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
INCIDENTE - RIVAS CERDA JUAN CARLOS C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)RO-00100-L-2021- INCIDENTE General Roca, 21 de Abril de 2021.- ----- ----- --------AUTOS Y VISTOS: Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 499, 520, 523, 531 y cctes. del C.P.C. y C, corresponde dictar Sentencia Monitoria, por lo cual LA CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL con asiento en la ciudad de General Roca, ----- ----- --------RESUELVE: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado LA SEGUNDA ART S.A. (C.U.I.L.30689133483) haga al acreedor JORGE ARTURO BAZZO íntegro pago del capital reclamado, trábese embargo sobre los bienes de la parte demandada hasta cubrir la suma de pesos 12.720.- en concepto de (honorarios provisorios) con más sus intereses y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del C.P.C.yC.); presupuestándose la suma de pesos 10.000.- a tales fines.- ----- ----- -------Difiérase la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutoriada.- ----- ----- ------Hágase saber al ejecutado que queda notificado de la presente ministerio legis, conforme lo dispuesto en art. 8 inc. A Anexo I Acordada 1/2021 S.T.J., quien dentro del quinto día podrá oponer las excepciones previstas en el art. 544 del C.P.C. y C, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de continuarse el trámite de cumplimiento de esta sentencia ( art. 542 del C.P.C. y C).- ----- --------Téngase presente el bien denunciado a embargo y líbrese oficio como se solicita a: Banco de la Nación Argentina -Casa Central-, Banco Patagonia S.A., Banco de La Pampa, Banco Macro S.A., Banco Provincia de Neuquén, Banco Santander S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., B.B.V.A. S.A., HSBC Bank Argentina S.A. y Banco Credicoop Coop. Ltdo. , haciéndole saber a las entidades mencionadas que deberán informar al facultado para el diligenciamiento, ante la presentación del oficio, el saldo existente a favor de la demandada en la entidad.- El facultado se abstendrá, una vez efectivizada la medida sobre una de las instituciones oficiadas, de diligenciar los otros oficios ordenados.- Los fondos embargados deberán ser transferidos a la cuenta bancaria que oportunamente se le informará y a la órden de este Tribunal, todo en el plazo de CINCO (5) días de realizado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 804 y 877 del Código Civil.- ----- ----- ------Se hace saber al ejecutante que deberá indicar en el texto de los oficios ordenados que la respuesta a la diligencia que le fuera solicitada debe ser remitida a través del sistema de gestón PUMA L, y en caso de no contarse con clave de acceso, de modo excepcional podrá ser remitida al correo electrónico oficial del organismo: camlabroca@jusrionegro.gov.ar. Asimismo se hace saber que no se recepcionará la misma en soporte papel.- ----- ---------Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A a efectos de que proceda a la apertura de una cuenta judicial a nombre de estos autos y a la orden del Tribunal, haciéndole saber que deberá dar cumplimiento con la medida en plazo de 48 hs. de recibido el mail, informando número de cuenta y de CBU, bajo apercibimiento de aplicar la suma de $2.000 diarios en concepto de astreintes, al correo electrónico oficial de este Tribunal camlabroca@jusrionegro.gov.ar. Líbrese oficio por Secretaria a la casilla de correo electrónico provista por el Banco Patagonia: DepositosJudiciales2dajurisdiccion@bancopatagonia.com.ar. ----- ----- --------La presente queda notificada conforme lo dispuesto en art. 8 inc. a) Anexo I de la Acordada 01/2021 S.T.J.- ----- ----- --------Publíquese y regístrese.- Dra. Paula Bisogni Presidenta Cámara Primera de Trabajo Dr.. José Luis Rodriguez Dr. Nelson Walter Peña Vocal Vocal Ante mi: Dra. Lucía Meheuech Secretaria |
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