T.R.A. C/C.S. S/VIOLENCIA FAMILIAR - CONEXIDAD (AL-00304-JP-2026) ALLEN,22 de mayo de 2026 AUTOS: Las presentes actuaciones caratuladas “T.R.A. C/C.S. S/VIOLENCIA FAMILIAR - CONEXIDAD (AL-00304-JP-2026)” (Expte. AL-00321-JP-2026), Según surge del sistema informático, tramitan actualmente ante el fuero de Familia de General Roca los autos “AL-00304-JP-2026” . Esta circunstancia configura un supuesto de conexidad sustancial que hace desaconsejable la atomización de los procesos, a fin de evitar el dictado de resoluciones contradictorias y garantizar una tutela judicial efectiva e integral de los derechos involucrados, y en ejercicio de las facultades otorgadas por el Código Procesal de Familia y la Ley 4241a este Juzgado de Paz de la ciudad de Allen ORDENO EL PASE Y REMISIÓN de la totalidad de las actuaciones a la Oficina de Tramitación Integral de Familia (OTIF) de la ciudad de General Roca, a fin de que proceda a la radicación del expediente ante la Unidad Procesal correspondiente por razones de conexidad.
Ante la posibilidad de la comisión de delito, líbrese oficio a la UFT Descentralizada de Allen, con copia de la denuncia en este expediente y la relación de conexidad con el AL-00304-JP-2026.
BARRERA NICHOLSON, ANTONIO ESTEBAN Juez de Paz SENTENCIA: 216 - 22/05/2026 - INTERLOCUTORIA JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ PEÑALVER, IVANA DANIELA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ PEÑALVER, IVANA DANIELA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, CI-01043-C-2026 SENTENCIA: 309 - 22/05/2026 - MONITORIA UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 4TA. CJ (UJCA) - CIPOLLETTI |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ GENSABELLA, MARIA EUGENIA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ GENSABELLA, MARIA EUGENIA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, CI-01042-C-2026 SENTENCIA: 308 - 22/05/2026 - MONITORIA UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 4TA. CJ (UJCA) - CIPOLLETTI |
I., G. B. S/ INTERNACION Villa Regina, 22 de mayo de 2026 AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "I., G. B. S/ INTERNACION-VR-00381-F-2026-" de los que; RESULTA:
Que en fecha 24/04/2026, se comunica con esta judicatura, la Dra. M.D.G. Psiquiatra del Servicio de Salud Mental de Hospital Área Programa de Villa Regina, a fin de comunicar que había dispuesto la internación involuntaria de la Sra. G.I. D.1., quien presenta un cuadro de descompensación psicopatológico, delirante, y se mostraba amenazante con hacer daños a terceros; situación que la ponen en riesgo y que no aparece como alternativa otra instancia de atención por lo que se determina su internación.
Que en misma fecha, y atento a la certificación referida supra, se da inicio a las presentes actuaciones, confiriéndose intervención a la Defensoría de Pobres y Ausentes para la asistencia letrada de la causante. Asímismo se requiere al nosocomio local la remisión de informes pertinentes conforme la normativa vigente.
Que en fecha 28/04/2026, obra certificación de llamada desde el Área de Salud Mental, Lic. Alan Bilches, quien informa que se procedió a brindar el alta de internación de la paciente.
En misma providencia, se agrega informe acompañado por el Servicio de Salud Mental correspondiente al nosocomio local constando Informe Social, consentimiento informado, ficha de internación de ingreso y DNI de la paciente, confiriéndose vista a la Defensoría Oficial interviniente, ello a merito de la asunción por el Dr. Cristian D. Klimbovsky en los términos del art. 22 de la ley 26657.
Que en fecha 07/05/2026, se agregan informes remitidos por el nosocomio local, en el que constan informe Nota N° 043/26, ficha epidemiológica de egreso de la paciente, informes de evolución, suscriptos por profesional de la matricula.
Que en razón de lo solicitado por el Defensor Oficial mediante presentación de fecha 29/04/2026, se solicita al HAPVR remita informe respecto de los factores que determinaron el alta de la internación, y cuál fue el tratamiento o seguimiento al momento de la externación de la Sra. I..
Que en fecha 08/05/2026, se comunica nueva internación de la paciente por estimado de internación 7 días. A tales efectos y de conformidad con lo requerido por el Sr. Defensor Oficial se procede a la acumulación de los autos VR-00421-F-2026 "I., G. B. S/ INTERNACION" a estos actuados, a los fines de favorecer la continuidad terapéutica y evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. Se adjunta... SENTENCIA: 235 - 22/05/2026 - INTERLOCUTORIA JUZGADO DE FAMILIA - VILLA REGINA |
MESA DIAZ, PATRICIA HAYDEE C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO SAN CARLOS DE BARILOCHE, 22 de mayo de 2026
---VISTOS: Estos autos caratulados MESA DIAZ, PATRICIA HAYDEE C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO- BA-00448-L-2025, y;
---CONSIDERANDO:
---1) Que comparecen los Dres. Julio E. Biglieri y Cintia R. Gomez por derecho propio promoviendo ejecución de honorarios contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., CUIT 30688254090.-
---2) Que los mismos fueron regulados en Sentencia Definitiva de fecha 10/03/2026, en conjunto y proporción de ley en 14% del monto base más un 40% adicional por procuración y determinados en la suma de $ 7.487.141,56.- mediante sentencia interlocutoria de fecha 30/04/2026.-
---3) Teniendo en cuenta lo que resulta de la causa y encontrándose reunidos los recaudos de ley, entiendo que la presente ejecución deberá tramitar en los términos del art. 56 ley 5631 y supletoriamente los arts. 438 y ss. del Código Procesal Civil y Comercial.-
---En consecuencia, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y encontrándose reunidos los recaudos de ley, corresponde dictar sentencia monitoria en los términos previstos por los arts. 438 y ccts. del CPCC.- ---Por ello se RESUELVE:
---I) Fallar esta causa, mandando llevar adelante la ejecución con costas, contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., CUIT 30688254090, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 56/100 ($ 7.487.141,56), reclamada en autos, con más los intereses que correspondan.-
---II) Desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago, deberán liquidarse los intereses conforme la secuencia de precedentes del STJ (Jerez, Guichaqueo, Fleitas, Machín; ver página web jusrionegro.gov.ar, enlace "calculadora de intereses").-
---III) En virtud de ello, y conforme lo peticionado, líbrese oficio único en formato digital, el que deberá enviarse a las distintas entidades bancarias solicitadas conforme metodología de recepción de cada una, a los fines que procedan a informar si a la fecha y hora de recepción del oficio la ejecutada tiene sumas depositadas ... SENTENCIA: 58 - 22/05/2026 - MONITORIA CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - BARILOCHE |
SANDOVAL, NORMA BEATRIZ C/ TARJETA NARANJA S.A.U. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE SENTENCIA El Bolsón, 22 de mayo de 2026.
VISTOS: Estos autos caratulados "SANDOVAL, NORMA BEATRIZ C/ TARJETA NARANJA S.A.U. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE SENTENCIA" (EXPTE. Nº EB-00077-C-2026). Y CONSIDERANDO: I) Que corresponde tener al peticionario por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal indicado. II) Que en virtud de lo solicitado corresponde en lo sucesivo imprimir el trámite de la ejecución de sentencia (artículos 446 a 467 y 508 a 541 del CPCC), dictar sentencia monitoria y ordenar el embargo pedido (artículos 438 -inciso 6-, 446, 447 y 449 del CPCC). En consecuencia, RESUELVO: I) TENER al peticionario por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. II) IMPRIMIR en lo sucesivo el trámite de la ejecución de sentencia (artículos 446 a 467 y 508 a 541 del CPCC). III) MANDAR llevar adelante la ejecución (artículo 449 del CPCC) hasta que la parte ejecutante NORMA BEATRIZ SANDOVAL perciba íntegramente de TARJETA NARANJA S.A.U. el capital de $580.000.- ( monto de condena, correspondiente al daño moral padecido, dispuesto en los autos principales EB-00130-C-2025 "SANDOVAL, NORMA BEATRIZ C/ TARJETA NARANJA S.A.U. S/ SUMARÍSIMO - DENUNCIA LEY 24.240") más los intereses moratorios a calcularse de acuerdo a las tasas determinadas oportunamente por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia; esto es: desde mayo de 2010 y hasta el 23/11/15 la tasa activa, nominal y anual que aplica el Banco de la Nación Argentina en su cartera general de préstamos ("Loza Longo", del STJRN); a partir del 24/11/15 y hasta el 31/08/16 la tasa que aplique dicho banco a los préstamos personales libre destino para operaciones de 49 a 60 meses ("Jerez", del STJRN); a partir del 01/09/16 y hasta el 31/07/2018, la tasa vigente de dicho banco para préstamos personales libre destino, en operaciones de hasta 36 cuotas mensuales ("Guichaqueo", del STJRN); a partir del 1 de agosto del 2018 la tasa establecida por el Banco Nación Argentina para préstamos personales libre destino hasta 72 meses o la que en el futuro se establezca como de plazo menor ("Fleitas" del STJRN del 3/07/2018); y a partir del 01/05/2023 la tasa nominal anual establecida por el Banco Patagonia S.A. para préstamos personales Patagonia Simple ("Machin", del STJRN del 24/06/2024) o las que en el futuro sean dispuestas por el S.T.J.. PRESUPUESTANDO provisoriamente la suma equivalente a $400.000.- para responder a intereses y las costas del juicio (art. 506 ... SENTENCIA: 18 - 22/05/2026 - MONITORIA JUZGADO DE FAMILIA, CIVIL, COMERCIAL, MINERIA Y SUCESIONES N° 11 - EL BOLSON |
A.F.A.Y.A.C. S/ VIOLENCIA(DCIAS RECIPROCAS) AUTOS: A.F.A.Y.A.C. S/ VIOLENCIA(DCIAS RECIPROCAS) EXPTE FO-00263-JP-2026 SENTENCIA: 88 - 22/05/2026 - INTERLOCUTORIA JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. G. FERNANDEZ ORO |
I.H.D. S/SITUACION I.H.D. S/SITUACION
CS-00724-JP-2026
Cipolletti, 22 de mayo de 2026.
AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas: I.H.D. S/SITUACION (CS-00724-JP-2026), puestas a resolver y de las que,
RESULTA: Que se reciben las actuaciones del Juzgado de paz de Cinco Saltos a fin de poner en conocimiento de esta UP lo resuelto por dicho organismo.
En mérito a lo resuelto por el Juzgado de Paz y lo informado por la Coordinación de Adultos Mayores de la Municipalidad de Cinco Saltos, que en su parte pertinente dice: "E.a.y.a.d.m.p.p.s.h.u.d.l.c.r.e.e.d.l.b.c.y.c.c.."; "R.a.q.a.s.e.m.y.b.s.m.".i.q.d.l.p.s.d.a.a.s.p.a.u.c.n.a.f.d.c.c.l.c.c.", n.e.e.a.m.e.u.e.d.i.q.v.e.d.d.s.d.c.<.l.d..
Corresponde entonces destacar que el objetivo de las leyes proteccionales (Ley 3040 y Dec 286) es la adopción de medidas provisorias tendientes a hacer cesar la situación de violencia o riesgos en que se encuentren involucradas las partes y atento las constancias que obren de autos, resultando que no se puede utilizar la vía impuesta por esta ley cautelar a fin de dirimir otras cuestiones pues para ello la legislación prevee de otros mecanismos respectivos.
Al respecto la jurisprudencia es uniforme en el sentido de entender que no puede utilizarse el mecanismo previsto por las leyes de violencia familiar para otras pretensiones que necesariamente deben canalizarse por la via pertinente y ante el Juez competente en razón de la materia (Derecho de Familia - T. IV - Mendez Costa - Ferrer D´antonio - Ed. Rubinzal Culzoni - pag. 337/338 y 343).
LIBRESE oficio a la Comisaría de la Familia de Cinco Saltos a fin de comunicarle lo supra dispuesto.
CUMPLASE POR OTIF.
Oportunamente archívese.
Marissa Lucia Palacios
JUEZA UPF 7 SENTENCIA: 236 - 22/05/2026 - INTERLOCUTORIA UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ HERRERA, MARIANA SABINA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ HERRERA, MARIANA SABINA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, CI-00985-C-2026 En la notificación deberá informar que a través del siguiente link: https://puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/busqueda-publica/consulta-demanda, cualquier ciudadano podrá acceder al escrito y documentación anexa con el código para contestar demanda: GTJQ-CWNH. SENTENCIA: 311 - 22/05/2026 - MONITORIA UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 4TA. CJ (UJCA) - CIPOLLETTI |
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ RAMIREZ, MAXIMILIANO HUGO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL Proceso. AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ RAMIREZ, MAXIMILIANO HUGO S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, CI-01060-C-2026 SENTENCIA: 312 - 22/05/2026 - MONITORIA UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 4TA. CJ (UJCA) - CIPOLLETTI |