Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - GENERAL ROCA
Sentencia48 - 03/05/2021 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-2RO-2637-C2020 - NERI, ALBINO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia DECLARATORIA DE HEREDEROS:
General Roca, 03 de mayo de 2021.- CB
Proveyendo la presentación de la Dra. San Vicente de fecha 29/04/2021 10:42:41 hs.:
Téngase presente la ratificación efectuada por la Sra. Rima Vilal.-
AUTOS Y VISTOS: Este expediente caratulado: "NERI, ALBINO S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. F-2RO-2637-C1-20) para dictar la declaratoria de herederos solicitada en fecha 29/04/2021, y,
CONSIDERANDO: Que con la partida de defunción obrante en autos, acompañada en fecha 20/10/2020 (SEON), se acredita el fallecimiento del Sr. ALBINO NERI DI N° 7.292.411 ocurrido el día 14/01/2016 en General Roca, Provincia de Río Negro.-
Que el causante era de estado civil casado con RIMA VILAL, por acto celebrado el día 20/09/1958 en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro (Libreta de familia acompañada en fecha 20/10/2020), de cuya unión nacieron los siguientes hijos:
-HORACIO EDUARDO,(partida de nacimiento acompañada en fecha 20/10/2020) nacido el 21 de junio de 1960 en General Roca, Provincia de Río Negro.-
-LILIANA BEATRIZ,(partida de nacimiento acompañada en fecha 20/10/2020) nacida el 06 de junio de 1964 en General Roca, Provincia de Río Negro y
Que en fecha 08/02/2021 se tiene por iniciado el presente sucesorio, declarándose la competencia del Juzgado para entender en su sustanciación.
Que el sucesorio fue inscripto en el Registro Público de Juicios Universales bajo número 44687 y en fecha 12/03/2021 fue acompañado informe del Registro de Testamentos, diligenciado con resultado negativo.-
Se ha cumplido con la publicación de edictos ordenada en autos tanto en el Boletin Oficial (08-03-2021) como en el sitio web (23-02-2021), sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando que no se han presentado más personas con derecho a la herencia ni que demuestren interés que las informadas precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por el art. 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 699 y 700 del CPCC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ALBINO NERI DI N° 7.292.411, le sucederán como personas beneficiarias únicas y universales a la herencia HORACIO EDUARDO y LILIANA BEATRIZ, de apellidos NERI y VILAL sin perjuicio de los derechos que por ley le corresponden al cónyuge supérstite RIMA VILAL, sobre los bienes gananciales y sobre los propios si los hubiere. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.-


Andrea V. de la Iglesia
Jueza subrogante

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VocesSUCESIÓN AB INTESTATO - DECLARATORIA DE HEREDEROS - SENTENCIA INTERLOCUTORIA
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