Organismo | CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 22 - 15/03/2012 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | 2CT-24284-11 - QUIROZ SOTO LORENA VERONICA C/ BREVI ARNALDO ADALBERTO S/ RECLAMO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | "QUIROZ SOTO LORENA VERONICA C/ BREVI ARNALDO ADALBERTO S/ RECLAMO" (EXPTE. Nº 2CT-24284-11) En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro a los 12 de marzo de 2012, siendo las 10:30 horas, comparecen ante el DR. NELSON WALTER PEÑA-Juez Unipersonal de la SALA II de ésta CÁMARA DEL TRABAJO y Secretaria autorizante la Dra.MARIA FERNANDA DELUCCHI APODERADA de la actora: QUIROZ SOTO, LORENA VERONICA presente en el acto y el Dr.FACUNDO GABRIEL GARCIA APODERADO del demandado:ARNALDO ADALBERTO BREVI.-Abierto el acto sin perjuicio del cumplimiento de lo preceptuado por la Ley 3926 (art. 1º) las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo conciliatorio: 1) El demandado:ARNALDO ADALBERTO BREVI abonará a la actora -sin que ello signifique reconocimiento alguno de hechos y derechos y al solo efecto de poner fin a esta contienda judicial-por la totalidad de los conceptos reclamados en autos la suma de $ 2.500.- los que serán abonados mediante depósito judicial en autos en un solo pago el día 20 de marzo de 2012.- 2) Costas a cargo del demandado, pactándose los honorarios de la letrada de la parte actora Dra. Maria Fernanda Delucchi en la suma de $ 500.-;debiendo el Sr. Juez regular los honorarios del letrado de la parte demandada y del perito interviniente.- 4) Las partes solicitan que una vez cumplido el presente acuerdo pecuniario se archiven éstas actuaciones.-Oído lo cual el DR. NELSON WALTER PEÑA-Juez Unipersonal de la SALA II de ésta CÁMARA DEL TRABAJO,RESUELVE:1) Implicando el presente acuerdo conciliatorio una justa composición de los derechos e intereses de las partes HOMOLÓGASE el mismo con fuerza de Sentencia. Con costas a cargo del demandado. Admítanse los honorarios pactados respecto de la letrada de la parte actora y regúlanse los de los Dres. Alejandro David Cataldi- Federico Raffo Benegas y Facundo Gabriel Garcia en forma conjunta en la suma de $ 500.- y los del Ing. agrónomo Carlos Alberto Larreguy en la suma de $ 125.- (MB: $ 2.500.-Arts.6,8,10 y 40 Ley 2212 ).- Se deja constancia que los honorarios de los profesionales intervinientes se han regulado teniendo en cuenta el monto conciliado, la importancia de los trabajos realizados la calidad y extensión de los mismos.-Vista a la Afip y a la Asociación Sindical respectiva.-Por Secretaría practíquese planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Cúmplase con la ley 869. Cumplido el presente archívense las presentes actuaciones, tal lo peticionado por las partes.No siendo para más se da por finalizado el acto firmando los comparecientes previa lectura y ratificación y después de los Sr.Juez por ante mi que certifico.- sa.- DR. NELSON WALTER PEÑA -Juez Unipersonal Subrogante- Sala II -CAMARA DEL TRABAJO DRA. ZULEMA VIGUERA -Secretaria- "QUIROZ SOTO LORENA VERONICA C/ BREVI ARNALDO ADALBERTO S/ RECLAMO" (EXPTE. Nº 2CT-24284-11) PLANILLA DE LIQUIDACION DE IMPUESTOS SELLADOS Y CONTRIBUCIONES A CARGO DE: "BREVI ARNALDO ADALBERTO " MONTO HISTÓRICO: $ 2.500.- DETALLE DE LIQUIDACION DE COSTAS IMPUESTO DE JUSTICIA 2,5% del monto) $ 62,50 SELLADO DE ACTUACIÓN (25% del 2,5% min.3 max.30$-) $ 15,63 COLEGIO DE ABOGADOS (2 x mil del monto-min.$20,00) $ 20,00 SITRAJUR (2 x mil del monto-min.$20,00) $ 20,00 TOTAL .......................... $ 118,.13 Secretaría Única -SALA II,12 de marzo de 2012 sa.- DRA. DANIELA A.C.PERRAMON -SECRETARIA- |
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