Organismo | CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
---|---|
Sentencia | 72 - 16/04/2021 - HOMOLOGADA |
Expediente | RO-13665-L-0000 - JARAMILLO MILLANAO LORENA DEL CARMEN C/ PREVENCIÓN ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L) |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
///neral Roca, a los 16 días del mes de Abril del año 2021
VISTOS: los presentes autos caratulados: JARAMILLO MILLANAO LORENA DEL CARMEN C/ PREVENCIÓN ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)RO-13665-L-0000, venidos al acuerdo a los efectos de que sea homologado el convenio celebrado en autos en fecha 14 de abril de 2021.-
CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses de las partes que no vulnera el orden público por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia dicho acuerdo en todas sus partes.
Costas a cargo de la demandada Prevención ART S.A.
Regúlanse los honorarios de los letrados de la actora Dres. Matias Franco y Valencia Fabian en forma conjunta en la suma de $ 120.000.- y del Dr. Pinolini Carcioffi Hernán en la suma de $ 80.000- y regúlense los honorarios de los letrados de la demandada Dres. Tomas Alberto Rodriguez, Tomas Rodriguez y Carlos Toledo en forma conjunta en la suma de $200.000 (MB: $1.000.000.- Arts. 6, 8, 10 y 40 Ley 2212).
Asimismo regúlanse los honorarios del perito médico Dr. Ariel Santorio en la suma de $50.000 y de la Lic. Susana Beatriz Rinne en la suma de $30.000 (MB: $1.000.000, Arts. 18 y 19 Ley 5069).-
Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos.
Hágase saber a las partes, letrados y peritos que en función de lo dispuesto por la Resolución N° 812/16 del Superior Tribunal de Justicia, el pago deberá efectivizarse a través de transferencia mediante Sistema de pagos Patagonia e-Bank, debiendo a tales fines denunciar los siguientes datos: Nombre completo, Cuil ó Cuit, CONSTANCIA IMPRESA de CBU de la cuenta del beneficiario del cobro, tipo de cuenta, Banco y sucursal y Correo Electrónico donde se cursará el aviso de transferencia.
Junto a la presente practique Secretaría planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal.
Se hace saber que la presente es notificada conforme lo dispuesto en art. 8 inc. a) Anexo I Acordada 01/2021 S.T.J. Regístrese, publíquese, cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.
NH Dra. Paula Bisogni Presidente Camara Primera del Trabajo
Dr. Nelson Walter Peña Dra. Maria del Carmen Vicente Vocal Cámara Primera Vocal Subrogante
-Secretaria Cámara Primera-
Ante mi: Dra. Lucía Meheuech |
Dictamen | Buscar Dictamen |
Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
Vía Acceso | (sin datos) |
¿Tiene Adjuntos? | NO |
Voces | No posee voces. |
Ver en el móvil |