Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia406 - 28/12/2021 - HOMOLOGADA
ExpedienteRO-12549-L-0000 - ROA RICARDO ARIEL C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
General Roca, a los 28 días del mes de Diciembre del año 2021.-

-----VISTOS: los presentes autos caratulados: ROA RICARDO ARIEL C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)RO-12549-L-0000, venidos al acuerdo a los efectos de que sea homologado el convenio obrante en autos de fecha 21 de Diciembre de 2021.-

-----CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses de las partes que no vulnera el orden público por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia dicho acuerdo en todas sus partes.

-----Costas a cargo PREVENCIÓN ART S.A.

-----Admítanse los honorarios pactados en favor del Dr. Arregui Sebastián en la suma de pesos cuarenta y ocho mil ($48.000); y regúlense los de los Dres. Rodriguez Tomas y Rodriguez Tomas Alberto en forma conjunta en la suma de pesos cuarenta y ocho mil ($48.000).- (MB: $240.000.- Arts. 6, 8, 10 y 40 Ley 2212).

-----Asimismo regúlense los honorarios del perito médico, Perez Juan Manuel, en la suma de pesos doce mil ($12.000) (MB: $240.000, Arts. 18 y 19 Ley 5069).-

-----Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos. Vista a la AFIP y al Sindicato correspondiente.-

-----Hágase saber a las partes, letrados y peritos que en función de lo dispuesto por la Resolución N° 812/16 del Superior Tribunal de Justicia, el pago deberá efectivizarse a través de transferencia mediante Sistema de pagos Patagonia e-Bank, debiendo a tales fines denunciar los siguientes datos: Nombre completo, Cuil ó Cuit, CONSTANCIA IMPRESA de CBU de la cuenta del beneficiario del cobro, tipo de cuenta, Banco y sucursal y Correo Electrónico donde se cursará el aviso de transferencia.

-----Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A , de acuerdo a expresas instrucciones de Presidencia, a efectos de que proceda a la apertura de una cuenta judicial a nombre de estos autos y a la orden del Tribunal, haciéndole saber que deberá dar cumplimiento con la medida en plazo de 48 hs. de notificado, informando número de cuenta y de CBU, bajo apercibimiento de aplicar la suma de $5.000 diarios en concepto de astreintes.- Notifíquese al Banco Patagonia S.A. conforme lo dispuesto en Anexo I inc. d) Acordada 31/2021 S.T.J., debiendo adjuntarse el oficio en formato PDF firmado digitalmente por Secretaria. Vincúlese como interviniente externo al Banco Patagonia S.A. en sistema de gestión Puma L. a los fines de la oportuna contestación del Banco Patagonia S.A.

-----Junto a la presente practique Secretaría planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal.

-----Regístrese, notifíquese, cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.

pa

Dra. Paula Bisogni
Presidente Camara Primera del Trabajo

Dr. Nelson Walter Peña
Juez
Dra. Maria del Carmen Vicente
Juez

Ante mi: Dra. Marcela López
-Secretaria Cámara Primera-

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