MARTINEZ MANSILLA, MARUJA DEL CARMEN Y OTROS C/ NIKLISON, FLORENCIA Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS
San Carlos de Bariloche, 13 de mayo de 2026 VISTOS: Los autos caratulados: MARTINEZ MANSILLA, MARUJA DEL CARMEN Y OTROS C/ NIKLISON, FLORENCIA Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS, BA-01854-C-2023 CONSIDERANDO: 1°) Que en virtud de lo solicitado y lo establecido en los art. 34 inc. 3 y 148 inc 2 del CPCC habiéndose omitido regular los honorarios profesionales de la perito psicóloga Laura Victoria Magistrello en la sentencia definitiva dictada en fecha 6/5/2026, corresponde su regulación.
Por todo ello, RESUELVO: I) Regular los honorarios de la perito Laura Victoria Magistrello en la suma de $1.380.555,92.- Se deja constancia que la base regulatoria asciende a la suma de $27.611.118,58, que surge de adicionar al capital reclamado los intereses desde la fecha de interposición de la demanda y hasta la fecha de la presente, conforme precedente "REBATTINI" (STJ, Se. 56 - 12/06/2024), aplicando la secuencia de tasas judiciales establecidas en la doctrina legal del precedente “MACHIN” (STJ Se. 104/2024) o la que en su futuro las reemplace, regulándose e1 5% para la perito (arts. 6, 7, 10 y 39 de la LA y 18 de la Ley 5069). II) Los honorarios deberán ser satisfechos dentro del plazo de 10 días de notificada la presente.- III) Ordenar la protocolización de la presente y su notificación conjuntamente con la dictada en fecha 6/5/2026.-
Mariano A. Castro
Juez
SENTENCIA: 20 - 13/05/2026 - DEFINITIVA Fallo Descargar UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 1 - BARILOCHE |
ALBIZUA SIEBIL FEDERICO EMANUEL C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ SUMARÍSIMO - DENUNCIA LEY 24.240
CAUSA N° CH-00014-C-2025
///ele Choel, 13 de mayo de 2026.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia definitiva en estos autos caratulados: "ALBIZUA SIEBIL FEDERICO EMANUEL C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ SUMARÍSIMO - DENUNCIA LEY 24.240", EXPTE. Nº CH-00014-C-2025, de los que,
RESULTA: Que en fecha 04/02/2025 adjunta documental y se presenta la Dra. Rosa Ana Magyar en carácter de letrada apoderada del Sr. Federico Emanuel Albizua Siebil, iniciando demanda sumarísima en los términos del Art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor contra Volkswagen Argentina S.A. de ahorro para fines determinados por incumplimiento contractual por la que reclama la suma de $19.571.428 y/o lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse, con más intereses.
Refiere que en el mes de abril del año 2016 su mandante solicitó ser incluido como adherente a un plan de auto ahorro pagadero en 84 cuotas, administrado por Volkswagen S.A. de ahorro para fines determinados, a fin de adquirir una camioneta Amarok.
Que habiendo abonado 22 cuotas y atento el incremento desmedido de las cuotas mensuales conforme a sus posibilidades, el Sr. Albizua Siebil solicitó la baja del plan y el reembolso de lo abonado respecto de lo que le informaron que debía esperar al cierre del grupo del que formaba para proceder a la liquidación.
Que cumplidos los 84 meses en el mes de marzo del año 2023, su mandante comenzó con la gestión a través de la página web www.autoahorro.com.ar, solicitando el reintegro de lo abonado, pero con resultado infructuoso.
Dice que reclama $12.571.428 en concepto de reintegro de cuotas abonadas, suma que surge de multiplicar las 22 pagadas por el valor de la cuota pura para un vehículo 0 km. idéntico al suscripto oportunamente ($ 571.428,57), al día de la presentación de la demanda, ello conforme surge de la pág. web de Volkswagen www.volkswagen.com.ar/es/modelos/nueva-amarok con más los intereses devengados, la desvalorización monetaria habida, costos y costas del proceso.
SENTENCIA: 51 - 13/05/2026 - DEFINITIVA Fallo Descargar UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL 31 CHOELE CHOEL |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ BATALLA, FEDERICO GASTON S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ BATALLA, FEDERICO GASTON S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01192-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ BATALLA, FEDERICO GASTON S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01192-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto FEDERICO GASTON BATALLA, CUIT/CUIL 20265582630, haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 2.217.751,48, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. HERNAN JAVIER SANTOLI y CONSTANZA VALENTINA JUÁREZ en la suma de $ 566.769,00 (5 JUS + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $1.392.260,24 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución.
SENTENCIA: 488 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ TORRES, FRANCO ALEJANDRO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ TORRES, FRANCO ALEJANDRO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01207-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ TORRES, FRANCO ALEJANDRO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01207-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto FRANCO ALEJANDRO TORRES, CUIT/CUIL 20304715937, haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 2.275.162,17, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. AGUSTIN AGUILAR y HERNAN JAVIER SANTOLI en la suma de $ 566.769,00 (5 JUS + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 1.420.965,58 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución. .. SENTENCIA: 489 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ CABRERA LIZARRAGA, SIMON FELIPE S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ CABRERA LIZARRAGA, SIMON FELIPE S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01203-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ CABRERA LIZARRAGA, SIMON FELIPE S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01203-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto SIMON FELIPE CABRERA LIZARRAGA, DNI 34624498 haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA, íntegro pago del capital reclamado de $ 1.386.939,49, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. MARÍA CAROLINA CAILLY y ADRIAN GUSTAVO SAGGINA en la suma de $ 566.769,00 (5 JUS + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 976.854,24 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución. En l... SENTENCIA: 495 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ GONZALEZ, MATIAS CEFERINO S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ GONZALEZ, MATIAS CEFERINO S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01202-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ GONZALEZ, MATIAS CEFERINO S/ MONITORIO - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01202-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto MATIAS CEFERINO GONZALEZ, DNI 27431437 haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA, íntegro pago del capital reclamado de $ 554.775,80, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. MARÍA CAROLINA CAILLY y ADRIAN GUSTAVO SAGGINA en la suma de $ 566.769,00 (5 JUS + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 560.772,40 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución. En la notificación debe... SENTENCIA: 496 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ FUENTES, MARTÍN ANTONIO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ FUENTES, MARTÍN ANTONIO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01228-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ FUENTES, MARTÍN ANTONIO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01228-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto MARTÍN ANTONIO FUENTES, CUIT/CUIL 20274310937, haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 4.240.053,70, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. GASTÓN PÉREZ ESTEVAN, JOSÉ LUIS MALASPINA y FRANCISCO MARIA LOPEZ RAFFO en la suma de $ 652.968,27 (11% del monto base + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 2.446.510,98 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución.
SENTENCIA: 498 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ ALES, BETIANA VANESA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ ALES, BETIANA VANESA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01218-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ ALES, BETIANA VANESA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01218-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto BETIANA VANESA ALES, CUIT/CUIL 27259903446, haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 5.486.770,15, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. GASTÓN PÉREZ ESTEVAN, JOSÉ LUIS MALASPINA y FRANCISCO MARIA LOPEZ RAFFO en la suma de $ 844.962,60 (11% del monto base + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 3.165.866,38 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución.
SENTENCIA: 483 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ OCAMPO TAPIA, FRANCISCO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ OCAMPO TAPIA, FRANCISCO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01197-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ OCAMPO TAPIA, FRANCISCO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01197-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto FRANCISCO OCAMPO TAPIA, CUIT/CUIL 20930419568, haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 2.305.616,80, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. HERNAN JAVIER SANTOLI y CONSTANZA VALENTINA JUÁREZ en la suma de $ 566.769,00 (5 JUS + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 1.436.192,90 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución.
SENTENCIA: 500 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ PAGLIAI, GISELLA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ PAGLIAI, GISELLA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01225-C-2026 Organismo. UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA
GENERAL ROCA, 13 de mayo de 2026. VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ PAGLIAI, GISELLA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, RO-01225-C-2026, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria. RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto GISELLA PAGLIAI, CUIT/CUIL 27328732012, haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 2.211.685,57, con más intereses y costas. II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. CONSTANZA VALENTINA JUÁREZ y JOSÉ LUIS MALASPINA en la suma de $ 566.769,00 (5 JUS + 40%), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869. III. Fijar en la cantidad de $ 1.389.227,28 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC). IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución. En la no... SENTENCIA: 485 - 13/05/2026 - MONITORIA Fallo Descargar UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA |