| Organismo | UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 1 - BARILOCHE |
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| Sentencia | 293 - 27/08/2025 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | BA-06229-C-0000 - CREDIL S.R.L. C/ TORRES, ALICIA BEATRIZ S/ EJECUTIVO (C) |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia |
San Carlos de Bariloche, 27 de agosto de 2025.-
VISTOS: los autos CREDIL S.R.L. C/ TORRES, ALICIA BEATRIZ S/ EJECUTIVO (C) BA-06229-C-0000.-
Y CONSIDERANDO: 1º) De acuerdo con el estado de autos , la carta de pago del actor y con los trabajos realizados, corresponde regular los honorarios correspondientes a la etapa de cumplimiento de la sentencia. 2º) Que tales honorarios deben regularse en el equivalente a 4 jus de acuerdo con los parámetros usuales en el fuero, ya que la aplicación de las pautas legales (artículos 6, 8, 41 y concordantes de la ley G 2.212) arrojaría una suma menor. En su mérito, RESUELVO: I) Regular los honorarios del Dr. GUSTAVO G. MORLACCHI, en la suma de $257.544 que deberá pagarse en diez días corridos, por los trabajos relativos a la etapa de cumplimiento de la sentencia. II) Protocolizar, registrar y notificar lo resuelto.
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| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
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